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Examen oficial con respuestas

Examen de Gestión Procesal: Orden PJC/1437/2024, examen 27/09/2025, modelo A (supuesto práctico)

Respuesta rápida

Examen del 27 de septiembre de 2025. Lo publica: Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes · Tribunal Calificador Único. Aquí están sus 12 preguntas tal como las redactó el tribunal, cada una con la respuesta de la plantilla definitiva. El ejercicio completo dura 90 minutos y cada error resta 1/4 de un acierto. 7 preguntas llevan además explicación.

Supuesto práctico

  1. 1.CASO PRÁCTICO: Marta G.S y Luis N.T se encuentran casados en régimen de gananciales, son padres de tres hijos menores de edad. Actualmente por desavenencias en el matrimonio, y tras los múltiples problemas judiciales de Abel, el menor de sus hijos, han decidido divorciarse. Para ello y después de varios intentos de acuerdo, Luis decide interponer una demanda de divorcio contencioso. Los cónyuges llevan un año residiendo en distintas localidades; Marta permaneció con los niños en el domicilio que había tenido la pareja en Majadahonda (Madrid) mientras Luis regresó a Jerez de la Frontera (Cádiz). Según el artículo 769 de la LEC, ¿qué tribunal sería competente para conocer del divorcio contencioso?:

    • a)El Juzgado de Primera Instancia del domicilio del demandante.
    • b)El Juzgado de Primera Instancia del primer domicilio del matrimonio o de residencia del demandante, a elección del demandante.
    • c)El Juzgado de Primera Instancia del último domicilio del matrimonio o el de residencia del demandado, a elección del demandante.
    • d)El Juzgado de Primera Instancia del lugar en que se hallen, a criterio del tribunal, previa audiencia del Ministerio Fiscal.
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    Respuesta de la plantilla: c) El Juzgado de Primera Instancia del último domicilio del matrimonio o el de residencia del demandado, a elección del demandante.

    Respuesta correcta: c) El Juzgado de Primera Instancia del último domicilio del matrimonio o el de residencia del demandado, a elección del demandante. Lo fija el artículo 769 de la Ley 1/2000 (LEC): «1. Salvo que expresamente se disponga otra cosa, será tribunal competente para conocer de los procedimientos a que se refiere este capítulo el Juzgado de Primera Instancia del lugar del domicilio conyugal. En el caso de residir los cónyuges en distintos partidos judiciales, será tribunal competente, a elección del demandante, el del último domicilio del matrimonio o el de residencia del demandado. […]»

  2. 2.CASO PRÁCTICO: Marta G.S y Luis N.T se encuentran casados en régimen de gananciales, son padres de tres hijos menores de edad. Actualmente por desavenencias en el matrimonio, y tras los múltiples problemas judiciales de Abel, el menor de sus hijos, han decidido divorciarse. Para ello y después de varios intentos de acuerdo, Luis decide interponer una demanda de divorcio contencioso. Los cónyuges llevan un año residiendo en distintas localidades; Marta permaneció con los niños en el domicilio que había tenido la pareja en Majadahonda (Madrid) mientras Luis regresó a Jerez de la Frontera (Cádiz). En el supuesto en que se hubiere interpuesto demanda de divorcio de mutuo acuerdo del artículo 777 de la LEC. ¿Cuál sería el tribunal competente?

    • a)El Juzgado de Primera Instancia del primer domicilio conyugal.
    • b)El Juzgado de Primera Instancia del lugar en que se hallen, a criterio del tribunal, previa audiencia del Ministerio Fiscal.
    • c)El Juzgado del último domicilio común o el del domicilio de cualquiera de los solicitantes.
    • d)El Juzgado del domicilio del demandado, en defecto del juzgado del último domicilio conyugal, a elección del demandante.
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    Respuesta de la plantilla: c) El Juzgado del último domicilio común o el del domicilio de cualquiera de los solicitantes.

    Respuesta correcta: c) El Juzgado del último domicilio común o el del domicilio de cualquiera de los solicitantes. Lo fija el artículo 777 de la Ley 1/2000 (LEC): «1. Las peticiones de separación o divorcio presentadas de común acuerdo por ambos cónyuges o por uno con el consentimiento del otro se tramitarán por el procedimiento establecido en el presente artículo. 2. […]»

  3. 3.CASO PRÁCTICO: Marta G.S y Luis N.T se encuentran casados en régimen de gananciales, son padres de tres hijos menores de edad. Actualmente por desavenencias en el matrimonio, y tras los múltiples problemas judiciales de Abel, el menor de sus hijos, han decidido divorciarse. Para ello y después de varios intentos de acuerdo, Luis decide interponer una demanda de divorcio contencioso. Los cónyuges llevan un año residiendo en distintas localidades; Marta permaneció con los niños en el domicilio que había tenido la pareja en Majadahonda (Madrid) mientras Luis regresó a Jerez de la Frontera (Cádiz). Frente a esta demanda contenciosa, Marta quiere reconvenir y solicitar sus propias medidas. Para ello, la reconvención, al amparo del artículo 770 de la LEC:

    • a)Queda excluida de los procedimientos matrimoniales.
    • b)Se propondrá separadamente tras contestar a la demanda en el plazo de 5 días.
    • c)Se propondrá con la contestación a la demanda y el actor dispondrá de 5 días para contestarla.
    • d)Se propondrá con la contestación a la demanda y el actor dispondrá de 10 días para contestarla.
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    Respuesta de la plantilla: d) Se propondrá con la contestación a la demanda y el actor dispondrá de 10 días para contestarla.

    Respuesta correcta: d) Se propondrá con la contestación a la demanda y el actor dispondrá de 10 días para contestarla. Lo fija el artículo 770 de la Ley 1/2000 (LEC): «Las demandas de separación y divorcio, salvo las previstas en el artículo 777, las de nulidad del matrimonio y las demás que se formulen al amparo del título IV del libro I del Código Civil, se sustanciarán por los trámites del juicio verbal, conforme a lo establecido en el capítulo I de este título, y con sujeción, además, a las siguientes reglas: 1.ª A la demanda deberá acompañarse certificación de la inscripción del matrimonio, y en su caso, las de inscripción de nacimiento de los hijos en el Registro Civil, así […]»

  4. 4.CASO PRÁCTICO: Marta G.S y Luis N.T se encuentran casados en régimen de gananciales, son padres de tres hijos menores de edad. Actualmente por desavenencias en el matrimonio, y tras los múltiples problemas judiciales de Abel, el menor de sus hijos, han decidido divorciarse. Para ello y después de varios intentos de acuerdo, Luis decide interponer una demanda de divorcio contencioso. Los cónyuges llevan un año residiendo en distintas localidades; Marta permaneció con los niños en el domicilio que había tenido la pareja en Majadahonda (Madrid) mientras Luis regresó a Jerez de la Frontera (Cádiz). Marta había solicitado asistencia jurídica gratuita para este procedimiento, solicitud que es denegada. Marta impugna la resolución denegatoria, en base al artículo 20 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita. El órgano judicial que conoce de la impugnación mantiene la resolución impugnada e impone a Marta, como parte impugnante una sanción pecuniaria de:

    • a)200 euros al haberse promovido la impugnación con mala fe.
    • b)150 euros al haberse promovido la impugnación en fraude de ley.
    • c)100 euros al haberse promovido la impugnación con mala fe.
    • d)50 euros al haberse promovido la impugnación con abuso de derecho.
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    Respuesta de la plantilla: d) 50 euros al haberse promovido la impugnación con abuso de derecho.

    Respuesta correcta: d) 50 euros al haberse promovido la impugnación con abuso de derecho. Lo fija el artículo 20 de la Ley 1/1996: «1. Quienes sean titulares de un derecho o de un interés legítimo podrán impugnar las resoluciones que, de modo definitivo, reconozcan, revoquen o denieguen el derecho a la asistencia jurídica gratuita. Tal impugnación, para la que no será preceptiva la intervención de abogado, habrá de realizarse por escrito y de forma motivada, en el plazo de diez días desde la notificación de la resolución o desde que haya sido conocida por cualquiera de los legitimados para interponerla, ante el secretario de la Comisión de Asis […]»

  5. 5.CASO PRÁCTICO: Marta G.S y Luis N.T se encuentran casados en régimen de gananciales, son padres de tres hijos menores de edad. Actualmente por desavenencias en el matrimonio, y tras los múltiples problemas judiciales de Abel, el menor de sus hijos, han decidido divorciarse. Para ello y después de varios intentos de acuerdo, Luis decide interponer una demanda de divorcio contencioso. Los cónyuges llevan un año residiendo en distintas localidades; Marta permaneció con los niños en el domicilio que había tenido la pareja en Majadahonda (Madrid) mientras Luis regresó a Jerez de la Frontera (Cádiz). En el supuesto en que se hubiere concedido el beneficio de la asistencia jurídica gratuita y el órgano judicial que conoce de la pretensión ejercitada por Marta, acuerde revocar el derecho, en base al artículo 19 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita, sería por:

    • a)Haber venido el beneficiario a mejor fortuna.
    • b)Existir un falseamiento u ocultación de datos por parte del beneficiario.
    • c)Existir una actuación dolosa por parte del beneficiario.
    • d)Apreciar abuso de derecho por parte del beneficiario.
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    Respuesta de la plantilla: d) Apreciar abuso de derecho por parte del beneficiario.

    Respuesta correcta: d) Apreciar abuso de derecho por parte del beneficiario. Lo fija el artículo 19 de la Ley 1/1996: «1. La declaración errónea, el falseamiento u ocultación de datos por los solicitantes de asistencia jurídica gratuita, que hayan sido determinantes para el reconocimiento del derecho, darán lugar, en todo caso, previa audiencia del interesado, a su revocación por parte de la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita, mediante resolución motivada, que, a estos fines, tendrá potestades de revisión de oficio. […]»

  6. 6.CASO PRÁCTICO: Marta G.S y Luis N.T se encuentran casados en régimen de gananciales, son padres de tres hijos menores de edad. Actualmente por desavenencias en el matrimonio, y tras los múltiples problemas judiciales de Abel, el menor de sus hijos, han decidido divorciarse. Para ello y después de varios intentos de acuerdo, Luis decide interponer una demanda de divorcio contencioso. Los cónyuges llevan un año residiendo en distintas localidades; Marta permaneció con los niños en el domicilio que había tenido la pareja en Majadahonda (Madrid) mientras Luis regresó a Jerez de la Frontera (Cádiz). Tras la interposición de la demanda, su admisión por el juzgado y traslado para contestar la misma, Luis se replantea su divorcio considerando que quizás se ha precipitado. A tenor del artículo 751 de la LEC, podría:

    • a)Renunciar.
    • b)Allanarse.
    • c)Desistir.
    • d)En este tipo de procesos no surtirá efecto la renuncia, el allanamiento, la transacción ni el desistimiento.
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    Respuesta de la plantilla: c) Desistir.

    Respuesta correcta: c) Desistir. Lo fija el artículo 751 de la Ley 1/2000 (LEC): «1. En los procesos a que se refiere este título no surtirán efecto la renuncia, el allanamiento ni la transacción. 2. El desistimiento requerirá la conformidad del Ministerio Fiscal, excepto en los casos siguientes: 1.º En los procesos que se refieran a filiación, paternidad y maternidad, siempre que no existan menores, personas con discapacidad con medidas judiciales de apoyo en las que se designe un apoyo con funciones representativas o ausentes interesados en el procedimiento. […]»

  7. 7.CASO PRÁCTICO: Marta G.S y Luis N.T se encuentran casados en régimen de gananciales, son padres de tres hijos menores de edad. Actualmente por desavenencias en el matrimonio, y tras los múltiples problemas judiciales de Abel, el menor de sus hijos, han decidido divorciarse. Para ello y después de varios intentos de acuerdo, Luis decide interponer una demanda de divorcio contencioso. Los cónyuges llevan un año residiendo en distintas localidades; Marta permaneció con los niños en el domicilio que había tenido la pareja en Majadahonda (Madrid) mientras Luis regresó a Jerez de la Frontera (Cádiz). Abel, de 15 años, que había cometido varios delitos de robo, había sufrido bulling en el instituto donde unos compañeros a través de IA habían subido a redes unos vídeos ofensivos. La Administración educativa tramita el oportuno expediente administrativo que termina con una resolución. Luis encarga a un abogado que inicie un procedimiento para la protección de los derechos fundamentales de la persona, al entender que la referida resolución incurre en varias infracciones del ordenamiento jurídico y como consecuencia de las mismas se ha producido una vulneración del derecho al honor de Abel. Se inicia el procedimiento de protección de los derechos fundamentales y, previos los trámites previstos en la LJCA, el LAJ entrega el expediente administrativo a las partes por plazo de:

    • a)Cuarenta y ocho horas, en el que deberán hacer alegaciones.
    • b)Cuarenta y ocho horas, en el que podrán hacer alegaciones.
    • c)Dos días, en el que deberán hacer alegaciones.
    • d)Uno a tres días, según las circunstancias, en el que podrán hacer alegaciones.
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    Respuesta de la plantilla: b) Cuarenta y ocho horas, en el que podrán hacer alegaciones.

  8. 8.CASO PRÁCTICO: Marta G.S y Luis N.T se encuentran casados en régimen de gananciales, son padres de tres hijos menores de edad. Actualmente por desavenencias en el matrimonio, y tras los múltiples problemas judiciales de Abel, el menor de sus hijos, han decidido divorciarse. Para ello y después de varios intentos de acuerdo, Luis decide interponer una demanda de divorcio contencioso. Los cónyuges llevan un año residiendo en distintas localidades; Marta permaneció con los niños en el domicilio que había tenido la pareja en Majadahonda (Madrid) mientras Luis regresó a Jerez de la Frontera (Cádiz). La LJCA regula que, una vez evacuado el trámite de alegaciones en el procedimiento para la protección de los derechos fundamentales de la persona (o transcurrido el plazo para efectuarlas), el órgano jurisdiccional decidirá sobre el recibimiento a prueba; periodo probatorio que no será en ningún caso superior a:

    • a)Veinte días comunes para su proposición y práctica.
    • b)Un mes común para su proposición y práctica.
    • c)Treinta días comunes para su proposición y práctica.
    • d)Diez días comunes para su proposición y práctica.
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    Respuesta de la plantilla: a) Veinte días comunes para su proposición y práctica.

  9. 9.CASO PRÁCTICO: Marta G.S y Luis N.T se encuentran casados en régimen de gananciales, son padres de tres hijos menores de edad. Actualmente por desavenencias en el matrimonio, y tras los múltiples problemas judiciales de Abel, el menor de sus hijos, han decidido divorciarse. Para ello y después de varios intentos de acuerdo, Luis decide interponer una demanda de divorcio contencioso. Los cónyuges llevan un año residiendo en distintas localidades; Marta permaneció con los niños en el domicilio que había tenido la pareja en Majadahonda (Madrid) mientras Luis regresó a Jerez de la Frontera (Cádiz). Contra la sentencia que resuelve este procedimiento para la protección de los derechos fundamentales de la persona, de acuerdo con la LJCA,:

    • a)No procederá recurso alguno.
    • b)Procederá siempre la apelación en ambos efectos.
    • c)Procederá siempre la apelación en un sólo efecto.
    • d)Procederá únicamente la casación.
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    Respuesta de la plantilla: c) Procederá siempre la apelación en un sólo efecto.

  10. 10.CASO PRÁCTICO: Marta G.S y Luis N.T se encuentran casados en régimen de gananciales, son padres de tres hijos menores de edad. Actualmente por desavenencias en el matrimonio, y tras los múltiples problemas judiciales de Abel, el menor de sus hijos, han decidido divorciarse. Para ello y después de varios intentos de acuerdo, Luis decide interponer una demanda de divorcio contencioso. Los cónyuges llevan un año residiendo en distintas localidades; Marta permaneció con los niños en el domicilio que había tenido la pareja en Majadahonda (Madrid) mientras Luis regresó a Jerez de la Frontera (Cádiz). Tras el proceso contencioso de divorcio, se dicta sentencia. Luis decide recurrir en apelación en tiempo y forma. Previo a la admisión del mismo, recibido el requerimiento al órgano que hubiera dictado la resolución objeto de recurso, el LAJ acuerda la remisión de los autos, emplazando a Marta para que comparezca ante el órgano que deba conocer del recurso en plazo de:

    • a)Cinco días.
    • b)Diez días.
    • c)Tres días.
    • d)Veinte días.
    Ver respuesta

    Respuesta de la plantilla: b) Diez días.

Preguntas de reserva

  1. 1.Marta tiene conocimiento de una determinada circunstancia que le traslada su abogado para que recuse al Juez que está conociendo del proceso. Tras los trámites procesales oportunos, se desestima la recusación mediante auto, declarándose expresamente la existencia de mala fe en la recusación y se impone, en base al artículo 112 de la LEC, una multa de:

    • a)30 euros.
    • b)60 euros.
    • c)120 euros.
    • d)3.000 euros.
    Ver respuesta

    Respuesta de la plantilla: d) 3.000 euros.

    Respuesta correcta: d) 3.000 euros. Lo fija el artículo 112 de la Ley 1/2000 (LEC): «1. El auto que desestime la recusación acordará devolver al recusado el conocimiento del pleito o causa, en el estado en que se hallare y condenará en las costas al recusante, salvo que concurrieren circunstancias excepcionales que justifiquen otro pronunciamiento. Cuando la resolución que decida el incidente declare expresamente la existencia de mala fe en el recusante, se podrá imponer a éste una multa de 180 a 6.000 euros. 2. […]»

  2. 2.La sentencia con la que se concluye el proceso, condena en costas a Luis. Una vez es firme la sentencia, el abogado de Marta presenta su minuta y la del procurador y se solicita práctica de la tasación de costas por el LAJ, dándose traslado de la misma a:

    • a)La parte favorecida por la sentencia por un plazo de cinco días.
    • b)Las partes por un plazo de común de diez días.
    • c)Las partes por un plazo de común de cinco días.
    • d)La parte condenada al abono de las costas por un plazo de cinco días.
    Ver respuesta

    Respuesta de la plantilla: b) Las partes por un plazo de común de diez días.

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Las preguntas son de práctica y orientación. No garantizamos que aparezcan en el examen oficial.