Tema 18 · Nivel C
La Policía Local como policía administrativa I: consumo y comercio
«La actividad de la Policía Local como policía administrativa I: Regulación en materia de consumidores. Hojas de Quejas y Reclamaciones. Actividades comerciales. Horarios. Comercio minorista de alimentación. Comercio ambulante. Etiquetado de productos. Inspección de consumo de las Administraciones Locales.»
Tema 18. La Policía Local como policía administrativa I: consumo y comercio
Categoría de Policía, Escala Básica, Cuerpos de la Policía Local de Andalucía. Turno libre.
Enunciado oficial (Anexo III, apartado I.A.1, del Decreto 8/2026, de 28 de enero, BOJA núm. 22, de 3 de febrero de 2026): «La actividad de la Policía Local como policía administrativa I: Regulación en materia de consumidores. Hojas de Quejas y Reclamaciones. Actividades comerciales. Horarios. Comercio minorista de alimentación. Comercio ambulante. Etiquetado de productos. Inspección de consumo de las Administraciones Locales.»
| Autoría | Equipo de contenidos TestMiOpo |
|---|---|
| Revisión jurídica | Pendiente de revisor colegiado |
| Última revisión | 15 de septiembre de 2026 |
| Normas de referencia | Ley 13/2003, de 17 de diciembre, de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía (BOE-A-2004-884). Real Decreto Legislativo 1/2007, texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (BOE-A-2007-20555). Decreto 82/2022, de 17 de mayo, de hojas de quejas y reclamaciones (BOJA núm. 95, de 20 de mayo de 2022) y artículos 4, 5 y 9 del Decreto 472/2019 (BOJA núm. 104, de 3 de junio de 2019). Decreto Legislativo 1/2012, texto refundido de la Ley del Comercio Interior de Andalucía (BOJA-b-2012-90003). Decreto Legislativo 2/2012, texto refundido de la Ley del Comercio Ambulante (BOJA-b-2012-90004). Ley 7/1996, de Ordenación del Comercio Minorista (BOE-A-1996-1072). Ley 1/2004, de Horarios Comerciales (BOE-A-2004-21421). Ley 12/2012, de liberalización del comercio (BOE-A-2012-15595). Real Decreto 126/2015, información alimentaria de los alimentos sin envasar (BOE-A-2015-2293) |
| Norma del temario | Decreto 8/2026, de 28 de enero (BOJA núm. 22, de 3 de febrero de 2026), Anexo III, apartado I.A.1, tema 18 |
| Convocatoria de referencia | No hay convocatoria unificada todavía; cada ayuntamiento publica sus bases. Comprobación sobre la convocatoria de Gádor, BOJA núm. 132, de 10 de julio de 2026 |
1. Mapa del tema
POLICIA ADMINISTRATIVA I: CONSUMO Y COMERCIO (nueve normas) (1,53 puntos, 16 preguntas medidas)
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CONSUMIDORES E HOJAS DE QUEJAS Y ACTIVIDADES COMERCIALES COMERCIO AMBULANTE ETIQUETADO
INSPECCION (1 preg.) RECLAMACIONES (3 preg.) Y HORARIOS (2 preg.) (10 preg.) (0 preg.)
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Ley 13/2003: consumidor = Decreto 82/2022: papel y DLeg 1/2012 (comercio DLeg 2/2012: fuera de RD 126/2015: alimentos
RDL 1/2007 art. 3 (perso- electronico; entrega obli- interior): minorista = establecimiento perma- sin envasar y envasados
na fisica ajena a su acti- gatoria, inmediata y gra- Ley 7/1996 1.2; regimen nente, con instalaciones en el comercio: denomi-
vidad; juridicas sin ani- tuita por cualquier em- general o libertad hora- desmontables (2.1); mer- nacion, ALERGENOS (Rgto.
mo de lucro); derechos pleado (9); contestar en ria (15); 90 horas sema- cadillos, callejero, iti- 1169/2011 anexo II),
(4); libro de quejas (18); 10 dias habiles (12); sin nales (18); 16 domingos nerante (2.2); excluidos cantidad de ingredien-
OMIC (20 y 21); inspec- contestacion, ejemplar y festivos, permuta de 2 mercados ocasionales, tes, grado alcoholico
cion: Junta y municipios para la Administracion a por el Ayuntamiento (19); objetos usados, servi- (4); en cartel o etique-
con servicios propios la OMIC (14); auxilio de libertad: pan, prensa, cios, flores y animales ta (6); alergenos tambien
(42 y 43); facultades (47); las FCS para hacer cons- carburantes, convenien- (2.3); AUTORIZACION MU- de forma oral con regis-
actas documentos publicos tar la negativa (13.2); cia (500 m2, 18 h), zonas NICIPAL 15 años prorro- tro escrito (6.5).
(51); infracciones 71: infraccion 71.8 Ley 13/ turisticas, menos de 300 gables una vez (3.1); Ley 12/2012: sin licen-
leves 200 a 5.000, graves 2003; Decreto 472/2019 m2, ambulante (20); gran placa (3.3); IAE, Segu- cia hasta 750 m2 (2 y 3),
5.001 a 60.000, muy graves arts. 4, 5 y 9 siguen superficie mas de 2.500 ridad Social, seguro RC, declaracion responsable
60.001 a 1.000.000 (74); vigentes hasta la orden m2 (22). Ley 1/2004: 90 h manipulador (4); placa y (4). STC 88/1986,
prescripcion 4 años (87). del sistema electronico; y 16 domingos minimos, precios, facturas, hojas 225/1993, 124/2003,
STC 4/1981. cartel DIN A4, letra 0,7 300 m2 (3 a 5). (5); ordenanza con infor- 132/2001.
cm (5). me del Consejo Andaluz
de Comercio (8); incau-
tacion (12); leves hasta
1.500, graves 1.501 a
3.000, muy graves 3.001
a 18.000 (14); prescrip-
cion 2 meses, 1 y 2
años (17).
2. Introducción y enfoque de estudio
Prioridad de estudio. Léalo antes de empezar.
Este tema vale 1,53 puntos de los 100 del cuestionario, nivel C: 16 preguntas en los 15 cuestionarios de ayuntamientos andaluces de 2025 y 2026, una media de 1,55 por cada cien, con dos en Las Gabias, La Carolina, Huelma, Motril y Lucena. Es el tema del mercadillo.
Tres decisiones de estudio.
Primera: el comercio ambulante es diez de las 16 preguntas y se pregunta el texto refundido entero. El Decreto Legislativo 2/2012 tiene diecisiete artículos, dos suprimidos, y los cuestionarios piden la definición y las tres modalidades (2), las exclusiones (2.3), los quince años de la autorización (3), los requisitos (4), las obligaciones del puesto (5), las infracciones (13), las multas (14), la incautación (12) y la prescripción (17). Va reproducido en tablas y hay que saberlo de memoria.
Segunda: las hojas de quejas y reclamaciones se preguntan por el decreto viejo. Lucena y Huelma citan el Decreto 472/2019, derogado por el Decreto 82/2022 salvo sus artículos 4, 5 y 9, que siguen vigentes hasta que entre en vigor la orden del sistema electrónico. El tema explica el vigente y señala qué queda del anterior; las reglas que caen (entrega inmediata y gratuita, cartel, diez días para contestar, ejemplar para la Administración) son las mismas en los dos.
Tercera: horarios, consumidores, etiquetado e inspección son cifras. Noventa horas semanales, dieciséis domingos, 300 metros cuadrados de libertad horaria, 750 de la Ley 12/2012, 2.500 de la gran superficie; la definición de consumidor del artículo 3 del texto refundido estatal; las multas de la Ley 13/2003; y los alérgenos del Real Decreto 126/2015. Van en tablas.
Lo que cubren otros temas: las licencias y la declaración responsable de actividad, el tema 9; espectáculos públicos y horarios de apertura de los locales de ocio, el tema 19; la licencia ambiental del comercio, el tema 20; la estafa y los delitos contra los consumidores, el tema 27.
3. Qué se pregunta de este tema
Medido sobre quince cuestionarios de ayuntamientos andaluces de febrero de 2025 a enero de 2026, 1.230 preguntas, clasificadas una a una por materia con frecuencia/reglas.py y reasignadas al temario vigente de 45 temas (ANALISIS-FRECUENCIA.md); el temario derogado tenía un tema de policía administrativa de consumo y comercio y el clasificador trae aquí sus preguntas.
| Cuestionario | Fecha | Preguntas del tema 18 | Sobre el total | Por cada cien |
|---|---|---|---|---|
| La Carolina (Jaén) | 05/02/2025 | 2 | 50 | 4,00 |
| Las Gabias (Granada) | 13/02/2025 | 2 | 100 | 2,00 |
| Darro (Granada) | 17/02/2025 | 0 | 100 | 0,00 |
| Alcalá del Valle (Cádiz) | 20/02/2025 | 1 | 100 | 1,00 |
| Olvera (Cádiz) | 05/03/2025 | 0 | 50 | 0,00 |
| Huelma (Jaén) | 14/03/2025 | 2 | 50 | 4,00 |
| Jerez de la Frontera (Cádiz) | 22/03/2025 | 1 | 100 | 1,00 |
| Roquetas de Mar (Almería) | 20/06/2025 | 1 | 100 | 1,00 |
| Utrera (Sevilla) | 01/07/2025 | 1 | 100 | 1,00 |
| Lucena (Córdoba) | 08/07/2025 | 2 | 50 | 4,00 |
| Málaga | 12/07/2025 | 1 | 80 | 1,25 |
| Motril (Granada) | 17/07/2025 | 2 | 100 | 2,00 |
| Rociana del Condado (Huelva) | 25/09/2025 | 0 | 100 | 0,00 |
| Almería | 22/12/2025 | 0 | 100 | 0,00 |
| Écija (Sevilla) | 22/01/2026 | 1 | 50 | 2,00 |
| Total y media | 16 | 1.230 | 1,55 |
De la media medida de 1,55 se pasa a 1,53 puntos finales por los dos ajustes de frecuencia/pesos.py comunes a todo el libro: el reparto de la materia del temario derogado que el vigente no tiene, que sube el tema a 1,63, y la reserva de un punto de suelo para cada uno de los ocho temas nuevos del decreto, que lo deja en 1,53. Nivel C.
Dentro del tema, las 16 preguntas se reparten así (clasificación por materia de los enunciados sobre el listado de frecuencia/contar.py --ver PL18):
| Bloque del enunciado | Preguntas | Qué se preguntó, sin reproducir ningún enunciado |
|---|---|---|
| Comercio ambulante (Decreto Legislativo 2/2012) | 10 | Qué considera comercio ambulante y qué modalidades (tres veces); qué queda excluido (dos veces); qué infracciones son graves; los plazos de prescripción de las leves; la medida provisional de incautación; una afirmación sobre la autorización; qué tiene la consideración de venta ambulante |
| Hojas de quejas y reclamaciones (Decreto 472/2019, hoy Decreto 82/2022) | 3 | Qué regula el decreto; qué trata su artículo 5 (el cartel); qué afirmación es incorrecta sobre su artículo 4 |
| Actividades comerciales y horarios (Ley 12/2012 y Decreto Legislativo 1/2012) | 2 | Qué actividades quedan al margen del Título I de la Ley 12/2012; el horario máximo semanal del régimen general |
| Consumidores (Ley 13/2003) | 1 | Quién es consumidor a efectos de la ley andaluza |
| Comercio minorista de alimentación, etiquetado e inspección de consumo | 0 | Ninguna pregunta en los quince cuestionarios |
Una lectura. El artículo 2 del texto refundido del comercio ambulante (definición, modalidades y exclusiones) cayó cinco veces en cinco cuestionarios distintos: Las Gabias, Motril, Málaga, Roquetas y Écija. Le siguen el 13 y el 17 (infracciones y prescripción). Es el artículo más rentable del tema.
4. Desarrollo
La Policía Local vigila el comercio y el consumo como policía administrativa (Ley Orgánica 2/1986, 53.1.d) y por las competencias municipales de la Ley 5/2010: inspección de consumo y potestad sancionadora en su territorio (9.15.f), autorización de mercadillos (9.23) y ordenación y disciplina de los mercados de abastos (9.24). El Estatuto atribuye a Andalucía la competencia exclusiva en comercio interior y en defensa de los consumidores; el Estado conserva la legislación mercantil y civil (149.1.6.ª y 8.ª) y las bases de la ordenación económica (149.1.13.ª), reparto que el Tribunal Constitucional fijó en las sentencias 88/1986, 225/1993 y 124/2003.
4.1. Regulación en materia de consumidores
La norma básica estatal es el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (Real Decreto Legislativo 1/2007): son consumidores «las personas físicas que actúen con un propósito ajeno a su actividad comercial, empresarial, oficio o profesión», y también «las personas jurídicas y las entidades sin personalidad jurídica que actúen sin ánimo de lucro en un ámbito ajeno a una actividad comercial o empresarial» (3.1); son consumidores vulnerables las personas físicas que por sus características o circunstancias están en especial situación de subordinación, indefensión o desprotección (3.2). La ley andaluza es la Ley 13/2003, de 17 de diciembre, de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía (BOE núm. 14, de 16 de enero de 2004), dictada en cumplimiento del artículo 51 de la Constitución (1), que remite la definición de consumidor al artículo 3 del texto refundido estatal (3.a) y define los destinatarios finales, los bienes de primera necesidad y los órganos de defensa del consumidor (3).
| Ley 13/2003 | Regla |
|---|---|
| Derechos (4) | Protección de la salud y la seguridad; protección de los intereses económicos y sociales; indemnización y reparación; asociación; información veraz, suficiente, comprensible, inequívoca y racional; educación y formación; especial protección en situaciones de inferioridad |
| Libro de quejas (18) | En todos los establecimientos, un libro de quejas y reclamaciones numerado y sellado por la Junta y carteles indicativos; toda queja escrita se contesta por escrito razonado |
| Oficinas de información (20 y 21) | Las Oficinas Municipales de Información al Consumidor informan, reciben y registran denuncias y reclamaciones, median y elevan consultas; la Junta fomenta su creación en mancomunidades, capitales, distritos de más de 50.000 habitantes y municipios de más de 20.000 |
| Infracciones (71) | Ocho grupos: elaboración y comercialización, salud y seguridad, información y publicidad, documentación y precios, servicios, inspección, garantías y otras; entre las últimas, no disponer de hojas de quejas oficiales o negarse a suministrarlas (71.8.2.ª), no contestarlas en plazo (71.8.3.ª) y no exponer el cartel (71.8.4.ª) |
| Multas (74) | Leves 200 a 5.000 euros; graves 5.001 a 60.000; muy graves 60.001 a 1.000.000; en graves y muy graves hasta el décuplo del beneficio |
| Prescripción y caducidad (87) | Infracciones a los cuatro años; el procedimiento se resuelve en diez meses; la acción caduca si pasa un año desde las diligencias sin incoar |
4.2. Hojas de quejas y reclamaciones
La norma vigente es el Decreto 82/2022, de 17 de mayo (BOJA núm. 95, de 20 de mayo de 2022, en vigor a los veinte días), que deroga el Decreto 472/2019, de 28 de mayo (BOJA núm. 104, de 3 de junio de 2019) «excepto los artículos 4, 5 y 9, que seguirán vigentes hasta tanto no entren en vigor los artículos 3.g), 4.2, 7 y 11 del presente decreto», es decir, hasta que la orden que regule el Sistema de Hojas Electrónicas se apruebe. En la práctica, la hoja en papel se rige por el decreto de 2022 y el cartel y la adhesión voluntaria al sistema electrónico siguen siendo los artículos 5 y 4 del decreto de 2019, con el mismo contenido. Se aplica a las personas consumidoras y a toda empresa que comercialice bienes o preste servicios en Andalucía de manera presencial, a distancia o electrónica (82/2022, 1.2).
| Hojas de quejas y reclamaciones | Regla |
|---|---|
| Derecho (2) | Obtener y presentar hojas «para expresar su disconformidad o desagrado, efectuar una reclamación o una denuncia»; en papel o electrónicas a elección del consumidor |
| Obligación de tenerlas (4) | Toda empresa, en papel según el modelo del anexo I; y, cuando entre en vigor, en formato electrónico dándose de alta en el sistema de la Consejería |
| Fuera de establecimiento (5) | Quien vende a domicilio o de forma itinerante las lleva consigo y en el vehículo; en la venta a distancia se indica la sede o dirección donde presentarlas |
| Cartel (472/2019, 5; 82/2022, 7) | «De modo permanente y perfectamente visible y legible» en las zonas de entrada, salida y atención a la clientela, uno por local; formato mínimo DIN-A4 y letras de al menos 0,7 cm (anexo III); sin local fijo, la información va en presupuestos, contratos, facturas y webs |
| Modelo en papel (8) | Juego unitario de impresos autocalcables por triplicado, sellado con código de barras; también en www.consumoresponde.es |
| Entrega (9) | A solicitud de cualquier persona, por cualquier empleado, obligatoria, inmediata y gratuita, aunque no se haya comprado nada; en el mismo lugar o en el de atención al cliente, sin remitir a otras dependencias y sin obligar a rellenarla en el establecimiento |
| Presentación (10) | Ambas partes cumplimentan sus datos; la empresa acusa recibo con firma o sello sin aceptar los hechos; entrega al reclamante los ejemplares «para la Administración» y «para la parte reclamante» y conserva el «para la parte reclamada»; gratuita |
| Contestación (12) | Escrito razonado por cualquier medio con constancia de fecha en el plazo máximo de diez días hábiles, proponiendo solución o fundamentando la negativa, e indicando si acepta mediación o arbitraje; no contestar es la infracción 71.8.3.ª |
| Negativa (13) | Si la empresa carece de hojas, no las facilita o no las recibe, el consumidor reclama por cualquier medio que acredite la recepción y puede pedir el auxilio de las fuerzas y cuerpos de seguridad más próximas para que hagan constar la negativa (13.2); infracción 71.8.1.ª y 2.ª |
| Remisión (14) | Sin contestación en plazo o en desacuerdo, el ejemplar «para la Administración» va a la OMIC del domicilio del consumidor o, si no hay, a la Delegación Territorial de consumo |
| Tramitación (16 a 21) | OMIC o Delegación del domicilio del consumidor; las denuncias contenidas en la hoja se tramitan como tales; tres meses de plazo máximo desde la entrada |
4.3. Actividades comerciales y horarios
Actividad comercial. El texto refundido de la Ley del Comercio Interior de Andalucía (Decreto Legislativo 1/2012, de 20 de marzo, BOJA núm. 63, de 30 de marzo de 2012) define la actividad comercial minorista, por remisión al artículo 1.2 de la Ley 7/1996, como «el ejercicio profesional y con ánimo de lucro de ofertar artículos o mercancías para su venta a los destinatarios finales» (3.1); no lo son la venta por el fabricante de sus residuos en el recinto industrial ni la venta directa de agricultores y ganaderos en el lugar de producción (3.2). Es gran superficie minorista el establecimiento, individual o colectivo, con más de 2.500 metros cuadrados de superficie útil de exposición y venta (22.1), y quedan excluidos los mercados de abastos (22.2). Las ventas especiales son las celebradas fuera de establecimiento y las promocionales (43): a distancia, automáticas, domiciliarias y en pública subasta las primeras; con prima, en rebajas, de saldos y en liquidación las segundas (44 a 76); los periodos tradicionales de rebajas son del 7 de enero al 7 de marzo y del 1 de julio al 31 de agosto (19.4.b).
Apertura sin licencia. La Ley 12/2012, de 26 de diciembre (BOE núm. 311, de 27 de diciembre de 2012) suprime la licencia previa de instalación, funcionamiento o actividad para los comercios minoristas y servicios de su anexo en establecimientos permanentes de hasta 750 metros cuadrados de superficie de exposición y venta (2.1 y 3.1), sustituida por declaración responsable o comunicación previa (4); quedan fuera las actividades con impacto en el patrimonio histórico-artístico o en el dominio público (2.2), y los cambios de titularidad solo exigen comunicación (3.2).
| Horarios comerciales | Estado (Ley 1/2004) | Andalucía (Decreto Legislativo 1/2012) |
|---|---|---|
| Principio | Libertad de horarios de cada comerciante dentro del marco legal (1) | Régimen general o régimen de libertad horaria (15) |
| Horario semanal | Las Comunidades no pueden restringirlo a menos de 90 horas (3.1) | Máximo de noventa horas en días laborables (18); el diario lo fija cada comerciante (16) |
| Domingos y festivos | Mínimo de dieciséis; las Comunidades pueden modificarlo sin bajar de diez (4) | Dieciséis al año, fijados por orden de la Consejería antes del 1 de septiembre; los Ayuntamientos pueden permutar hasta dos (19) |
| Publicidad | Horarios expuestos en lugar visible dentro y fuera del establecimiento, incluso cerrado (17) | |
| Libertad horaria (5 y 20) | Pastelería, pan, platos preparados, prensa, carburantes, floristerías, tiendas de conveniencia (hasta 500 m² y al menos 18 horas al día), puntos fronterizos, estaciones, zonas de gran afluencia turística y comercios de menos de 300 m² que no sean de grandes grupos | Los mismos, más los de productos culturales en museos, los de instalaciones turísticas, las actividades efímeras ligadas a eventos, la venta ambulante autorizada por los Ayuntamientos y los comercios de los municipios turísticos en Semana Santa y del 1 de junio al 30 de septiembre |
| Zonas de gran afluencia turística | Las declara la Comunidad a propuesta del Ayuntamiento; obligatoria una en municipios de más de 100.000 habitantes con más de 600.000 pernoctaciones o 400.000 cruceristas (5.4 y 5.5) | Mismos criterios (20.3 a 20.5) |
4.4. Comercio minorista de alimentación
El comercio de alimentación es comercio minorista sometido, además, a la normativa sanitaria y de información alimentaria. La Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista (BOE núm. 15, de 17 de enero de 1996) es la norma estatal general: comercio minorista es la actividad profesional con ánimo de lucro de ofertar artículos a los destinatarios finales, «utilizando o no un establecimiento» (1.2). El comerciante de alimentación en establecimiento fijo cumple las obligaciones comunes (horarios, precios, hojas de quejas, licencia ambiental o declaración responsable, tema 20) y las específicas de los productos: manipulador de alimentos, trazabilidad, temperatura y etiquetado, y en el mercadillo, además, el certificado de manipulador del artículo 4.2 del texto refundido del comercio ambulante. La inspección sanitaria de los alimentos corresponde a la Consejería de salud y a los municipios por la Ley 5/2010 (9.13.g, control sanitario oficial de la distribución de alimentos), y las infracciones de índole sanitaria detectadas en el mercadillo se comunican a la autoridad sanitaria (Decreto Legislativo 2/2012, 10).
4.5. Comercio ambulante
La ley estatal define la venta ambulante o no sedentaria como «la realizada por comerciantes, fuera de un establecimiento comercial permanente, de forma habitual, ocasional, periódica o continuada, en los perímetros o lugares debidamente autorizados en instalaciones comerciales desmontables o transportables, incluyendo los camiones-tienda» (Ley 7/1996, 53, inciso salvado por la STC 124/2003), y encarga a los Ayuntamientos las autorizaciones, de duración limitada, con procedimiento transparente y sin renovación automática (54). En Andalucía rige el texto refundido de la Ley del Comercio Ambulante (Decreto Legislativo 2/2012, de 20 de marzo, BOJA núm. 63, de 30 de marzo de 2012), que deroga la Ley 9/1988.
| Comercio ambulante (Decreto Legislativo 2/2012) | Regla |
|---|---|
| Definición (2.1) | «El que se realiza fuera de establecimiento comercial permanente, con empleo de instalaciones desmontables, transportables o móviles» |
| Modalidades (2.2) | Mercadillos que se celebran regularmente en lugares públicos establecidos; comercio callejero en vías públicas sin esos requisitos; comercio itinerante en itinerarios establecidos con medio transportable o móvil |
| Excluidos (2.3 y 2.4), sometidos a los Ayuntamientos | Mercados ocasionales de fiestas y ferias; comercio tradicional de objetos usados, puestos temporeros y otras modalidades; actividades ambulantes industriales y de servicios; mercados tradicionales de flores, plantas y animales; y la artesanía de la Ley 15/2005 |
| Autorización municipal (3) | Previa, por desarrollarse en suelo público; la otorga el Ayuntamiento con procedimiento transparente; duración de quince años, prorrogable por otros quince una sola vez; transmisible según la ordenanza; contiene titular, personas que lo ayudan, duración, modalidad, lugar, fecha y horario, tamaño y estructura del puesto, productos y, en el itinerante, el vehículo y los itinerarios; el Ayuntamiento entrega una placa identificativa |
| Requisitos (4) | Alta en el IAE y en la Seguridad Social; seguro de responsabilidad civil; certificado de manipulador de alimentos si vende productos de alimentación humana |
| Obligaciones en el puesto (5) | Respetar la normativa de los productos; exponer la placa y los precios finales con impuestos; tener las facturas y comprobantes de compra a disposición de la autoridad; tener las hojas de quejas y reclamaciones; los Ayuntamientos garantizan la policía y vigilancia de los espacios |
| Ordenanza (8) | Obligatoria en los municipios con comercio ambulante: modalidades, duración, lugares, fechas y horarios, puestos, tasas y procedimiento; informe preceptivo y no vinculante del Consejo Andaluz de Comercio antes de aprobarla |
| Comisión Municipal de Comercio Ambulante (9) | El Pleno puede crearla; se oye preceptivamente en la ordenanza; dictamen no vinculante |
| Potestad sancionadora (10 y 11) | De los Ayuntamientos; las infracciones sanitarias se comunican a la autoridad sanitaria; procedimiento sancionador común |
| Medidas provisionales (12) | En infracciones graves o muy graves, incautación de los productos no autorizados y de los puestos, instalaciones y vehículos; pueden adoptarse antes de iniciar el procedimiento por urgencia, y el acuerdo de iniciación las confirma o levanta en quince días |
| Leves (13.1) | No exponer la placa y los precios; no tener las facturas; no tener las hojas de quejas ni el cartel; los demás incumplimientos, incluido el régimen interno del mercadillo |
| Graves (13.2) | Reincidencia en leves (más de una en un año por resolución firme); incumplir la normativa de los productos o vender productos no autorizados; desobediencia o negativa a informar a la autoridad municipal o sus agentes; ejercer incumpliendo lugar, fecha, horario, tamaño o ubicación autorizados; ejercer personas distintas de las autorizadas |
| Muy graves (13.3) | Reincidencia en graves; carecer de la autorización municipal; resistencia, coacción o amenaza a la autoridad municipal y sus agentes |
| Multas (14) | Leves apercibimiento o hasta 1.500 euros; graves 1.501 a 3.000; muy graves 3.001 a 18.000 |
| Accesorias (15) | En graves y muy graves, revocación de la autorización y decomiso de la mercancía, puestos, instalaciones y vehículos |
| Graduación (16) | Facturación, perjuicios, intencionalidad, beneficio, reincidencia, duración y número de consumidores afectados |
| Prescripción (17) | Infracciones leves dos meses, graves un año, muy graves dos años, desde la comisión |
4.6. Etiquetado de productos
La información alimentaria se rige por el Reglamento (UE) 1169/2011 y, para los alimentos que se venden sin envasar, por el Real Decreto 126/2015, de 27 de febrero (BOE núm. 54, de 4 de marzo de 2015), que se aplica a los alimentos sin envasar para el consumidor final y las colectividades, a los envasados en el lugar de venta a petición del comprador y a los envasados por el comerciante minorista para su venta inmediata (2.2). La información obligatoria de los alimentos sin envasar (4.1) incluye la denominación del alimento, las sustancias que causan alergias o intolerancias del anexo II del Reglamento con referencia clara a la sustancia (salvo que la denominación ya lo diga), la cantidad de un ingrediente cuando lo exija el Reglamento y el grado alcohólico de las bebidas de más de 1,2 por ciento. Se presenta por escrito en etiquetas adheridas o en carteles junto al alimento (6.2); la información sobre alérgenos puede darse de forma oral si se facilita fácilmente antes de la compra y queda registrada por escrito o electrónicamente en el establecimiento a disposición del personal, los consumidores y las autoridades de control, indicando de forma visible dónde está disponible o que puede pedirse al personal (6.5). Los envasados por el minorista llevan las menciones de los artículos 9 y 10 del Reglamento; las bolsas de frutas, hortalizas y frutos secos, la denominación con categoría, variedad y país de origen, la cantidad neta y el envasador (5.2). La Policía Local no aplica el etiquetado, pero constata su ausencia en el mercadillo y en el comercio de alimentación y da traslado a la inspección de consumo o sanitaria.
4.7. Inspección de consumo de las Administraciones Locales
La Ley 13/2003 encarga a la Junta y a las Administraciones locales, «en el ámbito de sus respectivas competencias», las inspecciones para vigilar que quienes producen, distribuyen o comercializan bienes o servicios cumplen la ordenación de su sector (42.1); la inspección alcanza a todos los bienes y servicios, materias primas, establecimientos y maquinaria (42.3). La Inspección de Consumo de la Junta depende de las Delegaciones Provinciales y actúa preferentemente en la fase de comercialización (43.1 y 43.2), y los municipios pueden desarrollar la inspección por sus propios Servicios de Inspección (43.3); las irregularidades que correspondan a otro órgano se le remiten con copia del acta (43.4).
| Inspección de consumo (Ley 13/2003) | Regla |
|---|---|
| Funciones (46) | Vigilancia, control, inspección e investigación; informar y advertir al inspeccionado con plazo de subsanación; proponer medidas y adoptarlas provisionalmente en casos de urgencia; actuaciones previas al sancionador; diligencias del instructor |
| Facultades (47) | Acceder sin previo aviso a locales donde se realicen actividades que afecten a los consumidores, y con indicios a los no abiertos al público, con consentimiento o autorización judicial cuando proceda; exigir documentos y copias; requerir documentación y comparecencia; tomar muestras |
| Identificación (47.2 y 47.3) | Previa, salvo que frustre la inspección, justificándolo por escrito; siempre necesaria para ejercer potestades y hacer requerimientos |
| Actas (51) | Obligatorias, con identificación del inspector, lugar, fecha, hechos y datos objetivos y manifestaciones del compareciente; son documentos públicos firmados por el inspector; el compareciente firma como reconocimiento de presencia, no de los hechos; el inspector puede requerir la subsanación de irregularidades simples en diez días |
| Valor probatorio (52) | Las actas tienen valor probatorio salvo prueba en contrario |
Para el policía local, la inspección de consumo es de dos tipos: la propia, cuando el Ayuntamiento tiene Servicio de Inspección y la ordenanza le atribuye funciones, y la de auxilio y constatación en todo caso: hacer constar la negativa a entregar la hoja de reclamaciones (Decreto 82/2022, 13.2), levantar acta de la venta sin autorización o sin placa en el mercadillo, incautar la mercancía no autorizada como medida provisional (Decreto Legislativo 2/2012, 12) y remitir lo actuado a la OMIC, a la Delegación de consumo o a la autoridad sanitaria.
5. Jurisprudencia esencial
Cinco sentencias, comprobadas en el buscador oficial del Tribunal Constitucional con órgano, recurso y fallo.
STC 88/1986, de 1 de julio (Pleno, recursos de inconstitucionalidad 352-1983 y 367-1983 acumulados, BOE núm. 174, de 22 de julio de 1986). Cincuenta y cuatro diputados y el Abogado del Estado recurrieron la Ley catalana 1/1983 de estructuras comerciales y ventas especiales. El Tribunal estimó en parte y anuló cuatro preceptos, pero fijó la regla que sostiene toda la legislación autonómica de este tema: la defensa del consumidor del artículo 51 de la Constitución es un principio rector cuya garantía, en un Estado descentralizado, se reparte entre el Estado (legislación mercantil, defensa de la competencia, unidad de mercado) y las Comunidades con competencia en comercio interior, que pueden regular las ventas especiales en su vertiente jurídico-pública.
STC 225/1993, de 8 de julio (Pleno, recursos de inconstitucionalidad 418-1987 y 421-1987 y cuestiones acumuladas, BOE núm. 183, de 2 de agosto de 1993, con votos particulares). Sobre la Ley valenciana 8/1986 de ordenación del comercio y superficies comerciales. Estimó parcialmente: anuló el artículo 9 y un inciso del 4, y desestimó lo demás. Precisó que el Estado tiene por el 149.1.6.ª y 8.ª la capacidad para el ejercicio del comercio, el régimen de los establecimientos mercantiles y las condiciones de la contratación, y las Comunidades la ordenación administrativa de la actividad comercial.
STC 124/2003, de 19 de junio (Pleno, recursos de inconstitucionalidad 1254-1996 y 1255-1996 acumulados, BOE núm. 170, de 17 de julio de 2003). Navarra recurrió la Ley 7/1996 de comercio minorista. El Tribunal estimó parcialmente y declaró inconstitucionales y nulos los artículos 37 y 53, salvo el inciso inicial de este último: la regulación de la venta ambulante pertenece al comercio interior de las Comunidades Autónomas, que «pueden disciplinar determinados tipos de ventas, y en concreto la venta no sedentaria», y el Estado solo conserva el concepto. Por eso el texto refundido andaluz del comercio ambulante regula la autorización, las obligaciones y las sanciones.
STC 132/2001, de 8 de junio (Sala Primera, recurso de amparo 1608-2000, BOE núm. 158, de 3 de julio de 2001, verificada en el tema 9). Otorgó el amparo a un taxista sancionado con suspensión de licencia solo por ordenanza municipal: la sanción exige cobertura legal y «no es suficiente la ordenanza municipal». En el mercadillo, las ordenanzas desarrollan la ley pero las infracciones y las multas son las del artículo 13 y 14 del texto refundido; la ordenanza no puede crear otras.
STC 4/1981, de 2 de febrero (Pleno, recurso de inconstitucionalidad 186-1980, BOE núm. 47, de 24 de febrero de 1981, verificada en el tema 4). Fijó la garantía de la autonomía local y excluyó los controles de oportunidad. La autorización de mercadillos, la ordenanza de comercio ambulante y la potestad sancionadora municipal son ejercicio de esa autonomía dentro de la ley andaluza.
6. Tabla resumen
| Dato | Valor |
|---|---|
| Consumidor (RDL 1/2007, 3.1) | Persona física con propósito ajeno a su actividad profesional; personas jurídicas y entidades sin ánimo de lucro en ámbito ajeno a lo comercial |
| Ley andaluza de consumidores | Ley 13/2003, de 17 de diciembre; remite la definición al RDL 1/2007 |
| Multas Ley 13/2003 (74) | Leves 200 a 5.000; graves 5.001 a 60.000; muy graves 60.001 a 1.000.000 |
| Prescripción Ley 13/2003 (87) | Infracciones 4 años; procedimiento 10 meses; caducidad de la acción 1 año |
| OMIC (20 y 21) | Información, recepción de reclamaciones, mediación; fomento en municipios de más de 20.000 habitantes |
| Hojas de quejas: norma | Decreto 82/2022 (BOJA 95, 20/05/2022); Decreto 472/2019 vigente en sus artículos 4, 5 y 9 |
| Entrega de la hoja (82/2022, 9) | Obligatoria, inmediata y gratuita, por cualquier empleado, sin obligar a rellenarla en el establecimiento |
| Ejemplares (8 y 10) | Triplicado: para la Administración, para el reclamante, para el reclamado |
| Contestación (12) | 10 días hábiles, escrito razonado |
| Cartel (472/2019, 5; 82/2022, 7) | Permanente, visible, en entradas y atención al cliente; DIN-A4, letra de 0,7 cm |
| Negativa (13.2) | Auxilio de las fuerzas y cuerpos de seguridad para hacerla constar |
| Remisión (14) | A la OMIC del domicilio del consumidor; si no hay, Delegación de consumo |
| Plazo de tramitación (21) | 3 meses |
| Infracciones de hojas (Ley 13/2003, 71.8) | 2.ª no tener o no entregar; 3.ª no contestar; 4.ª no exponer el cartel |
| Comercio minorista (Ley 7/1996, 1.2) | Ofertar artículos a los destinatarios finales, con o sin establecimiento |
| Gran superficie (DLeg 1/2012, 22) | Más de 2.500 m² de superficie útil de exposición y venta |
| Ley 12/2012 | Sin licencia hasta 750 m²; declaración responsable o comunicación previa |
| Horario semanal | 90 horas (Ley 1/2004, 3; DLeg 1/2012, 18) |
| Domingos y festivos | 16 al año (mínimo estatal 16, nunca menos de 10); el Ayuntamiento permuta hasta 2 |
| Libertad horaria | Menos de 300 m² no pertenecientes a grandes grupos; conveniencia (500 m², 18 horas); pan, prensa, carburantes; zonas turísticas; venta ambulante autorizada |
| Rebajas tradicionales (19.4.b) | 7 de enero a 7 de marzo; 1 de julio a 31 de agosto |
| Comercio ambulante: norma | Decreto Legislativo 2/2012 (BOJA 63, 30/03/2012), texto refundido de la Ley 9/1988 |
| Definición (2.1) | Fuera de establecimiento permanente, con instalaciones desmontables, transportables o móviles |
| Modalidades (2.2) | Mercadillos, comercio callejero, comercio itinerante |
| Excluidos (2.3) | Mercados ocasionales de fiestas, objetos usados y puestos temporeros, actividades industriales y de servicios, mercados de flores, plantas y animales; artesanía |
| Autorización (3) | Municipal, previa; 15 años prorrogables 15 una vez; placa identificativa |
| Requisitos (4) | IAE, Seguridad Social, seguro de responsabilidad civil, manipulador de alimentos |
| Obligaciones (5) | Placa y precios expuestos, facturas, hojas de quejas |
| Ordenanza (8) | Obligatoria; informe preceptivo no vinculante del Consejo Andaluz de Comercio |
| Sanciona (10) | El Ayuntamiento; lo sanitario, a la autoridad sanitaria |
| Medidas provisionales (12) | Incautación de productos, puestos, instalaciones y vehículos; confirmación en 15 días |
| Leves (13.1) | Sin placa o precios; sin facturas; sin hojas de quejas ni cartel; resto |
| Graves (13.2) | Reincidencia en leves; productos no autorizados; desobediencia o negativa a informar; incumplir lugar, fecha, horario o puesto; personas distintas |
| Muy graves (13.3) | Reincidencia en graves; sin autorización; resistencia, coacción o amenaza |
| Multas (14) | Apercibimiento o hasta 1.500; 1.501 a 3.000; 3.001 a 18.000 |
| Accesorias (15) | Revocación de la autorización y decomiso |
| Prescripción (17) | 2 meses, 1 año, 2 años |
| Etiquetado sin envasar (RD 126/2015, 4 y 6) | Denominación, alérgenos, cantidad de ingrediente, grado alcohólico más de 1,2 por ciento; en etiqueta o cartel; alérgenos también oralmente con registro escrito |
| Inspección de consumo (Ley 13/2003, 43 y 47) | Junta y municipios con servicios propios; acceso sin previo aviso; toma de muestras |
| Actas (51 y 52) | Documentos públicos; valor probatorio salvo prueba en contrario; subsanación en 10 días |
7. Trampas de examen
1. «Consumidor es toda persona que compra un bien.» Solo quien actúa «con un propósito ajeno a su actividad comercial, empresarial, oficio o profesión» (RDL 1/2007, 3.1); el comerciante que compra para revender no lo es.
2. «La Ley 13/2003 tiene su propia definición de consumidor.» Remite al artículo 3 del texto refundido estatal (3.a), desde el Decreto-ley 2/2021.
3. «Las hojas de quejas se rigen por el Decreto 472/2019.» Por el Decreto 82/2022; del de 2019 solo siguen vigentes los artículos 4, 5 y 9 hasta que entre en vigor el sistema electrónico.
4. «Solo el titular del establecimiento puede entregar la hoja de reclamaciones.» «Cualquier persona empleada» (82/2022, 9.1), de forma obligatoria, inmediata y gratuita.
5. «El consumidor debe rellenar la hoja en el establecimiento.» No se le puede obligar a rellenarla allí (9.1).
6. «La empresa tiene un mes para contestar la reclamación.» Diez días hábiles desde la recepción (12.1).
7. «La hoja se presenta por duplicado.» Por triplicado: para la Administración, para el reclamante y para el reclamado (8.1 y 10.2).
8. «El cartel de hojas de reclamaciones puede ser de cualquier tamaño.» Mínimo DIN-A4 con letras de al menos 0,7 centímetros (472/2019, 5.2; 82/2022, 7.2).
9. «El horario semanal máximo en Andalucía es de 72 horas.» Noventa (DLeg 1/2012, 18), el mínimo que el Estado permite a las Comunidades (Ley 1/2004, 3.1).
10. «Los Ayuntamientos fijan los domingos de apertura.» Los fija la Consejería por orden anual; el Ayuntamiento solo puede permutar hasta dos (19).
11. «Todos los comercios de menos de 300 metros cuadrados tienen libertad horaria.» Salvo los de empresas o grupos de distribución que no sean pequeña y mediana empresa (Ley 1/2004, 5.2; DLeg 1/2012, 20.1.i).
12. «La Ley 12/2012 exime de licencia a los locales de hasta 300 metros cuadrados.» Hasta 750 (2.1); 300 es la libertad horaria.
13. «El comercio en mercados de fiestas y ferias es comercio ambulante.» Está excluido del texto refundido y sometido a los Ayuntamientos (2.3.a), como los objetos usados, los servicios y los mercados de flores, plantas y animales.
14. «La autorización de venta ambulante dura cinco años.» Quince, prorrogables por otros quince una sola vez (3.1).
15. «Vender sin autorización municipal es infracción grave.» Muy grave (13.3.b), de 3.001 a 18.000 euros; vender productos no autorizados es grave (13.2.b).
16. «La incautación de la mercancía exige el acuerdo de iniciación del procedimiento.» Puede adoptarse antes, por urgencia, por el órgano de inspección, y el acuerdo de iniciación la confirma o levanta en quince días (12).
17. «Las infracciones leves del comercio ambulante prescriben al año.» A los dos meses; las graves al año y las muy graves a los dos años (17).
18. «Los alérgenos de los alimentos sin envasar deben figurar siempre por escrito en un cartel.» Pueden darse oralmente si la información está registrada por escrito o electrónicamente en el establecimiento y se indica dónde (RD 126/2015, 6.5).
8. Reglas mnemotécnicas
«Ajeno a su oficio»
La clave del consumidor (RDL 1/2007, 3.1).
«200, 5.000, 60.000, un millón»
Los cuatro escalones de las multas de consumo (Ley 13/2003, 74).
«Cualquiera entrega, diez para contestar, tres para tramitar»
La hoja de reclamaciones: cualquier empleado, diez días hábiles, tres meses (82/2022, 9, 12 y 21).
«A4 y 0,7»
El cartel de las hojas.
«90 y 16, 300 y 750, 2.500»
Horas semanales, domingos, libertad horaria, sin licencia, gran superficie.
«Mercadillo, callejero, itinerante»
Las tres modalidades del comercio ambulante (2.2).
«Fiestas, usados, servicios, flores»
Los cuatro excluidos del 2.3.
«15 más 15, una vez»
La autorización de comercio ambulante (3.1).
«1.500, 3.000, 18.000; 2 meses, 1 año, 2 años»
Multas y prescripción del comercio ambulante (14 y 17).
9. Aplicación práctica
Situación 1. El mercadillo del jueves.
En el mercadillo semanal, la patrulla encuentra un puesto de ropa sin placa identificativa y con los precios sin exponer, otro que vende perfumes de marca falsificada y un tercero instalado en un pasillo no asignado, atendido por el hermano del titular, que no figura en la autorización. Calificaciones (Decreto Legislativo 2/2012, 13): no exponer la placa y los precios es infracción leve (13.1.a), apercibimiento o hasta 1.500 euros; vender productos no autorizados es grave (13.2.b), de 1.501 a 3.000 euros, y la falsificación se comunica además como posible delito contra la propiedad industrial; ocupar un lugar distinto del autorizado y atender persona distinta de las previstas en la autorización son dos infracciones graves (13.2.d y e). En las graves, el agente puede incautar la mercancía no autorizada como medida provisional (12), con acta y depósito, y el Ayuntamiento debe confirmarla en el acuerdo de iniciación dentro de quince días. Si alguno se niega a identificarse o a mostrar la placa y las facturas, comete la grave del 13.2.c (desobediencia o negativa a informar a la autoridad municipal o sus agentes); si amenaza a los agentes, la muy grave del 13.3.c. Un vendedor sin ninguna autorización comete la muy grave del 13.3.b, de 3.001 a 18.000 euros, con decomiso (15). Todo va al Ayuntamiento, que es quien sanciona (10); los alimentos sin manipulador o sin condiciones, a la autoridad sanitaria.
Situación 2. La hoja de reclamaciones denegada.
Una clienta llama a la Policía Local porque en un taller le niegan la hoja de reclamaciones «hasta que venga el jefe» y le dicen que no la pueden atender fuera del mostrador. La patrulla acude, se identifica y hace constar en acta la negativa: la hoja debe entregarla cualquier empleado, de forma inmediata y gratuita, en el mismo lugar o en el de atención al cliente, y el consumidor puede rellenarla fuera del establecimiento (Decreto 82/2022, 9.1); la negativa es la infracción 71.8.2.ª de la Ley 13/2003, grave o leve según la calificación del 72, con multa desde 200 euros en las leves y desde 5.001 en las graves (74), y la ausencia del cartel, la 71.8.4.ª. El artículo 13.2 del decreto prevé precisamente el auxilio de las fuerzas y cuerpos de seguridad para hacer constar la negativa. Los agentes informan a la clienta de que puede reclamar por cualquier medio con constancia de recepción y de que, si en diez días hábiles no recibe contestación, puede remitir el ejemplar para la Administración a la OMIC de su municipio (14). El acta se remite a la OMIC o a la Delegación de consumo, que tramita la denuncia (17); el Ayuntamiento sanciona si tiene atribuida la competencia de inspección de consumo (Ley 13/2003, 43.3; Ley 5/2010, 9.15.f).
10. Preguntas de test con respuesta explicada
Veinticinco preguntas, que con las diez de la sección siguiente completan las treinta y cinco del nivel C. Ninguna reproduce un enunciado de un cuestionario municipal.
1. Según el artículo 3 del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, son consumidores las personas físicas que actúen:
a) Con un propósito ajeno a su actividad comercial, empresarial, oficio o profesión.
b) Con ánimo de lucro.
c) En el ejercicio de su profesión.
d) Solo en establecimientos abiertos al público.
Respuesta: a). También las personas jurídicas y entidades sin ánimo de lucro en ámbito ajeno a lo comercial.
2. La Ley 13/2003, de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía, define al consumidor:
a) Como toda persona física mayor de edad.
b) Como quien adquiere bienes de primera necesidad.
c) Como el titular de una hoja de reclamaciones.
d) Por remisión al artículo 3 del Real Decreto Legislativo 1/2007.
Respuesta: d). Artículo 3.a).
3. Las infracciones leves de la Ley 13/2003 se sancionan con multa de:
a) 60 a 600 euros.
b) 200 a 5.000 euros.
c) 5.001 a 60.000 euros.
d) 60.001 a 1.000.000 de euros.
Respuesta: b). Artículo 74.1.c).
4. Las infracciones de la Ley 13/2003 prescriben a los:
a) Seis meses.
b) Un año.
c) Dos años.
d) Cuatro años.
Respuesta: d). Artículo 87.1.
5. La norma vigente sobre hojas de quejas y reclamaciones en Andalucía es:
a) El Decreto 72/2008.
b) El Decreto 82/2022, de 17 de mayo.
c) El Decreto 472/2019 en su integridad.
d) La Ley 13/2003 exclusivamente.
Respuesta: b). Del Decreto 472/2019 siguen vigentes los artículos 4, 5 y 9.
6. Según el Decreto 82/2022, la entrega de la hoja de quejas y reclamaciones al consumidor que la solicita es:
a) Obligatoria, inmediata y gratuita.
b) Discrecional del titular.
c) Obligatoria solo si ha comprado algo.
d) Obligatoria en el plazo de veinticuatro horas.
Respuesta: a). Artículo 9.1, por cualquier persona empleada.
7. La empresa que recibe una hoja de quejas y reclamaciones debe contestar mediante escrito razonado en el plazo máximo de:
a) Cinco días naturales.
b) Diez días hábiles.
c) Quince días hábiles.
d) Un mes.
Respuesta: b). Artículo 12.1.
8. El cartel que anuncia la existencia de hojas de quejas y reclamaciones tendrá un formato mínimo:
a) DIN-A5 con letras de 0,5 cm.
b) DIN-A3 con letras de 1 cm.
c) Libre.
d) DIN-A4 con letras de al menos 0,7 cm.
Respuesta: d). Artículo 5.2 del Decreto 472/2019 y 7.2 del Decreto 82/2022.
9. Si el consumidor no recibe contestación en plazo, puede remitir el ejemplar «para la Administración» de la hoja a:
a) El Juzgado de Paz.
b) La Policía Local.
c) La Oficina Municipal de Información al Consumidor de su domicilio.
d) El Defensor del Pueblo Andaluz.
Respuesta: c). Artículo 14.1; si no existe OMIC, a la Delegación de consumo.
10. Según el Decreto 82/2022, ante la negativa de la empresa a facilitar las hojas, el consumidor puede solicitar:
a) El auxilio de las fuerzas y cuerpos de seguridad para que hagan constar la negativa.
b) La clausura del local.
c) Una indemnización inmediata.
d) La detención del titular.
Respuesta: a). Artículo 13.2.
11. El horario máximo semanal de los comercios en días laborables, en el régimen general de Andalucía, es de:
a) Setenta y dos horas.
b) Ochenta horas.
c) Noventa horas.
d) Ciento veinte horas.
Respuesta: c). Artículo 18 del texto refundido de la Ley del Comercio Interior.
12. El número de domingos y festivos de apertura autorizada al año en Andalucía es de:
a) Ocho.
b) Diez.
c) Doce.
d) Dieciséis.
Respuesta: d). Artículo 19.1; los Ayuntamientos pueden permutar hasta dos.
13. Tienen plena libertad horaria los establecimientos comerciales individuales con una superficie útil de exposición y venta inferior a:
a) 150 metros cuadrados.
b) 300 metros cuadrados.
c) 500 metros cuadrados.
d) 750 metros cuadrados.
Respuesta: b). Excluidos los de grandes grupos de distribución (Ley 1/2004, 5.2).
14. La Ley 12/2012 exime de licencia previa de actividad a los establecimientos comerciales permanentes con superficie de exposición y venta de hasta:
a) 300 metros cuadrados.
b) 500 metros cuadrados.
c) 750 metros cuadrados.
d) 2.500 metros cuadrados.
Respuesta: c). Artículo 2.1; se sustituye por declaración responsable o comunicación previa.
15. Tiene la consideración de gran superficie minorista en Andalucía el establecimiento con superficie útil de exposición y venta superior a:
a) 750 metros cuadrados.
b) 1.500 metros cuadrados.
c) 2.500 metros cuadrados.
d) 5.000 metros cuadrados.
Respuesta: c). Artículo 22.1 del texto refundido.
16. Según el texto refundido de la Ley del Comercio Ambulante, se entiende por comercio ambulante el que se realiza:
a) En mercados de abastos.
b) Por internet.
c) En ferias y fiestas populares.
d) Fuera de establecimiento comercial permanente, con instalaciones desmontables, transportables o móviles.
Respuesta: d). Artículo 2.1.
17. No es una modalidad de comercio ambulante del artículo 2.2 del texto refundido:
a) El comercio en mercadillos.
b) El comercio en mercados ocasionales de fiestas.
c) El comercio callejero.
d) El comercio itinerante.
Respuesta: b). Está excluido y sometido a los Ayuntamientos (2.3.a).
18. La duración de la autorización municipal para el ejercicio del comercio ambulante es de:
a) Cinco años.
b) Diez años.
c) Quince años, prorrogables por otros quince una sola vez.
d) Indefinida.
Respuesta: c). Artículo 3.1.
19. El titular de la autorización de comercio ambulante que venda productos de alimentación humana debe tener:
a) Certificado de manipulador de alimentos.
b) Licencia sanitaria municipal.
c) Título de comerciante.
d) Autorización de la Consejería de salud.
Respuesta: a). Artículo 4.2, además del seguro de responsabilidad civil.
20. No tener a disposición de los consumidores las hojas de quejas y reclamaciones en el puesto de venta ambulante es infracción:
a) Leve.
b) Grave.
c) Muy grave.
d) No es infracción.
Respuesta: a). Artículo 13.1.c).
21. Carecer de la autorización municipal para el comercio ambulante es infracción:
a) Leve.
b) Grave.
c) Muy grave.
d) Administrativa de la Ley 13/2003.
Respuesta: c). Artículo 13.3.b).
22. Las infracciones graves del comercio ambulante se sancionan con multa de:
a) Hasta 1.500 euros.
b) 1.501 a 3.000 euros.
c) 3.001 a 18.000 euros.
d) 18.001 a 30.000 euros.
Respuesta: b). Artículo 14.2.
23. Las infracciones leves del texto refundido de la Ley del Comercio Ambulante prescriben a los:
a) Dos meses.
b) Seis meses.
c) Un año.
d) Dos años.
Respuesta: a). Artículo 17.1.a).
24. Según el Real Decreto 126/2015, la información obligatoria de los alimentos que se presentan sin envasar incluye, entre otras:
a) El precio por kilo.
b) La fecha de fabricación.
c) El número de lote.
d) La denominación del alimento y las sustancias que causan alergias o intolerancias.
Respuesta: d). Artículo 4.1.
25. Según la Ley 13/2003, los municipios de Andalucía pueden desarrollar la actividad de inspección de consumo:
a) Solo por delegación de la Junta.
b) Solo a través de la Policía Local.
c) Por sus propios Servicios de Inspección.
d) En ningún caso.
Respuesta: c). Artículo 43.3.
11. Preguntas de estilo examen
Diez preguntas más con el formato de los cuestionarios municipales, que citan la norma y el artículo.
26. Conforme al artículo 2.3 del Decreto Legislativo 2/2012, quedan expresamente excluidos del texto refundido de la Ley del Comercio Ambulante, sometiéndose a los Ayuntamientos:
a) Los mercados tradicionales de flores, plantas y animales.
b) Los mercadillos periódicos.
c) El comercio itinerante.
d) El comercio callejero.
Respuesta: a).
27. Según el artículo 3.3 del Decreto Legislativo 2/2012, los Ayuntamientos entregarán a las personas autorizadas para el comercio ambulante:
a) Un carné profesional de la Junta.
b) Un certificado de manipulador.
c) Una tarjeta de transporte.
d) Una placa identificativa con los datos esenciales de la autorización.
Respuesta: d).
28. Según el artículo 8.3 del Decreto Legislativo 2/2012, las ordenanzas municipales de comercio ambulante, antes de su aprobación, han de ser informadas por:
a) La Diputación Provincial.
b) El Consejo Andaluz de Comercio, con informe preceptivo y no vinculante.
c) La Consejería de salud.
d) El Defensor del Pueblo Andaluz.
Respuesta: b).
29. De acuerdo con el artículo 12 del Decreto Legislativo 2/2012, la incautación de los productos objeto de comercio no autorizado puede adoptarse como medida provisional en caso de infracciones:
a) Graves o muy graves.
b) Leves.
c) Solo muy graves.
d) De cualquier clase.
Respuesta: a). Confirmada en el acuerdo de iniciación dentro de los quince días siguientes.
30. Según el artículo 13.2 del Decreto Legislativo 2/2012, es infracción grave:
a) No tener expuesta la placa identificativa.
b) Carecer de la autorización municipal.
c) La resistencia o amenaza a los agentes.
d) La desobediencia o negativa a suministrar información a la autoridad municipal o sus agentes.
Respuesta: d). No exponer la placa es leve; carecer de autorización y la resistencia o amenaza son muy graves.
31. Conforme al artículo 15 del Decreto Legislativo 2/2012, en las infracciones graves o muy graves puede acordarse como sanción accesoria:
a) La prisión del titular.
b) La inhabilitación para el comercio en toda España.
c) La revocación de la autorización municipal y el decomiso de la mercancía, puestos y vehículos.
d) La clausura del mercadillo.
Respuesta: c).
32. Según el artículo 4 de la Ley 1/2004, de Horarios Comerciales, las Comunidades Autónomas no pueden limitar el número de domingos y festivos de apertura por debajo de:
a) Ocho.
b) Diez.
c) Doce.
d) Dieciséis.
Respuesta: b). El mínimo general es dieciséis (4.1).
33. Según el artículo 20.2 del texto refundido de la Ley del Comercio Interior de Andalucía, son tiendas de conveniencia las de superficie no superior a 500 metros cuadrados que permanezcan abiertas al menos:
a) Doce horas al día.
b) Dieciséis horas al día.
c) Dieciocho horas al día.
d) Veinticuatro horas al día.
Respuesta: c).
34. Conforme al artículo 47 de la Ley 13/2003, el personal de la Inspección de Consumo está facultado para acceder a los locales donde se realicen actividades que afecten a los consumidores:
a) Sin previo aviso.
b) Solo con autorización judicial.
c) Previa citación con cuarenta y ocho horas.
d) Solo en horario comercial.
Respuesta: a). Artículo 47.1.a).
35. Según el artículo 51 de la Ley 13/2003, las actas de la Inspección de Consumo son:
a) Documentos privados.
b) Documentos públicos firmados por el inspector.
c) Meras notas informativas.
d) Denuncias penales.
Respuesta: b). Con valor probatorio salvo prueba en contrario (52).
12. Fuentes oficiales
Todos los textos se han leído de la fuente oficial (texto consolidado del BOE por su API de datos abiertos, que consolida también los textos refundidos andaluces; los decretos, en la página del BOJA y en su PDF) y los identificadores se han comprobado con la API de metadatos.
| Norma o fuente | Referencia | Enlace |
|---|---|---|
| Ley 13/2003, de 17 de diciembre, de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía (artículos 1, 3, 4, 18, 20, 21, 42, 43, 46, 47, 51, 52, 71, 74, 87) | BOE-A-2004-884, BOE núm. 14, de 16 de enero de 2004 | https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2004-884 |
Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (artículo 3), de data/leyes/ | BOE-A-2007-20555, BOE núm. 287, de 30 de noviembre de 2007 | https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-20555 |
| Decreto 82/2022, de 17 de mayo, hojas de quejas y reclamaciones (artículos 1 a 21 y disposición derogatoria) | BOJA núm. 95, de 20 de mayo de 2022 | https://www.juntadeandalucia.es/boja/2022/95/42 |
| Decreto 472/2019, de 28 de mayo (artículos 4, 5 y 9, vigentes) | BOJA núm. 104, de 3 de junio de 2019 | https://www.juntadeandalucia.es/boja/2019/104/6 |
| Decreto Legislativo 1/2012, de 20 de marzo, texto refundido de la Ley del Comercio Interior de Andalucía (artículos 3, 15 a 20, 22, 43 a 76) | BOJA-b-2012-90003, BOJA núm. 63, de 30 de marzo de 2012, consolidado en el BOE | https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOJA-b-2012-90003 |
| Decreto Legislativo 2/2012, de 20 de marzo, texto refundido de la Ley del Comercio Ambulante (artículos 1 a 17, leídos enteros) | BOJA-b-2012-90004, BOJA núm. 63, de 30 de marzo de 2012, consolidado en el BOE | https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOJA-b-2012-90004 |
| Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista (artículos 1, 53 y 54) | BOE-A-1996-1072, BOE núm. 15, de 17 de enero de 1996 | https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1996-1072 |
| Ley 1/2004, de 21 de diciembre, de Horarios Comerciales (artículos 1, 3, 4 y 5) | BOE-A-2004-21421, BOE núm. 307, de 22 de diciembre de 2004 | https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2004-21421 |
| Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio (artículos 2 a 4) | BOE-A-2012-15595, BOE núm. 311, de 27 de diciembre de 2012 | https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2012-15595 |
| Real Decreto 126/2015, de 27 de febrero, información alimentaria de los alimentos sin envasar (artículos 1, 2, 4, 5 y 6) | BOE-A-2015-2293, BOE núm. 54, de 4 de marzo de 2015 | https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-2293 |
| Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía (artículo 9) | BOE-A-2010-11491 | https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2010-11491 |
Jurisprudencia citada, comprobada en hj.tribunalconstitucional.es con órgano, recurso y fallo: STC 4/1981, de 2 de febrero (BOE núm. 47, de 24 de febrero de 1981); STC 88/1986, de 1 de julio (BOE núm. 174, de 22 de julio de 1986); STC 225/1993, de 8 de julio (BOE núm. 183, de 2 de agosto de 1993); STC 132/2001, de 8 de junio (BOE núm. 158, de 3 de julio de 2001); STC 124/2003, de 19 de junio (BOE núm. 170, de 17 de julio de 2003).
Temario: Anexo III, apartado I.A.1, del Decreto 8/2026, de 28 de enero (BOJA núm. 22, de 3 de febrero de 2026), transcrito en TEMARIO-OFICIAL.md; comprobado sobre la convocatoria de Gádor, BOJA núm. 132, de 10 de julio de 2026.
Frecuencia: quince cuestionarios de ayuntamientos andaluces de 2025 y 2026, 1.230 preguntas, clasificados en ANALISIS-FRECUENCIA.md con frecuencia/reglas.py; listado del tema con frecuencia/contar.py --ver PL18. No se reproduce ningún enunciado literal.
13. Control de calidad
- [x] Los ocho bloques del enunciado oficial tienen subapartado propio en el epígrafe 4, en el orden del temario, con actividades comerciales y horarios agrupados en 4.3
- [x] Ningún precepto se ha redactado de memoria: las nueve normas del inventario se han leído del consolidado del BOE o de la página y el PDF del BOJA; el texto refundido del comercio ambulante, entero
- [x] Los identificadores BOE-A y BOJA-b se han comprobado con la API de metadatos; las sentencias 88/1986, 225/1993 y 124/2003 se han comprobado en el buscador del Tribunal Constitucional y las otras dos se toman verificadas de los temas 4 y 9
- [x] Cinco resoluciones del Tribunal Constitucional citadas y verificadas con su fallo en el epígrafe 5
- [x] Dieciocho trampas de examen, por encima del mínimo de doce
- [x] Treinta y cinco preguntas con respuesta explicada, las que corresponden al nivel C, con la letra correcta repartida y las opciones numéricas en orden creciente
- [x] Ninguna pregunta reproduce el enunciado de un cuestionario municipal
- [x] Las cifras de frecuencia proceden de
frecuencia/conteo.jsony del listado decontar.py, no se han escrito a mano - [x] Sin raya ni semirraya en todo el archivo
- [ ] Revisión por revisor colegiado: pendiente
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Las preguntas son de práctica y orientación. No garantizamos que aparezcan en el examen oficial.