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Tema 15 · Nivel C

Ley de Seguridad Ciudadana

«Ley de Seguridad Ciudadana. Disposiciones generales. Documentación e identificación personal. Actuaciones para el mantenimiento y restablecimiento de la seguridad ciudadana. Potestades especiales de policía administrativa de seguridad. Régimen sancionador.»

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Tema 15. Ley de Seguridad Ciudadana

Categoría de Policía, Escala Básica, Cuerpos de la Policía Local de Andalucía. Turno libre.

Enunciado oficial (Anexo III, apartado I.A.1, del Decreto 8/2026, de 28 de enero, BOJA núm. 22, de 3 de febrero de 2026): «Ley de Seguridad Ciudadana. Disposiciones generales. Documentación e identificación personal. Actuaciones para el mantenimiento y restablecimiento de la seguridad ciudadana. Potestades especiales de policía administrativa de seguridad. Régimen sancionador.»

AutoríaEquipo de contenidos TestMiOpo
Revisión jurídicaPendiente de revisor colegiado
Última revisión16 de septiembre de 2026
Normas de referenciaLey Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana (BOE-A-2015-3442), texto consolidado del BOE con última actualización de 19 de diciembre de 2025: artículo 8 en la redacción del Real Decreto-ley 14/2019 (BOE-A-2019-15790) y artículos 36, 37 y disposición final primera con las declaraciones de las SSTC 172/2020 y 13/2021
Norma del temarioDecreto 8/2026, de 28 de enero (BOJA núm. 22, de 3 de febrero de 2026), Anexo III, apartado I.A.1, tema 15
Convocatoria de referenciaNo hay convocatoria unificada todavía; cada ayuntamiento publica sus bases. Comprobación sobre la convocatoria de Gádor, BOJA núm. 132, de 10 de julio de 2026

1. Mapa del tema

                    LEY ORGANICA 4/2015, DE 30 DE MARZO, DE PROTECCION DE LA SEGURIDAD CIUDADANA: 54 ARTICULOS EN CINCO CAPITULOS   (1,00 puntos, suelo; 8 preguntas medidas)
                                                                    |
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 DISPOSICIONES GENERALES       DOCUMENTACION E IDENTI-      ACTUACIONES (CAP. III,       POTESTADES ESPECIALES        REGIMEN SANCIONADOR
 (CAP. I, 1 A 7) (1 preg.)     FICACION (CAP. II, 8 A 13)   14 A 24) (5 preg.)           (CAP. IV, 25 A 29)           (CAP. V, 30 A 54) (2 preg.)
     |                         (0 preg.)                        |                        (0 preg.)                       |
 Art. 1: seguridad ciudada-       |                          Art. 14 ORDENES motivadas.      |                          Art. 30: responsable el
 na = REQUISITO INDISPENSA-    Art. 8 DNI: unico documen-   Art. 15 ENTRADA EN DOMICI-   Art. 25 REGISTRO DOCUMEN-    AUTOR; exentos MENORES DE
 BLE para los derechos; bien   to con valor por si solo;    LIO: casos de la CE; causa   TAL: hospedaje, transporte   14 (al Fiscal). Art. 31
 juridico COLECTIVO; funcion   sin datos de raza, religion  legitima: daños inminentes   de personas, cibercafes,     concurso. Art. 32 ORGANOS:
 del Estado. Art. 2 ambito:    ideologia...; identifica-    y graves (catastrofe, cala-  objetos usados, desguaces,   Ministro (muy graves maxi-
 todo el territorio; FUERA     cion y firma electronica.    midad, ruina); acta al juez  joyas, cerrajeria, chata-    mo), Secretario de Estado
 el buen orden de los espec-   Art. 9: OBLIGATORIO desde    sin dilacion. Art. 16 IDEN-  rra, quimicos; embarcacio-   (medio y minimo), Delegados
 taculos y los regimenes       los 14 AÑOS; exhibirlo a     TIFICACION: indicios de in-  nes de alta velocidad y      (graves y leves); CCAA;
 sectoriales. Art. 3 NUEVE     requerimiento; extravio a    fraccion o prevenir delito;  aeronaves ligeras. Art. 26   ALCALDES en espacios muni-
 FINES (a a i). Art. 4 PRIN-   comisaria. Art. 10: Minis-   dependencias MAX 6 HORAS;    medidas de seguridad en      cipales. Art. 33 GRADOS:
 CIPIOS: legalidad, igual-     terio del Interior y DG de   LIBRO-REGISTRO solo seguri-  establecimientos e infra-    minimo salvo reincidencia
 dad, oportunidad, propor-     la Policia; tasa. Art. 11    dad ciudadana, cancelacion   estructuras criticas. Art.   2 años, violencia, rostro
 cionalidad, eficacia, efi-    PASAPORTE: identidad y na-   3 AÑOS, extracto MENSUAL al  27 ESPECTACULOS: prohibir o  cubierto, uso de menores.
 ciencia, responsabilidad;     cionalidad fuera de España;  Fiscal; VOLANTE. Art. 17     suspender por peligro cier-  Art. 35 MUY GRAVES (4): ser-
 caps. III y V del modo MAS    excepciones penales; Art.    RESTRICCION del transito y   to; delegados de la autori-  vicios basicos con riesgo
 FAVORABLE a reunion, expre-   12: DG Policia y consulados  CONTROLES por delitos gra-   dad. Art. 28 ARMAS Y EXPLO-  vital, armas con perjuicios
 sion, sindical, huelga;       Art. 13 EXTRANJEROS: portar  ves. Art. 18 COMPROBACIONES  SIVOS: regula el Gobierno;   muy graves, espectaculo
 amenaza CONCRETA. Art. 5      documentacion; no privados   de armas y sustancias. Art.  interviene Interior por la   prohibido, LASER a pilotos.
 AUTORIDADES: Ministro, Se-    salvo investigacion penal.   19 sin formalidades de de-   DG GUARDIA CIVIL. Art. 29    Art. 36 GRAVES (23). Art. 37
 cretario de Estado de Segu-                                tencion; ACTA con presuncion licencias restrictivas para  LEVES (17). Art. 38 PRESCRI-
 ridad, Delegados y Subdele-                                de veracidad. Art. 20 REGIS- defensa personal.            BEN 6 m / 1 a / 2 a. Art. 39
 gados; CCAA con policia                                    TRO CORPORAL: mismo sexo,                                 MULTAS 100-600 / 601-30.000
 propia; autoridades locales                                lugar reservado. Art. 21                                  / 30.001-600.000; acceso-
 segun LO 2/1986 y regimen                                  MEDIDAS EXTRAORDINARIAS,                                  rias. Art. 40 sanciones pres-
 local. Art. 6 cooperacion.                                 incluso verbales. Art. 22                                 criben 1/2/3 años. Art. 43
 Art. 7 DEBER DE COLABORA-                                  VIDEOCAMARAS: autoridad gu-                               REGISTRO CENTRAL. Art. 45
 CION; seguridad privada.                                   bernativa y FCS. Art. 23                                  subsidiario del penal (STC
 STC 341/1993, 22/1984.                                     REUNIONES: proteger; disol-                               2/2003). Art. 47 aprehension
                                                            ver segun LO 9/1983; ULTIMO                               cautelar. Art. 49 medidas
                                                            RECURSO; aviso salvo armas.                               provisionales. Art. 50 CADU-
                                                            STC 172/2020, 13/2021.                                    CIDAD 1 AÑO. Art. 52 valor
                                                                                                                      probatorio. Art. 54 ABREVIA-
                                                                                                                      DO: 15 dias, 50 %, no muy
                                                                                                                      graves.

2. Introducción y enfoque de estudio

Prioridad de estudio. Léalo antes de empezar.

Este tema vale 1,00 puntos de los 100 del cuestionario, nivel C, por suelo declarado: es una de las ocho materias que el Decreto 8/2026 añade al temario. Aun sin figurar en el temario derogado, cayeron 8 preguntas en los 15 cuestionarios de ayuntamientos andaluces de 2025 y 2026 (media medida de 0,60 por cada cien), cuatro de ellas en Motril. Es el tema nuevo que más se ha preguntado ya, y con la convocatoria unificada subirá.

Tres decisiones de estudio.

Primera: el capítulo III se aprende artículo a artículo, porque es lo que el policía local hace en la calle. Identificación en la vía pública y traslado a dependencias con el tope de seis horas, el libro-registro y el volante (16); la restricción del tránsito y los controles (17); las comprobaciones (18); el acta con presunción de veracidad (19); el registro corporal por agente del mismo sexo (20); las medidas extraordinarias incluso verbales (21); las videocámaras (22) y las reuniones, con la disolución como último recurso y el aviso previo salvo armas (23). Cinco de las ocho preguntas medidas salieron de aquí, tres de ellas del artículo 23.

Segunda: el régimen sancionador se estudia con sus cifras. Tres clases de infracción, tres tramos de multa (100 a 600, 601 a 30.000, 30.001 a 600.000), tres plazos de prescripción de infracciones (seis meses, uno y dos años) y de sanciones (uno, dos y tres años), un año de caducidad, quince días y 50 por ciento en el abreviado, que no vale para las muy graves. Las listas de los artículos 35 a 37 se aprenden por bloques temáticos, no de memoria ordinal, y con la lectura que les dieron las SSTC 172/2020 y 13/2021.

Tercera: las disposiciones generales se preguntan como frases. Los nueve fines del artículo 3, los siete principios del 4.1 con la interpretación «del modo más favorable», la amenaza concreta del 4.3, las autoridades del 5 y el deber de colaboración del 7.

Lo que cubren otros temas: los principios básicos de actuación de la Ley Orgánica 2/1986, el tema 14; la detención y el habeas corpus, el tema 30; el Reglamento de Armas, el tema 16; las drogas en la conducción, el tema 41; el procedimiento sancionador común de las Leyes 39 y 40/2015, los temas 11 y 12.


3. Qué se pregunta de este tema

Medido sobre quince cuestionarios de ayuntamientos andaluces de febrero de 2025 a enero de 2026, 1.230 preguntas, clasificadas una a una por materia con frecuencia/reglas.py y reasignadas al temario vigente de 45 temas (ANALISIS-FRECUENCIA.md); el temario derogado no tenía tema de seguridad ciudadana, y las ocho preguntas que el clasificador trae aquí cayeron dentro de los bloques de policía y de derecho administrativo de cuatro cuestionarios.

CuestionarioFechaPreguntas del tema 15Sobre el totalPor cada cien
La Carolina (Jaén)05/02/20250500,00
Las Gabias (Granada)13/02/202521002,00
Darro (Granada)17/02/202511001,00
Alcalá del Valle (Cádiz)20/02/202501000,00
Olvera (Cádiz)05/03/20250500,00
Huelma (Jaén)14/03/20250500,00
Jerez de la Frontera (Cádiz)22/03/202501000,00
Roquetas de Mar (Almería)20/06/202501000,00
Utrera (Sevilla)01/07/202501000,00
Lucena (Córdoba)08/07/20250500,00
Málaga12/07/20250800,00
Motril (Granada)17/07/202541004,00
Rociana del Condado (Huelva)25/09/202501000,00
Almería22/12/202501000,00
Écija (Sevilla)22/01/20261502,00
Total y media81.2300,60

De la media medida de 0,60 se pasa a 1,00 puntos finales por los dos ajustes de frecuencia/pesos.py comunes a todo el libro: el reparto de la materia del temario derogado que el vigente no tiene, que sube el tema a 0,63, y la reserva de un punto de suelo para cada uno de los ocho temas nuevos del decreto, que lo deja en 1,00. Nivel C.

Dentro del tema, las 8 preguntas se reparten así (clasificación por materia de los enunciados sobre el listado de frecuencia/contar.py --ver PL15):

Bloque del enunciadoPreguntasQué se preguntó, sin reproducir ningún enunciado
Actuaciones para el mantenimiento y restablecimiento (capítulo III)5Cuál de varias frases del artículo 23 sobre reuniones y manifestaciones es incorrecta (tres veces: dos en Motril y una en Écija, con el mismo juego de opciones); qué asientos admite el libro-registro de las dependencias de identificación (16.3); quién puede grabar con videocámaras (22)
Régimen sancionador (capítulo V)2Hasta qué cuantía se sancionan las infracciones graves (39.1); cuál de varias frases sobre el procedimiento abreviado es correcta (54)
Disposiciones generales (capítulo I)1Qué verbo usa el artículo 3 para el fin relativo a las personas y bienes
Documentación e identificación personal (capítulo II)0Ninguna pregunta en los quince cuestionarios
Potestades especiales de policía administrativa (capítulo IV)0Ninguna pregunta

Una lectura. El artículo 23 es la pregunta favorita de los ayuntamientos: el examinador copia las tres frases del apartado 1 y añade una cuarta falsa, normalmente sobre el aviso previo o sobre el «último recurso». La cuantía de las graves (30.000 euros) y el abreviado (quince días, 50 por ciento, no para muy graves) son las dos cifras del capítulo V que ya han caído.


4. Desarrollo

4.1 Disposiciones generales (capítulo I, artículos 1 a 7)

La Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, sustituyó a la Ley Orgánica 1/1992 (disposición derogatoria única) y entró en vigor el 1 de julio de 2015, salvo su disposición final primera, en vigor al día siguiente de su publicación (disposición final quinta). Se dicta al amparo del artículo 149.1.29.ª de la Constitución (seguridad pública), y los artículos 28 y 29 al amparo del 149.1.26.ª (armas y explosivos) (disposición final segunda). Tienen carácter orgánico el capítulo I salvo el artículo 5, los artículos 9 y 11, todo el capítulo III y, del capítulo V, el 30.3, el 35.1, los ordinales 2, 7, 8 y 23 del 36 y los 1 y 4 del 37 (disposición final tercera).

El artículo 1 define la seguridad ciudadana como «un requisito indispensable para el pleno ejercicio de los derechos fundamentales y las libertades públicas», cuya salvaguarda, «como bien jurídico de carácter colectivo, es función del Estado». El objeto de la Ley es regular «un conjunto plural y diversificado de actuaciones de distinta naturaleza» orientadas a la tutela de la seguridad ciudadana mediante la protección de personas y bienes y el mantenimiento de la tranquilidad de los ciudadanos (1.2). Se aplica en todo el territorio nacional sin perjuicio de las competencias autonómicas (2.1); quedan fuera las prescripciones sobre el buen orden de los espectáculos a través de una acción administrativa ordinaria, aunque intervengan las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad como parte del sistema preventivo habitual (2.2), y se aplica sin menoscabo de los regímenes de seguridad aérea, marítima, ferroviaria, vial o de transportes, de la defensa nacional y de los estados de alarma, excepción y sitio (2.3).

ArtículoContenido
3, fines (nueve)a) protección del libre ejercicio de los derechos fundamentales; b) garantía del normal funcionamiento de las instituciones; c) preservación de la seguridad y la convivencia ciudadanas; d) respeto a las Leyes, a la paz y a la seguridad ciudadana; e) protección de las personas y bienes, con especial atención a los menores y a las personas con discapacidad necesitadas de especial protección; f) pacífica utilización de vías y bienes demaniales; g) garantía de las condiciones de normalidad en los servicios básicos; h) prevención de delitos e infracciones y sanción de las tipificadas en la Ley; i) transparencia de los poderes públicos
4.1, principios (siete)Legalidad, igualdad de trato y no discriminación, oportunidad, proporcionalidad, eficacia, eficiencia y responsabilidad, con control administrativo y jurisdiccional; los capítulos III y V se interpretan «del modo más favorable» a los derechos fundamentales, «singularmente» reunión y manifestación, expresión e información, libertad sindical y huelga
4.2 y 4.3Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad se sujetan a los principios básicos del artículo 5 de la Ley Orgánica 2/1986; la intervención se justifica por una amenaza concreta o un comportamiento objetivamente peligroso que pueda provocar un perjuicio real para la seguridad ciudadana
5, autoridadesEl Gobierno, a través del Ministerio del Interior, prepara, dirige y ejecuta la política de seguridad ciudadana. En la Administración General del Estado: Ministro del Interior, Secretario de Estado de Seguridad, titulares de órganos directivos del Ministerio con esa condición, Delegados del Gobierno en las comunidades autónomas y en Ceuta y Melilla, Subdelegados en las provincias y Directores Insulares. También las autoridades de las comunidades autónomas con competencias y cuerpo de policía propio. Las autoridades de Ceuta y Melilla y las locales ejercen sus facultades conforme a la Ley Orgánica 2/1986 y la legislación de régimen local, espectáculos y actividades clasificadas
6, cooperaciónCooperación y lealtad institucional entre administraciones; información y asistencia técnica; coordinación conforme a la Ley Orgánica 2/1986 y la Ley 30/1992
7, deber de colaboraciónTodas las autoridades y funcionarios colaboran con las del artículo 5 y comunican de inmediato los hechos que perturben gravemente la seguridad ciudadana; las autoridades y agentes pueden recabar la ayuda de los particulares, especialmente en calamidad o catástrofe, sin riesgo personal y con indemnización; especial deber de auxilio de las empresas, despachos de detectives y personal de seguridad privada; especial deber del personal de policía administrativa

4.2 Documentación e identificación personal (capítulo II, artículos 8 a 13)

ArtículoRegla
8, DNIDerecho de los españoles a que se les expida; documento público y oficial; «el único documento con suficiente valor por sí solo» para acreditar la identidad y los datos personales (redacción del Real Decreto-ley 14/2019). Lleva fotografía y firma y los datos reglamentarios, que nunca pueden referirse a raza, etnia, religión, creencias, opinión, ideología, discapacidad, orientación o identidad sexual ni afiliación política o sindical. Permite la identificación y la firma electrónica a los mayores de edad con plena capacidad y a los menores emancipados
9, obligaciones del titularObligatorio a partir de los catorce años; personal e intransferible; mantenerlo en vigor y custodiarlo; nadie puede ser privado de él, ni siquiera temporalmente, salvo sustitución legal por otro documento; obligación de exhibirlo y permitir comprobar sus medidas de seguridad a requerimiento de la autoridad o sus agentes para los fines del 16.1; la sustracción o extravío se comunica «tan pronto como sea posible» a la comisaría o puesto más próximo
10, competenciaMinisterio del Interior, competencia exclusiva, ejercida por la Dirección General de la Policía, que custodia los archivos; expedición sujeta a tasa
11, pasaporteDocumento público, personal, individual e intransferible que acredita, «salvo prueba en contrario», la identidad y nacionalidad de los españoles fuera de España y, dentro, las de los no residentes. Se deniega solo por: condena a penas o medidas privativas de libertad no extinguidas; retirada acordada por el juez; libertad vigilada con prohibición de salir; prohibición judicial de salida o de expedición a menores o personas con capacidad modificada. Los sujetos a patria potestad o tutela necesitan consentimiento expreso. Obligación de exhibirlo y custodiarlo; la sustracción o extravío se comunica «de manera inmediata» a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o a la representación diplomática o consular
12, competenciaEn territorio nacional, la Dirección General de la Policía; en el extranjero, las Representaciones Diplomáticas y Consulares; tasa; el Gobierno desarrolla el régimen jurídico a propuesta de Interior y Asuntos Exteriores
13, extranjerosDerecho y obligación de conservar y portar la documentación de identidad de su país y la que acredite su situación regular; no pueden ser privados de su documentación de origen «salvo en el curso de investigaciones judiciales de carácter penal»; obligados a exhibirla a requerimiento «por el tiempo imprescindible», pudiendo demostrar su identidad por cualquier otro medio si no la llevan
Disposición adicional terceraComparecencia obligatoria del interesado para obtener el DNI y el pasaporte; excepción solo para el pasaporte provisional en misión diplomática u oficina consular por enfermedad, riesgo, lejanía u otras causas acreditadas

4.3 Actuaciones para el mantenimiento y restablecimiento de la seguridad ciudadana (capítulo III, artículos 14 a 24)

Es el capítulo del servicio: sección 1.ª, potestades generales de policía de seguridad; sección 2.ª, reuniones y manifestaciones; todo leído «del modo más favorable» a los derechos (4.1).

Órdenes y entrada en domicilio. Las autoridades competentes pueden dictar las órdenes y prohibiciones y disponer las actuaciones policiales estrictamente necesarias «mediante resolución debidamente motivada» (14). La entrada y registro en domicilio solo cabe «en los casos permitidos por la Constitución y en los términos que fijen las Leyes» (15.1); es causa legítima suficiente «la necesidad de evitar daños inminentes y graves a las personas y a las cosas, en supuestos de catástrofe, calamidad, ruina inminente u otros semejantes de extrema y urgente necesidad» (15.2); para entrar en edificios de organismos oficiales no hace falta el consentimiento del funcionario a cargo (15.3); y cuando se entra en un domicilio por estas causas se remite «sin dilación» el acta o atestado a la autoridad judicial (15.4).

Identificación de personas (16). Los agentes pueden requerir la identificación en dos supuestos: indicios de participación en una infracción, o cuando se considere razonablemente necesario para prevenir un delito. Las comprobaciones se hacen en la vía pública o en el lugar del requerimiento, incluida la identificación de quien lleve el rostro cubierto total o parcialmente, con estricto respeto a la proporcionalidad, la igualdad y la no discriminación (16.1). Si no es posible identificar «por cualquier medio, incluida la vía telemática o telefónica», o la persona se niega, los agentes, para impedir un delito o sancionar una infracción, pueden requerirle que les acompañe a las dependencias policiales más próximas con medios adecuados, «a los solos efectos de su identificación y por el tiempo estrictamente necesario, que en ningún caso podrá superar las seis horas»; la persona es informada «de modo inmediato y comprensible» de las razones (16.2). En esas dependencias hay un libro-registro «en el que sólo se practicarán asientos relacionados con la seguridad ciudadana», con las diligencias, motivos, circunstancias y duración; sus datos solo se comunican a la autoridad judicial y al Ministerio Fiscal; se remite mensualmente al Fiscal un extracto con el tiempo de cada una; los asientos se cancelan de oficio a los tres años (16.3). A la salida se expide un volante con el tiempo de permanencia, la causa y la identidad de los agentes (16.4). La resistencia o negativa se rige por el Código Penal, la Ley de Enjuiciamiento Criminal y esta Ley (16.5).

ArtículoRegla
17, tránsito y controlesLimitar o restringir la circulación o permanencia en vías o lugares públicos y establecer zonas de seguridad en supuestos de alteración de la seguridad ciudadana o de la pacífica convivencia, o con indicios racionales de que pueda producirse, «por el tiempo imprescindible»; ocupación preventiva de efectos. Controles en vías, lugares o establecimientos públicos para la prevención de delitos de especial gravedad o generadores de alarma social y para descubrir y detener a sus partícipes: identificación de personas, registro de vehículos y control superficial de efectos personales
18, comprobacionesEn personas, bienes y vehículos, para impedir que en vías, lugares y establecimientos públicos se porten o utilicen ilegalmente armas, explosivos, sustancias peligrosas u otros medios de riesgo grave, cuando tengan indicios de su presencia; deber ciudadano de colaborar; ocupación temporal de objetos, instrumentos o medios de agresión, incluso armas con licencia, para prevenir un delito o ante peligro
19, disposiciones comunesLas diligencias de identificación, registro y comprobación «no estarán sujetas a las mismas formalidades que la detención»; la aprehensión de armas, drogas u otros efectos se hace constar en acta firmada por el interesado (o constancia de su negativa), que goza de presunción de veracidad salvo prueba en contrario
20, registro corporal externoExterno y superficial, con indicios racionales de hallazgo de efectos relevantes; salvo urgencia por riesgo grave e inminente para los agentes, lo practica un agente del mismo sexo y, si exige dejar a la vista partes normalmente cubiertas, en lugar reservado fuera de la vista de terceros con constancia escrita; injerencia mínima, información inmediata de las razones; cabe contra la voluntad con la compulsión indispensable (idoneidad, necesidad, proporcionalidad)
21, medidas de seguridad extraordinariasCierre o desalojo de locales, prohibición del paso, evacuación de inmuebles o espacios acotados, depósito de explosivos, en situaciones de emergencia y por el tiempo estrictamente necesario; los agentes pueden adoptarlas si la urgencia lo hace imprescindible, «incluso mediante órdenes verbales». Emergencia: riesgo sobrevenido que pone en peligro inminente a personas o bienes y exige actuación rápida
22, videocámaras«La autoridad gubernativa y, en su caso, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad» pueden grabar personas, lugares u objetos con cámaras fijas o móviles legalmente autorizadas, conforme a la legislación de la materia
23, reuniones y manifestacionesLas autoridades adoptan las medidas necesarias para proteger su celebración; pueden acordar la disolución de reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones en los supuestos del artículo 5 de la Ley Orgánica 9/1983; pueden disolver las concentraciones de vehículos y retirar vehículos y obstáculos que impidan, pongan en peligro o dificulten la circulación. Medidas graduales y proporcionadas; la disolución es «el último recurso». Aviso previo a los afectados, verbal si urge; sin previo aviso cuando la alteración se produzca «con armas, artefactos explosivos u objetos contundentes o de cualquier otro modo peligrosos»
24, colaboraciónEn esos casos las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad colaboran mutuamente conforme a la Ley Orgánica 2/1986

4.4 Potestades especiales de policía administrativa de seguridad (capítulo IV, artículos 25 a 29)

ArtículoRegla
25, registro documentalObligaciones de registro e información para las actividades relevantes para la seguridad ciudadana: hospedaje, transporte de personas, acceso comercial a servicios telefónicos o telemáticos en establecimientos abiertos al público, comercio o reparación de objetos usados, alquiler o desguace de vehículos, compraventa de joyas y metales, objetos de arte, cerrajería de seguridad, gestores de residuos metálicos, comercio al por mayor de chatarra, venta de productos químicos peligrosos a particulares; titulares de embarcaciones de alta velocidad y aeronaves ligeras
26, medidas de seguridadReglamentariamente pueden imponerse en establecimientos e instalaciones industriales, comerciales y de servicios y en infraestructuras críticas (regidas por su normativa específica y supletoriamente por esta Ley, disposición adicional segunda)
27, espectáculosEl Estado puede dictar normas de seguridad pública para edificios e instalaciones; las autoridades pueden prohibir y, si se están celebrando, suspender los espectáculos y actividades recreativas ante «un peligro cierto para personas y bienes» o graves alteraciones; los delegados de la autoridad pueden suspenderlos por razones de máxima urgencia, previo aviso a los organizadores; los espectáculos deportivos se rigen además por la legislación contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte
28, armas y explosivosCorresponde al Gobierno regular los requisitos de fabricación, reparación, circulación, almacenamiento, comercio, adquisición, enajenación, tenencia y utilización de armas, sus imitaciones, réplicas y piezas fundamentales, y de explosivos, cartuchería y pirotecnia; la intervención corresponde al Ministerio del Interior a través de la Dirección General de la Guardia Civil, con inspecciones «en cualquier momento»
29, medidas de controlCatalogación, autorización, inspección y habilitación del personal; licencias, permisos o autorizaciones obligatorios para adquirir, tener y usar armas de fuego, «de carácter restrictivo» para las de defensa personal, limitadas a la estricta necesidad, valorando conducta y antecedentes con consentimiento para recabar los penales; prohibición de las especialmente peligrosas; supervisión de Defensa, Interior e Industria

4.5 Régimen sancionador (capítulo V, artículos 30 a 54)

Sujetos, órganos y graduación (sección 1.ª). La responsabilidad recae «directamente en el autor» (30.1); están exentos los menores de catorce años, con comunicación al Fiscal (30.2); son organizadores de reuniones quienes firmaron la comunicación y quienes de hecho las presiden o convocan (30.3). Normas concursales (31): especial sobre general, el más amplio absorbe, el más grave excluye; un hecho con dos infracciones se sanciona por la mayor.

Órgano competenteInfraccionesArtículo
Ministro del InteriorMuy graves en grado máximo32.1.a
Secretario de Estado de SeguridadMuy graves en grado medio y mínimo32.1.b
Delegados del GobiernoGraves y leves32.1.c
Autoridades autonómicasEn el ámbito de sus competencias de seguridad ciudadana32.2
AlcaldesCuando las infracciones se cometan en espacios públicos municipales o afecten a bienes de titularidad local, con competencia según la legislación específica; las ordenanzas pueden introducir especificaciones o graduaciones (41)32.3

La graduación (33) parte del principio de proporcionalidad: las multas de las muy graves y graves se dividen en tres tramos iguales (mínimo, medio y máximo); la comisión determina el grado mínimo; el grado medio exige al menos una circunstancia: reincidencia (más de una infracción de la misma naturaleza en dos años, declarada por resolución firme), violencia, amenaza o intimidación, ejecución con prenda que cubra el rostro, o utilización de menores o personas con discapacidad o vulnerables; dentro de cada grado se individualiza por el riesgo, el perjuicio, la trascendencia, la alteración de servicios, la culpabilidad, el beneficio y la capacidad económica del infractor; el grado máximo solo con especial gravedad justificada. Las leves se determinan directamente con esos criterios.

Infracciones (sección 2.ª). Se clasifican en muy graves, graves y leves (34).

ClaseTipos, por bloquesArtículo
Muy graves (cuatro)1) Reuniones no comunicadas o prohibidas en infraestructuras de servicios básicos (centrales, puertos, aeropuertos, agua, gas, electricidad, telecomunicaciones: disposición adicional sexta) o intrusión en ellas, incluido el sobrevuelo, con riesgo para la vida o integridad; responden los organizadores. 2) Armas, explosivos, cartuchería y pirotecnia incumpliendo la normativa con perjuicios muy graves. 3) Celebrar espectáculos quebrantando la prohibición o suspensión. 4) Proyección de haces de luz sobre pilotos o conductores que pueda deslumbrarles35
Graves (veintitrés)Orden público: perturbación en actos públicos, espectáculos y oficios (1); perturbación grave ante el Congreso, el Senado o las asambleas autonómicas aunque no estén reunidas (2); desórdenes y obstaculización de la vía pública con mobiliario, vehículos, contenedores o neumáticos con alteración grave (3); obstrucción a autoridades y ejecución de resoluciones (4); impedir los servicios de emergencia (5); desobediencia o resistencia no delictiva y negativa a identificarse o alegar datos falsos (6); negativa a la disolución ordenada (7); perturbar una reunión lícita (8); intrusión en infraestructuras con interferencia grave (9). Armas: portar, exhibir o usar armas prohibidas o armas de modo negligente, temerario o intimidatorio o fuera de los lugares habilitados (10); armas y explosivos sin perjuicios muy graves (12); negativa a inspecciones (13). Prostitución: solicitar o aceptar servicios sexuales retribuidos cerca de lugares de menores o con riesgo para la seguridad vial, con requerimiento previo a quien los ofrece (11). Uniformes: uso indebido de uniformes, insignias o condecoraciones (14). Falta de colaboración del artículo 7 (15). Drogas: consumo o tenencia ilícitos en lugares públicos y abandono de instrumentos (16); traslado en vehículo para facilitar el acceso (17); plantación y cultivo en lugares visibles (18); tolerancia del consumo o tráfico en locales (19). Registros: carencia de registros o comunicaciones (20); datos falsos para obtener documentación (21); restricciones a la navegación de embarcaciones de alta velocidad y aeronaves ligeras (22, interpretado por la STC 13/2021). Imágenes de agentes: uso de imágenes o datos de autoridades o agentes que pueda poner en peligro su seguridad o el éxito de una operación, «con respeto al derecho fundamental a la información» (23, sin el inciso «no autorizado», anulado por la STC 172/2020)36
Leves (diecisiete)Reuniones incumpliendo los artículos 4.2, 8, 9, 10 y 11 de la LO 9/1983, responsabilidad de los organizadores (1); exhibición de objetos peligrosos con ánimo intimidatorio (2); incumplir restricciones de circulación peatonal en actos públicos con alteraciones menores (3); faltas de respeto a agentes en funciones de protección de la seguridad (4); actos contra la libertad sexual o exhibición obscena no delictivos (5); haces de luz sobre agentes para dificultar sus funciones (6); ocupación de inmuebles contra la voluntad del titular y ocupación de la vía pública contra la Ley o la decisión de la autoridad, incluida la venta ambulante no autorizada (7); documentación de armas (8); irregularidades en registros (9); no obtener la documentación personal exigida u omitir negligentemente la denuncia del extravío (10); negligencia en su custodia, «la tercera y posteriores pérdidas en un año» (11); negativa a entregarla cuando se acordó su retirada (12); daños o deslucimiento de bienes públicos o privados en la vía pública (13); escalamiento de edificios o monumentos con riesgo cierto (14); remoción de vallas y encintados policiales (15); animales feroces sueltos o abandono de domésticos con peligro para su vida (16); consumo de alcohol en lugares públicos «cuando perturbe gravemente la tranquilidad ciudadana» (17)37
ConceptoMuy gravesGravesLevesArtículo
Multa30.001 a 600.000 euros601 a 30.000 euros100 a 600 euros39.1
GradosMínimo 30.001 a 220.000; medio 220.001 a 410.000; máximo 410.001 a 600.000Mínimo 601 a 10.400; medio 10.401 a 20.200; máximo 20.201 a 30.000Sin grados39.1
Prescripción de la infracción2 años1 año6 meses38.1
Prescripción de la sanción3 años2 años1 año40.1
Cancelación en el Registro Central3 años2 años1 año43.3
Suspensión de licencias o clausura (capítulo IV)6 meses y un día a 2 años; reincidencia, 2 años y un día a 6Hasta 6 meses; reincidencia, hasta 2 años39.2.c y d

Otras sanciones accesorias: retirada de las armas y sus licencias, y comiso de bienes, medios e instrumentos salvo tercero de buena fe (39.2.a y b). La prescripción se cuenta desde la comisión, o desde la última infracción o la eliminación de la situación ilícita en las continuadas y permanentes; se interrumpe por actuación administrativa con conocimiento formal del interesado y por la apertura de un proceso penal, y se reanuda si el procedimiento se paraliza más de un mes por causa no imputable al responsable (38). La sanción prescribe desde la firmeza administrativa (40). El Registro Central de Infracciones contra la Seguridad Ciudadana, en el Ministerio del Interior, sirve «exclusivamente» para apreciar la reincidencia; anota datos del infractor, infracción, sanción firme, lugar y fecha y órgano; las comunidades con policía propia pueden crear el suyo (43). Si hay daños a la Administración, la resolución ordena la reposición o la indemnización; la responsabilidad civil es solidaria, y de los daños del menor no emancipado responden solidariamente padres, tutores o guardadores (42).

Procedimiento (sección 3.ª). Se rige por el título IX de la Ley 30/1992 (hoy las Leyes 39 y 40/2015) con estas especialidades (44). Es subsidiario del penal: no se sanciona dos veces con identidad de sujeto, hecho y fundamento; si los hechos pueden ser delito, el órgano pasa el tanto de culpa al juez o al Fiscal y se abstiene hasta la resolución penal, con la prescripción interrumpida; después queda vinculado por los hechos probados (45). Los agentes intervienen y aprehenden cautelarmente los instrumentos, el dinero y los productos de la infracción; los fungibles cuyo depósito cueste más que su valor se destruyen; en grave riesgo pueden adoptar las medidas provisionales del 49.1, salvo la f), antes del procedimiento, que se ratifican, modifican o revocan en el acuerdo de incoación en quince días (47). Las actuaciones previas no interrumpen la prescripción (48). Las medidas provisionales del artículo 49 (depósito de armas y drogas, medidas de seguridad, suspensión o clausura preventiva de locales, suspensión de licencias, suspensión de la venta de entradas) se acuerdan motivadamente, nunca con carácter sancionador, con gastos a cargo del causante y duración máxima de la mitad del plazo de la sanción posible. El procedimiento caduca al año desde la incoación sin resolución notificada; la caducidad no interrumpe la prescripción y cabe incoar otro si la infracción no ha prescrito (50). Las denuncias, atestados o actas de los agentes que presenciaron los hechos, previa ratificación si se niegan, «constituirán base suficiente» salvo prueba en contrario (52). Firme la sanción, la suspensión de licencias empieza al mes, la multa se paga en quince días y después por apremio (53).

El procedimiento abreviado (54): notificado el acuerdo de incoación por infracciones graves o leves, el interesado tiene quince días para el pago voluntario con reducción o para alegar y proponer prueba; si paga, sigue el abreviado y el procedimiento concluye con reducción del 50 por ciento de la multa, renuncia a alegaciones y terminación sin resolución expresa el día del pago, recurrible solo ante la jurisdicción contencioso-administrativa; no se aplica a las muy graves. Los menores sancionados por consumo o tenencia de drogas pueden ver suspendida la multa si se someten a tratamiento o actividades de reeducación (disposición adicional quinta). La disposición final primera añadió a la Ley de Extranjería el rechazo en frontera en Ceuta y Melilla, constitucional según las SSTC 172/2020 y 13/2021 si se aplica a entradas individualizadas, con pleno control judicial y cumpliendo las obligaciones internacionales.


5. Jurisprudencia esencial

Ninguna de las ocho preguntas medidas pidió una sentencia. Las cinco que siguen fijan el sentido con que se lee la Ley: las dos que resolvieron los recursos contra ella, la que anuló la definición de flagrancia de su antecesora, la de la inviolabilidad del domicilio y la del ne bis in idem. Todas están comprobadas en el buscador oficial del Tribunal Constitucional con órgano, registro, BOE y fallo.

STC 172/2020, de 19 de noviembre (Pleno, recurso de inconstitucionalidad 2896-2015, BOE núm. 332, de 22 de diciembre de 2020, con votos particulares). Más de cincuenta diputados recurrieron varios preceptos de la Ley. El Tribunal estimó en parte: declaró inconstitucional y nulo el inciso «no autorizado» del artículo 36.23 (uso de imágenes de agentes); declaró que los artículos 36.23, 37.3 y 37.7 no son inconstitucionales si se interpretan conforme a sus fundamentos (la infracción de imágenes exige un peligro real para el agente o la operación; la ocupación del 37.7 no alcanza al ejercicio pacífico de derechos); consideró conforme a la Constitución el rechazo en frontera de Ceuta y Melilla siempre que se aplique a entradas individualizadas, con pleno control judicial y respeto de las obligaciones internacionales; y desestimó el resto, incluidos los registros corporales del artículo 20 y el acta con presunción de veracidad del 19.2.

STC 13/2021, de 28 de enero (Pleno, recurso de inconstitucionalidad 3848-2015, BOE núm. 46, de 23 de febrero de 2021). El Parlamento de Cataluña recurrió otros preceptos. El Tribunal declaró la pérdida de objeto respecto del inciso «no autorizado» del 36.23, ya anulado; mantuvo las interpretaciones conformes de los artículos 36.23 y 37.7 y de la disposición final primera; declaró que el artículo 36.22 (restricciones a la navegación de embarcaciones de alta velocidad y aeronaves ligeras) solo es constitucional si la conducta consiste en incumplir restricciones impuestas por motivos de seguridad ciudadana que produzcan «un perjuicio real para la seguridad ciudadana o una amenaza concreta»; y desestimó lo demás.

STC 341/1993, de 18 de noviembre (Pleno, recursos de inconstitucionalidad 1045-1992, 1279-1992 y 1314-1992 y cuestiones 2810-1992 y 1372-1993 acumulados, BOE núm. 295, de 10 de diciembre de 1993, con votos particulares). Sobre la Ley Orgánica 1/1992, antecesora de la actual. El Tribunal inadmitió un recurso por extemporáneo, estimó parcialmente los otros dos y las cuestiones, y anuló el artículo 21.2, que permitía la entrada en domicilio por el «conocimiento fundado» de un delito de drogas: la flagrancia exige evidencia y urgencia, y la ley no puede rebajar la garantía del artículo 18.2 CE. Desestimó lo demás, incluida la retención para identificar, hoy artículo 16.2.

STC 22/1984, de 17 de febrero (Sala Segunda, recurso de amparo 59-1983, BOE núm. 59, de 9 de marzo de 1984, con voto particular). Un ayuntamiento ejecutó el desalojo de una vivienda entrando en ella sin resolución judicial. El Tribunal estimó parcialmente y otorgó el amparo, reconociendo el derecho de la recurrente «a la inviolabilidad de su domicilio y a impedir la entrada y el registro del mismo sin su consentimiento o, en defecto de éste, sin una resolución judicial expresa». Es la doctrina que sostiene el artículo 15.1: los agentes solo entran en un domicilio en los casos que permite la Constitución.

STC 2/2003, de 16 de enero (Pleno, recurso de amparo 2468-2000, BOE núm. 43, de 19 de febrero de 2003, con voto particular). Un conductor sancionado en vía administrativa fue después condenado penalmente por los mismos hechos. El Tribunal desestimó el amparo, pero fijó la doctrina del ne bis in idem con identidad de hechos, sujeto y fundamento y el deber de la Administración de abstenerse y remitir al Fiscal cuando el hecho pueda ser delito. Es la regla que el artículo 45 de la Ley convierte en norma: el procedimiento sancionador es subsidiario del penal.


6. Tabla resumen

ConceptoDatoArtículo
Vigencia1 de julio de 2015; deroga la LO 1/1992DF 5.ª y DD única
Seguridad ciudadanaRequisito indispensable para los derechos; bien jurídico colectivo; función del Estado1
Fuera del ámbitoBuen orden de los espectáculos por acción administrativa ordinaria; regímenes sectoriales; defensa nacional; estados de alarma, excepción y sitio2
FinesNueve, de la protección de los derechos a la transparencia3
PrincipiosLegalidad, igualdad, oportunidad, proporcionalidad, eficacia, eficiencia, responsabilidad; capítulos III y V del modo más favorable a reunión, expresión, sindical y huelga; amenaza concreta4
Autoridades AGEMinistro, Secretario de Estado de Seguridad, órganos directivos, Delegados, Subdelegados, Directores Insulares5
DNIÚnico documento con valor por sí solo; obligatorio a los 14 años; Interior por la Dirección General de la Policía; tasa8 a 10
PasaporteIdentidad y nacionalidad fuera de España; Dirección General de la Policía y consulados11 y 12
ExtranjerosPortar documentación; no privados de ella salvo investigación penal13
Entrada en domicilioCasos de la Constitución; causa legítima: daños inminentes y graves; acta al juez sin dilación15
IdentificaciónIndicios de infracción o prevención de delito; dependencias máximo 6 horas; libro-registro solo seguridad ciudadana, cancelación a los 3 años, extracto mensual al Fiscal; volante16
ControlesDelitos de especial gravedad o alarma social; identificación, registro de vehículos, control superficial17
ActaFirmada por el interesado; presunción de veracidad salvo prueba en contrario19
Registro corporalMismo sexo; lugar reservado; injerencia mínima; cabe contra la voluntad20
Medidas extraordinariasCierre, desalojo, prohibición del paso, evacuación, depósito de explosivos; agentes, incluso verbalmente21
VideocámarasAutoridad gubernativa y, en su caso, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad22
ReunionesProteger; disolver según LO 9/1983; concentraciones de vehículos; último recurso; aviso previo salvo armas o explosivos23
Armas y explosivosRegula el Gobierno; interviene Interior por la Dirección General de la Guardia Civil; licencias de defensa personal restrictivas28 y 29
ResponsablesEl autor; exentos los menores de 14; organizadores de reuniones30
ÓrganosMinistro (muy graves máximo), Secretario de Estado (medio y mínimo), Delegados (graves y leves); comunidades; alcaldes en espacios municipales32
Grado medioReincidencia en 2 años, violencia, rostro cubierto, uso de menores33
Multas100 a 600; 601 a 30.000; 30.001 a 600.00039
PrescripciónInfracciones 6 meses, 1 y 2 años; sanciones 1, 2 y 3 años38 y 40
Registro CentralSolo para reincidencia; cancelación 1, 2 y 3 años43
SubsidiariedadTanto de culpa; abstención; vinculación a hechos probados45
Medidas de los agentesAprehensión cautelar; provisionales del 49.1 salvo f); ratificación en 15 días47
CaducidadUn año desde la incoación50
Denuncias de agentesBase suficiente, previa ratificación si se niegan, salvo prueba en contrario52
EjecuciónSuspensión de licencias al mes de la firmeza; multa en 15 días, después apremio53
AbreviadoGraves y leves; 15 días; 50 por ciento; sin alegaciones ni resolución expresa; no para muy graves54

7. Trampas de examen

1. «La seguridad ciudadana es un bien jurídico individual.» Es «un bien jurídico de carácter colectivo» cuya salvaguarda «es función del Estado» (1.1).

2. «La Ley regula el buen orden de los espectáculos.» Queda fuera de su ámbito cuando se protege mediante una acción administrativa ordinaria, aunque intervengan las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (2.2); solo entran la prohibición o suspensión por peligro cierto (27).

3. «Los capítulos III y V se interpretan restrictivamente.» Se interpretan «del modo más favorable a la plena efectividad de los derechos fundamentales», singularmente reunión, expresión, libertad sindical y huelga (4.1).

4. «El alcalde es autoridad competente en materia de seguridad ciudadana según el artículo 5.2.» El 5.2 enumera las autoridades de la Administración General del Estado; las locales ejercen sus facultades conforme a la LO 2/1986 y el régimen local (5.4), y los alcaldes sancionan en espacios municipales (32.3).

5. «El DNI es obligatorio desde los dieciséis años.» Desde los catorce (9.1). Los menores de catorce están además exentos de responsabilidad por las infracciones (30.2).

6. «El DNI lo expide el Ministerio de la Presidencia.» La competencia es del Ministerio del Interior y la ejerce la Dirección General de la Policía (10).

7. «Los extranjeros pueden ser privados de su documentación de origen para comprobarla.» No pueden ser privados de ella «salvo en el curso de investigaciones judiciales de carácter penal» (13.2); solo se exhibe «por el tiempo imprescindible».

8. «La retención para identificar puede durar hasta ocho horas.» «En ningún caso podrá superar las seis horas» (16.2), y solo si no es posible identificar por cualquier medio, incluida la vía telemática o telefónica, o la persona se niega.

9. «El libro-registro de identificaciones se cancela al año.» Los asientos se cancelan de oficio a los tres años (16.3); el extracto al Fiscal es mensual.

10. «El registro corporal siempre lo hace un agente del mismo sexo.» Salvo urgencia por riesgo grave e inminente para los agentes (20.2); y cabe contra la voluntad del afectado con la compulsión indispensable (20.4).

11. «Las medidas de seguridad extraordinarias solo puede acordarlas la autoridad por escrito.» Los agentes pueden adoptarlas si la urgencia lo hace imprescindible, «incluso mediante órdenes verbales» (21).

12. «Cualquier policía puede grabar con videocámaras.» «La autoridad gubernativa y, en su caso, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad», con cámaras legalmente autorizadas y conforme a la legislación de la materia (22).

13. «La disolución de una manifestación es la primera medida ante una alteración.» Es «el último recurso» y las medidas son graduales y proporcionadas (23.2); exige aviso previo, salvo alteración con armas, explosivos u objetos contundentes (23.3).

14. «La intervención de armas y explosivos corresponde a la Policía Nacional.» Corresponde al Ministerio del Interior a través de la Dirección General de la Guardia Civil (28.2).

15. «Portar armas prohibidas es infracción muy grave.» Es grave (36.10). Las muy graves son cuatro: servicios básicos con riesgo vital, armas con perjuicios muy graves, espectáculo prohibido y láser a pilotos (35).

16. «La negativa a identificarse es infracción leve.» Es grave (36.6); las faltas de respeto a los agentes son leves (37.4).

17. «Las infracciones graves prescriben a los dos años.» Al año; las leves a los seis meses y las muy graves a los dos años (38.1). Las sanciones, uno, dos y tres años (40.1).

18. «El procedimiento abreviado reduce la multa un 30 por ciento y sirve para todas las infracciones.» Reduce el 50 por ciento, exige el pago en quince días y no se aplica a las muy graves (54).


8. Reglas mnemotécnicas

«Catorce para el DNI, catorce para responder». El DNI es obligatorio a los 14 años (9.1) y los menores de 14 están exentos de responsabilidad (30.2).

«Policía expide, Guardia Civil interviene». DNI y pasaporte, Dirección General de la Policía (10 y 12); armas y explosivos, Dirección General de la Guardia Civil (28.2).

«Seis horas, tres años, un extracto al mes». Identificación en dependencias (16.2 y 16.3).

«Indicios o prevención; ni ocho ni cuatro, seis». Los dos supuestos del 16.1 y el tope del 16.2.

«Mismo sexo, sitio reservado, mínima injerencia». Registro corporal (20).

«Proteger, disolver por la 9/1983, retirar vehículos; último recurso; aviso salvo armas». Artículo 23.

«Cien-seiscientos, seiscientos uno-treinta mil, treinta mil uno-seiscientos mil». Multas (39.1).

«Seis meses, uno, dos; uno, dos, tres». Prescripción de infracciones (38) y de sanciones (40).

«Ministro máximo, Secretario medio y mínimo, Delegado graves y leves». Órganos (32).

«Quince días, mitad, sin alegar, sin resolución, no muy graves». Procedimiento abreviado (54).

«Un año caduca, un mes reanuda». Caducidad (50) y reanudación de la prescripción tras paralización de más de un mes (38.3).


9. Aplicación práctica

Situación 1. Identificación de un grupo en un parque de madrugada. Una patrulla de Policía Local recibe aviso de vecinos por gritos y botellas rotas en un parque. Encuentra a cinco jóvenes; uno se niega a identificarse y otro dice haber olvidado el DNI. Primera decisión: el supuesto habilitante. Hay indicios de una infracción (daños y alteración de la tranquilidad) y la identificación es razonablemente necesaria (16.1.a y b). Segunda decisión: los medios. Los agentes intentan la identificación en el lugar «por cualquier medio, incluida la vía telemática o telefónica» (16.2): el que olvidó el DNI se identifica por consulta de datos y queda identificado; el que se niega recibe información «inmediata y comprensible» de las razones y del requerimiento para acompañar a dependencias. Tercera decisión: el traslado. Es «a los solos efectos de su identificación», por el tiempo estrictamente necesario y nunca más de seis horas; no es una detención y no lleva sus formalidades (19.1), pero se anota en el libro-registro con motivo, circunstancias y duración, y a la salida se entrega el volante (16.3 y 16.4). Cuarta decisión: la sanción. La negativa a identificarse es infracción grave del 36.6; si fuera delito, el atestado iría al juzgado y el expediente se suspendería (45). El alcohol solo es infracción leve si «perturbe gravemente la tranquilidad ciudadana» (37.17); la denuncia va al alcalde por ser un espacio público municipal (32.3).

Situación 2. Concentración de vehículos que corta una avenida. Treinta vehículos se concentran sin comunicación previa en una avenida y bloquean la circulación; algunos ocupantes llevan bates. Primera decisión: la base. El artículo 23.1 permite «disolver las concentraciones de vehículos en las vías públicas y retirar aquéllos o cualesquiera otra clase de obstáculos» cuando impidan, pongan en peligro o dificulten la circulación. Segunda decisión: la gradualidad. Las medidas son graduales y proporcionadas y la disolución es el último recurso (23.2), de modo que primero se ordena despejar la calzada y se avisa a los afectados, verbalmente si urge (23.3). Tercera decisión: las armas. Los bates son «objetos contundentes o de cualquier otro modo peligrosos»: si se produce con ellos una alteración de la seguridad ciudadana, cabe retirar los vehículos y obstáculos sin previo aviso (23.3, párrafo segundo); los agentes pueden practicar las comprobaciones del 18 y ocupar temporalmente los objetos de agresión (18.2), levantando acta con presunción de veracidad (19.2). Cuarta decisión: la calificación. Obstaculizar la vía pública con vehículos con alteración grave es infracción grave (36.3); portar los bates de modo intimidatorio, leve (37.2) si no es delito; y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad presentes colaboran entre sí (24). Los instrumentos se aprehenden cautelarmente (47.1).

Situación 3. Pago con reducción de una multa por venta ambulante. Un vecino sancionado por ocupar la vía pública con venta ambulante no autorizada pregunta en la Jefatura si le conviene pagar. Primera decisión: la calificación. Es infracción leve del 37.7, interpretado por la STC 172/2020: multa de 100 a 600 euros (39.1). Segunda decisión: el abreviado. Notificado el acuerdo de incoación, tiene quince días para pagar con reducción del 50 por ciento o para alegar (54.1); si paga, renuncia a alegar y el procedimiento termina ese día sin resolución expresa, recurrible solo en vía contencioso-administrativa (54.3). Tercera decisión: el plazo. Si no paga, sigue el ordinario, que caduca al año (50); la infracción leve prescribe a los seis meses (38).


10. Preguntas de test con respuesta explicada

Veinticinco preguntas, que con las diez de la sección siguiente completan las treinta y cinco del nivel C. Ninguna reproduce un enunciado de un cuestionario municipal.

1. Según el artículo 1.1 de la Ley Orgánica 4/2015, la seguridad ciudadana es:

a) Un derecho fundamental de los ciudadanos.

b) Una competencia exclusiva de las entidades locales.

c) Un requisito indispensable para el pleno ejercicio de los derechos fundamentales y las libertades públicas, y un bien jurídico de carácter colectivo cuya salvaguarda es función del Estado.

d) Un servicio público de prestación obligatoria.

Respuesta: c). Frase literal del 1.1.

2. Según el artículo 2.2 de la Ley Orgánica 4/2015, quedan fuera del ámbito de aplicación de la Ley:

a) Las prescripciones que tienen por objeto velar por el buen orden de los espectáculos a través de una acción administrativa ordinaria.

b) Las reuniones y manifestaciones.

c) Las actuaciones de identificación de personas.

d) El control de armas y explosivos.

Respuesta: a). Aunque intervengan las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad como sistema preventivo habitual.

3. Según el artículo 3.e) de la Ley Orgánica 4/2015, la protección de las personas y bienes se hace con especial atención a:

a) Los menores y las personas con discapacidad necesitadas de especial protección.

b) Las víctimas de violencia de género.

c) Los extranjeros.

d) Los funcionarios públicos.

Respuesta: a). Uno de los nueve fines del artículo 3.

4. ¿Cuál de los siguientes no figura entre los principios del artículo 4.1 de la Ley Orgánica 4/2015?

a) Discrecionalidad.

b) Oportunidad.

c) Proporcionalidad.

d) Eficiencia.

Respuesta: a). Los siete: legalidad, igualdad, oportunidad, proporcionalidad, eficacia, eficiencia, responsabilidad.

5. Según el artículo 4.1 de la Ley Orgánica 4/2015, las disposiciones de los capítulos III y V deberán interpretarse y aplicarse:

a) De forma restrictiva.

b) Conforme al criterio de la autoridad gubernativa.

c) Según la costumbre local.

d) Del modo más favorable a la plena efectividad de los derechos fundamentales y libertades públicas.

Respuesta: d). Singularmente reunión, expresión e información, libertad sindical y huelga.

6. ¿Cuál de las siguientes no es autoridad competente en el ámbito de la Administración General del Estado según el artículo 5.2 de la Ley Orgánica 4/2015?

a) El Ministro del Interior.

b) El Secretario de Estado de Seguridad.

c) Los Delegados del Gobierno.

d) Los alcaldes.

Respuesta: d). Las autoridades locales actúan conforme al 5.4.

7. Según el artículo 9.1 de la Ley Orgánica 4/2015, el Documento Nacional de Identidad es obligatorio a partir de los:

a) 12 años.

b) 14 años.

c) 16 años.

d) 18 años.

Respuesta: b). Personal e intransferible.

8. Según el artículo 10 de la Ley Orgánica 4/2015, la competencia sobre la confección y expedición del Documento Nacional de Identidad corresponde al Ministerio del Interior y la ejerce:

a) La Dirección General de la Policía.

b) La Dirección General de la Guardia Civil.

c) La Secretaría de Estado de Seguridad.

d) Las Delegaciones del Gobierno.

Respuesta: a). Que custodia además los archivos y ficheros.

9. Según el artículo 11.1 de la Ley Orgánica 4/2015, el pasaporte español acredita, salvo prueba en contrario:

a) La identidad de los españoles en todo caso y lugar.

b) Solo la nacionalidad.

c) La identidad y nacionalidad de los españoles fuera de España y, dentro del territorio nacional, las mismas circunstancias de los no residentes.

d) La residencia legal en España.

Respuesta: c). Documento público, personal, individual e intransferible.

10. Según el artículo 13.2 de la Ley Orgánica 4/2015, los extranjeros no podrán ser privados de su documentación de origen:

a) En ningún caso.

b) Salvo en el curso de investigaciones judiciales de carácter penal.

c) Salvo orden del Delegado del Gobierno.

d) Salvo que carezcan de autorización de residencia.

Respuesta: b). Y solo la exhiben por el tiempo imprescindible.

11. Según el artículo 15.2 de la Ley Orgánica 4/2015, será causa legítima suficiente para la entrada en domicilio:

a) La sospecha de que se consumen drogas.

b) La denuncia de un vecino por ruidos.

c) La ejecución de una sanción administrativa.

d) La necesidad de evitar daños inminentes y graves a las personas y a las cosas, en supuestos de catástrofe, calamidad, ruina inminente u otros semejantes.

Respuesta: d). Con remisión sin dilación del acta al juez (15.4).

12. Según el artículo 16.2 de la Ley Orgánica 4/2015, la permanencia en dependencias policiales a los solos efectos de identificación no podrá superar en ningún caso las:

a) 6 horas.

b) 8 horas.

c) 12 horas.

d) 24 horas.

Respuesta: a). Por el tiempo estrictamente necesario.

13. Según el artículo 16.3 de la Ley Orgánica 4/2015, los asientos del libro-registro de identificaciones se cancelarán de oficio a los:

a) 1 año.

b) 2 años.

c) 3 años.

d) 5 años.

Respuesta: c). Solo asientos relacionados con la seguridad ciudadana.

14. Según el artículo 16.4 de la Ley Orgánica 4/2015, a las personas desplazadas a dependencias policiales a efectos de identificación se les expedirá a su salida:

a) Un volante acreditativo del tiempo de permanencia, la causa y la identidad de los agentes actuantes.

b) Una copia del atestado.

c) Una resolución del Delegado del Gobierno.

d) Un certificado de antecedentes.

Respuesta: a). Es la garantía documental del 16.

15. Según el artículo 17.2 de la Ley Orgánica 4/2015, los controles en las vías, lugares o establecimientos públicos pueden establecerse para:

a) Cualquier infracción administrativa.

b) La prevención de delitos de especial gravedad o generadores de alarma social y el descubrimiento y detención de sus partícipes.

c) La recaudación de multas.

d) El control de la documentación de extranjeros exclusivamente.

Respuesta: b). Con identificación, registro de vehículos y control superficial de efectos.

16. Según el artículo 20.2 de la Ley Orgánica 4/2015, salvo urgencia por riesgo grave e inminente para los agentes, el registro corporal externo se realizará:

a) Por dos agentes como mínimo.

b) Siempre en dependencias policiales.

c) Con autorización judicial.

d) Por un agente del mismo sexo que la persona registrada.

Respuesta: d). Y en lugar reservado si deja a la vista partes normalmente cubiertas.

17. Según el artículo 21 de la Ley Orgánica 4/2015, las medidas de seguridad extraordinarias podrán adoptarse por los agentes de la autoridad:

a) Si la urgencia de la situación lo hiciera imprescindible, incluso mediante órdenes verbales.

b) Solo con resolución escrita de la autoridad.

c) Nunca, porque corresponden al Delegado del Gobierno.

d) Solo con autorización judicial.

Respuesta: a). Cierre, desalojo, prohibición del paso, evacuación, depósito de explosivos.

18. Según el artículo 23.2 de la Ley Orgánica 4/2015, la disolución de reuniones y manifestaciones constituirá:

a) La primera medida ante cualquier alteración.

b) El último recurso.

c) Una medida discrecional sin límites.

d) Una competencia exclusiva de la autoridad judicial.

Respuesta: b). Las medidas de intervención son graduales y proporcionadas.

19. Según el artículo 23.3 de la Ley Orgánica 4/2015, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad podrán disolver la reunión o retirar los vehículos y obstáculos sin necesidad de previo aviso cuando:

a) Lo ordene el organizador.

b) La reunión no haya sido comunicada.

c) Se produzca una alteración de la seguridad ciudadana con armas, artefactos explosivos u objetos contundentes o de cualquier otro modo peligrosos.

d) Haya más de cien personas.

Respuesta: c). En los demás casos se avisa, verbalmente si urge.

20. Según el artículo 28.2 de la Ley Orgánica 4/2015, la intervención de armas, explosivos, cartuchería y artículos pirotécnicos corresponde al Ministerio del Interior, que la ejerce a través de:

a) La Dirección General de la Policía.

b) La Secretaría de Estado de Seguridad.

c) Las Delegaciones del Gobierno.

d) La Dirección General de la Guardia Civil.

Respuesta: d). Con inspecciones en cualquier momento.

21. Según el artículo 30.2 de la Ley Orgánica 4/2015, están exentos de responsabilidad por las infracciones los menores de:

a) 12 años.

b) 14 años.

c) 16 años.

d) 18 años.

Respuesta: b). Se comunica al Ministerio Fiscal.

22. Según el artículo 32.3 de la Ley Orgánica 4/2015, los alcaldes podrán imponer las sanciones previstas en la Ley cuando las infracciones:

a) Se cometieran en espacios públicos municipales o afecten a bienes de titularidad local, siempre que ostenten competencia sobre la materia.

b) Sean muy graves.

c) Sean cometidas por vecinos del municipio.

d) Lo autorice el Delegado del Gobierno.

Respuesta: a). Las ordenanzas pueden introducir especificaciones o graduaciones (41).

23. Según el artículo 39.1 de la Ley Orgánica 4/2015, las infracciones muy graves se sancionarán con multa de:

a) 100 a 600 euros.

b) 601 a 30.000 euros.

c) 30.001 a 600.000 euros.

d) 60.001 a 1.000.000 de euros.

Respuesta: c). Graves, 601 a 30.000; leves, 100 a 600.

24. Según el artículo 38.1 de la Ley Orgánica 4/2015, las infracciones graves prescriben a:

a) Los 6 meses.

b) El año.

c) Los 2 años.

d) Los 3 años.

Respuesta: b). Leves, seis meses; muy graves, dos años.

25. Según el artículo 54.3 de la Ley Orgánica 4/2015, el pago voluntario en el procedimiento abreviado supone una reducción del importe de la multa del:

a) 20 por ciento.

b) 30 por ciento.

c) 40 por ciento.

d) 50 por ciento.

Respuesta: d). Con renuncia a las alegaciones y terminación sin resolución expresa.


11. Preguntas de estilo examen

Diez preguntas más con el formato de los cuestionarios municipales, que citan la norma y el artículo.

26. ¿Cuál de las siguientes circunstancias no determina por sí sola la imposición de la multa en grado medio según el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 4/2015?

a) La reincidencia por la comisión en el término de dos años de más de una infracción de la misma naturaleza.

b) La realización de los hechos interviniendo violencia, amenaza o intimidación.

c) La ejecución de los hechos usando una prenda u objeto que cubra el rostro.

d) La capacidad económica del infractor.

Respuesta: d). Es criterio de individualización dentro del grado.

27. Según el artículo 35.4 de la Ley Orgánica 4/2015, la proyección de haces de luz sobre los pilotos o conductores de medios de transporte que pueda deslumbrarles y provocar accidentes es infracción:

a) Muy grave.

b) Grave.

c) Leve.

d) No está tipificada.

Respuesta: a). Sobre miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, leve (37.6).

28. Según el artículo 36.6 de la Ley Orgánica 4/2015, la negativa a identificarse a requerimiento de la autoridad o de sus agentes es infracción:

a) Leve.

b) Grave.

c) Muy grave.

d) Penal en todo caso.

Respuesta: b). Junto a la desobediencia o resistencia no delictivas.

29. Según el artículo 37.17 de la Ley Orgánica 4/2015, el consumo de bebidas alcohólicas en lugares, vías, establecimientos o transportes públicos es infracción leve:

a) En todo caso.

b) Solo si lo realizan menores de edad.

c) Cuando perturbe gravemente la tranquilidad ciudadana.

d) Solo entre las diez de la noche y las ocho de la mañana.

Respuesta: c). Sin perturbación grave no hay infracción de esta Ley.

30. Según el artículo 37.7 de la Ley Orgánica 4/2015, la ocupación de la vía pública para la venta ambulante no autorizada es infracción:

a) Muy grave.

b) Grave.

c) Leve.

d) No está tipificada en esta Ley.

Respuesta: c). Interpretado por la STC 172/2020: no alcanza al ejercicio pacífico de derechos.

31. Según el artículo 40.1 de la Ley Orgánica 4/2015, las sanciones impuestas por infracciones muy graves prescribirán a los:

a) 1 año.

b) 2 años.

c) 3 años.

d) 5 años.

Respuesta: c). Graves, dos años; leves, un año, desde la firmeza.

32. Según el artículo 43.3 de la Ley Orgánica 4/2015, los asientos del Registro Central de Infracciones contra la Seguridad Ciudadana relativos a infracciones leves se cancelarán de oficio transcurrido:

a) Seis meses.

b) Un año.

c) Dos años.

d) Tres años.

Respuesta: b). Dos años las graves y tres las muy graves, desde la firmeza.

33. Según el artículo 50.1 de la Ley Orgánica 4/2015, el procedimiento sancionador caducará transcurrido, sin que se haya notificado la resolución, el plazo de:

a) 3 meses.

b) 6 meses.

c) 1 año.

d) 2 años.

Respuesta: c). Desde la incoación; la caducidad no interrumpe la prescripción.

34. Según el artículo 52 de la Ley Orgánica 4/2015, las denuncias, atestados o actas formulados por los agentes de la autoridad que hubiesen presenciado los hechos:

a) Tienen valor de prueba plena e irrefutable.

b) Carecen de valor probatorio sin testigos.

c) Solo valen si los ratifica el Delegado del Gobierno.

d) Previa ratificación si los hechos son negados, constituyen base suficiente para resolver, salvo prueba en contrario.

Respuesta: d). Sin perjuicio de aportar todos los elementos probatorios disponibles.

35. Según el artículo 54.1 de la Ley Orgánica 4/2015, notificado el acuerdo de incoación por una infracción grave o leve, el plazo para el pago voluntario con reducción es de:

a) 10 días.

b) 15 días.

c) 20 días.

d) 30 días.

Respuesta: b). El abreviado no se aplica a las muy graves.


12. Fuentes oficiales

La Ley se ha leído del texto consolidado del BOE (XML de la API de legislación consolidada, última actualización de 19 de diciembre de 2025), eligiendo en cada artículo la versión de mayor fecha de vigencia; el identificador se ha comprobado con la API de metadatos.

Norma o fuenteReferenciaEnlace
Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana, artículos 1 a 54 y disposiciones adicionales, transitoria, derogatoria y finalesBOE-A-2015-3442, BOE núm. 77, de 31 de marzo de 2015; en vigor desde el 1 de julio de 2015https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-3442
Real Decreto-ley 14/2019, de 31 de octubre, que dio nueva redacción al artículo 8.1 (DNI como único documento con suficiente valor por sí solo)BOE-A-2019-15790https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2019-15790
Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, artículo 5, al que remite el 4.2BOE-A-1986-6859https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1986-6859
Constitución Española, artículos 18.2, 21, 24 y 149.1.26.ª y 29.ªBOE-A-1978-31229https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1978-31229

Jurisprudencia citada, comprobada en hj.tribunalconstitucional.es con órgano, recurso y fallo: STC 172/2020, de 19 de noviembre (BOE núm. 332, de 22 de diciembre de 2020); STC 13/2021, de 28 de enero (BOE núm. 46, de 23 de febrero de 2021); STC 341/1993, de 18 de noviembre (BOE núm. 295, de 10 de diciembre de 1993); STC 22/1984, de 17 de febrero (BOE núm. 59, de 9 de marzo de 1984); STC 2/2003, de 16 de enero (BOE núm. 43, de 19 de febrero de 2003).

Temario: Anexo III, apartado I.A.1, del Decreto 8/2026, de 28 de enero (BOJA núm. 22, de 3 de febrero de 2026), transcrito en TEMARIO-OFICIAL.md; comprobado sobre la convocatoria de Gádor, BOJA núm. 132, de 10 de julio de 2026.

Frecuencia: quince cuestionarios de ayuntamientos andaluces de 2025 y 2026, 1.230 preguntas, clasificados en ANALISIS-FRECUENCIA.md con frecuencia/reglas.py; listado del tema con frecuencia/contar.py --ver PL15. No se reproduce ningún enunciado literal.


13. Control de calidad

  • [x] Los cinco bloques del enunciado oficial tienen subapartado propio en el epígrafe 4, en el orden de los cinco capítulos de la Ley
  • [x] Ningún precepto se ha redactado de memoria: la Ley se ha leído entera del XML consolidado del BOE, con la versión vigente de los artículos 8, 36, 37 y disposición final primera
  • [x] Identificadores BOE-A comprobados con la API de metadatos o el buscador oficial; las cinco sentencias, en el buscador del Tribunal Constitucional
  • [x] Cinco resoluciones del Tribunal Constitucional citadas y verificadas con su fallo en el epígrafe 5
  • [x] Dieciocho trampas de examen, por encima del mínimo de doce
  • [x] Treinta y cinco preguntas con respuesta explicada, las del nivel C, con la letra correcta repartida y las opciones numéricas en orden creciente
  • [x] Ninguna pregunta reproduce el enunciado de un cuestionario municipal
  • [x] Las cifras de frecuencia proceden de frecuencia/conteo.json y del listado de contar.py
  • [x] Sin raya ni semirraya en todo el archivo
  • [ ] Revisión por revisor colegiado: pendiente

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Las preguntas son de práctica y orientación. No garantizamos que aparezcan en el examen oficial.