Tema 5 · Nivel A
La Comunidad Autónoma de Andalucía y su Estatuto
«La Comunidad Autónoma de Andalucía: Antecedentes histórico-culturales. El Estatuto de Autonomía para Andalucía: Fundamento, estructura y contenido básico. Competencias de la Comunidad Autónoma. Reforma del Estatuto.»
Tema 5. La Comunidad Autónoma de Andalucía y su Estatuto
Categoría de Policía, Escala Básica, Cuerpos de la Policía Local de Andalucía. Turno libre.
Enunciado oficial (Anexo III, apartado I.A.1, del Decreto 8/2026, de 28 de enero, BOJA núm. 22, de 3 de febrero de 2026): «La Comunidad Autónoma de Andalucía: Antecedentes histórico-culturales. El Estatuto de Autonomía para Andalucía: Fundamento, estructura y contenido básico. Competencias de la Comunidad Autónoma. Reforma del Estatuto.»
| Autoría | Equipo de contenidos TestMiOpo |
|---|---|
| Revisión jurídica | Pendiente de revisor colegiado |
| Última revisión | 14 de septiembre de 2026 |
| Normas de referencia | Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía (BOE-A-2007-5825, BOE núm. 68, de 20 de marzo de 2007; texto consolidado, última actualización publicada el 13 de mayo de 2026). Constitución Española, artículos 2, 137, 143, 147 y 151 a 152. Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, de Estatuto de Autonomía para Andalucía (BOE-A-1982-633, derogada). Ley 3/1982, de 21 de diciembre, sobre el himno y el escudo de Andalucía (BOE-A-1983-4469) |
| Norma del temario | Decreto 8/2026, de 28 de enero (BOJA núm. 22, de 3 de febrero de 2026), Anexo III, apartado I.A.1, tema 5 |
| Convocatoria de referencia | No hay convocatoria unificada todavía; cada ayuntamiento publica sus bases. Comprobación sobre la convocatoria de Gádor, BOJA núm. 132, de 10 de julio de 2026 |
1. Mapa del tema
LA COMUNIDAD AUTONOMA DE ANDALUCIA Y SU ESTATUTO (4,22 puntos, 53 preguntas medidas)
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ANTECEDENTES FUNDAMENTO ESTRUCTURA Y COMPETENCIAS REFORMA
HISTORICO-CULTURALES (CE 2, 143, 147, CONTENIDO BASICO (Titulo II, 42-88) (Titulo X, 248-250)
(8 preg.) 151, 152) (16 preg.) (11 preg.) (9 preg.)
| (9 preg.) | | |
1883 Constitucion | Preambulo + 42: exclusivas 248: iniciativa del
Federal de Antequera Nacionalidad 10 titulos, (legislar, regla- Gobierno, del Parla-
1918 Asamblea de historica (1.1); 250 arts. (51 mentar, ejecutar; mento a propuesta de
Ronda: bandera y unidad de la anulado por STC derecho andaluz 1/3, o de las Cortes;
escudo nacion; via del 30/2011), 5 DA, preferente), 2/3 del Parlamento +
1919 Manifiesto de 151 con referen- 2 DT, 1 DD, 3 DF compartidas (bases ley organica + refe-
Cordoba: realidad dum del 28-F; Prel.: Andalucia, estatales), ejecu- rendum positivo; si
nacional unica CA con territorio, sim- tivas (funcion eje- fracasa, un ano;
1933 himno (Juntas legitimidad de bolos, Sevilla y cutiva) y de dere- referendum en 6 meses
Liberalistas) urnas; norma Granada, condi- cho de la UE 249: simplificado si
4-12-1977 manifesta- institucional cion de andaluz, 43-45: territorio, no afecta al Estado:
ciones; 28-2-1980 basica; LO 2/2007 derecho propio, fomento consulta a las Cortes,
referendum del 151 (BOE 68, 20-3- objetivos (10) 46-88: por materias 30 dias, referendum,
LO 6/1981 (referen- 2007, vigor el Tit. I derechos (52 educacion, 55 ley organica; comi-
dum 20-10-1981); mismo dia); (12-41): vecindad salud, 58 economia, sion mixta paritaria
Blas Infante Padre STC 31/2010 y administrativa, 60 regimen local, si se declaran
de la Patria (1983); 247/2007: el 14 no discrimi- 61 menores, 65 afectadas
reforma 2007: 2/3 Estatuto no es nacion, 36 debe- policia autonomica, 250: retirada por 3/5
Parlamento, Cortes Constitucion ni res, 38 vincula- 68 cultura, 75 del Parlamento
20-12-2006, refe- ley ordinaria cion, 41 Defensor cajas) DA 5.a: el referendum
rendum 18-2-2007 (bloque de cons- Tit. III-IX: 89-98 88 y 219-220: coor- de 2007 por el 74 del
UNESCO: 1984-2018; titucionalidad) entidades locales, dinacion, Comision Estatuto de 1981
RENPA 311 espacios, 99-139 Junta (117, Bilateral
24 parques naturales; 119, 120, 122,
8.676.713 hab. (2025) 125-127), 140-155
justicia, 156-194
hacienda, 195-247
2. Introducción y enfoque de estudio
Prioridad de estudio. Léalo antes de empezar.
Este tema vale 4,22 puntos de los 100 del cuestionario, nivel A, el sexto del temario por peso medido: 53 preguntas en los 15 cuestionarios de ayuntamientos andaluces de 2025 y 2026, una media de 4,27 por cada cien. Cayó en catorce de los quince cuestionarios (Rociana no lo preguntó), y en Almería fueron once preguntas de cien. Es el tema andaluz por excelencia: el opositor que domine el Estatuto responde también parte del tema 6 (instituciones) y del tema 17 (Ley de Policías Locales, que se dicta al amparo del artículo 65.3).
Tres decisiones de estudio.
Primera: el Estatuto se pregunta por artículos, y los artículos que caen son pocos y repetidos. El artículo 1 (nacionalidad histórica y valores superiores) cayó tres veces; el 248 (reforma) cinco, contando sus variantes; el 42 (clases de competencias) dos; el 119 (Consejo de Gobierno) dos; el 219 y el 220 (relaciones con el Estado) tres. Hay que saber, además, dónde está cada cosa: que la reforma es el Título X, que las competencias son el Título II y que el Título Preliminar ocupa los artículos 1 a 11. La tabla del epígrafe 6 reúne esos números.
Segunda: los antecedentes histórico-culturales se preguntan con fechas. Ocho de las 53 preguntas fueron de patrimonio de la humanidad, parques naturales, población, demografía, Día de la Bandera y cal de Morón. Todas las cifras de este tema proceden de una fuente oficial leída antes de escribirla: el preámbulo del Estatuto para la historia del autonomismo, el BOE para los referendos de 1980 y 2007, la Junta de Andalucía para el patrimonio mundial y la Red de Espacios Naturales Protegidos, el INE para la población. Lo que no tenga fuente citable no está en el tema.
Tercera: la reforma es el bloque más rentable por pregunta. Nueve preguntas para tres artículos (248 a 250). Se preguntan la iniciativa (Gobierno, tercio del Parlamento, Cortes), la mayoría de dos tercios, el año de espera, los seis meses del referéndum, los treinta días del procedimiento simplificado y los tres quintos de la retirada. Es la parte que hay que saber de memoria con sus números.
Lo que este tema no cubre porque lo cubren otros: la organización territorial del Estado y el sistema de distribución de competencias de la Constitución, el tema 4; el Parlamento, el Presidente, el Consejo de Gobierno, el Tribunal Superior de Justicia, el Defensor del Pueblo Andaluz y la Administración de la Junta con detalle, el tema 6; la Ley de Policías Locales de Andalucía, el tema 17.
3. Qué se pregunta de este tema
Medido sobre quince cuestionarios de ayuntamientos andaluces de febrero de 2025 a enero de 2026, 1.230 preguntas, clasificadas una a una por materia con frecuencia/reglas.py y reasignadas al temario vigente de 45 temas (ANALISIS-FRECUENCIA.md). El temario derogado tenía un tema equivalente, «La Comunidad Autónoma de Andalucía», y el clasificador trae aquí las preguntas que citan el Estatuto por su número o por su materia, salvo las que preguntan por los órganos con detalle, que van al tema 6.
| Cuestionario | Fecha | Preguntas del tema 5 | Sobre el total | Por cada cien |
|---|---|---|---|---|
| La Carolina (Jaén) | 05/02/2025 | 1 | 50 | 2,00 |
| Las Gabias (Granada) | 13/02/2025 | 5 | 100 | 5,00 |
| Darro (Granada) | 17/02/2025 | 1 | 100 | 1,00 |
| Alcalá del Valle (Cádiz) | 20/02/2025 | 3 | 100 | 3,00 |
| Olvera (Cádiz) | 05/03/2025 | 2 | 50 | 4,00 |
| Huelma (Jaén) | 14/03/2025 | 4 | 50 | 8,00 |
| Jerez de la Frontera (Cádiz) | 22/03/2025 | 4 | 100 | 4,00 |
| Roquetas de Mar (Almería) | 20/06/2025 | 7 | 100 | 7,00 |
| Utrera (Sevilla) | 01/07/2025 | 5 | 100 | 5,00 |
| Lucena (Córdoba) | 08/07/2025 | 2 | 50 | 4,00 |
| Málaga | 12/07/2025 | 4 | 80 | 5,00 |
| Motril (Granada) | 17/07/2025 | 3 | 100 | 3,00 |
| Rociana del Condado (Huelva) | 25/09/2025 | 0 | 100 | 0,00 |
| Almería | 22/12/2025 | 11 | 100 | 11,00 |
| Écija (Sevilla) | 22/01/2026 | 1 | 50 | 2,00 |
| Total y media | 53 | 1.230 | 4,27 |
De la media medida de 4,27 se pasa a 4,22 puntos finales por los dos ajustes de frecuencia/pesos.py comunes a todo el libro: el reparto de la materia del temario derogado que el vigente no tiene, que sube el tema a 4,49, y la reserva de un punto de suelo para cada uno de los ocho temas nuevos del decreto, que lo deja en 4,22. Nivel A en las tres cifras.
Dentro del tema, las 53 preguntas se reparten así (clasificación por materia de los enunciados sobre el listado de frecuencia/contar.py --ver PL05):
| Bloque del enunciado | Preguntas | Qué se preguntó, sin reproducir ningún enunciado |
|---|---|---|
| Estructura y contenido básico (Títulos I y III a IX) | 16 | Quién ostenta la máxima representación institucional; composición del Consejo de Gobierno (dos veces); cuándo no cesa el Consejo de Gobierno; cuestión de confianza; disolución del Parlamento; responsabilidad de los Consejeros ante los tribunales; principios de las relaciones con el Estado y funciones de la Comisión Bilateral (tres veces); nombramiento del Presidente del Tribunal Superior de Justicia; el enunciado del Título X; el artículo dedicado a los menores; por quién se determinan las competencias de municipios y provincias |
| Competencias de la Comunidad Autónoma (Título II) | 11 | Qué comprenden las competencias exclusivas, compartidas y ejecutivas (tres veces); qué es competencia compartida del artículo 47.2; el derecho andaluz como derecho de aplicación preferente; defensa de la competencia; cajas de ahorro; planes de estudio de la enseñanza no universitaria; patrimonio histórico; universidades; protección de menores |
| Fundamento y Título Preliminar (artículos 1 a 11) | 9 | Cómo se define Andalucía en el artículo 1; los valores superiores (tres veces); el rango del Estatuto; el derecho propio de Andalucía; los objetivos básicos en defensa del interés general; la igualdad de la mujer; una pregunta genérica de conformidad con el Estatuto |
| Reforma del Estatuto (Título X) | 9 | A quién corresponde la iniciativa (tres veces); cómo puede reformarse; el procedimiento simplificado y qué pasa si las Cortes se declaran afectadas (tres veces); la respuesta incorrecta sobre la reforma; la mayoría exigida en el artículo 248 |
| Antecedentes histórico-culturales | 8 | Año de la declaración de la Alhambra como Patrimonio Mundial; bien declarado en 1998; año de la cal artesanal de Morón; número de parques naturales; población de Andalucía en 2024; principal característica demográfica; Día de la Bandera; una pregunta genérica sobre Andalucía |
Dos lecturas.
El Estatuto se cita por artículo y por Ley Orgánica. «Según el artículo 119.1 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo», «conforme al artículo 248 del Estatuto». Nueve preguntas dieron el número del artículo en el enunciado. Este tema lleva el número de artículo delante de cada dato para que el opositor lo asocie desde la primera lectura.
Las preguntas de organización institucional caen aquí y en el tema 6. Consejo de Gobierno, cuestión de confianza, moción de censura, disolución y responsabilidad de los Consejeros están en el Título IV del Estatuto y se preguntaron dentro del tema del Estatuto. Aquí se desarrollan como «contenido básico» con los datos que se preguntaron; el tema 6 los amplía.
Nunca se reproduce el enunciado literal de una pregunta de un cuestionario municipal. Las preguntas de este manual están redactadas de nuevo.
4. Desarrollo
El desarrollo sigue los cuatro bloques del enunciado oficial. El Estatuto se ha leído del texto consolidado del BOE (data/leyes/lo-2-2007-estatuto-andalucia.json, 249 artículos vigentes, y el XML consolidado para el preámbulo, la estructura y las disposiciones). Los referendos de 1980 y 2007 y las leyes orgánicas de 1980 y 1981 se han leído de sus diarios oficiales. «Estatuto» es la Ley Orgánica 2/2007 salvo que se diga «Estatuto de 1981».
4.1. Antecedentes histórico-culturales
Lo que dice el preámbulo del Estatuto. El Estatuto de 2007 abre con un preámbulo que es, a la vez, la versión oficial de la historia del autonomismo andaluz y la fuente que este manual usa para escribirla. Andalucía, dice, «ha forjado una robusta y sólida identidad que le confiere un carácter singular como pueblo», asentado en un ámbito geográfico diferenciado, «espacio de encuentro y de diálogo entre civilizaciones diversas», con un patrimonio cultural «tangible e intangible, dinámico y cambiante, popular y culto». El territorio se articula en torno al río Guadalquivir, abierto al Mediterráneo y al Atlántico, «nexo de unión entre Europa y el continente africano». Sobre esa identidad, el preámbulo fija las fechas del ideal autonomista:
| Fecha | Hecho, según el preámbulo del Estatuto | Qué se pregunta |
|---|---|---|
| 1883 | Constitución Federal Andaluza, redactada en Antequera: «el primer texto que plasma la voluntad política de que Andalucía se constituya como entidad política con capacidad de autogobierno» | Lugar y año |
| 1918 | Asamblea de Ronda: se aprueban la bandera y el escudo andaluces | El artículo 3 del Estatuto los remite a ella |
| 1919 | Manifiesto andalucista de Córdoba: describe a Andalucía como «realidad nacional» | Año y ciudad |
| 1933 | Las Juntas Liberalistas de Andalucía aprueban el himno; se forma en Sevilla la Pro-Junta Regional Andaluza y se proyecta un Estatuto | El artículo 3 remite al himno «publicado por la Junta Liberalista de Andalucía en 1933» |
| 1936 | La Guerra Civil «rompe el camino de la autonomía» e impide la tramitación parlamentaria del Estatuto | |
| 4 de diciembre de 1977 | Manifestaciones multitudinarias por la autonomía | Desde 2022, Día de la Bandera de Andalucía |
| 28 de febrero de 1980 | Referéndum de ratificación de la iniciativa autonómica del artículo 151 de la Constitución | Día de Andalucía (artículo 3.4) |
| 20 de octubre de 1981 | El pueblo andaluz ratifica en referéndum el Estatuto de Autonomía de 1981 | |
| Abril de 1983 | El Parlamento de Andalucía reconoce a Blas Infante como Padre de la Patria Andaluza «en un acto de justicia histórica» | |
| 18 de febrero de 2007 | Referéndum de ratificación del Estatuto vigente, «renovación del compromiso manifestado el 28-F de 1980» |
El preámbulo subraya dos ideas que después reaparecen en el articulado. La primera: Andalucía «ha sido la única Comunidad que ha tenido una fuente de legitimidad específica en su vía de acceso a la autonomía, expresada en las urnas mediante referéndum». La segunda, el principio que Andalucía planteó en 1980 y que el preámbulo llama plenamente vigente: «Igualdad no significa uniformidad»; existen singularidades y hechos diferenciales, que Andalucía respeta, pero que no pueden servir «como excusas para alcanzar determinados privilegios», porque el artículo 139.1 de la Constitución dice que todos los españoles tienen los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio.
El referéndum del 28 de febrero de 1980. La Constitución de 1978 abrió dos vías de acceso a la autonomía: la ordinaria del artículo 143, con competencias limitadas durante cinco años, y la reforzada del artículo 151, reservada a las nacionalidades que ya habían plebiscitado un Estatuto en la Segunda República y a los territorios que ratificasen la iniciativa por referéndum «por el voto afirmativo de la mayoría absoluta de los electores de cada provincia». Andalucía fue el único territorio que eligió la vía del 151 sin la excepción histórica. El Real Decreto 145/1980, de 26 de enero (BOE-A-1980-2029, BOE núm. 24, de 28 de enero de 1980), declaró acreditada la iniciativa en las ocho provincias y convocó el referéndum «para el día veintiocho de febrero de mil novecientos ochenta», con esta pregunta: «¿Da usted su acuerdo a la ratificación de la iniciativa prevista en el artículo ciento cincuenta y uno de la Constitución a efectos de su tramitación por el procedimiento establecido en dicho artículo?». El referéndum se rigió por la Ley Orgánica 2/1980, de 18 de enero, sobre regulación de las distintas modalidades de referéndum (BOE-A-1980-1564), cuyo artículo 8.4 exigía la mayoría absoluta del censo en cada provincia.
Lo que ocurrió en Almería y cómo se resolvió. El voto afirmativo no alcanzó la mayoría absoluta del censo en la provincia de Almería. Las Cortes lo resolvieron con dos leyes orgánicas del mismo día, publicadas en el BOE núm. 308, de 24 de diciembre de 1980. La Ley Orgánica 12/1980, de 16 de diciembre (BOE-A-1980-27702), modificó el artículo 8.4 de la Ley de referéndum para que la iniciativa se entendiera ratificada en las provincias donde se hubiera obtenido la mayoría, «siempre y cuando los votos afirmativos hayan alcanzado la mayoría absoluta del censo de electores en el conjunto del ámbito territorial», y abrió la vía de la solicitud de la mayoría de los Diputados y Senadores de la provincia que no la hubiera alcanzado. La Ley Orgánica 13/1980, de 16 de diciembre, de sustitución en la provincia de Almería de la iniciativa autonómica (BOE-A-1980-27703), «por los motivos de interés nacional a los que se refiere el título VIII de la Constitución», declaró «sustituida en esta provincia la iniciativa autonómica con objeto de que se incorpore al proceso autonómico de las otras provincias andaluzas por el procedimiento del artículo ciento cincuenta y uno de la Constitución». Con las ocho provincias, la Asamblea de Parlamentarios andaluces elaboró el proyecto de Estatuto por el procedimiento del artículo 151.2.
El Estatuto de 1981. La Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, de Estatuto de Autonomía para Andalucía (BOE-A-1982-633, BOE núm. 9, de 11 de enero de 1982), ratificada en referéndum el 20 de octubre de 1981, fue el primer Estatuto. Rigió veinticinco años y está derogada por la disposición derogatoria del Estatuto de 2007. Su artículo 74 regulaba la reforma, con mayoría de tres quintos del Parlamento, ley orgánica de las Cortes y referéndum, y es el que se aplicó para aprobar el Estatuto vigente.
La reforma de 2007. El Parlamento de Andalucía aprobó la propuesta de reforma y la remitió a las Cortes Generales, que aprobaron la Ley Orgánica de reforma el 20 de diciembre de 2006. El Consejo de Ministros autorizó el referéndum el 22 de diciembre de 2006, dentro del plazo de seis meses de la disposición adicional quinta, y el Decreto del Presidente 2/2007, de 16 de enero (publicado también en el BOE núm. 15, de 17 de enero de 2007, BOE-A-2007-974), lo convocó para el domingo 18 de febrero de 2007 con la pregunta «¿Aprueba el proyecto de Estatuto de Autonomía para Andalucía?». Aprobado, el Rey sancionó la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, publicada en el BOE núm. 68, de 20 de marzo de 2007, y en vigor el mismo día de su publicación (disposición final tercera).
Los símbolos (artículo 3 del Estatuto y Ley 3/1982). La bandera es «la tradicional formada por tres franjas horizontales, verde, blanca y verde, de igual anchura, tal como fue aprobada en la Asamblea de Ronda de 1918». El escudo, aprobado por ley del Parlamento, lleva la leyenda «Andalucía por sí, para España y la Humanidad». El himno, aprobado por ley del Parlamento, sigue lo publicado por la Junta Liberalista de Andalucía en 1933. Esa ley es la Ley 3/1982, de 21 de diciembre, sobre el himno y el escudo de Andalucía (BOE-A-1983-4469): el escudo es «un Hércules prominente entre dos columnas» que sujeta y doma a dos leones, con la leyenda al pie y, cerrando las columnas, un arco con las palabras «Dominator Hércules Fundator», todo sobre el fondo de la bandera andaluza; la música del himno es «la creada por el genio popular andaluz, anotado por el padre de la patria andaluza, Blas Infante, quien compuso su letra, y armonizada por José Castillo y Díaz». El Día de Andalucía es el 28 de febrero (artículo 3.4), y la protección de los símbolos andaluces es la misma que corresponde a los demás símbolos del Estado (3.5). Desde el Decreto 541/2022, de 8 de noviembre (BOJA núm. 217, de 11 de noviembre de 2022), el 4 de diciembre es oficialmente el Día de la Bandera de Andalucía, en recuerdo de las manifestaciones de 1977, en las que, según el decreto, «más de dos millones de andaluces y andaluzas» llenaron las calles de las ocho provincias.
Por qué importa la vía del artículo 151. La diferencia entre las dos vías no era solo de trámite. Las Comunidades del artículo 143 solo podían asumir en su primer Estatuto las competencias del artículo 148 de la Constitución y debían esperar cinco años para ampliarlas; las del 151 podían asumir desde el principio todas las que la Constitución no reserva al Estado en el artículo 149, y su Estatuto se elaboraba por una Asamblea de Diputados y Senadores, se pactaba con la Comisión Constitucional del Congreso y se sometía a referéndum antes de que las Cortes lo ratificaran. Por eso el preámbulo habla de «autonomía plena» y de situarse «en el mismo plano» que las nacionalidades que se acogían al 151 sin referéndum previo (Cataluña, País Vasco y Galicia, que habían plebiscitado Estatutos en la Segunda República). Andalucía consiguió el mismo techo competencial que ellas y, de paso, obligó a reformar la Ley de referéndum. La consecuencia institucional es que su organización responde al artículo 152 de la Constitución, que se examina en 4.2.
El patrimonio cultural. El artículo 68 atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en cultura y, dentro de ella, «el conocimiento, conservación, investigación, formación, promoción y difusión del flamenco como elemento singular del patrimonio cultural andaluz». Los bienes andaluces inscritos por la UNESCO en la Lista del Patrimonio Mundial, con el año de la declaración que publica la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, son ocho:
| Bien | Provincia | Año de la declaración |
|---|---|---|
| Alhambra, Generalife y Albaicín de Granada | Granada | 1984 |
| Centro Histórico de Córdoba (Mezquita) | Córdoba | 1984 |
| Catedral, Alcázar y Archivo de Indias de Sevilla | Sevilla | 1987 |
| Parque Nacional de Doñana | Huelva | 1994 |
| Arte rupestre del Arco Mediterráneo de la Península Ibérica | Varias | 1998 |
| Conjuntos Monumentales Renacentistas de Úbeda y Baeza | Jaén | 2003 |
| Sitio de los Dólmenes de Antequera | Málaga | 2016 |
| Ciudad Califal de Medina Azahara | Córdoba | 2018 |
Y el patrimonio cultural inmaterial de la humanidad con presencia andaluza, según la misma fuente: el flamenco (2010), la dieta mediterránea (2010), la cetrería (2010, ampliada en 2012 y 2016), la revitalización del saber tradicional de la cal artesanal en Morón de la Frontera (2011, inscrita en el Registro de Buenas Prácticas de Salvaguardia), la Fiesta de los Patios de Córdoba (2012), la técnica constructiva de la piedra seca (2018), las tamboradas (2018) y el toque manual de campanas (2022).
El patrimonio natural. La Red de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía (RENPA), según el portal ambiental de la Consejería, «está constituida por 311 espacios naturales protegidos», entre ellos 3 parques nacionales, 24 parques naturales, 28 reservas naturales, 32 parajes naturales, 2 paisajes protegidos, 60 monumentos naturales, 5 reservas naturales concertadas y 21 parques periurbanos, con 2,9 millones de hectáreas, «la comunidad autónoma que más superficie protegida posee en España». La primera ley autonómica de espacios naturales es de 1989. Los tres parques nacionales son Doñana (Ley 91/1978, de 28 de diciembre), Sierra Nevada (Ley 3/1999, de 11 de enero) y Sierra de las Nieves (Ley 9/2021, de 1 de julio).
La población. Según la Estadística Continua de Población del INE (tabla 56940, población residente por fecha), Andalucía tenía 8.631.862 habitantes a 1 de enero de 2024 y 8.676.713 a 1 de enero de 2025. Es la comunidad autónoma más poblada de España en esa misma tabla, por delante de Cataluña (8.124.126) y de la Comunidad de Madrid (7.113.886). El preámbulo del Estatuto describe el cambio demográfico del último cuarto de siglo con una frase que se pregunta: Andalucía ha pasado «del subdesarrollo económico y cultural a un panorama similar al de las sociedades más avanzadas, como ejemplifica la inversión de nuestros flujos migratorios», es decir, de tierra de emigración a tierra de inmigración; el artículo 10.3.6.º recoge entre los objetivos básicos «el retorno de los andaluces en el exterior que lo deseen» y el 10.3.17.º «la integración social, económica, laboral y cultural de los inmigrantes».
4.2. El Estatuto de Autonomía: fundamento, estructura y contenido básico
Fundamento constitucional. El artículo 2 de la Constitución «reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas», y el 137 organiza territorialmente el Estado «en municipios, en provincias y en las Comunidades Autónomas que se constituyan». El artículo 147.1 define los Estatutos como «la norma institucional básica de cada Comunidad Autónoma», que el Estado «reconocerá y amparará como parte integrante de su ordenamiento jurídico», y el 147.2 fija su contenido mínimo: la denominación de la Comunidad, la delimitación de su territorio, la denominación, organización y sede de las instituciones autónomas propias y las competencias asumidas dentro del marco constitucional. El 147.3 exige para la reforma «la aprobación por las Cortes Generales, mediante ley orgánica». Como Estatuto del artículo 151, el de Andalucía tiene la organización institucional que impone el artículo 152: una Asamblea Legislativa elegida por sufragio universal con representación proporcional, un Consejo de Gobierno con funciones ejecutivas y administrativas, un Presidente elegido por la Asamblea de entre sus miembros y nombrado por el Rey, y un Tribunal Superior de Justicia que culmina la organización judicial en la Comunidad.
Naturaleza y rango. El Estatuto es una ley orgánica de las Cortes Generales (Huelma preguntó el rango) y, a la vez, la norma institucional básica de Andalucía: el artículo 1.3 dice que «los poderes de la Comunidad Autónoma de Andalucía emanan de la Constitución y del pueblo andaluz, en los términos del presente Estatuto de Autonomía, que es su norma institucional básica». Esa doble naturaleza es la que el Tribunal Constitucional fijó en la STC 31/2010 (epígrafe 5): el Estatuto está subordinado a la Constitución, no es parámetro de constitucionalidad de las leyes estatales por sí mismo, pero integra el bloque de la constitucionalidad para delimitar competencias, y su reforma exige un procedimiento agravado que lo sitúa por encima de la ley ordinaria autonómica.
Estructura. El Estatuto consta de un preámbulo, un Título Preliminar y diez títulos numerados, 250 artículos (el 51 fue declarado inconstitucional y nulo por la STC 30/2011), cinco disposiciones adicionales, dos transitorias, una derogatoria y tres finales.
| Título | Rúbrica | Artículos | Capítulos |
|---|---|---|---|
| Preliminar | (sin rúbrica) | 1 a 11 | |
| I | Derechos sociales, deberes y políticas públicas | 12 a 41 | I Disposiciones generales; II Derechos y deberes; III Principios rectores de las políticas públicas; IV Garantías |
| II | Competencias de la Comunidad Autónoma | 42 a 88 | I Clasificación y principios; II Competencias |
| III | Organización territorial de la Comunidad Autónoma | 89 a 98 | |
| IV | Organización institucional de la Comunidad Autónoma | 99 a 139 | I El Parlamento; II Elaboración de las normas; III El Presidente de la Junta; IV El Consejo de Gobierno; V Relaciones entre el Parlamento y el Consejo de Gobierno; VI Otras instituciones de autogobierno; VII La Administración de la Junta de Andalucía |
| V | El Poder Judicial en Andalucía | 140 a 155 | I El Tribunal Superior de Justicia; II El Consejo de Justicia de Andalucía; III Competencias de la Junta en materia de administración de Justicia |
| VI | Economía, empleo y hacienda | 156 a 194 | I Economía; II Empleo y relaciones laborales; III Hacienda de la Comunidad Autónoma (cuatro secciones: recursos, gasto público y presupuesto, haciendas locales, fiscalización externa) |
| VII | Medio ambiente | 195 a 206 | |
| VIII | Medios de comunicación social | 207 a 217 | |
| IX | Relaciones institucionales de la Comunidad Autónoma | 218 a 247 | I Relaciones con el Estado; II Con otras Comunidades y Ciudades Autónomas; III Con las instituciones de la Unión Europea; IV Acción exterior; V Cooperación al desarrollo |
| X | Reforma del Estatuto | 248 a 250 |
Las disposiciones: la adicional primera prevé la ampliación de la Comunidad «a territorios históricos no integrados en otra Comunidad Autónoma», que resolverán las Cortes previo acuerdo de las partes y sin reforma del Estatuto, «una vez que dichos territorios hayan vuelto a la soberanía española»; la segunda, las asignaciones complementarias que ya preveía el Estatuto de 1981; la tercera, que la inversión del Estado en Andalucía «será equivalente al peso de la población andaluza sobre el conjunto del Estado para un período de siete años»; la cuarta, los juegos y apuestas de las organizaciones estatales de carácter social; la quinta, la convocatoria del referéndum de 2007 en el plazo de seis meses conforme al artículo 74 del Estatuto de 1981. La transitoria primera crea la Comisión Mixta Paritaria Gobierno-Junta de Andalucía para los traspasos «al mes siguiente de la entrada en vigor»; la segunda mantiene en vigor las leyes del Estado hasta que Andalucía legisle; la derogatoria deroga la Ley Orgánica 6/1981; la final primera da dos años para concretar los preceptos financieros y cinco para su plena aplicación; la final segunda, seis meses para crear la Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales; la final tercera, la entrada en vigor el día de su publicación en el BOE.
Contenido básico: el Título Preliminar (artículos 1 a 11). Es el bloque más preguntado del tema y se estudia artículo por artículo.
- Artículo 1, Andalucía. «Andalucía, como nacionalidad histórica y en el ejercicio del derecho de autogobierno que reconoce la Constitución, se constituye en Comunidad Autónoma en el marco de la unidad de la nación española y conforme al artículo 2 de la Constitución» (Utrera). Los valores superiores son «la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político para todos los andaluces, en un marco de igualdad y solidaridad con las demás Comunidades Autónomas» (Motril, Roquetas, Almería; son los mismos del artículo 1.1 de la Constitución). Los poderes emanan «de la Constitución y del pueblo andaluz». Y «la Unión Europea es ámbito de referencia de la Comunidad Autónoma».
- Artículo 2, territorio. «El territorio de Andalucía comprende el de los municipios de las provincias de Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Málaga y Sevilla.»
- Artículo 3, símbolos. Bandera, escudo, himno, 28 de febrero y protección, ya vistos.
- Artículo 4, capitalidad y sedes. «La capital de Andalucía es la ciudad de Sevilla, sede del Parlamento, de la Presidencia de la Junta y del Consejo de Gobierno», que pueden celebrar sesiones en otros lugares. «La sede del Tribunal Superior de Justicia es la ciudad de Granada», sin perjuicio de que algunas Salas se ubiquen en otras ciudades. Por ley del Parlamento pueden fijarse sedes de organismos en distintas ciudades, salvo las establecidas en el Estatuto.
- Artículo 5, condición de andaluz. «Gozan de la condición política de andaluces o andaluzas los ciudadanos españoles que, de acuerdo con las leyes generales del Estado, tengan vecindad administrativa en cualquiera de los municipios de Andalucía.» Los residentes en el extranjero que hayan tenido la última vecindad administrativa en Andalucía y lo acrediten en el Consulado, y sus descendientes inscritos como españoles si lo solicitan, gozan de los derechos políticos del Estatuto. Se promoverá la participación de los extranjeros residentes.
- Artículo 6, andaluces en el exterior, y comunidades andaluzas asentadas fuera, que pueden pedir el reconocimiento de la identidad andaluza.
- Artículo 7, eficacia territorial: las normas andaluzas tienen eficacia en su territorio, y extraterritorial cuando se deduzca de su naturaleza.
- Artículo 8, derecho propio. «El derecho propio de Andalucía está constituido por las leyes y normas reguladoras de las materias sobre las que la Comunidad Autónoma ostenta competencias» (Almería). Su aplicación preferente en las competencias exclusivas está en el artículo 42.2.1.º.
- Artículo 9, derechos. Todas las personas en Andalucía gozan como mínimo de los derechos de la Declaración Universal de Derechos Humanos, de los Pactos Internacionales de 1966, del Convenio Europeo de Derechos Humanos y de la Carta Social Europea; la Comunidad garantiza el pleno respeto a las minorías.
- Artículo 10, objetivos básicos. Reproduce para Andalucía la cláusula del artículo 9.2 de la Constitución: promover «las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas», remover obstáculos, fomentar la calidad de la democracia y adoptar «todas las medidas de acción positiva que resulten necesarias». El apartado 2 propicia «la efectiva igualdad del hombre y de la mujer andaluces, promoviendo la democracia paritaria y la plena incorporación de aquélla en la vida social» (Écija). El apartado 3 enumera veinticuatro objetivos básicos que la Comunidad persigue «en defensa del interés general» (Almería): el primero es «la consecución del pleno empleo estable y de calidad»; siguen la educación, la identidad y la cultura andaluza, la modalidad lingüística andaluza, los recursos naturales, el retorno de los emigrantes, la calidad de vida y el medio ambiente, la cohesión territorial, la convergencia con el Estado y la Unión Europea, las comunicaciones, el desarrollo industrial, la sociedad del conocimiento, el medio rural, la cohesión social, la dependencia, la discapacidad, los inmigrantes, el pluralismo en los medios, la participación ciudadana, la concertación social, la comunidad gitana, la cultura de la paz, la cooperación internacional y la difusión de la historia de la lucha del pueblo andaluz por sus derechos.
- Artículo 11, valores democráticos. Los poderes públicos promoverán la conciencia ciudadana y democrática y adoptarán medidas «para la enseñanza y el conocimiento de la Constitución y el Estatuto de Autonomía».
Contenido básico: el Título I, derechos, deberes y políticas públicas (artículos 12 a 41). Los titulares de los derechos son «todas las personas con vecindad administrativa en Andalucía» (12), salvo el derecho de participación política del artículo 30, reservado a los andaluces. Los derechos del Título «no supondrán una alteración del régimen de distribución de competencias» ni crean títulos competenciales nuevos (13), regla que el Tribunal Constitucional impuso a los Estatutos reformados (STC 247/2007 y 31/2010, epígrafe 5). El artículo 14 prohíbe toda discriminación «por razón de sexo, orígenes étnicos o sociales, lengua, cultura, religión, ideología, características genéticas, nacimiento, patrimonio, discapacidad, edad, orientación sexual o cualquier otra condición o circunstancia personal o social», sin impedir las acciones positivas. El Capítulo II (15 a 36) enumera los derechos: igualdad de género (15), protección contra la violencia de género (16), familia (17), menores (18, el artículo que preguntó Almería: los menores tienen derecho a recibir de los poderes públicos la protección y atención integral necesarias para su desarrollo, y el beneficio del menor prima en la interpretación), mayores (19), testamento vital (20), educación (21), salud (22), prestaciones sociales (23), discapacidad y dependencia (24), vivienda (25), trabajo (26), consumidores (27), medio ambiente (28), acceso a la justicia (29), participación política (30), buena administración (31), protección de datos (32), cultura (33), tecnologías (34), orientación sexual (35). El artículo 36 establece los deberes: contribuir al gasto público según los ingresos, conservar el medio ambiente, colaborar en las situaciones de emergencia, cumplir las obligaciones de la Administración electoral, usar responsablemente los servicios públicos, cuidar el patrimonio público «especialmente el de carácter histórico-artístico y natural» y contribuir a la educación de los hijos. El artículo 37 lista los principios rectores de las políticas públicas. El Capítulo IV (38 a 41) fija las garantías: los derechos «vinculan a todos los poderes públicos andaluces y, dependiendo de la naturaleza de cada derecho, a los particulares», y se interpretan «en el sentido más favorable a su plena efectividad» (38); protección jurisdiccional según las leyes procesales del Estado (39); efectividad de los principios rectores (40); y el Defensor del Pueblo Andaluz como garante de los derechos del Título (41).
Tres de esos derechos merecen una lectura propia por lo que se preguntan y por lo que afectan al servicio. El derecho a la educación (21) garantiza «mediante un sistema educativo público» una educación permanente y compensatoria, la enseñanza pública «será laica», todos tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a los centros sostenidos con fondos públicos y se garantiza la gratuidad en los niveles obligatorios. El derecho a la salud (22) se garantiza «mediante un sistema sanitario público de carácter universal», con la lista de derechos de pacientes y usuarios que el manual de Celador desarrolla. Y el derecho a una buena administración (31) comprende que la actuación de las Administraciones «será proporcionada a sus fines», la participación en las decisiones que afecten al ciudadano, «una información veraz», el trato «objetivo e imparcial», la resolución «en un plazo razonable» y el acceso a los archivos y registros públicos andaluces: es el fundamento estatutario de los deberes de trato y de información que el policía local tiene con el ciudadano, y el que invoca quien reclama contra una denuncia mal tramitada. El derecho de participación política (30) se reserva a los andaluces del artículo 5 y comprende elegir y ser elegido, promover iniciativas legislativas, promover consultas populares y ejercer el derecho de petición.
Contenido básico: el Título III, organización territorial (artículos 89 a 98). Andalucía «se organiza territorialmente en municipios, provincias y demás entidades territoriales que puedan crearse por ley» (89.1), con respeto a la garantía institucional de la autonomía local reconocida por la Constitución y por la Carta Europea de la Autonomía Local. Los principios son «autonomía, responsabilidad, cooperación, desconcentración, descentralización, subsidiariedad, coordinación, suficiencia financiera y lealtad institucional» (90). El municipio es «la entidad territorial básica de la Comunidad Autónoma», con personalidad jurídica y plena autonomía en el ámbito de sus intereses, gobernado por su Ayuntamiento (91); el artículo 92 «garantiza a los municipios un núcleo competencial propio» y enumera las materias sobre las que los Ayuntamientos tienen competencias propias «en los términos que determinen las leyes»: urbanismo, vivienda, servicios sociales comunitarios, servicios básicos, y las demás de su lista (Darro preguntó por quién se determinan las competencias de municipios y provincias: por ley, la andaluza del artículo 60.1.b y 98 en el marco de la legislación básica del Estado). La provincia es «una entidad local con personalidad jurídica propia, determinada por la agrupación de municipios», cualquier alteración de sus límites exige ley orgánica de las Cortes, su gobierno corresponde a la Diputación y la Junta coordina la actuación de las Diputaciones «en materias de interés general para Andalucía» por ley aprobada por mayoría absoluta (96). La comarca es «la agrupación voluntaria de municipios limítrofes» que puede crearse por ley del Parlamento con acuerdo de los Ayuntamientos afectados y aprobación del Consejo de Gobierno (97). Una ley de régimen local desarrolla el Título (98): es la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía (tema 8).
Contenido básico: el Título IV, organización institucional (artículos 99 a 139). «La Junta de Andalucía es la institución en que se organiza políticamente el autogobierno de la Comunidad Autónoma», integrada por «el Parlamento de Andalucía, la Presidencia de la Junta y el Consejo de Gobierno» (99). Los datos que cayeron en el tema del Estatuto son estos:
| Artículo | Dato que se preguntó |
|---|---|
| 100 y 101 | El Parlamento «representa al pueblo andaluz» y «es inviolable»; mínimo de 109 Diputados; mandato de cuatro años; inviolabilidad por opiniones y votos, aun después del mandato; inculpación, prisión y juicio ante el Tribunal Superior de Justicia por delitos cometidos en Andalucía, y ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo fuera |
| 106 | Funciones: potestad legislativa, orientación e impulso y control del Consejo de Gobierno (con comisiones de investigación), presupuestos, tributos y deuda, elección del Presidente, designación de los Senadores |
| 108 a 110 | Las leyes de organización territorial, régimen electoral e instituciones básicas exigen mayoría absoluta en votación final; decretos legislativos (excluidas la reforma del Estatuto, el presupuesto, las leyes de mayoría cualificada y las de desarrollo de derechos); decretos-leyes por «extraordinaria y urgente necesidad», convalidación en treinta días, sin afectar a derechos, régimen electoral, instituciones ni presupuestos |
| 117 | El Presidente «dirige y coordina la actividad del Consejo de Gobierno, coordina la Administración de la Comunidad Autónoma, designa y separa a los Consejeros y ostenta la suprema representación de la Comunidad Autónoma y la ordinaria del Estado en Andalucía» (Olvera); es responsable políticamente ante el Parlamento (117.3, Málaga); puede delegar temporalmente funciones ejecutivas en un Vicepresidente o Consejero |
| 118 | Elegido por el Parlamento de entre sus miembros: mayoría absoluta en primera votación, simple cuarenta y ocho horas después; si en dos meses nadie la obtiene, disolución automática; nombrado por el Rey; responsabilidad penal y civil ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo |
| 119 | El Consejo de Gobierno «está integrado por el Presidente, los Vicepresidentes en su caso, y los Consejeros» (Jerez, Málaga); órgano colegiado que ejerce la dirección política, dirige la Administración y desarrolla las funciones ejecutivas y administrativas; potestad reglamentaria del Consejo y de cada uno de sus miembros; interposición de recursos de inconstitucionalidad y conflictos de competencia |
| 120 | Cesa tras las elecciones, por pérdida de la cuestión de confianza, moción de censura, dimisión, incapacidad, condena penal firme que inhabilite o fallecimiento del Presidente; continúa en funciones hasta la toma de posesión del nuevo (Utrera preguntó cuándo no cesa: cualquier causa que no esté en esa lista) |
| 122 | Responsabilidad penal de los Consejeros ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo; pero por delitos cometidos en Andalucía, ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que conoce también de su responsabilidad civil (Roquetas) |
| 125 | Cuestión de confianza: la plantea el Presidente, previa deliberación del Consejo de Gobierno, sobre su programa o una declaración de política general; se otorga por mayoría simple; si se niega, dimisión y sesión de investidura en quince días (Roquetas) |
| 126 | Moción de censura: mayoría absoluta, propuesta por al menos una cuarta parte de los parlamentarios, con candidato, no votable hasta cinco días después; si fracasa, sus firmantes no pueden presentar otra en el mismo período de sesiones |
| 127 | El Presidente puede decretar la disolución del Parlamento previa deliberación del Consejo de Gobierno; no durante una moción de censura en trámite; no antes de un año desde la anterior, salvo la disolución automática del 118.3 (Almería) |
| 128 a 132 | Defensor del Pueblo Andaluz, comisionado del Parlamento; Consejo Consultivo; Cámara de Cuentas, dependiente del Parlamento; Consejo Audiovisual; Consejo Económico y Social |
| 133 | La Administración de la Junta «sirve con objetividad al interés general» y actúa por servicios centrales y periféricos |
Fuera de la tabla, el Título IV contiene datos que conviene fijar porque el tema 6 los da por sabidos. El Parlamento elige de entre sus miembros al Presidente, la Mesa y la Diputación Permanente, funciona en Pleno y Comisiones, y celebra dos períodos ordinarios de sesiones al año, «un total de ocho meses como mínimo», el primero desde septiembre y el segundo desde febrero (103). La circunscripción electoral es la provincia, ninguna provincia puede tener «más del doble de Diputados que otra», la elección es proporcional, las elecciones se celebran «entre los treinta y sesenta días posteriores a la expiración del mandato» y son electores y elegibles los andaluces mayores de dieciocho años (104); la ley electoral requiere mayoría absoluta y debe establecer criterios de igualdad de género en las listas (105). El artículo 107 impone la presencia equilibrada de hombres y mujeres en los nombramientos y designaciones que competen al Parlamento y al Consejo de Gobierno. Entre las «otras instituciones de autogobierno» del Capítulo VI, el Defensor del Pueblo Andaluz «es el comisionado del Parlamento, designado por éste para la defensa de los derechos y libertades comprendidos en el Título I de la Constitución y en el Título I del presente Estatuto», supervisa la actividad de las Administraciones públicas de Andalucía, se elige por mayoría cualificada y colabora con el Defensor del Pueblo de las Cortes (128); el Consejo Consultivo es «el superior órgano consultivo del Consejo de Gobierno y de la Administración de la Junta», y también de las entidades locales y de las universidades públicas, con autonomía orgánica y funcional (129); la Cámara de Cuentas es «el órgano de control externo de la actividad económica y presupuestaria de la Junta de Andalucía, de los entes locales y del resto del sector público de Andalucía» y «depende orgánicamente del Parlamento» (130); el Consejo Audiovisual es la autoridad audiovisual independiente y vela especialmente por la protección de la juventud y la infancia (131); y el Consejo Económico y Social es el órgano consultivo del Gobierno andaluz en materia económica y social (132). Para el opositor a Policía Local, la queja ante el Defensor del Pueblo Andaluz por una actuación policial municipal es la vía del artículo 128 y del artículo 41: el Defensor supervisa también a los Ayuntamientos.
Contenido básico: los Títulos V a IX. El Título V regula el Poder Judicial en Andalucía: el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía «es el órgano jurisdiccional en que culmina la organización judicial en Andalucía» (140), su Presidente «es el representante del Poder Judicial en Andalucía» y «es nombrado por el Rey, a propuesta del Consejo General del Poder Judicial con la participación del Consejo de Justicia de Andalucía» (143, Las Gabias), y el Fiscal Superior es el Fiscal Jefe del Tribunal Superior. El Consejo de Justicia de Andalucía (144) se define como «el órgano de gobierno de la Administración de Justicia en Andalucía, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica del Poder Judicial», presidido por el Presidente del Tribunal Superior; conviene saber que la STC 31/2010 anuló los preceptos paralelos del Estatuto de Cataluña que configuraban su Consejo de Justicia como órgano del Poder Judicial, de modo que el andaluz solo puede tener las funciones que le atribuya la Ley Orgánica del Poder Judicial, como el propio artículo 144 remite. El Título V atribuye además a la Junta competencias sobre los medios personales y materiales de la Administración de Justicia, la oficina judicial, la justicia gratuita y la justicia de paz (145 a 155). El Título VI contiene la economía, el empleo y la hacienda, con los tributos cedidos del artículo 178 (el 50 por ciento del IRPF y del IVA, el 58 por ciento de los impuestos especiales de fabricación, y Patrimonio, Sucesiones, Transmisiones, Juego, Electricidad y Medios de Transporte enteros; es el único artículo modificado desde 2007, por las Leyes 18/2010 y 32/2022). El Título VII fija los principios ambientales, el VIII los medios de comunicación y el IX las relaciones institucionales: en el marco del principio de solidaridad, «las relaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía con el Estado se fundamentan en la colaboración, cooperación, lealtad institucional y mutuo auxilio» (219.1, Jerez y Almería), con instrumentos bilaterales para los asuntos de interés específico y multilaterales para los de interés general (219.2). La Comisión Bilateral de Cooperación Junta de Andalucía-Estado (220) es «el marco general y permanente de relación entre los Gobiernos», delibera, propone y acuerda sobre los proyectos de ley que inciden singularmente en la distribución de competencias, la programación económica, los conflictos competenciales, la representación en organismos del Estado, el seguimiento de la política europea y de la acción exterior, y la modificación del régimen especial agrario; está integrada por «un número igual de representantes del Estado y de la Junta de Andalucía», su presidencia «es ejercida de forma alternativa entre las dos partes en turnos de un año», se reúne en pleno «al menos dos veces al año» y siempre que lo pida una parte (220.3 y 4), y «adopta su reglamento interno y de funcionamiento por acuerdo de las dos partes» (220.5, preguntado en Jerez). Los Senadores designados por Andalucía pueden comparecer ante el Parlamento para informar de su actividad (223).
4.3. Competencias de la Comunidad Autónoma
Las clases (artículo 42). Corresponden a la Comunidad Autónoma «las competencias exclusivas, compartidas y ejecutivas sobre las materias incluidas en el presente Título», que ejerce respetando la Constitución y el Estatuto. El apartado 2 las define, y es de los artículos más preguntados (Almería dos veces, Roquetas, Huelma):
| Clase | Qué comprende (artículo 42.2) |
|---|---|
| Exclusivas (1.º) | «La potestad legislativa, la potestad reglamentaria y la función ejecutiva, íntegramente y sin perjuicio de las competencias atribuidas al Estado en la Constitución. En el ámbito de sus competencias exclusivas, el derecho andaluz es de aplicación preferente en su territorio sobre cualquier otro, teniendo en estos casos el derecho estatal carácter supletorio» |
| Compartidas (2.º) | «La potestad legislativa, la potestad reglamentaria y la función ejecutiva, en el marco de las bases que fije el Estado en normas con rango de ley, excepto en los supuestos que se determinen de acuerdo con la Constitución. En el ejercicio de estas competencias, la Comunidad Autónoma puede establecer políticas propias» |
| Ejecutivas (3.º) | «La función ejecutiva que incluye la potestad de organización de su propia administración y, en general, aquellas funciones y actividades que el ordenamiento atribuye a la Administración Pública y, cuando proceda, la aprobación de disposiciones reglamentarias para la ejecución de la normativa del Estado» |
| En relación con la aplicación del derecho comunitario (4.º) | «El desarrollo y la ejecución de la normativa de la Unión Europea cuando afecte al ámbito de las competencias de la Comunidad Autónoma» |
Además, la Comunidad ejerce las competencias no contempladas en el Estatuto que le sean transferidas o delegadas por el Estado (42.3) y puede, por convenio, inspeccionar y sancionar en materias estatales (42.4). Sobre el inciso «en el marco de las bases que fije el Estado en normas con rango de ley», la STC 31/2010 declaró nula la fórmula paralela del Estatuto catalán que reducía las bases a «principios o mínimo común normativo», y por eso la del Estatuto andaluz se lee con la salvedad «excepto en los supuestos que se determinen de acuerdo con la Constitución».
Cómo se leen las clases de competencias. La clasificación del artículo 42 traduce al Estatuto el esquema de los artículos 148 y 149 de la Constitución. En las materias que la Constitución no reserva al Estado, la Comunidad puede asumir la competencia entera, y eso es la exclusiva: legisla, reglamenta y ejecuta, y su derecho desplaza al estatal, que solo queda como supletorio. En las materias en que el artículo 149.1 reserva al Estado «las bases», «la legislación básica» o «las normas básicas» (sanidad, régimen jurídico de las Administraciones, régimen minero y energético, medio ambiente, ordenación del crédito, entre otras), la Comunidad asume la compartida: legisla y ejecuta dentro del marco básico estatal, y la STC 31/2010 recordó que ese marco lo fija el Estado con la extensión que la Constitución permite, no la que el Estatuto quiera acotar. Y en las materias en que el Estado se reserva toda la legislación (legislación laboral, penitenciaria, mercantil, propiedad intelectual, seguridad ciudadana), la Comunidad solo puede asumir la ejecutiva: organiza sus servicios y aplica la ley estatal, con reglamentos organizativos. La cuarta clase, la de aplicación del derecho de la Unión Europea, no añade materias: dice que, cuando una directiva o un reglamento europeo entra en una materia autonómica, es la Comunidad quien lo desarrolla y ejecuta.
Alcance, principios y fomento (43 a 45). Las competencias despliegan su eficacia en el territorio de Andalucía, salvo los supuestos de eficacia extraterritorial que prevean el Estatuto o las leyes del Estado; cuando el objeto de la competencia excede del territorio, la Comunidad la ejerce sobre la parte situada en Andalucía, con instrumentos de colaboración o, subsidiariamente, coordinación del Estado (43; este artículo fue impugnado por Extremadura y confirmado por la STC 30/2011). Rigen los principios de eficacia, proximidad y coordinación (44). En las materias de su competencia corresponde a la Comunidad la actividad de fomento, con subvenciones con cargo a fondos propios y, según sea la competencia exclusiva, compartida o ejecutiva, la fijación de objetivos, condiciones y gestión de las subvenciones territorializables del Estado y de la Unión Europea (45).
Las materias (46 a 88). Cuarenta y dos artículos reparten las materias por clase de competencia. La tabla recoge las que se preguntaron y las que interesan al servicio de la Policía Local, con la clase que el Estatuto les asigna:
| Artículo | Materia | Clase y contenido esencial |
|---|---|---|
| 46 | Instituciones de autogobierno | Exclusiva: organización y estructura de sus instituciones; normas y procedimientos electorales en el marco del régimen electoral general |
| 47 | Administraciones públicas andaluzas | Exclusiva: procedimiento derivado de las especialidades de su organización, bienes de dominio público propios, potestades de control, inspección y sanción, organización contractual. Compartida (47.2): régimen jurídico de la Administración de la Junta y régimen estatutario de su personal, procedimiento administrativo común, contratos y concesiones (Roquetas). Ejecutiva: expropiación forzosa. Responsabilidad patrimonial: compartida |
| 48 | Agricultura, ganadería, pesca | Exclusiva, salvo la ordenación del sector pesquero, compartida |
| 50 | Agua | Exclusiva sobre las aguas que transcurran íntegramente por Andalucía; el artículo 51 (cuenca del Guadalquivir) fue anulado por la STC 30/2011 |
| 52 | Educación no universitaria | Exclusiva: programación y creación de centros públicos, inspección, becas con fondos propios, formación del profesorado, cultura andaluza. Compartida (52.2): «el establecimiento de los planes de estudio, incluida la ordenación curricular», becas estatales, admisión de alumnos, requisitos de los centros (Motril). Ejecutiva: expedición y homologación de títulos |
| 53 | Universidades | Exclusiva: programación y coordinación del sistema universitario, creación de universidades públicas y autorización de las privadas, estatutos, «la coordinación de los procedimientos de acceso a las universidades» (Almería), títulos propios, financiación, becas propias. Compartida: lo demás. Ejecutiva: expedición de títulos |
| 55 | Salud, sanidad y farmacia | Exclusiva: organización, funcionamiento, inspección y control de centros sanitarios, ordenación farmacéutica. Compartida: sanidad interior. Ejecutiva: productos farmacéuticos |
| 56 | Vivienda, urbanismo, ordenación del territorio y obras públicas | Exclusiva en vivienda, ordenación del territorio, urbanismo y obras públicas de interés andaluz |
| 57 | Medio ambiente, espacios protegidos y sostenibilidad | Exclusiva en montes, vías pecuarias, espacios naturales protegidos, fauna y flora, prevención ambiental, caza y pesca fluvial; compartida en medio ambiente en general |
| 58 | Actividad económica | Exclusiva: comercio interior, artesanía, cooperativas y «el establecimiento y regulación de un órgano independiente de defensa de la competencia» (58.1.5.º, Las Gabias); exclusiva de acuerdo con las bases estatales: fomento y planificación económica, industria, defensa de los consumidores |
| 60 | Régimen local | Exclusiva, respetando el 149.1.18.ª de la Constitución y la autonomía local: relaciones con los entes locales, determinación de las competencias propias de los municipios, bienes locales, órganos de los entes creados por la Junta. Compartida en lo demás. Haciendas locales y tutela financiera dentro de las bases del Estado |
| 61 | Servicios sociales, voluntariado, menores y familias | Exclusiva en servicios sociales, voluntariado, protección de menores («régimen de protección y de las instituciones públicas de protección y tutela de los menores desamparados, en situación de riesgo, y de los menores infractores», Almería) y promoción de las familias |
| 63 | Empleo, relaciones laborales y seguridad social | Ejecutiva: políticas activas de empleo, cualificaciones, prevención de riesgos laborales, servicios mínimos de las huelgas, conciliación, mediación y arbitraje |
| 64 | Transportes y comunicaciones | Exclusiva sobre la red viaria andaluza y los transportes cuyo itinerario transcurra íntegramente en Andalucía |
| 65 | Policía autonómica | Establecimiento de las políticas de seguridad públicas de Andalucía en los términos del 149.1.29.ª; creación, organización y mando de un Cuerpo de Policía Andaluza; «la ordenación general y la coordinación supramunicipal de las policías locales andaluzas, sin perjuicio de su dependencia de las autoridades municipales» (65.3, base de la Ley 6/2023, tema 17); Junta de Seguridad paritaria Gobierno-Junta |
| 66 | Protección civil y emergencias | Exclusiva en protección civil, incluidos los servicios de prevención y extinción de incendios; ejecutiva en salvamento marítimo |
| 67 | Seguridad y competencias penitenciarias | Ejecutiva en seguridad ciudadana y orden público en los términos de la legislación del Estado, en seguridad privada y en materia penitenciaria |
| 68 | Cultura y patrimonio | Exclusiva en cultura y en el flamenco; ejecutiva sobre museos, archivos y bibliotecas de titularidad estatal cuya gestión no se reserve el Estado; exclusiva sobre «protección del patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 149.1.28.ª de la Constitución» (68.3.1.º, Málaga); colaboración con el Estado en el Archivo de Indias y la Real Chancillería |
| 72 | Deportes, espectáculos y actividades recreativas | Exclusiva en espectáculos públicos y actividades recreativas: ordenación, intervención administrativa y control (temas 18 a 20) |
| 73 | Políticas de género | Exclusiva en promoción de la igualdad; compartida en lucha contra la violencia de género |
| 75 | Cajas de ahorro, entidades de crédito, seguros | Exclusiva sobre la regulación de la organización de las cajas de ahorro con domicilio en Andalucía, cajas rurales y cooperativas de crédito (órganos rectores, estatuto de sus cargos, creación, fusión y liquidación; Huelma); compartida sobre su actividad financiera y sobre disciplina, inspección y sanción; desarrollo y ejecución en ordenación del crédito, banca y seguros |
| 76 | Función pública | Desarrollo legislativo y ejecución en los términos del 149.1.18.ª; exclusiva en planificación y formación de su función pública; compartida en el régimen estatutario del personal de las Administraciones andaluzas |
| 77 | Notariado y registros | Ejecutiva: nombramiento de notarios y registradores, demarcaciones, Registro Civil |
| 78 | Consultas populares | Exclusiva sobre encuestas, audiencias públicas, foros y otros instrumentos de consulta, «con la excepción del referéndum» |
| 80 | Administración de Justicia | Compartida, de acuerdo con la Ley Orgánica del Poder Judicial |
| 81 | Juego | Exclusiva en juegos, apuestas y casinos en Andalucía; las nuevas modalidades estatales pasan por la Comisión Bilateral |
| 82 | Protección de datos | Ejecutiva sobre los datos gestionados por las instituciones y Administraciones andaluzas |
| 83 | Denominaciones de origen | Exclusiva |
| 88 | Coordinación con el Estado | «A través de los mecanismos multilaterales y bilaterales previstos en el Título IX» |
Lo que las preguntas medidas piden de esta tabla. Cuatro artículos concentran las preguntas de competencias y merecen una lectura en prosa. El artículo 47.2 reúne las tres competencias compartidas de las Administraciones andaluzas: el régimen jurídico de la Administración de la Junta y el régimen estatutario de su personal funcionario, estatutario y laboral, «el procedimiento administrativo común» y «los contratos y concesiones administrativas»; la expropiación forzosa es competencia ejecutiva (47.3), con la facultad de crear un órgano propio para fijar el justiprecio. En educación (52), la línea que separa lo exclusivo de lo compartido es la que separa los centros de los planes: crear y programar centros públicos, inspeccionarlos y formar al profesorado es exclusivo; fijar los planes de estudio, el currículo, los criterios de admisión y los requisitos de los centros es compartido, porque el Estado fija las enseñanzas mínimas; expedir y homologar títulos es ejecutivo. En universidades (53) ocurre lo mismo: crear universidades públicas, autorizar las privadas, aprobar sus estatutos, coordinar el acceso y financiarlas es exclusivo; regular los requisitos de creación, el régimen de las universidades públicas, el acceso y el profesorado es compartido; expedir títulos, ejecutivo. En régimen local (60) la competencia es exclusiva «respetando el artículo 149.1.18.ª de la Constitución y el principio de autonomía local», e incluye las relaciones entre la Junta y los entes locales, la determinación de las competencias propias de los municipios, el régimen de sus bienes y la organización de los entes que cree la propia Junta; todo lo demás es compartido, y las haciendas locales van dentro de las bases del Estado.
Para el servicio de la Policía Local importan tres artículos más. El 65 es el que autoriza la Ley de Policías Locales de Andalucía y su coordinación por la Junta, «sin perjuicio de su dependencia de las autoridades municipales», y el que prevé la Junta de Seguridad paritaria entre el Gobierno y la Junta de Andalucía. El 66 hace exclusiva la protección civil, «que incluyen los servicios de prevención y extinción de incendios», y es la base de la Ley de Gestión de Emergencias (tema 21). El 72.2 hace exclusivos los espectáculos públicos y las actividades recreativas, «el régimen de intervención administrativa y el control de todo tipo de espectáculos en espacios y locales públicos», que es la materia de la policía administrativa de los temas 18 a 20. Y el 61.3 atribuye la protección de menores, incluidos «los menores infractores, sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación civil y penal», con participación de la Comunidad en la elaboración de la legislación penal y procesal de menores (tema 35).
Cierran el Título los artículos 84 a 88: la Comunidad «podrá organizar y administrar todos los servicios relacionados con educación, sanidad y servicios sociales» sin perjuicio de la alta inspección del Estado (84); le corresponden, además de las facultades expresas, «todas aquellas que, por su naturaleza, resulten inherentes a su pleno ejercicio» (85); participa en la ordenación general de la actividad económica en el marco del artículo 131.2 de la Constitución (86) y en la designación de los miembros del Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores, el Tribunal de Cuentas, el Consejo Económico y Social, la Agencia Tributaria y la Agencia Española de Protección de Datos, en los términos de la legislación estatal (87); y se coordina con el Estado por los mecanismos del Título IX (88).
Sobre la competencia ejecutiva en seguridad ciudadana y la de ordenación de las policías locales conviene retener el modo en que el Estatuto reparte el juego: la seguridad pública es competencia exclusiva del Estado (artículo 149.1.29.ª de la Constitución), Andalucía puede crear su policía y coordinar las locales, y los Cuerpos de la Policía Local siguen dependiendo de sus alcaldes; la Ley Orgánica 2/1986 (tema 14) y la Ley 6/2023 (tema 17) desarrollan ese reparto.
4.4. Reforma del Estatuto
El Título X (artículos 248 a 250). Su rúbrica es «Reforma del Estatuto» (Motril preguntó el enunciado del título décimo). El procedimiento ordinario del artículo 248 tiene tres momentos:
- Iniciativa (248.1.a). «Corresponderá al Gobierno o al Parlamento de Andalucía, a propuesta de una tercera parte de sus miembros, o a las Cortes Generales» (Alcalá del Valle, Almería, Málaga). El «Gobierno» es el Consejo de Gobierno de la Junta; no tienen iniciativa los ayuntamientos, las Diputaciones ni la iniciativa popular.
- Aprobación (248.1.b). La propuesta «requerirá, en todo caso, la aprobación del Parlamento de Andalucía por mayoría de dos tercios, la aprobación de las Cortes Generales mediante ley orgánica y, finalmente, el referéndum positivo de los electores andaluces y andaluzas» (Roquetas, Olvera, Utrera). Son los tres requisitos acumulativos; el Estatuto de 1981 exigía tres quintos, y es la trampa clásica.
- Fracaso y referéndum (248.2 y 3). Si la propuesta «no es aprobada por el Parlamento o por las Cortes Generales, o no es confirmada mediante referéndum», no puede someterse de nuevo a debate y votación del Parlamento «hasta que haya transcurrido un año». La Junta somete a referéndum la reforma «en el plazo máximo de seis meses, una vez sea ratificada mediante ley orgánica por las Cortes Generales que llevará implícita la autorización de la consulta».
El procedimiento simplificado (artículo 249). «Cuando la reforma no afectara a las relaciones de la Comunidad Autónoma con el Estado» (Lucena), se sigue esta secuencia: a) elaboración y aprobación del proyecto por el Parlamento de Andalucía; b) consulta a las Cortes Generales; c) si en el plazo de treinta días desde la recepción de la consulta las Cortes no se declaran afectadas, se convoca, debidamente autorizado, un referéndum sobre el texto; d) se requiere finalmente la aprobación de las Cortes mediante ley orgánica; e) si las Cortes se declaran afectadas, «se constituirá una comisión mixta paritaria para formular, por el procedimiento previsto en el Reglamento del Congreso de los Diputados, una propuesta conjunta, siguiéndose entonces el procedimiento previsto en el artículo anterior, dándose por cumplidos los trámites del apartado 1.a)» (Las Gabias y Huelma preguntaron exactamente esto). Obsérvese el orden: en el simplificado el referéndum va antes de la ley orgánica, al revés que en el ordinario.
La retirada (artículo 250). En cualquiera de los dos procedimientos, «el Parlamento de Andalucía, por mayoría de tres quintos, podrá retirar la propuesta de reforma en tramitación ante cualquiera de las Cámaras de las Cortes Generales antes de que haya recaído votación final sobre la misma», y en ese caso no rige la espera de un año del 248.2.
Lo que se preguntó y cómo se pregunta. Nueve preguntas medidas se reparten así: tres sobre la iniciativa, con el distractor habitual de incluir a los Ayuntamientos, a las Diputaciones o a la iniciativa legislativa popular; dos sobre la mayoría, con el distractor de los tres quintos del Estatuto de 1981 o de la mayoría absoluta; tres sobre el procedimiento simplificado, con el distractor de que las Cortes «se declaren afectadas» y el opositor no sepa que entonces se forma una comisión mixta paritaria y se vuelve al ordinario; y una del tipo «señale la incorrecta», que suele esconder el plazo de un año o el de seis meses. Una regla práctica: cada número del Título X tiene un solo sitio. El tercio es de la iniciativa parlamentaria; los dos tercios, de la aprobación; el año, del fracaso; los seis meses, del referéndum; los treinta días, de la consulta a las Cortes en el simplificado; los tres quintos, de la retirada. Ninguno se repite.
El precedente de 2006 y 2007 como ejemplo del procedimiento. La reforma vigente se tramitó con el artículo 74 del Estatuto de 1981, que exigía la mayoría de tres quintos del Parlamento, y no con el 248 actual, que no existía. Los pasos fueron los que hoy repite el 248: aprobación en el Parlamento de Andalucía, remisión a las Cortes, ley orgánica aprobada por las Cortes el 20 de diciembre de 2006, autorización del referéndum por el Consejo de Ministros el 22 de diciembre de 2006 (dentro de los seis meses de la disposición adicional quinta), convocatoria por Decreto del Presidente 2/2007 y votación el 18 de febrero de 2007, con campaña del 2 al 16 de febrero, rigiéndose por la Ley Orgánica 2/1980 de referéndum y por la Ley Orgánica 5/1985 del régimen electoral general. La ley orgánica se sancionó el 19 de marzo y entró en vigor el 20 de marzo de 2007. Si mañana se iniciara una reforma, el calendario sería el mismo con dos diferencias: la mayoría parlamentaria de dos tercios y la autorización del referéndum implícita en la ley orgánica de las Cortes.
Reforma del Estatuto y reforma de la Constitución. El artículo 147.3 de la Constitución solo exige la ley orgánica; el referéndum lo añade el 152.2 para los Estatutos del 151, que «solamente podrán ser modificados mediante los procedimientos en ellos establecidos y con referéndum entre los electores inscritos en los censos correspondientes». Desde 2007 el Estatuto no se ha reformado por el Título X; el único cambio de su articulado es el del artículo 178.1 sobre los tributos cedidos, operado por las leyes de cesión de tributos (Ley 18/2010 y Ley 32/2022), que la disposición del propio artículo prevé sin necesidad de reforma estatutaria. Y la única supresión, la del artículo 51, la produjo la STC 30/2011.
5. Jurisprudencia esencial
Ninguna de las 53 preguntas medidas pidió una sentencia por su número. Las seis que siguen son las que fijan lo que un opositor necesita saber sobre la naturaleza del Estatuto, sobre su relación con la Constitución y con las leyes del Estado, y sobre el único artículo del Estatuto andaluz que ha sido anulado. Cuatro se han comprobado en el buscador oficial de jurisprudencia del Tribunal Constitucional, con su número de BOE y su fallo; las dos de 1981 y 1983 se toman de los manuales de Administración Local y de Guardia Civil de esta misma colección, donde ya están verificadas.
STC 32/1981, de 28 de julio (Pleno, recurso de inconstitucionalidad 40/1981, resolución 32 del repertorio del Tribunal Constitucional). Resolvió el recurso contra la ley catalana de 1980 que transfería a la Generalidad las competencias de las cuatro Diputaciones provinciales. Formuló la doctrina de la garantía institucional: la Constitución no define el contenido de la autonomía local, pero garantiza la existencia de la provincia como entidad local con un núcleo de funciones reconocible, de modo que el legislador autonómico puede configurarla pero no vaciarla ni suprimirla. Es la razón de que el artículo 96 del Estatuto defina la provincia como entidad local con personalidad jurídica propia, gobernada por la Diputación, y de que la coordinación de las Diputaciones por la Junta exija ley de mayoría absoluta y se limite a las materias de interés general.
STC 76/1983, de 5 de agosto (Pleno, recursos previos de inconstitucionalidad 311, 313, 314, 315 y 316/1982 acumulados, BOE-T-1983-22276). Es la sentencia de la LOAPA, el proyecto de Ley Orgánica de Armonización del Proceso Autonómico. El Tribunal estimó parcialmente los recursos y declaró que el proyecto no podía promulgarse como ley orgánica ni como ley armonizadora, y que buena parte de su articulado era inconstitucional. Doctrina: el legislador estatal no puede dictar normas meramente interpretativas de la Constitución que se impongan a las Comunidades Autónomas, y la ley de armonización del artículo 150.3 es excepcional y exige que las Cortes aprecien la necesidad por mayoría absoluta de cada Cámara. Para Andalucía significó que el techo competencial ganado con el referéndum del 28-F no podía rebajarse por ley ordinaria del Estado.
STC 247/2007, de 12 de diciembre (Pleno, recurso de inconstitucionalidad 7288-2006, BOE núm. 13, de 15 de enero de 2008, con votos particulares). El Gobierno de Aragón impugnó el artículo 20 de la Ley Orgánica 1/2006, de reforma del Estatuto valenciano, que reconocía a los valencianos un derecho al abastecimiento de agua y a la redistribución de los sobrantes de cuencas excedentarias. El Tribunal desestimó el recurso y fijó la doctrina sobre los derechos estatutarios: los Estatutos pueden contener declaraciones de derechos, pero no son derechos fundamentales, no crean títulos competenciales nuevos y vinculan solo al legislador autonómico en el ámbito de sus competencias. Es la doctrina que explica el artículo 13 del Estatuto andaluz («no supondrán una alteración del régimen de distribución de competencias») y el artículo 38 (los derechos vinculan a los poderes públicos andaluces).
STC 31/2010, de 28 de junio (Pleno, recurso de inconstitucionalidad 8045-2006, BOE núm. 172, de 16 de julio de 2010, con votos particulares). Noventa y nueve Diputados del Grupo Popular recurrieron la Ley Orgánica 6/2006, de reforma del Estatuto de Cataluña. El Tribunal estimó parcialmente el recurso: declaró que carecen de eficacia jurídica interpretativa las referencias del preámbulo a «Cataluña como nación» y a «la realidad nacional de Cataluña», anuló varios preceptos e incisos, entre ellos el carácter «preferente» del catalán, el Consejo de Justicia de Cataluña como órgano del Poder Judicial y la definición de las bases estatales como «principios o mínimo común normativo», e interpretó conforme a la Constitución otros muchos. Su doctrina general sobre la función y el contenido constitucional del Estatuto (el Estatuto en el sistema de fuentes, su valor interpretativo, el fundamento de la autonomía, los derechos estatutarios, la delimitación de las competencias) es la que se aplica a todos los Estatutos de la misma generación, el andaluz incluido: por eso la mención del preámbulo andaluz a la «realidad nacional» del Manifiesto de Córdoba de 1919 es un antecedente histórico y no una norma.
STC 137/2010, de 16 de diciembre (Pleno, recurso de inconstitucionalidad 8675-2006, BOE núm. 16, de 19 de enero de 2011). Resolvió el recurso del Defensor del Pueblo contra el mismo Estatuto de Cataluña. El Tribunal lo estimó parcialmente, declaró extinguido el recurso por desaparición sobrevenida del objeto respecto de los preceptos ya anulados por la STC 31/2010 y confirmó la doctrina sobre el fundamento de la autonomía, los derechos estatutarios, el régimen lingüístico y la potestad legislativa. Su interés para este tema es procesal: muestra quiénes pueden recurrir un Estatuto (Diputados, Senadores, el Defensor del Pueblo, el Gobierno, y los órganos de otras Comunidades Autónomas en lo que les afecte), y que el recurso de inconstitucionalidad es el único cauce para anular un artículo estatutario.
STC 30/2011, de 16 de marzo (Pleno, recurso de inconstitucionalidad 5120-2007, BOE núm. 86, de 11 de abril de 2011). Es la sentencia del Estatuto andaluz. El Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura recurrió los artículos 43, 50.1.a), 50.2 y 51 de la Ley Orgánica 2/2007. El Tribunal estimó parcialmente el recurso y declaró la inconstitucionalidad y nulidad del artículo 51, que atribuía a Andalucía «competencias exclusivas sobre las aguas de la cuenca del Guadalquivir que transcurren por su territorio y no afectan a otra Comunidad Autónoma», desestimándolo en lo demás. Doctrina: la cuenca hidrográfica es la unidad de gestión que impone el artículo 149.1.22.ª de la Constitución, y el Guadalquivir es una cuenca intercomunitaria, de modo que un Estatuto no puede fraccionarla atribuyendo a una Comunidad las aguas que discurren por su territorio. Por eso el texto consolidado del Estatuto pasa del artículo 50 al 52, y por eso el BOE anota en su análisis «inconstitucional y nulo el art. 51, por Sentencia 30/2011».
6. Tabla resumen
El Estatuto en cifras
| Dato | Cifra o contenido | Artículo o fuente |
|---|---|---|
| Norma vigente | Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo | BOE núm. 68, de 20 de marzo de 2007 |
| Entrada en vigor | El mismo día de su publicación, 20 de marzo de 2007 | Disposición final tercera |
| Referéndum de ratificación | 18 de febrero de 2007 | Decreto del Presidente 2/2007 |
| Aprobación por las Cortes | 20 de diciembre de 2006 | Decreto del Presidente 2/2007 |
| Estatuto anterior | Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, ratificado en referéndum el 20 de octubre de 1981, derogado | Disposición derogatoria |
| Estructura | Preámbulo, Título Preliminar y diez títulos, 250 artículos, 5 adicionales, 2 transitorias, 1 derogatoria, 3 finales | |
| Artículo anulado | El 51 (aguas del Guadalquivir) | STC 30/2011 |
| Artículo modificado | El 178.1 (tributos cedidos), por las Leyes 18/2010 y 32/2022, sin reforma estatutaria | 178.2 |
| Título Preliminar | Artículos 1 a 11 | |
| Título I, derechos | 12 a 41 | |
| Título II, competencias | 42 a 88 | |
| Título III, organización territorial | 89 a 98 | |
| Título IV, organización institucional | 99 a 139 | |
| Título V, Poder Judicial | 140 a 155 | |
| Título VI, economía, empleo y hacienda | 156 a 194 | |
| Título VII, medio ambiente | 195 a 206 | |
| Título VIII, medios de comunicación | 207 a 217 | |
| Título IX, relaciones institucionales | 218 a 247 | |
| Título X, reforma | 248 a 250 |
El Título Preliminar
| Dato | Contenido | Artículo |
|---|---|---|
| Andalucía | Nacionalidad histórica; Comunidad Autónoma en el marco de la unidad de la nación española, conforme al artículo 2 de la Constitución | 1.1 |
| Valores superiores | Libertad, justicia, igualdad y pluralismo político | 1.2 |
| Poderes | Emanan de la Constitución y del pueblo andaluz; el Estatuto es su norma institucional básica | 1.3 |
| Unión Europea | Ámbito de referencia | 1.4 |
| Territorio | Municipios de las ocho provincias | 2 |
| Bandera | Verde, blanca y verde, Asamblea de Ronda de 1918 | 3.1 |
| Escudo | «Andalucía por sí, para España y la Humanidad»; Ley 3/1982 | 3.2 |
| Himno | Junta Liberalista de Andalucía, 1933; Ley 3/1982 | 3.3 |
| Día de Andalucía | 28 de febrero | 3.4 |
| Día de la Bandera | 4 de diciembre | Decreto 541/2022 |
| Capital y sedes | Sevilla (Parlamento, Presidencia, Consejo de Gobierno); Granada (Tribunal Superior de Justicia) | 4 |
| Condición de andaluz | Español con vecindad administrativa en un municipio andaluz; residentes en el extranjero con última vecindad en Andalucía | 5 |
| Derecho propio | Leyes y normas de las materias sobre las que Andalucía tiene competencias | 8 |
| Igualdad real y efectiva; democracia paritaria | Acción positiva; igualdad de hombre y mujer | 10.1 y 10.2 |
| Objetivos básicos | Veinticuatro, en defensa del interés general; el primero, el pleno empleo | 10.3 |
Competencias y reforma
| Dato | Contenido | Artículo |
|---|---|---|
| Exclusivas | Legislativa, reglamentaria y ejecutiva; derecho andaluz preferente, estatal supletorio | 42.2.1.º |
| Compartidas | Legislativa, reglamentaria y ejecutiva en el marco de las bases estatales con rango de ley | 42.2.2.º |
| Ejecutivas | Función ejecutiva, organización de su administración, reglamentos de ejecución | 42.2.3.º |
| Derecho de la Unión | Desarrollo y ejecución de la normativa europea en materias propias | 42.2.4.º |
| Compartidas del 47.2 | Régimen jurídico de la Administración y de su personal; procedimiento administrativo común; contratos y concesiones | 47.2 |
| Educación | Planes de estudio: compartida; centros públicos: exclusiva; títulos: ejecutiva | 52 |
| Universidades | Coordinación del acceso: exclusiva | 53.1.d |
| Defensa de la competencia | Órgano independiente propio: exclusiva | 58.1.5.º |
| Régimen local | Exclusiva respetando el 149.1.18.ª y la autonomía local | 60 |
| Menores | Protección de menores: exclusiva | 61.3 |
| Policías locales | Ordenación general y coordinación supramunicipal, sin perjuicio de la dependencia municipal | 65.3 |
| Patrimonio histórico | Exclusiva sin perjuicio del 149.1.28.ª | 68.3.1.º |
| Cajas de ahorro | Organización: exclusiva; actividad financiera y disciplina: compartida | 75 |
| Relaciones con el Estado | Colaboración, cooperación, lealtad institucional y mutuo auxilio | 219.1 |
| Comisión Bilateral | Paritaria, presidencia alterna anual, dos plenos al año, reglamento por acuerdo | 220 |
| Iniciativa de reforma | Gobierno; Parlamento a propuesta de un tercio; Cortes Generales | 248.1.a |
| Aprobación | Dos tercios del Parlamento, ley orgánica, referéndum positivo | 248.1.b |
| Reforma fracasada | Un año sin volver a debatirla | 248.2 |
| Referéndum | En seis meses desde la ley orgánica, que lleva implícita la autorización | 248.3 |
| Simplificado | Si no afecta a las relaciones con el Estado: consulta a las Cortes, 30 días, referéndum, ley orgánica; comisión mixta paritaria si se declaran afectadas | 249 |
| Retirada | Tres quintos del Parlamento, antes de la votación final en las Cortes | 250 |
Antecedentes y datos culturales
| Dato | Cifra | Fuente |
|---|---|---|
| Constitución Federal Andaluza | Antequera, 1883 | Preámbulo |
| Asamblea de Ronda | 1918, bandera y escudo | Preámbulo y artículo 3 |
| Manifiesto de Córdoba | 1919, «realidad nacional» | Preámbulo |
| Himno | 1933, Juntas Liberalistas | Preámbulo y artículo 3 |
| Manifestaciones por la autonomía | 4 de diciembre de 1977 | Preámbulo |
| Referéndum del 151 | 28 de febrero de 1980 | Real Decreto 145/1980 |
| Sustitución de la iniciativa en Almería | Ley Orgánica 13/1980, de 16 de diciembre | BOE núm. 308, de 24 de diciembre de 1980 |
| Blas Infante, Padre de la Patria Andaluza | Abril de 1983, por el Parlamento | Preámbulo |
| Patrimonio Mundial | 1984 Alhambra y Córdoba; 1987 Sevilla; 1994 Doñana; 1998 arte rupestre; 2003 Úbeda y Baeza; 2016 Antequera; 2018 Medina Azahara | Consejería de Cultura |
| Patrimonio inmaterial | 2010 flamenco, dieta mediterránea y cetrería; 2011 cal de Morón; 2012 patios de Córdoba; 2018 piedra seca y tamboradas; 2022 campanas | Consejería de Cultura |
| RENPA | 311 espacios, 3 parques nacionales, 24 parques naturales, 2,9 millones de hectáreas | Consejería de Sostenibilidad |
| Población | 8.631.862 (1 de enero de 2024); 8.676.713 (1 de enero de 2025) | INE, Estadística Continua de Población |
7. Trampas de examen
1. «Andalucía se define en el Estatuto como nación.» Como nacionalidad histórica (1.1), «en el marco de la unidad de la nación española». La «realidad nacional» es una cita del Manifiesto de Córdoba de 1919 en el preámbulo, sin valor normativo (STC 31/2010).
2. «Los valores superiores del Estatuto son la libertad, la justicia, la igualdad y la solidaridad.» Son libertad, justicia, igualdad y pluralismo político (1.2), los mismos del artículo 1.1 de la Constitución; la solidaridad aparece como marco con las demás Comunidades.
3. «Los poderes de la Comunidad Autónoma emanan del pueblo andaluz.» Emanan «de la Constitución y del pueblo andaluz» (1.3). Falta la mitad si se omite la Constitución.
4. «El Estatuto tiene rango de ley ordinaria de las Cortes.» Es una ley orgánica (artículos 81 y 147.3 de la Constitución) y la norma institucional básica de Andalucía.
5. «La capital de Andalucía es Sevilla y allí tiene su sede el Tribunal Superior de Justicia.» El Tribunal Superior tiene su sede en Granada (4.2); Sevilla es sede del Parlamento, de la Presidencia y del Consejo de Gobierno.
6. «El Día de Andalucía es el 4 de diciembre.» El Día de Andalucía es el 28 de febrero (3.4); el 4 de diciembre es el Día de la Bandera desde el Decreto 541/2022.
7. «La bandera fue aprobada en la Asamblea de Ronda de 1919.» En la de 1918; 1919 es el Manifiesto de Córdoba. Y el himno es de 1933.
8. «El escudo y el himno los describe el propio Estatuto.» El Estatuto remite a ley del Parlamento (3.2 y 3.3): la Ley 3/1982, de 21 de diciembre.
9. «Son andaluces los nacidos en Andalucía.» La condición política de andaluz depende de la vecindad administrativa en un municipio andaluz (5.1), no del nacimiento; y los residentes en el extranjero con última vecindad en Andalucía la conservan.
10. «El derecho propio de Andalucía es el derecho civil foral andaluz.» Es «las leyes y normas reguladoras de las materias sobre las que la Comunidad Autónoma ostenta competencias» (8). Andalucía no tiene derecho civil propio.
11. «El primer objetivo básico del artículo 10 es la educación.» Es «la consecución del pleno empleo estable y de calidad» (10.3.1.º); la educación es el segundo.
12. «Los derechos del Título I crean nuevas competencias para la Comunidad.» No alteran la distribución de competencias ni crean títulos nuevos (13); STC 247/2007 y 31/2010.
13. «Los derechos del Estatuto solo vinculan a los poderes públicos.» Vinculan a los poderes públicos andaluces «y, dependiendo de la naturaleza de cada derecho, a los particulares» (38).
14. «El Estatuto tiene 250 artículos vigentes.» Tiene 250 artículos numerados, pero el 51 está anulado por la STC 30/2011: 249 vigentes.
15. «El Título X regula la organización territorial.» El Título X es «Reforma del Estatuto» (248 a 250); la organización territorial es el Título III y la institucional el IV.
16. «En las competencias exclusivas el derecho estatal es de aplicación preferente.» Al revés: el derecho andaluz es de aplicación preferente en su territorio, y el estatal es supletorio (42.2.1.º).
17. «Las competencias compartidas comprenden solo la función ejecutiva.» Comprenden la potestad legislativa, la reglamentaria y la función ejecutiva en el marco de las bases estatales (42.2.2.º); la que solo comprende la función ejecutiva es la ejecutiva (42.2.3.º).
18. «El procedimiento administrativo común es competencia exclusiva de Andalucía.» Es compartida (47.2.2.ª); exclusivo es el procedimiento derivado de las especialidades de su propia organización (47.1.1.ª).
19. «Los planes de estudio de la enseñanza no universitaria son competencia exclusiva.» Son compartida (52.2); exclusiva es la programación y creación de centros públicos (52.1).
20. «La protección del patrimonio histórico es competencia compartida.» Es exclusiva, «sin perjuicio de lo que dispone el artículo 149.1.28.ª de la Constitución» (68.3.1.º).
21. «La regulación de la organización de las cajas de ahorro andaluzas es competencia compartida.» Es exclusiva (75.1); compartidas son su actividad financiera (75.2) y su disciplina, inspección y sanción (75.3).
22. «Andalucía tiene competencia exclusiva en seguridad ciudadana.» Tiene competencias de ejecución en seguridad ciudadana y orden público (67.1); la seguridad pública es del Estado (149.1.29.ª). Lo que el Estatuto atribuye es la creación de una policía andaluza y la coordinación de las locales (65).
23. «La coordinación de las policías locales la ejerce la Junta con dependencia de los alcaldes suprimida.» La coordinación supramunicipal es de la Junta «sin perjuicio de su dependencia de las autoridades municipales» (65.3).
24. «Las relaciones con el Estado se basan en la jerarquía.» En «la colaboración, cooperación, lealtad institucional y mutuo auxilio» (219.1), en el marco del principio de solidaridad.
25. «La Comisión Bilateral la preside siempre el Estado.» La presidencia «es ejercida de forma alternativa entre las dos partes en turnos de un año» (220.3); es paritaria y se reúne al menos dos veces al año.
26. «La iniciativa de la reforma corresponde al Parlamento a propuesta de una cuarta parte de sus miembros.» A propuesta de una tercera parte (248.1.a); también al Gobierno y a las Cortes Generales. La cuarta parte es la de la moción de censura (126).
27. «La reforma exige la aprobación del Parlamento por mayoría de tres quintos.» Por mayoría de dos tercios (248.1.b). Los tres quintos eran del Estatuto de 1981 y hoy son la mayoría de la retirada de la propuesta (250).
28. «Si la reforma fracasa, puede volver a presentarse pasados seis meses.» Pasado un año (248.2); los seis meses son el plazo para el referéndum (248.3).
29. «En el procedimiento simplificado no hay referéndum.» Lo hay: si las Cortes no se declaran afectadas en treinta días, se convoca el referéndum y después las Cortes aprueban la ley orgánica (249.c y d).
30. «El referéndum de reforma necesita una autorización expresa del Estado.» La ley orgánica de las Cortes «llevará implícita la autorización de la consulta» (248.3).
8. Reglas mnemotécnicas
«Antequera 83, Ronda 18, Córdoba 19, himno 33»
Constitución Federal (1883), Asamblea de Ronda (bandera y escudo, 1918), Manifiesto de Córdoba (1919), himno de las Juntas Liberalistas (1933).
«4-D calle, 28-F urna, 20-O Estatuto, 18-F reforma»
4 de diciembre de 1977 manifestaciones; 28 de febrero de 1980 referéndum del 151; 20 de octubre de 1981 referéndum del primer Estatuto; 18 de febrero de 2007 referéndum del vigente.
«LI-JU-I-PLU»
Libertad, justicia, igualdad y pluralismo político: los valores superiores del artículo 1.2, los mismos de la Constitución.
«Sevilla gobierna, Granada juzga»
Capital y sedes del artículo 4.
«Vecino, no nacido»
La condición de andaluz es la vecindad administrativa (artículo 5).
«Preliminar 11, derechos 41, competencias 88, territorio 98, instituciones 139, justicia 155, hacienda 194, ambiente 206, medios 217, relaciones 247, reforma 250»
El último artículo de cada título.
«Exclusiva: todo y preferente; compartida: todo con bases; ejecutiva: solo ejecutar»
Las tres clases del artículo 42.2.
«47.2: Administración, procedimiento común, contratos»
Las tres competencias compartidas de las Administraciones andaluzas.
«Centros, exclusiva; planes, compartida; títulos, ejecutiva»
El reparto de la educación (52) y de las universidades (53).
«65: crear, coordinar, Junta de Seguridad; 67: ejecutar la seguridad»
Policía andaluza y coordinación de las locales frente a la competencia ejecutiva en seguridad ciudadana.
«Co-co-le-mu»
Colaboración, cooperación, lealtad institucional y mutuo auxilio: las relaciones con el Estado (219.1).
«Tercio propone, dos tercios aprueban, un año espera, seis meses vota, treinta días consulta, tres quintos retira»
Todos los números del Título X, cada uno en su sitio.
«Simplificado: Parlamento, consulta, referéndum, ley; ordinario: Parlamento, ley, referéndum»
El orden de los dos procedimientos de reforma: en el simplificado el referéndum va antes de la ley orgánica.
«84 Alhambra y Mezquita, 87 Sevilla, 94 Doñana, 98 rupestre, 03 Úbeda, 16 dólmenes, 18 Medina»
Los ocho bienes del Patrimonio Mundial por año.
9. Aplicación práctica
Situación 1. El izado de la bandera el 4 de diciembre.
El Ayuntamiento organiza el 4 de diciembre un acto de izado de la bandera con presencia de la Policía Local en uniforme de gala, y un concejal pregunta al jefe de servicio qué norma obliga a celebrarlo y qué símbolos se usan. La respuesta se construye con tres normas: el artículo 3 del Estatuto, que fija la bandera (verde, blanca y verde, Asamblea de Ronda de 1918), remite el escudo y el himno a ley del Parlamento y declara el 28 de febrero Día de Andalucía; la Ley 3/1982, de 21 de diciembre, que describe el escudo con la leyenda «Andalucía por sí, para España y la Humanidad» y fija el himno, que «habrá de ser interpretado en todos los actos oficiales» de la Junta, las Diputaciones y los municipios; y el Decreto 541/2022, de 8 de noviembre, que declara el 4 de diciembre Día de la Bandera de Andalucía e insta a las administraciones al izado y homenaje a la bandera acompañados del himno. La protección de los símbolos andaluces es la misma que la de los del Estado (3.5), de modo que los ultrajes se tratan como los de la bandera de España (tema 24 y Código Penal).
Situación 2. La queja ante el Defensor del Pueblo Andaluz.
Un ciudadano anuncia que va a quejarse ante el Defensor del Pueblo Andaluz por el trato recibido de una patrulla de la Policía Local durante una identificación, y el agente duda de si ese órgano puede supervisar a un Ayuntamiento. Puede: el artículo 128 lo define como comisionado del Parlamento para la defensa de los derechos del Título I de la Constitución y del Título I del Estatuto, «a cuyo efecto podrá supervisar la actividad de las Administraciones públicas de Andalucía», y los Ayuntamientos lo son; el artículo 41 le encarga velar por los derechos del Título I del Estatuto, entre ellos el derecho a una buena administración del artículo 31 (trato objetivo e imparcial, información veraz, actuación proporcionada a sus fines). El Defensor no anula la actuación ni sanciona: supervisa, formula recomendaciones y da cuenta al Parlamento, y colabora con el Defensor del Pueblo estatal (128.3). La respuesta correcta del agente es identificarse, informar de los motivos de la identificación (Ley Orgánica 4/2015, tema 15) y dejar constancia en el parte de servicio, porque será lo que el Ayuntamiento tenga que remitir al Defensor.
Situación 3. El menor que duerme en la calle.
A las dos de la madrugada una patrulla encuentra a un menor de doce años solo, sin documentación y sin poder localizar a su familia. El agente debe saber a qué Administración corresponde su protección: el artículo 61.3.a del Estatuto atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en protección de menores, que incluye «el régimen de protección y de las instituciones públicas de protección y tutela de los menores desamparados, en situación de riesgo, y de los menores infractores, sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación civil y penal», y el artículo 18 reconoce a los menores el derecho a la protección y atención integral de los poderes públicos de Andalucía, con la regla de que su beneficio «primará en la interpretación y aplicación de la legislación». La patrulla pone al menor a salvo, intenta la localización de la familia, comunica los hechos a la entidad pública de protección de menores de la Junta y lo documenta; si hubiera indicios de delito, además, a la Fiscalía de menores. La competencia de la Junta no desplaza la actuación inmediata de la Policía Local, que actúa como policía de proximidad y colabora con los servicios sociales municipales (Ley 6/2023, tema 17).
Situación 4. El local de espectáculos y la competencia para regularlo.
El titular de un local con actuaciones en directo alega ante los agentes que las condiciones de horario y aforo que le exige el Ayuntamiento «son cosa del Estado». No lo son: el artículo 72.2 del Estatuto atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en espectáculos y actividades recreativas, «la ordenación del sector, el régimen de intervención administrativa y el control de todo tipo de espectáculos en espacios y locales públicos», y el 58.1.1.º la ordenación administrativa de los horarios comerciales; el Ayuntamiento actúa dentro de esa legislación andaluza y de sus ordenanzas (temas 9, 18 y 19). Lo que sí es del Estado es la seguridad pública (149.1.29.ª de la Constitución), en la que Andalucía solo tiene competencias de ejecución (67.1). El agente denuncia por la norma andaluza de espectáculos y, si hay un problema de seguridad ciudadana, por la Ley Orgánica 4/2015 (tema 15).
Situación 5. El vecino que quiere votar en las elecciones andaluzas.
Un ciudadano español empadronado en el municipio desde hace dos meses, procedente de otra Comunidad, pregunta si puede votar en las elecciones al Parlamento de Andalucía; otro, extranjero residente, pregunta lo mismo. El primero sí: la condición política de andaluz se adquiere con la vecindad administrativa en cualquier municipio andaluz (5.1), el derecho de participación política del artículo 30 corresponde a los andaluces, y son electores y elegibles «todos los andaluces y andaluzas mayores de dieciocho años que estén en pleno goce de sus derechos políticos» (104.4). El segundo no, salvo lo que dispongan las leyes del Estado: el 5.3 solo dice que «se establecerán los mecanismos adecuados para promover la participación de los ciudadanos extranjeros residentes»; sus derechos del Título I los tiene por la vecindad (12), pero no el de sufragio en las elecciones autonómicas. La circunscripción es la provincia y ninguna puede tener más del doble de Diputados que otra (104.1).
10. Preguntas de test con respuesta explicada
Sesenta preguntas, que con las diez de la sección siguiente completan las setenta del nivel A. Redactadas de nuevo por TestMiOpo; ninguna reproduce un enunciado de un cuestionario municipal. Repartidas según el peso medido: el contenido básico del Estatuto y las competencias llevan la mayor parte, y la reforma, con nueve preguntas medidas para tres artículos, va completa.
1. El primer texto que, según el preámbulo del Estatuto, plasma la voluntad de que Andalucía se constituya como entidad política con capacidad de autogobierno es:
a) El Manifiesto de Córdoba de 1919.
b) La Constitución Federal Andaluza de Antequera de 1883.
c) El acuerdo de la Asamblea de Ronda de 1918.
d) El Estatuto proyectado en 1933.
Respuesta: b). Antequera, 1883; Ronda aprobó la bandera y el escudo, y Córdoba describió a Andalucía como realidad nacional.
2. La bandera y el escudo de Andalucía fueron aprobados en:
a) La Asamblea de Ronda de 1918.
b) El Manifiesto de Córdoba de 1919.
c) Las Juntas Liberalistas de 1933.
d) El Parlamento de Andalucía en 1983.
Respuesta: a). Artículo 3.1 y 3.2 del Estatuto; el himno es de 1933.
3. El referéndum de ratificación de la iniciativa autonómica del artículo 151 de la Constitución se celebró en Andalucía el:
a) 4 de diciembre de 1977.
b) 28 de febrero de 1980.
c) 20 de octubre de 1981.
d) 18 de febrero de 2007.
Respuesta: b). Convocado por el Real Decreto 145/1980, de 26 de enero; es el Día de Andalucía.
4. La iniciativa autonómica en la provincia de Almería, que no alcanzó la mayoría exigida en el referéndum de 1980, fue sustituida por:
a) Un nuevo referéndum provincial.
b) Un acuerdo de la Diputación Provincial.
c) Un decreto del Gobierno.
d) La Ley Orgánica 13/1980, de 16 de diciembre, aprobada por las Cortes Generales.
Respuesta: d). Por motivos de interés nacional del Título VIII de la Constitución; la Ley Orgánica 12/1980 reformó antes la Ley de referéndum.
5. El primer Estatuto de Autonomía para Andalucía fue la Ley Orgánica:
a) 2/1980, de 18 de enero.
b) 6/1981, de 30 de diciembre.
c) 5/1985, de 19 de junio.
d) 2/2007, de 19 de marzo.
Respuesta: b). Ratificado en referéndum el 20 de octubre de 1981 y derogado por el Estatuto de 2007.
6. El Parlamento de Andalucía reconoció a Blas Infante como Padre de la Patria Andaluza en:
a) 1933.
b) 1977.
c) 1983.
d) 2007.
Respuesta: c). En abril de 1983, «en un acto de justicia histórica», según el preámbulo del Estatuto.
7. El 4 de diciembre es oficialmente el Día de la Bandera de Andalucía en virtud de:
a) El artículo 3 del Estatuto de Autonomía.
b) La Ley 3/1982, de 21 de diciembre.
c) El Decreto 541/2022, de 8 de noviembre.
d) La Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo.
Respuesta: c). Conmemora las manifestaciones de 1977; el 28 de febrero, Día de Andalucía, sí está en el Estatuto.
8. Según la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, la Alhambra, el Generalife y el Albaicín de Granada fueron declarados Patrimonio Mundial en:
a) 1984.
b) 1987.
c) 1994.
d) 2003.
Respuesta: a). El mismo año que el Centro Histórico de Córdoba; Sevilla en 1987, Doñana en 1994, Úbeda y Baeza en 2003.
9. La Red de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía cuenta, según el portal ambiental de la Junta, con parques naturales en número de:
a) 12.
b) 18.
c) 24.
d) 31.
Respuesta: c). Veinticuatro parques naturales y tres parques nacionales, dentro de 311 espacios protegidos.
10. Según el artículo 1 del Estatuto, Andalucía se constituye en Comunidad Autónoma como:
a) Nación.
b) Región histórica.
c) Comunidad foral.
d) Nacionalidad histórica.
Respuesta: d). «En el marco de la unidad de la nación española y conforme al artículo 2 de la Constitución» (1.1).
11. Los valores superiores que propugna el Estatuto de Autonomía son:
a) La libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.
b) La libertad, la justicia, la igualdad y la solidaridad.
c) La unidad, la autonomía y la solidaridad.
d) La democracia, la igualdad y la paz.
Respuesta: a). Artículo 1.2, los mismos del artículo 1.1 de la Constitución.
12. Según el artículo 1.3 del Estatuto, los poderes de la Comunidad Autónoma emanan:
a) De la Constitución y del pueblo andaluz.
b) Del pueblo andaluz exclusivamente.
c) De las Cortes Generales.
d) Del Parlamento de Andalucía.
Respuesta: a). «En los términos del presente Estatuto de Autonomía, que es su norma institucional básica.»
13. El Estatuto de Autonomía para Andalucía tiene rango de:
a) Ley ordinaria de las Cortes Generales.
b) Ley del Parlamento de Andalucía.
c) Ley orgánica.
d) Reglamento del Estado.
Respuesta: c). Artículos 81 y 147.3 de la Constitución; Ley Orgánica 2/2007.
14. La sede del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía es la ciudad de:
a) Sevilla.
b) Málaga.
c) Córdoba.
d) Granada.
Respuesta: d). Artículo 4.2, sin perjuicio de que algunas Salas se ubiquen en otras ciudades; Sevilla es la capital.
15. Gozan de la condición política de andaluces los ciudadanos españoles que:
a) Tengan vecindad administrativa en cualquiera de los municipios de Andalucía.
b) Hayan nacido en Andalucía.
c) Lleven diez años residiendo en Andalucía.
d) Tengan la nacionalidad y hablen la modalidad lingüística andaluza.
Respuesta: a). Artículo 5.1; los residentes en el extranjero, si tuvieron la última vecindad en Andalucía.
16. El derecho propio de Andalucía está constituido, según el artículo 8 del Estatuto, por:
a) El derecho civil foral andaluz.
b) Las leyes del Estado aplicables en Andalucía.
c) Las leyes y normas reguladoras de las materias sobre las que la Comunidad Autónoma ostenta competencias.
d) La costumbre andaluza.
Respuesta: c). Y en las competencias exclusivas es de aplicación preferente (42.2.1.º).
17. El primero de los objetivos básicos que enumera el artículo 10.3 del Estatuto es:
a) La consecución del pleno empleo estable y de calidad.
b) El acceso de todos los andaluces a una educación permanente y de calidad.
c) La cohesión territorial.
d) La convergencia con la Unión Europea.
Respuesta: a). El artículo 10.3 enumera veinticuatro objetivos, ejercidos «en defensa del interés general».
18. Según el artículo 10.2 del Estatuto, la Comunidad Autónoma propiciará la efectiva igualdad del hombre y de la mujer promoviendo:
a) La paridad salarial.
b) Las cuotas obligatorias.
c) La conciliación familiar.
d) La democracia paritaria y la plena incorporación de la mujer en la vida social.
Respuesta: d). Superando cualquier discriminación laboral, cultural, económica, política o social.
19. El territorio de Andalucía comprende, según el artículo 2 del Estatuto:
a) El de las ocho provincias andaluzas.
b) El de los municipios de las provincias de Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Málaga y Sevilla.
c) El de las comarcas históricas de Andalucía.
d) El de la antigua región andaluza y Gibraltar.
Respuesta: b). El Estatuto lo define por los municipios de las ocho provincias.
20. Los destinatarios de las políticas públicas y titulares de los derechos del Título I del Estatuto son:
a) Los españoles nacidos en Andalucía.
b) Los ciudadanos de la Unión Europea.
c) Todas las personas con vecindad administrativa en Andalucía.
d) Solo los andaluces del artículo 5.
Respuesta: c). Artículo 12, salvo el derecho de participación política del artículo 30, reservado a los andaluces.
21. Según el artículo 13 del Estatuto, los derechos y principios del Título I:
a) No supondrán una alteración del régimen de distribución de competencias.
b) Crean títulos competenciales nuevos para la Comunidad.
c) Amplían las competencias exclusivas.
d) Prevalecen sobre la Constitución.
Respuesta: a). Doctrina de las STC 247/2007 y 31/2010 sobre los derechos estatutarios.
22. Entre los deberes del artículo 36 del Estatuto figura:
a) Contribuir al sostenimiento del gasto público en función de sus ingresos.
b) Conocer la modalidad lingüística andaluza.
c) Votar en las elecciones al Parlamento de Andalucía.
d) Prestar el servicio militar.
Respuesta: a). Junto con conservar el medio ambiente, colaborar en las emergencias, cuidar el patrimonio público y contribuir a la educación de los hijos.
23. Según el artículo 38, los derechos reconocidos en el Capítulo II del Título I vinculan:
a) Solo al Parlamento de Andalucía.
b) Solo a la Administración de la Junta.
c) A los poderes públicos del Estado.
d) A todos los poderes públicos andaluces y, dependiendo de la naturaleza de cada derecho, a los particulares.
Respuesta: d). Y se interpretan en el sentido más favorable a su plena efectividad.
24. Corresponde velar por la defensa de los derechos del Título I del Estatuto, según su artículo 41:
a) Al Consejo Consultivo.
b) A la Cámara de Cuentas.
c) Al Tribunal Superior de Justicia.
d) Al Defensor del Pueblo Andaluz.
Respuesta: d). En los términos del artículo 128, como comisionado del Parlamento.
25. Andalucía se organiza territorialmente, según el artículo 89 del Estatuto, en:
a) Municipios y comarcas.
b) Municipios, provincias y demás entidades territoriales que puedan crearse por ley.
c) Provincias y mancomunidades.
d) Municipios, provincias y áreas metropolitanas.
Respuesta: b). Con respeto a la garantía institucional de la autonomía local de la Constitución y de la Carta Europea.
26. El municipio es, según el artículo 91 del Estatuto:
a) Una división administrativa de la provincia.
b) Una entidad dependiente de la Junta de Andalucía.
c) Una agrupación voluntaria de vecinos.
d) La entidad territorial básica de la Comunidad Autónoma.
Respuesta: d). Con personalidad jurídica propia y plena autonomía en el ámbito de sus intereses.
27. Cualquier alteración de los límites provinciales en Andalucía habrá de ser aprobada por:
a) El Parlamento de Andalucía por mayoría absoluta.
b) El Consejo de Gobierno.
c) Las Diputaciones afectadas.
d) Las Cortes Generales mediante ley orgánica.
Respuesta: d). Artículo 96.1 del Estatuto, en línea con el artículo 141.1 de la Constitución.
28. La Junta de Andalucía, según el artículo 99 del Estatuto, está integrada por:
a) El Parlamento, la Presidencia de la Junta y el Consejo de Gobierno.
b) El Parlamento, el Consejo de Gobierno y el Tribunal Superior de Justicia.
c) El Presidente, los Consejeros y el Defensor del Pueblo Andaluz.
d) El Consejo de Gobierno y la Administración autonómica.
Respuesta: a). «La institución en que se organiza políticamente el autogobierno de la Comunidad Autónoma.»
29. El Parlamento de Andalucía está compuesto por un mínimo de:
a) 99 Diputados.
b) 109 Diputados.
c) 119 Diputados.
d) 135 Diputados.
Respuesta: b). Artículo 101.1; elegidos por cuatro años, con la provincia como circunscripción.
30. Ostenta la suprema representación de la Comunidad Autónoma y la ordinaria del Estado en Andalucía:
a) El Presidente del Parlamento.
b) El Delegado del Gobierno.
c) El Presidente de la Junta.
d) El Presidente del Tribunal Superior de Justicia.
Respuesta: c). Artículo 117.1; además dirige y coordina el Consejo de Gobierno y designa y separa a los Consejeros.
31. El Presidente de la Junta de Andalucía es responsable políticamente ante:
a) El Rey.
b) El Parlamento de Andalucía.
c) El Consejo de Gobierno.
d) Las Cortes Generales.
Respuesta: b). Artículo 117.3.
32. El Consejo de Gobierno de Andalucía está integrado por:
a) El Presidente, los Vicepresidentes en su caso y los Consejeros.
b) El Presidente y los Consejeros.
c) El Presidente, los Consejeros y los Viceconsejeros.
d) Los Consejeros y los Delegados del Gobierno.
Respuesta: a). Artículo 119.1; es el órgano colegiado que ejerce la dirección política de la Comunidad.
33. La potestad reglamentaria en el ámbito de las competencias de la Comunidad Autónoma corresponde:
a) Al Parlamento de Andalucía.
b) Al Presidente de la Junta exclusivamente.
c) Al Consejo de Gobierno y a cada uno de sus miembros.
d) A los Delegados territoriales.
Respuesta: c). Artículo 119.3.
34. NO es causa de cese del Consejo de Gobierno, según el artículo 120 del Estatuto:
a) La celebración de elecciones al Parlamento.
b) La pérdida de la cuestión de confianza.
c) La aprobación de una moción de censura.
d) La disolución de las Cortes Generales.
Respuesta: d). Las causas son elecciones, cuestión de confianza, moción de censura, dimisión, incapacidad, condena penal firme o fallecimiento del Presidente.
35. La responsabilidad penal de los Consejeros por delitos cometidos en el ámbito territorial de su jurisdicción es exigible ante:
a) El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
b) La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.
c) La Audiencia Nacional.
d) El Tribunal Constitucional.
Respuesta: a). Artículo 122.1; fuera de Andalucía, ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.
36. La cuestión de confianza planteada por el Presidente de la Junta se entiende otorgada cuando vote a favor:
a) La mayoría simple de los Diputados.
b) La mayoría absoluta de los Diputados.
c) Dos tercios de los Diputados.
d) Tres quintos de los Diputados.
Respuesta: a). Artículo 125.1; si se niega, el Presidente dimite y hay investidura en quince días.
37. El Presidente de la Junta no podrá decretar la disolución del Parlamento:
a) Durante el primer año de legislatura.
b) Cuando esté en trámite una moción de censura.
c) Sin autorización del Rey.
d) Durante los períodos de sesiones.
Respuesta: b). Artículo 127.2; tampoco antes de un año desde la anterior disolución, salvo el 118.3.
38. El Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía es nombrado por:
a) El Presidente de la Junta.
b) El Parlamento de Andalucía.
c) El Rey, a propuesta del Consejo General del Poder Judicial.
d) El Ministro de Justicia.
Respuesta: c). Artículo 143.1, con la participación del Consejo de Justicia de Andalucía; representa al Poder Judicial en Andalucía.
39. En el marco del principio de solidaridad, las relaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía con el Estado se fundamentan en:
a) La jerarquía y la tutela.
b) La subordinación y la supletoriedad.
c) La descentralización y la desconcentración.
d) La colaboración, cooperación, lealtad institucional y mutuo auxilio.
Respuesta: d). Artículo 219.1; bilaterales para los asuntos específicos, multilaterales para los generales.
40. La presidencia de la Comisión Bilateral de Cooperación Junta de Andalucía-Estado:
a) Corresponde siempre al Estado.
b) Corresponde siempre a la Junta de Andalucía.
c) La ejerce el Delegado del Gobierno.
d) Es ejercida de forma alternativa entre las dos partes en turnos de un año.
Respuesta: d). Artículo 220.3; paritaria, con al menos dos plenos al año y reglamento por acuerdo (220.4 y 5).
41. Las competencias exclusivas de la Comunidad Autónoma comprenden, según el artículo 42.2.1.º:
a) Solo la función ejecutiva.
b) La potestad legislativa, la potestad reglamentaria y la función ejecutiva, íntegramente.
c) La potestad legislativa en el marco de las bases estatales.
d) El desarrollo del derecho de la Unión Europea.
Respuesta: b). Y el derecho andaluz es de aplicación preferente, con el estatal como supletorio.
42. En el ámbito de las competencias exclusivas de Andalucía, el derecho estatal tiene carácter:
a) Preferente.
b) Básico.
c) Supletorio.
d) Derogatorio.
Respuesta: c). Artículo 42.2.1.º: el derecho andaluz es de aplicación preferente en su territorio.
43. Las competencias compartidas comprenden la potestad legislativa, la reglamentaria y la función ejecutiva:
a) Íntegramente y sin límite.
b) Solo en materia de organización.
c) Previa delegación del Estado.
d) En el marco de las bases que fije el Estado en normas con rango de ley.
Respuesta: d). Artículo 42.2.2.º; en su ejercicio la Comunidad puede establecer políticas propias.
44. Las competencias ejecutivas del artículo 42.2.3.º incluyen:
a) La potestad legislativa plena.
b) La potestad de organización de su propia administración y, cuando proceda, los reglamentos de ejecución de la normativa estatal.
c) La reforma del Estatuto.
d) La fijación de las bases estatales.
Respuesta: b). Es la clase que solo comprende la función ejecutiva.
45. Es competencia compartida de la Comunidad Autónoma, según el artículo 47.2 del Estatuto:
a) El procedimiento administrativo común.
b) La organización de sus instituciones de autogobierno.
c) Los bienes de dominio público de titularidad autonómica.
d) La organización contractual de la Administración propia.
Respuesta: a). Con el régimen jurídico de la Administración y de su personal y los contratos y concesiones; las otras tres son exclusivas (46 y 47.1).
46. En materia de enseñanza no universitaria, el establecimiento de los planes de estudio, incluida la ordenación curricular, es competencia:
a) Exclusiva.
b) Compartida.
c) Ejecutiva.
d) Estatal en su integridad.
Respuesta: b). Artículo 52.2; exclusiva es la programación y creación de centros públicos (52.1) y ejecutiva la expedición de títulos (52.3).
47. La coordinación de los procedimientos de acceso a las universidades es, según el artículo 53 del Estatuto, competencia:
a) Exclusiva.
b) Compartida.
c) Ejecutiva.
d) De las propias universidades.
Respuesta: a). Artículo 53.1.d, sin perjuicio de la autonomía universitaria.
48. El establecimiento y regulación de un órgano independiente de defensa de la competencia es competencia de la Comunidad Autónoma:
a) Ejecutiva.
b) Compartida.
c) Delegada.
d) Exclusiva.
Respuesta: d). Artículo 58.1.5.º, respecto de las actividades económicas que se realizan principalmente en Andalucía.
49. La protección de menores, incluidos los menores infractores, es competencia de la Comunidad Autónoma:
a) Exclusiva, sin perjuicio de la legislación civil y penal.
b) Compartida con el Estado.
c) Ejecutiva.
d) Municipal.
Respuesta: a). Artículo 61.3.a; el artículo 18 recoge el derecho de los menores a la protección integral.
50. Según el artículo 65.3 del Estatuto, corresponde a la Comunidad Autónoma respecto de las policías locales andaluzas:
a) Su mando directo.
b) Su ordenación general y coordinación supramunicipal, sin perjuicio de su dependencia de las autoridades municipales.
c) Su integración en la Policía Andaluza.
d) Nada, por ser competencia exclusiva del Estado.
Respuesta: b). Es la base de la Ley 6/2023, de Policías Locales de Andalucía.
51. En materia de seguridad ciudadana y orden público, la Comunidad Autónoma tiene competencias:
a) Exclusivas.
b) Compartidas.
c) Legislativas plenas.
d) De ejecución, en los términos que establezca la legislación del Estado.
Respuesta: d). Artículo 67.1; la seguridad pública es del Estado (149.1.29.ª de la Constitución).
52. La protección del patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico es competencia de la Comunidad Autónoma:
a) Ejecutiva.
b) Compartida.
c) Exclusiva, sin perjuicio del artículo 149.1.28.ª de la Constitución.
d) Concurrente con los municipios.
Respuesta: c). Artículo 68.3.1.º; sobre los museos y archivos estatales, ejecutiva (68.2).
53. La regulación de la organización de las cajas de ahorro con domicilio en Andalucía es competencia:
a) Exclusiva.
b) Compartida.
c) Ejecutiva.
d) Del Banco de España.
Respuesta: a). Artículo 75.1; compartida sobre su actividad financiera y su disciplina (75.2 y 3).
54. La iniciativa de la reforma del Estatuto corresponde:
a) A los Ayuntamientos andaluces.
b) Al Gobierno, al Parlamento de Andalucía a propuesta de una tercera parte de sus miembros, o a las Cortes Generales.
c) Al Parlamento de Andalucía a propuesta de una cuarta parte de sus miembros.
d) A la iniciativa legislativa popular.
Respuesta: b). Artículo 248.1.a.
55. La propuesta de reforma del Estatuto requiere la aprobación del Parlamento de Andalucía por mayoría de:
a) Mayoría absoluta.
b) Tres quintos.
c) Dos tercios.
d) Tres cuartos.
Respuesta: c). Artículo 248.1.b; los tres quintos eran del Estatuto de 1981 y hoy son los de la retirada (250).
56. Además de la aprobación del Parlamento, la reforma del Estatuto requiere en todo caso:
a) Solo la aprobación de las Cortes Generales mediante ley orgánica.
b) Solo el referéndum de los electores andaluces.
c) El informe favorable del Consejo Consultivo.
d) La aprobación de las Cortes Generales mediante ley orgánica y el referéndum positivo de los electores andaluces.
Respuesta: d). Artículo 248.1.b; el referéndum lo exige también el artículo 152.2 de la Constitución.
57. Si la propuesta de reforma no es aprobada o no es confirmada en referéndum, no podrá ser sometida de nuevo a debate y votación del Parlamento hasta que transcurra:
a) Seis meses.
b) Un año.
c) Dos años.
d) Una legislatura.
Respuesta: b). Artículo 248.2; la retirada por tres quintos evita esa espera (250).
58. La Junta de Andalucía someterá a referéndum la reforma, una vez ratificada por ley orgánica de las Cortes, en el plazo máximo de:
a) Tres meses.
b) Seis meses.
c) Un año.
d) Dos años.
Respuesta: b). Artículo 248.3; la ley orgánica lleva implícita la autorización de la consulta.
59. El procedimiento simplificado de reforma del artículo 249 procede cuando la reforma:
a) Afecte solo al Título Preliminar.
b) Sea propuesta por las Cortes Generales.
c) No afectara a las relaciones de la Comunidad Autónoma con el Estado.
d) Sea aprobada por unanimidad del Parlamento.
Respuesta: c). Consulta a las Cortes, treinta días, referéndum y ley orgánica.
60. El Parlamento de Andalucía podrá retirar la propuesta de reforma en tramitación ante las Cortes por mayoría de:
a) Mayoría simple.
b) Mayoría absoluta.
c) Tres quintos.
d) Dos tercios.
Respuesta: c). Artículo 250, antes de la votación final; no rige entonces la espera de un año.
11. Preguntas de estilo examen
Diez preguntas más, redactadas con el formato de los cuestionarios municipales medidos, que citan la norma y el artículo y ofrecen cuatro proposiciones casi literales. Completan las setenta del nivel A.
61. De acuerdo con el artículo 4.1 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, la capital de Andalucía es la ciudad de Sevilla, sede:
a) Del Parlamento, de la Presidencia de la Junta y del Consejo de Gobierno.
b) Del Parlamento y del Tribunal Superior de Justicia.
c) De todas las instituciones de autogobierno sin excepción.
d) Del Consejo de Gobierno y del Defensor del Pueblo Andaluz.
Respuesta: a). Sin perjuicio de que puedan celebrar sesiones en otros lugares de Andalucía.
62. Según el artículo 5.2 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, gozan de los derechos políticos definidos en el Estatuto los ciudadanos españoles residentes en el extranjero que:
a) Hayan nacido en Andalucía.
b) Hayan tenido la última vecindad administrativa en Andalucía y acrediten esta condición en el correspondiente Consulado de España.
c) Lo soliciten al Parlamento de Andalucía.
d) Tengan familiares residentes en Andalucía.
Respuesta: b). También sus descendientes inscritos como españoles, si lo solicitan.
63. Conforme al artículo 101 de la Ley Orgánica 2/2007, los miembros del Parlamento de Andalucía:
a) Están sujetos a mandato imperativo de su circunscripción.
b) Representan a su provincia.
c) Representan a toda Andalucía y no están sujetos a mandato imperativo.
d) Son elegidos por cinco años.
Respuesta: c). Elegidos por cuatro años por sufragio universal, igual, libre, directo y secreto.
64. Según el artículo 118.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, si transcurrido el plazo de dos meses a partir de la primera votación de investidura ningún candidato hubiera obtenido la mayoría simple:
a) El Rey nombrará Presidente al candidato más votado.
b) El Presidente del Parlamento asumirá la Presidencia de la Junta.
c) Se repetirá la votación cada cuarenta y ocho horas.
d) El Parlamento quedará automáticamente disuelto y el Presidente de la Junta en funciones convocará nuevas elecciones.
Respuesta: d). En primera votación se exige mayoría absoluta y en las siguientes, cuarenta y ocho horas después, mayoría simple.
65. De acuerdo con el artículo 126.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, la moción de censura habrá de ser propuesta, al menos, por:
a) Una cuarta parte de los parlamentarios.
b) Una tercera parte de los parlamentarios.
c) Dos grupos parlamentarios.
d) La mayoría absoluta de los parlamentarios.
Respuesta: a). Con candidato a la Presidencia, se adopta por mayoría absoluta y no puede votarse hasta pasados cinco días.
66. Según el artículo 42.2.4.º de la Ley Orgánica 2/2007, las competencias en relación con la aplicación del derecho comunitario comprenden:
a) La representación de España ante la Unión Europea.
b) La transposición de todas las directivas.
c) El desarrollo y la ejecución de la normativa de la Unión Europea cuando afecte al ámbito de las competencias de la Comunidad Autónoma.
d) La negociación de los tratados.
Respuesta: c). Es la cuarta clase del artículo 42.2, junto a exclusivas, compartidas y ejecutivas.
67. Conforme al artículo 60.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de régimen local:
a) Sin límite alguno.
b) Respetando el artículo 149.1.18.ª de la Constitución y el principio de autonomía local.
c) Solo respecto de los municipios de menos de 20.000 habitantes.
d) Previa delegación de las Diputaciones.
Respuesta: b). Incluye la determinación de las competencias propias de los municipios (60.1.b); lo no incluido es competencia compartida (60.2).
68. Según el artículo 249 de la Ley Orgánica 2/2007, en el procedimiento simplificado de reforma, si en el plazo de treinta días las Cortes Generales se declarasen afectadas por la reforma:
a) La reforma se entiende rechazada definitivamente.
b) Se convoca directamente el referéndum.
c) Se constituirá una comisión mixta paritaria para formular una propuesta conjunta, siguiéndose entonces el procedimiento ordinario.
d) El Parlamento de Andalucía deberá retirar la propuesta.
Respuesta: c). Artículo 249.e, dándose por cumplidos los trámites de iniciativa del 248.1.a.
69. De acuerdo con el artículo 248.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, la ley orgánica de las Cortes Generales que ratifica la reforma:
a) Requiere una autorización posterior del Consejo de Ministros para el referéndum.
b) Llevará implícita la autorización de la consulta.
c) Sustituye al referéndum.
d) Debe ser aprobada por referéndum estatal.
Respuesta: b). Y la Junta convoca el referéndum en el plazo máximo de seis meses.
70. Según el preámbulo de la Ley Orgánica 2/2007, el Estatuto de Autonomía ratificado por los andaluces el 20 de octubre de 1981 ha sido:
a) Un texto de vigencia provisional.
b) Un instrumento impuesto por las Cortes Generales.
c) Una norma sin referéndum previo.
d) La herramienta fundamental del proceso de autogobierno que permite abordar un nuevo proyecto.
Respuesta: d). El preámbulo presenta el Estatuto de 2007 como «renovación del compromiso manifestado el 28-F de 1980».
12. Fuentes oficiales
Todos los textos se han leído de la fuente oficial antes de escribir sobre ellos, y todos los identificadores del BOE se han comprobado con curl leyendo el título que devuelve el propio Boletín.
| Norma o fuente | Referencia | Enlace |
|---|---|---|
| Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía | BOE-A-2007-5825, BOE núm. 68, de 20 de marzo de 2007, texto consolidado (última actualización publicada el 13 de mayo de 2026) | https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-5825 |
| Constitución Española (artículos 2, 137, 139, 143, 147, 149, 150, 151 y 152) | BOE-A-1978-31229 | https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1978-31229 |
| Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, de Estatuto de Autonomía para Andalucía (derogada) | BOE-A-1982-633, BOE núm. 9, de 11 de enero de 1982 | https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-1982-633 |
| Real Decreto 145/1980, de 26 de enero, por el que se convoca a referéndum de las ocho provincias andaluzas en cumplimiento del artículo 151 de la Constitución | BOE-A-1980-2029, BOE núm. 24, de 28 de enero de 1980 | https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-1980-2029 |
| Ley Orgánica 2/1980, de 18 de enero, sobre regulación de las distintas modalidades de referéndum | BOE-A-1980-1564, texto consolidado | https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1980-1564 |
| Ley Orgánica 12/1980, de 16 de diciembre, de modificación del artículo 8.4 de la Ley de referéndum | BOE-A-1980-27702, BOE núm. 308, de 24 de diciembre de 1980 | https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-1980-27702 |
| Ley Orgánica 13/1980, de 16 de diciembre, de sustitución en la provincia de Almería de la iniciativa autonómica | BOE-A-1980-27703, BOE núm. 308, de 24 de diciembre de 1980 | https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-1980-27703 |
| Decreto del Presidente 2/2007, de 16 de enero, por el que se somete a referéndum el Proyecto de Reforma del Estatuto | BOE-A-2007-974, BOE núm. 15, de 17 de enero de 2007 | https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2007-974 |
| Ley 3/1982, de 21 de diciembre, sobre el himno y el escudo de Andalucía | BOE-A-1983-4469, texto consolidado | https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1983-4469 |
| Decreto 541/2022, de 8 de noviembre, por el que se declara oficialmente el 4 de diciembre Día de la Bandera de Andalucía | BOJA núm. 217, de 11 de noviembre de 2022 | https://www.juntadeandalucia.es/boja/2022/217/1 |
| Leyes de los parques nacionales andaluces: Ley 91/1978 (Doñana), Ley 3/1999 (Sierra Nevada), Ley 9/2021 (Sierra de las Nieves) | BOE-A-1979-932, BOE-A-1999-782, BOE-A-2021-10958 | https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-10958 |
| Patrimonio Mundial y patrimonio cultural inmaterial en Andalucía, con año de declaración | Consejería de Cultura, Junta de Andalucía | https://www.juntadeandalucia.es/organismos/culturaydeporte/areas/cultura/bienes-culturales/patrimonio-mundial.html |
| Configuración de la Red de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía (RENPA) | Portal ambiental de la Junta de Andalucía | https://www.juntadeandalucia.es/medioambiente/portal/areas-tematicas/espacios-protegidos/configuracion-renpa |
| Población residente por fecha, sexo y edad (Estadística Continua de Población), tabla 56940 | Instituto Nacional de Estadística | https://www.ine.es/jaxiT3/Tabla.htm?t=56940 |
Jurisprudencia citada, comprobada en el buscador oficial del Tribunal Constitucional (hj.tribunalconstitucional.es), con su número de BOE y su fallo: STC 247/2007, de 12 de diciembre (BOE núm. 13, de 15 de enero de 2008); STC 31/2010, de 28 de junio (BOE núm. 172, de 16 de julio de 2010); STC 137/2010, de 16 de diciembre (BOE núm. 16, de 19 de enero de 2011); STC 30/2011, de 16 de marzo (BOE núm. 86, de 11 de abril de 2011, y BOE-A-2011-6545 en el análisis del Estatuto). STC 32/1981, de 28 de julio (repertorio del Tribunal, como en el manual de Administración Local) y STC 76/1983, de 5 de agosto (BOE-T-1983-22276, como en el manual de Guardia Civil).
Temario: Anexo III, apartado I.A.1, del Decreto 8/2026, de 28 de enero (BOJA núm. 22, de 3 de febrero de 2026), transcrito en TEMARIO-OFICIAL.md; comprobado sobre la convocatoria del Ayuntamiento de Gádor, BOJA núm. 132, de 10 de julio de 2026.
Frecuencia: quince cuestionarios de ayuntamientos andaluces de febrero de 2025 a enero de 2026, 1.230 preguntas, clasificados en ANALISIS-FRECUENCIA.md con frecuencia/reglas.py; listado del tema con frecuencia/contar.py --ver PL05. No se reproduce el enunciado literal de ninguna pregunta.
13. Control de calidad
- [x] Los cuatro bloques del enunciado oficial tienen subapartado propio en el epígrafe 4, en el orden del temario
- [x] Ningún precepto se ha redactado de memoria: el Estatuto se ha leído de
data/leyes/y del XML consolidado del BOE (preámbulo, estructura y disposiciones); la Constitución, dedata/leyes/; los referendos de 1980 y 2007 y las leyes orgánicas de 1980, del texto del diario - [x] Los identificadores del BOE de las normas citadas se han comprobado con
curlleyendo el título que devuelve el Boletín; las cuatro sentencias de 2007 a 2011, en el buscador oficial del Tribunal Constitucional con su número de BOE; las dos de 1981 y 1983 se toman verificadas de los manuales de Administración Local y de Guardia Civil - [x] Los datos culturales (patrimonio mundial, patrimonio inmaterial, RENPA, población) proceden de páginas oficiales de la Junta de Andalucía y del INE leídas el 14 de septiembre de 2026, citadas en el epígrafe 12; lo que no tenía fuente oficial accesible no se ha incluido
- [x] Seis resoluciones del Tribunal Constitucional citadas y verificadas con su fallo en el epígrafe 5
- [x] Treinta trampas de examen, por encima del mínimo de doce
- [x] Setenta preguntas con respuesta explicada, las que corresponden al nivel A, con la letra correcta repartida y las opciones numéricas en orden creciente
- [x] Ninguna pregunta reproduce el enunciado de un cuestionario municipal
- [x] Las cifras de frecuencia proceden de
frecuencia/conteo.jsony del listado decontar.py, no se han escrito a mano - [x] Sin raya ni semirraya en todo el archivo
- [ ] Revisión por revisor colegiado: pendiente
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Las preguntas son de práctica y orientación. No garantizamos que aparezcan en el examen oficial.