Tema 4 · Nivel C
Organización territorial del Estado
«Organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía. Delimitación de las funciones y competencias del Estado y de las Comunidades Autónomas. La Administración Local: Tipología de los Entes Locales.»
Tema 4. Organización territorial del Estado
Categoría de Policía, Escala Básica, Cuerpos de la Policía Local de Andalucía. Turno libre.
Enunciado oficial (Anexo III, apartado I.A.1, del Decreto 8/2026, de 28 de enero, BOJA núm. 22, de 3 de febrero de 2026): «Organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía. Delimitación de las funciones y competencias del Estado y de las Comunidades Autónomas. La Administración Local: Tipología de los Entes Locales.»
| Autoría | Equipo de contenidos TestMiOpo |
|---|---|
| Revisión jurídica | Pendiente de revisor colegiado |
| Última revisión | 15 de septiembre de 2026 |
| Normas de referencia | Constitución Española (BOE-A-1978-31229), artículos 2 y 137 a 158 y disposición transitoria quinta. Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía (BOE-A-2007-5825), artículos 1 a 5 y 42. Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (BOE-A-1985-5392), artículos 1, 3, 4, 11, 24 bis, 31 y 40 a 44. Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local (BOE-A-1986-9865). Ley 40/2015, artículos 72 a 74 |
| Norma del temario | Decreto 8/2026, de 28 de enero (BOJA núm. 22, de 3 de febrero de 2026), Anexo III, apartado I.A.1, tema 4 |
| Convocatoria de referencia | No hay convocatoria unificada todavía; cada ayuntamiento publica sus bases. Comprobación sobre la convocatoria de Gádor, BOJA núm. 132, de 10 de julio de 2026 |
1. Mapa del tema
ORGANIZACION TERRITORIAL DEL ESTADO: CE TITULO VIII (137 a 158), ESTATUTO, LBRL (1,60 puntos, 19 preguntas medidas)
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PRINCIPIOS GENERALES LAS COMUNIDADES LOS ESTATUTOS DELIMITACION DE ADMINISTRACION LOCAL
(9 preg.) AUTONOMAS (4 preg.) DE AUTONOMIA (0 preg.) COMPETENCIAS (1 preg.) (5 preg.)
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CE 2: unidad de la Nacion 143: provincias limitro- 147: norma institucio- 148: 22 materias que las 137 y 140 a 142: muni-
y derecho a la autonomia fes, insulares o con en- nal basica; contenido CCAA pueden asumir; cipios y provincias con
de nacionalidades y re- tidad regional historica; minimo: denominacion, 148.2: ampliacion a los autonomia; municipio
giones, solidaridad; 137: iniciativa: Diputaciones territorio, institucio- 5 años; 149.1: 32 mate- con personalidad juri-
municipios, provincias y y dos tercios de los muni- nes y sede, competen- rias exclusivas del Es- dica plena, Ayuntamien-
CCAA con autonomia para cipios con mayoria del cias asumidas; reforma tado; 149.3: clausula to de Alcalde y Conce-
sus intereses; 138: soli- censo, en 6 meses, re- por ley organica; 146: residual y supletorie- jales elegidos por su-
daridad y equilibrio, he- iteracion a los 5 años; asamblea de diputados dad; 150: leyes marco, fragio universal; pro-
cho insular, sin privile- 144: ley organica por provinciales y parla- transferencia o delega- vincia = agrupacion de
gios; 139: igualdad de de- interes nacional (uni- mentarios; 151: via cion por ley organica, municipios, Diputacion,
rechos y libre circula- provincial, no integra- rapida con referendum; armonizacion por mayo- limites por ley organica;
cion; 145: prohibida la dos, sustituir iniciati- 152: Asamblea, Consejo ria absoluta de las Ca- islas: Cabildos o Conse-
federacion, convenios; va); 152.1: Asamblea, de Gobierno, Presidente maras; 153: control TC, jos; 142 haciendas sufi-
154: Delegado del Gobier- Consejo de Gobierno, y TSJ; 152.2: reforma Gobierno, contencioso, cientes; LBRL 3: terri-
no; 155: requerimiento y Presidente; 156 a 158: con referendum; EAA: Tribunal de Cuentas; 155 toriales (municipio,
Senado por mayoria abso- autonomia financiera, Andalucia nacionalidad coercion; EAA 42: exclu- provincia, isla) y otras
luta; DT 5: Ceuta y Me- recursos, Fondo de Com- historica, 8 provincias, sivas, compartidas, eje- (comarcas, areas metro-
lilla. pensacion Interterrito- Sevilla capital, TSJ en cutivas y de derecho de politanas, mancomunida-
STC 4/1981, 32/1981. rial. STC 247/2007. Granada, 28-F. la UE. STC 76/1983, des); 24 bis entes infe-
31/2010. riores sin personalidad.
2. Introducción y enfoque de estudio
Prioridad de estudio. Léalo antes de empezar.
Este tema vale 1,60 puntos de los 100 del cuestionario, nivel C: 19 preguntas en los 15 cuestionarios de ayuntamientos andaluces de 2025 y 2026, una media de 1,62 por cada cien, con cuatro en Rociana y tres en Jerez y en Écija. Es el Título VIII de la Constitución preguntado artículo por artículo.
Tres decisiones de estudio.
Primera: los artículos 137 a 145 son tres cuartos del tema y se preguntan literalmente. «El Estado se organiza territorialmente en municipios, en provincias y en las Comunidades Autónomas que se constituyan» (137) cayó cuatro veces; la solidaridad y el hecho insular (138) dos; la provincia y las islas (141) dos; la autonomía municipal (140), las haciendas locales (142), la iniciativa autonómica (143.2) y la prohibición de federación (145) una cada uno. Van reproducidos.
Segunda: las competencias se estudian como dos listas y una cláusula. El 148.1 (veintidós materias que las Comunidades pueden asumir), el 149.1 (treinta y dos materias exclusivas del Estado) y el 149.3 (residual, prevalencia y supletoriedad). Los cuestionarios preguntan qué materia está en cada lista; van en tabla completa. El Estatuto andaluz añade su propia clasificación en exclusivas, compartidas y ejecutivas (42).
Tercera: la tipología de entes locales es el artículo 3 de la Ley 7/1985. Tres entidades territoriales (municipio, provincia, isla) y tres más con condición de entidad local (comarcas, áreas metropolitanas, mancomunidades); los entes de ámbito inferior al municipio ya no tienen personalidad jurídica (24 bis). El desarrollo de cada ente es el tema 8.
Lo que cubren otros temas: la Constitución en general y su reforma, el tema 1; las instituciones andaluzas y el Estatuto en detalle, los temas 5 y 6; las entidades locales, el tema 8; la Unión Europea, el tema 7.
3. Qué se pregunta de este tema
Medido sobre quince cuestionarios de ayuntamientos andaluces de febrero de 2025 a enero de 2026, 1.230 preguntas, clasificadas una a una por materia con frecuencia/reglas.py y reasignadas al temario vigente de 45 temas (ANALISIS-FRECUENCIA.md); el temario derogado tenía un tema de organización territorial con el mismo contenido y el clasificador trae aquí sus preguntas.
| Cuestionario | Fecha | Preguntas del tema 4 | Sobre el total | Por cada cien |
|---|---|---|---|---|
| La Carolina (Jaén) | 05/02/2025 | 0 | 50 | 0,00 |
| Las Gabias (Granada) | 13/02/2025 | 0 | 100 | 0,00 |
| Darro (Granada) | 17/02/2025 | 1 | 100 | 1,00 |
| Alcalá del Valle (Cádiz) | 20/02/2025 | 2 | 100 | 2,00 |
| Olvera (Cádiz) | 05/03/2025 | 1 | 50 | 2,00 |
| Huelma (Jaén) | 14/03/2025 | 1 | 50 | 2,00 |
| Jerez de la Frontera (Cádiz) | 22/03/2025 | 3 | 100 | 3,00 |
| Roquetas de Mar (Almería) | 20/06/2025 | 0 | 100 | 0,00 |
| Utrera (Sevilla) | 01/07/2025 | 0 | 100 | 0,00 |
| Lucena (Córdoba) | 08/07/2025 | 0 | 50 | 0,00 |
| Málaga | 12/07/2025 | 1 | 80 | 1,25 |
| Motril (Granada) | 17/07/2025 | 1 | 100 | 1,00 |
| Rociana del Condado (Huelva) | 25/09/2025 | 4 | 100 | 4,00 |
| Almería | 22/12/2025 | 2 | 100 | 2,00 |
| Écija (Sevilla) | 22/01/2026 | 3 | 50 | 6,00 |
| Total y media | 19 | 1.230 | 1,62 |
De la media medida de 1,62 se pasa a 1,60 puntos finales por los dos ajustes de frecuencia/pesos.py comunes a todo el libro: el reparto de la materia del temario derogado que el vigente no tiene, que sube el tema a 1,70, y la reserva de un punto de suelo para cada uno de los ocho temas nuevos del decreto, que lo deja en 1,60. Nivel C.
Dentro del tema, las 19 preguntas se reparten así (clasificación por materia de los enunciados sobre el listado de frecuencia/contar.py --ver PL04):
| Bloque del enunciado | Preguntas | Qué se preguntó, sin reproducir ningún enunciado |
|---|---|---|
| Principios generales del Título VIII (artículos 137 a 139 y 154) | 9 | En qué se organiza territorialmente el Estado (tres veces); qué son municipios y provincias según el 137; qué garantiza el Estado según el 138.1 (dos veces); qué forma adopta el Estado; qué establece el Título VIII en sus artículos; cuántos Delegados del Gobierno hay |
| Administración local: autonomía, provincia, islas, haciendas y tipología (140 a 142 y Ley 7/1985) | 5 | En qué artículo se garantiza la autonomía municipal; qué dice el artículo 141; las islas en los archipiélagos; las haciendas locales del 142; las comarcas |
| Las Comunidades Autónomas (4.2, 143, 145 y 156) | 4 | Los requisitos de la iniciativa del 143.2; la federación de Comunidades; la autonomía financiera del 156; el uso de las banderas y enseñas propias |
| Delimitación de competencias (148 y 149) | 1 | Qué materias pueden asumir las Comunidades Autónomas |
| Los Estatutos de Autonomía (146, 147, 151 y 152) | 0 | Ninguna pregunta en los quince cuestionarios |
Una lectura. El artículo 137 es la pregunta más repetida del tema (Motril, Rociana, Écija y Almería); le siguen el 138.1 (Jerez y Écija) y el 141 (Alcalá del Valle y Olvera). Ninguna pregunta cita el Estatuto andaluz ni la Ley 7/1985 por su número, pero el enunciado los exige y aquí van.
4. Desarrollo
4.1. La organización territorial del Estado
La Constitución no define la forma territorial del Estado con un nombre; la construye en dos artículos. El artículo 2 «se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas»: unidad, autonomía y solidaridad son los tres principios. El artículo 137, que abre el Título VIII («De la Organización Territorial del Estado», artículos 137 a 158), los concreta: «El Estado se organiza territorialmente en municipios, en provincias y en las Comunidades Autónomas que se constituyan. Todas estas entidades gozan de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses». La doctrina llama a este modelo Estado autonómico o Estado de las autonomías, nombre que no está en el texto. El Título VIII tiene tres capítulos: principios generales (137 a 139), Administración local (140 a 142) y Comunidades Autónomas (143 a 158).
| Principios generales (Capítulo I) | Texto |
|---|---|
| Solidaridad (138.1) | «El Estado garantiza la realización efectiva del principio de solidaridad consagrado en el artículo 2 de la Constitución, velando por el establecimiento de un equilibrio económico, adecuado y justo entre las diversas partes del territorio español, y atendiendo en particular a las circunstancias del hecho insular» |
| Sin privilegios (138.2) | «Las diferencias entre los Estatutos de las distintas Comunidades Autónomas no podrán implicar, en ningún caso, privilegios económicos o sociales» |
| Igualdad (139.1) | «Todos los españoles tienen los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio del Estado» |
| Libre circulación (139.2) | Ninguna autoridad puede obstaculizar «la libertad de circulación y establecimiento de las personas y la libre circulación de bienes» |
La autonomía de los tres niveles no es la misma: la de las Comunidades es política, con potestad legislativa; la de municipios y provincias es administrativa, y el Tribunal Constitucional la protege como garantía institucional (STC 32/1981): el legislador puede configurarla, pero no vaciarla hasta hacerla irreconocible. El Estado se hace presente en cada Comunidad por el Delegado del Gobierno (154), «un Delegado nombrado por el Gobierno» que dirige la Administración del Estado en su territorio y la coordina con la autonómica; la Ley 40/2015 lo configura como órgano directivo con rango de Subsecretario, uno por Comunidad Autónoma, con un Subdelegado en cada provincia (72 a 74).
4.2. Las Comunidades Autónomas
Quién puede constituirse. El artículo 143.1 reconoce el derecho a las «provincias limítrofes con características históricas, culturales y económicas comunes, los territorios insulares y las provincias con entidad regional histórica». Ceuta y Melilla tienen su propia vía en la disposición transitoria quinta y se rigen por sus Estatutos, las Leyes Orgánicas 1/1995 y 2/1995, de 13 de marzo, como ciudades con Estatuto de Autonomía.
| Acceso a la autonomía | Regla |
|---|---|
| Iniciativa ordinaria (143.2) | «Todas las Diputaciones interesadas o al órgano interinsular correspondiente y a las dos terceras partes de los municipios cuya población represente, al menos, la mayoría del censo electoral de cada provincia o isla», cumplidos en seis meses desde el primer acuerdo |
| Si no prospera (143.3) | Solo puede reiterarse pasados cinco años |
| Ley orgánica por interés nacional (144) | Las Cortes pueden autorizar una Comunidad uniprovincial sin entidad regional histórica; un Estatuto para territorios no integrados en la organización provincial; y sustituir la iniciativa de las Corporaciones locales (lo que se hizo con Almería en 1980, tema 5) |
| Vía rápida (151) | Iniciativa reforzada de las Diputaciones y tres cuartas partes de los municipios con la mayoría del censo, ratificada por referéndum con mayoría absoluta de los electores de cada provincia; el proyecto lo elabora una Asamblea de parlamentarios, lo examina la Comisión Constitucional del Congreso en dos meses, se somete a referéndum y las Cámaras lo ratifican. Es la vía de Andalucía |
| Federación (145) | «En ningún caso se admitirá la federación de Comunidades Autónomas»; los convenios entre Comunidades para servicios propios se comunican a las Cortes y los demás acuerdos de cooperación necesitan su autorización |
| Organización (152.1) | En las Comunidades de vía rápida: Asamblea Legislativa elegida por sufragio universal con representación proporcional, Consejo de Gobierno con funciones ejecutivas y Presidente elegido por la Asamblea y nombrado por el Rey; un Tribunal Superior de Justicia culmina la organización judicial |
| Banderas (4.2) | Los Estatutos pueden reconocer banderas y enseñas propias, que «se utilizarán junto a la bandera de España en sus edificios públicos y en sus actos oficiales» |
| Control (153) | Tribunal Constitucional (normas con fuerza de ley), Gobierno previo dictamen del Consejo de Estado (funciones delegadas), jurisdicción contencioso-administrativa (administración y reglamentos), Tribunal de Cuentas (económico y presupuestario) |
| Coerción (155) | Si una Comunidad incumple sus obligaciones o atenta gravemente al interés general, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente y, si no es atendido, con aprobación por mayoría absoluta del Senado, adopta las medidas necesarias y puede dar instrucciones a todas sus autoridades |
| Autonomía financiera (156 a 158) | «Con arreglo a los principios de coordinación con la Hacienda estatal y de solidaridad entre todos los españoles» (156.1); recursos del 157.1: impuestos cedidos y recargos, tributos propios, transferencias del Fondo de Compensación Interterritorial, rendimientos patrimoniales y operaciones de crédito; el Fondo se destina a gastos de inversión y lo distribuyen las Cortes (158.2) |
Cada Comunidad se constituyó por su Estatuto, aprobado por ley orgánica, y las de vía ordinaria alcanzaron con el tiempo el techo competencial del 149 mediante las reformas estatutarias del 148.2 y las leyes orgánicas de transferencia del 150.2. Las de vía rápida, entre ellas Andalucía, partieron con las competencias plenas y la organización del 152.1.
Andalucía. «Andalucía, como nacionalidad histórica y en el ejercicio del derecho de autogobierno que reconoce la Constitución, se constituye en Comunidad Autónoma en el marco de la unidad de la nación española» (Estatuto, 1.1). Su territorio es el de los municipios de las ocho provincias de Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Málaga y Sevilla (2); la bandera es la verde, blanca y verde de la Asamblea de Ronda de 1918, el escudo lleva la leyenda «Andalucía por sí, para España y la Humanidad» y el día de Andalucía es el 28 de febrero (3); la capital es Sevilla, sede del Parlamento, la Presidencia y el Consejo de Gobierno, y el Tribunal Superior de Justicia tiene sede en Granada (4). Son andaluces los españoles con vecindad administrativa en un municipio andaluz (5).
4.3. Los Estatutos de Autonomía
«Dentro de los términos de la presente Constitución, los Estatutos serán la norma institucional básica de cada Comunidad Autónoma y el Estado los reconocerá y amparará como parte integrante de su ordenamiento jurídico» (147.1). Son leyes orgánicas del Estado con un procedimiento especial y un contenido mínimo obligatorio (147.2): la denominación que mejor corresponda a su identidad histórica, la delimitación del territorio, la denominación, organización y sede de las instituciones propias, y las competencias asumidas con las bases para el traspaso de los servicios. El proyecto de Estatuto de vía ordinaria lo elabora una asamblea de los miembros de las Diputaciones y de los Diputados y Senadores de las provincias, y se eleva a las Cortes para tramitarlo como ley (146); su reforma sigue el procedimiento del propio Estatuto y requiere en todo caso ley orgánica (147.3), y en las Comunidades de vía rápida, además, referéndum de los electores (152.2). El Tribunal Constitucional ha admitido que el Estatuto contenga más que ese mínimo, incluidos derechos estatutarios que vinculan solo a los poderes autonómicos (STC 247/2007), y ha fijado que sus competencias exclusivas ceden ante las del Estado (STC 31/2010). Los Estatutos pueden crear circunscripciones propias agrupando municipios limítrofes (152.3).
4.4. Delimitación de las funciones y competencias del Estado y de las Comunidades Autónomas
El reparto se hace con dos listas y tres reglas de cierre. El 148.1 enumera las materias que las Comunidades podrán asumir en sus Estatutos; el 149.1, las materias de competencia exclusiva del Estado, muchas de ellas solo en su legislación básica; el 149.3 cierra: las materias no atribuidas expresamente al Estado pueden corresponder a las Comunidades por sus Estatutos; las no asumidas corresponden al Estado (cláusula residual); las normas del Estado prevalecen en caso de conflicto en lo que no sea competencia exclusiva autonómica; y el derecho estatal es supletorio del autonómico. El 148.2 permitía ampliar las competencias, por reforma del Estatuto, pasados cinco años.
| Artículo 148.1: materias que las Comunidades pueden asumir (22) |
|---|
| 1.ª Organización de sus instituciones de autogobierno. 2.ª Alteraciones de términos municipales y funciones sobre las Corporaciones locales. 3.ª Ordenación del territorio, urbanismo y vivienda. 4.ª Obras públicas de interés de la Comunidad. 5.ª Ferrocarriles, carreteras y transporte íntegramente en su territorio. 6.ª Puertos de refugio, puertos y aeropuertos deportivos y no comerciales. 7.ª Agricultura y ganadería. 8.ª Montes y aprovechamientos forestales. 9.ª Gestión en materia de protección del medio ambiente. 10.ª Aprovechamientos hidráulicos, canales y regadíos de interés de la Comunidad; aguas minerales y termales. 11.ª Pesca en aguas interiores, marisqueo, acuicultura, caza y pesca fluvial. 12.ª Ferias interiores. 13.ª Fomento del desarrollo económico. 14.ª Artesanía. 15.ª Museos, bibliotecas y conservatorios de interés de la Comunidad. 16.ª Patrimonio monumental de interés de la Comunidad. 17.ª Fomento de la cultura, la investigación y la enseñanza de la lengua. 18.ª Turismo. 19.ª Deporte y ocio. 20.ª Asistencia social. 21.ª Sanidad e higiene. 22.ª Vigilancia y protección de sus edificios e instalaciones; coordinación y demás facultades en relación con las policías locales en los términos de una ley orgánica |
| Artículo 149.1: competencias exclusivas del Estado (32) |
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| 1.ª Condiciones básicas de la igualdad en los derechos y deberes. 2.ª Nacionalidad, inmigración, emigración, extranjería y asilo. 3.ª Relaciones internacionales. 4.ª Defensa y Fuerzas Armadas. 5.ª Administración de Justicia. 6.ª Legislación mercantil, penal y penitenciaria; legislación procesal. 7.ª Legislación laboral. 8.ª Legislación civil, sin perjuicio de los derechos forales. 9.ª Propiedad intelectual e industrial. 10.ª Régimen aduanero y arancelario; comercio exterior. 11.ª Sistema monetario; bases de crédito, banca y seguros. 12.ª Pesas y medidas, hora oficial. 13.ª Bases y coordinación de la planificación económica. 14.ª Hacienda general y Deuda del Estado. 15.ª Fomento y coordinación de la investigación. 16.ª Sanidad exterior; bases de la sanidad; productos farmacéuticos. 17.ª Legislación básica y régimen económico de la Seguridad Social. 18.ª Bases del régimen jurídico de las Administraciones y del régimen estatutario de sus funcionarios; procedimiento administrativo común; expropiación; contratos y concesiones; responsabilidad de las Administraciones. 19.ª Pesca marítima. 20.ª Marina mercante, puertos y aeropuertos de interés general, espacio aéreo. 21.ª Ferrocarriles y transportes que transcurran por más de una Comunidad; tráfico y circulación de vehículos a motor; correos y telecomunicaciones. 22.ª Aguas que discurran por más de una Comunidad; instalaciones eléctricas de alcance supraautonómico. 23.ª Legislación básica sobre protección del medio ambiente, montes, aprovechamientos forestales y vías pecuarias. 24.ª Obras públicas de interés general. 25.ª Bases del régimen minero y energético. 26.ª Régimen de producción, comercio, tenencia y uso de armas y explosivos. 27.ª Normas básicas de prensa, radio y televisión. 28.ª Defensa del patrimonio cultural contra la exportación y la expoliación; museos, bibliotecas y archivos estatales. 29.ª Seguridad pública, sin perjuicio de la creación de policías por las Comunidades Autónomas en los términos de sus Estatutos y de una ley orgánica. 30.ª Títulos académicos y profesionales; normas básicas del artículo 27. 31.ª Estadística para fines estatales. 32.ª Autorización de consultas populares por referéndum |
Las materias del 149.1 no son todas del mismo tipo. En unas el Estado lo tiene todo (defensa, relaciones internacionales, nacionalidad); en otras solo la legislación, y la ejecución es autonómica (laboral, 7.ª; Seguridad Social, 17.ª); y en muchas solo las bases o la legislación básica (régimen jurídico de las Administraciones, 18.ª; sanidad, 16.ª; medio ambiente, 23.ª), de modo que la Comunidad dicta la legislación de desarrollo y la ejecuta. Esa es la estructura que el Estatuto andaluz traduce en competencias compartidas. Lo básico lo define el legislador estatal en cada ley, pero no puede fijarlo con carácter general para todas las materias: fue lo que intentó la LOAPA y lo que el Tribunal anuló.
El artículo 150 añade tres instrumentos: las leyes marco (150.1), por las que las Cortes atribuyen a Comunidades la facultad de dictar normas legislativas en materias estatales dentro de principios, bases y directrices; las leyes orgánicas de transferencia o delegación (150.2) de facultades estatales «que por su propia naturaleza sean susceptibles de transferencia o delegación», con medios financieros y controles; y las leyes de armonización (150.3), cuando lo exija el interés general, apreciado por mayoría absoluta de cada Cámara. La STC 76/1983 anuló buena parte de la LOAPA por este cauce: el legislador no puede dictar «normas meramente interpretativas» de la Constitución que fijen el reparto competencial.
El Estatuto andaluz clasifica sus competencias (42.2) en exclusivas (potestad legislativa, reglamentaria y función ejecutiva, con el derecho andaluz de aplicación preferente y el estatal supletorio), compartidas (las mismas potestades «en el marco de las bases que fije el Estado en normas con rango de ley»), ejecutivas (la función ejecutiva y, cuando proceda, reglamentos de ejecución de la normativa estatal) y las relativas a la aplicación del derecho de la Unión Europea. Para el policía local, las que cuentan son la seguridad pública, exclusiva del Estado (149.1.29.ª), con la coordinación de las policías locales en manos de la Comunidad (148.1.22.ª) por la Ley Orgánica 2/1986 y la Ley 6/2023.
4.5. La Administración Local: tipología de los entes locales
La autonomía local es administrativa: municipios y provincias no legislan, pero gestionan sus intereses con potestades propias, entre ellas la reglamentaria (ordenanzas, tema 9) y la sancionadora, y el Estado y la Comunidad solo pueden controlarlos en los términos de la ley, nunca por razones de oportunidad. El policía local es empleado de esa autonomía: el municipio crea su Cuerpo (Ley Orgánica 2/1986, 51; tema 14), el Alcalde lo manda y el Pleno aprueba sus ordenanzas.
El Capítulo II del Título VIII tiene tres artículos. El 140 garantiza la autonomía de los municipios, con «personalidad jurídica plena», gobernados por Ayuntamientos «integrados por los Alcaldes y los Concejales», elegidos estos «por los vecinos del municipio mediante sufragio universal, igual, libre, directo y secreto», y los Alcaldes por los Concejales o por los vecinos; la ley regulará el concejo abierto. El 141 define la provincia como «entidad local con personalidad jurídica propia, determinada por la agrupación de municipios y división territorial para el cumplimiento de las actividades del Estado», cuyos límites solo se alteran por ley orgánica; su gobierno corresponde a Diputaciones u otras Corporaciones representativas; se pueden crear agrupaciones de municipios diferentes de la provincia; y en los archipiélagos las islas tienen «su administración propia en forma de Cabildos o Consejos». El 142 manda que las Haciendas locales dispongan de medios suficientes y se nutran «fundamentalmente de tributos propios y de participación en los del Estado y de las Comunidades Autónomas». La STC 4/1981 anuló los controles de oportunidad de la legislación de 1955 por contrarios a esta autonomía.
| Tipología de los entes locales (Ley 7/1985) | Regla |
|---|---|
| Entidades locales territoriales (3.1) | El Municipio, la Provincia y la Isla en los archipiélagos balear y canario |
| Con condición de entidad local (3.2) | Comarcas u otras entidades que agrupen varios municipios, creadas por las Comunidades Autónomas; Áreas Metropolitanas; Mancomunidades de Municipios |
| Entes de ámbito inferior al municipio (24 bis) | Caseríos, parroquias, aldeas, barrios, pedanías y análogos, regulados por las leyes autonómicas como organización desconcentrada del municipio: carecen de personalidad jurídica desde la Ley 27/2013 (el antiguo artículo 45 quedó sin contenido) |
| Municipio (1 y 11) | «Entidad local básica de la organización territorial del Estado», con personalidad jurídica y plena capacidad; sus elementos son territorio, población y organización |
| Provincia (31) | Agrupación de municipios con personalidad propia; fines: garantizar la solidaridad y el equilibrio intermunicipales, asegurar la prestación integral de los servicios municipales y coordinar la Administración local con la autonómica y la estatal; gobierno de la Diputación. Las Comunidades uniprovinciales asumen sus competencias (40) |
| Islas (41) | Cabildos Insulares canarios y Consejos Insulares baleares, con las competencias de las Diputaciones y las de sus Estatutos |
| Comarcas (42) | Las crean las Comunidades Autónomas; la iniciativa puede partir de los municipios; no cabe si se oponen las dos quintas partes de los municipios que representen la mitad del censo; no pueden privar a los municipios de los servicios del 26 ni de toda intervención en las materias del 25.2 |
| Áreas metropolitanas (43) | Las crean por ley las Comunidades Autónomas, previa audiencia del Estado, Ayuntamientos y Diputaciones, para grandes aglomeraciones urbanas con vinculaciones económicas y sociales |
| Mancomunidades (44) | Derecho de los municipios a asociarse para obras y servicios de su competencia; personalidad jurídica y Estatutos propios elaborados por los concejales en asamblea, informados por la Diputación y aprobados por los Plenos; pueden integrar municipios de distintas Comunidades |
| Potestades de los entes territoriales (4.1) | Reglamentaria y de autoorganización; tributaria y financiera; programación; expropiatoria y de deslinde; presunción de legitimidad y ejecutividad; ejecución forzosa y sancionadora; revisión de oficio; prerrogativas de la Hacienda Pública e inembargabilidad |
En Andalucía, la Ley 5/2010, de autonomía local, desarrolla este cuadro con las entidades vecinales y las entidades locales autónomas como circunscripciones descentralizadas del municipio (tema 8). El texto refundido de Régimen Local (Real Decreto Legislativo 781/1986) completa la Ley 7/1985 en lo no básico.
5. Jurisprudencia esencial
Cinco sentencias, comprobadas en el buscador oficial del Tribunal Constitucional con órgano, recurso y fallo.
STC 4/1981, de 2 de febrero (Pleno, recurso de inconstitucionalidad 186-1980 de cincuenta y seis senadores, BOE núm. 47, de 24 de febrero de 1981). Sobre el texto refundido de régimen local de 1955. Fue la primera sentencia sobre la autonomía local: la autonomía del artículo 137 «no es soberanía» y se ejerce «para la gestión de sus respectivos intereses», pero excluye los controles de oportunidad del Estado sobre los entes locales, que el Tribunal anuló, admitiendo solo controles de legalidad tasados. Es la base del tema 8.
STC 32/1981, de 28 de julio (Pleno, recurso de inconstitucionalidad 40-1981, BOE núm. 193, de 13 de agosto de 1981). El Gobierno recurrió la Ley catalana 6/1980, que transfería a la Generalitat las competencias de las Diputaciones. El Tribunal estimó el recurso y anuló sus artículos 1, 2, 3, 5 y 9: los artículos 137, 141 y 142 configuran una garantía institucional de la provincia, que «no asegura un contenido concreto o un ámbito competencial determinado» pero sí «la preservación de una institución en términos recognoscibles para la imagen que de la misma tiene la conciencia social»; vaciar la Diputación la convierte «en un simple nombre».
STC 76/1983, de 5 de agosto (Pleno, recursos previos de inconstitucionalidad 311-1982 y cuatro acumulados, BOE núm. 197, de 18 de agosto de 1983). Sobre el proyecto de Ley Orgánica de Armonización del Proceso Autonómico. El Tribunal estimó parcialmente: la LOAPA no podía promulgarse ni como ley orgánica ni como ley de armonización, y catorce de sus artículos eran inconstitucionales. Doctrina: «el legislador ordinario no puede dictar normas meramente interpretativas» de la Constitución que fijen el reparto de competencias, porque se colocaría «en el lugar que corresponde al poder constituyente y al Tribunal Constitucional».
STC 247/2007, de 12 de diciembre (Pleno, recurso de inconstitucionalidad 7288-2006, BOE núm. 13, de 15 de enero de 2008, con votos particulares). Aragón recurrió el artículo 17.1 del Estatuto valenciano, que reconocía un derecho al agua. El Tribunal desestimó el recurso: el contenido de un Estatuto no se limita al mínimo del 147.2 y puede incluir derechos estatutarios que vinculan a los poderes públicos autonómicos, sin que ello vulnere la igualdad ni la solidaridad de los artículos 138 y 139.
STC 31/2010, de 28 de junio (Pleno, recurso de inconstitucionalidad 8045-2006, BOE núm. 172, de 16 de julio de 2010). Más de cincuenta diputados recurrieron el Estatuto de Cataluña de 2006. El Tribunal estimó parcialmente: declaró que las referencias del preámbulo a «Cataluña como nación» y a «la realidad nacional de Cataluña» «carecen de eficacia jurídica interpretativa», anuló, entre otros, la expresión «y preferente» del artículo 6.1 sobre la lengua, el Consejo de Justicia de Cataluña como órgano de gobierno judicial y la definición estatutaria de las bases estatales como «principios o mínimo común normativo» (111), e interpretó conforme a la Constitución una treintena de preceptos. Es la sentencia que fija el techo de los Estatutos de segunda generación, entre ellos el andaluz de 2007, y en su fundamento 78 avala la competencia autonómica de protección civil.
6. Tabla resumen
| Dato | Valor |
|---|---|
| Principios del artículo 2 | Unidad de la Nación, derecho a la autonomía de nacionalidades y regiones, solidaridad |
| Título VIII | Artículos 137 a 158; tres capítulos: principios generales, Administración local, Comunidades Autónomas |
| Artículo 137 | Municipios, provincias y Comunidades Autónomas, con autonomía para la gestión de sus respectivos intereses |
| Artículo 138 | Solidaridad y equilibrio económico; hecho insular; sin privilegios económicos o sociales |
| Artículo 139 | Igualdad de derechos y obligaciones; libre circulación y establecimiento |
| Municipio (140) | Autonomía garantizada; personalidad jurídica plena; Ayuntamiento de Alcalde y Concejales; sufragio universal, igual, libre, directo y secreto |
| Provincia (141) | Entidad local por agrupación de municipios; límites por ley orgánica; Diputaciones; islas con Cabildos o Consejos |
| Haciendas locales (142) | Medios suficientes; tributos propios y participación en los del Estado y de las Comunidades |
| Iniciativa autonómica (143.2) | Diputaciones y dos tercios de los municipios con la mayoría del censo, en seis meses; reiteración a los cinco años |
| Vía rápida (151) | Tres cuartos de los municipios y referéndum |
| Federación (145.1) | Prohibida en todo caso |
| Estatuto (147) | Norma institucional básica; denominación, territorio, instituciones y sede, competencias; reforma por ley orgánica |
| Organización autonómica (152.1) | Asamblea Legislativa, Consejo de Gobierno, Presidente, Tribunal Superior de Justicia |
| Control (153) | Tribunal Constitucional, Gobierno con dictamen del Consejo de Estado, contencioso-administrativo, Tribunal de Cuentas |
| Delegado del Gobierno (154) | Uno en cada Comunidad Autónoma; Subdelegado en cada provincia (Ley 40/2015, 74) |
| Artículo 155 | Requerimiento al Presidente y mayoría absoluta del Senado |
| Recursos autonómicos (157.1) | Impuestos cedidos y recargos, tributos propios, Fondo de Compensación, patrimonio, crédito |
| Fondo de Compensación (158.2) | Gastos de inversión; lo distribuyen las Cortes Generales |
| Ceuta y Melilla | Disposición transitoria quinta; Leyes Orgánicas 1/1995 y 2/1995 |
| 148.1 | 22 materias asumibles; 3.ª urbanismo; 9.ª gestión del medio ambiente; 22.ª coordinación de policías locales |
| 149.1 | 32 materias exclusivas; 6.ª legislación penal; 18.ª bases de las Administraciones; 21.ª tráfico; 26.ª armas; 29.ª seguridad pública |
| 149.3 | Cláusula residual, prevalencia del derecho estatal, supletoriedad |
| 150 | Leyes marco; transferencia o delegación por ley orgánica; armonización por mayoría absoluta de cada Cámara |
| Estatuto andaluz (42.2) | Competencias exclusivas, compartidas, ejecutivas y de aplicación del derecho de la UE |
| Andalucía (1 a 5) | Nacionalidad histórica; ocho provincias; bandera verde, blanca y verde; 28 de febrero; capital Sevilla; TSJ en Granada |
| Entidades locales territoriales (LBRL 3.1) | Municipio, Provincia, Isla |
| Otras entidades locales (3.2) | Comarcas, Áreas Metropolitanas, Mancomunidades |
| Entes inferiores al municipio (24 bis) | Sin personalidad jurídica; organización desconcentrada |
| Elementos del municipio (11.2) | Territorio, población y organización |
| Comarcas (42.2) | No cabe si se oponen dos quintas partes de los municipios con la mitad del censo |
| Áreas metropolitanas (43) | Por ley autonómica, previa audiencia del Estado, Ayuntamientos y Diputaciones |
| Mancomunidades (44) | Estatutos elaborados por los concejales en asamblea, informe de la Diputación, aprobación de los Plenos |
7. Trampas de examen
1. «La Constitución define a España como Estado federal.» No define la forma territorial; el 137 enumera municipios, provincias y Comunidades Autónomas, y el 145.1 prohíbe la federación de Comunidades.
2. «El Estado se organiza en municipios, provincias y Comunidades Autónomas y ciudades autónomas.» El 137 dice solo «municipios, en provincias y en las Comunidades Autónomas que se constituyan».
3. «El artículo 138 garantiza la igualdad de derechos en todo el territorio.» Esa es el 139.1; el 138 garantiza la solidaridad y el equilibrio económico, atendiendo al hecho insular.
4. «La alteración de los límites provinciales se aprueba por ley ordinaria.» Por ley orgánica de las Cortes (141.1).
5. «En los archipiélagos las islas se administran por Diputaciones.» Por Cabildos o Consejos (141.4); Cabildos en Canarias y Consejos en Baleares (LBRL 41).
6. «Las Haciendas locales se nutren fundamentalmente de transferencias.» «De tributos propios y de participación en los del Estado y de las Comunidades Autónomas» (142).
7. «La iniciativa autonómica exige la mayoría de los municipios.» Las dos terceras partes de los municipios cuya población sea al menos la mayoría del censo (143.2); la vía rápida, tres cuartas partes (151.1).
8. «La iniciativa fallida puede reiterarse al año.» Pasados cinco años (143.3).
9. «Las Comunidades Autónomas pueden federarse con autorización de las Cortes.» «En ningún caso se admitirá la federación» (145.1); lo que autorizan las Cortes son los acuerdos de cooperación.
10. «Los Estatutos se reforman por ley ordinaria.» Requieren en todo caso ley orgánica (147.3), y en las Comunidades del 151, además referéndum (152.2).
11. «El tráfico es competencia asumible por las Comunidades por el 148.» «Tráfico y circulación de vehículos a motor» es exclusiva del Estado (149.1.21.ª); las Comunidades asumen la coordinación de las policías locales (148.1.22.ª).
12. «La seguridad pública es competencia compartida.» Es exclusiva del Estado (149.1.29.ª), «sin perjuicio de la posibilidad de creación de policías por las Comunidades Autónomas».
13. «Las leyes de armonización se aprueban por mayoría simple.» La necesidad la aprecian las Cortes por mayoría absoluta de cada Cámara (150.3).
14. «Hay un Delegado del Gobierno en cada provincia.» Uno en cada Comunidad Autónoma (154); en cada provincia hay un Subdelegado (Ley 40/2015, 74).
15. «El artículo 155 exige mayoría absoluta del Congreso.» Del Senado, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad.
16. «Las comarcas y las mancomunidades son entidades locales territoriales.» Son entidades locales no territoriales (LBRL 3.2); las territoriales son municipio, provincia e isla (3.1).
17. «Las pedanías tienen personalidad jurídica. Desde la Ley 27/2013 los entes de ámbito inferior al municipio carecen de personalidad jurídica** (24 bis).
8. Reglas mnemotécnicas
«Unidad, autonomía, solidaridad»
Los tres principios del artículo 2.
«MuProCA»
Municipios, provincias, Comunidades Autónomas: el orden del 137.
«138 solidaridad, 139 igualdad»
Los dos principios generales, en el orden de los artículos.
«Dos tercios y mayoría, seis meses, cinco años»
La iniciativa del 143.2 y su reiteración (143.3).
«Nombre, territorio, instituciones, competencias»
El contenido mínimo del Estatuto (147.2).
«22 pueden, 32 exclusivas»
Las materias del 148.1 y del 149.1.
«Residual, prevalece, suple»
Las tres reglas del 149.3.
«Marco, transfiere, armoniza»
Los tres apartados del 150.
«Requerir y Senado»
El artículo 155.
«Municipio, Provincia, Isla; Comarca, Área, Mancomunidad»
Las seis entidades del artículo 3 de la Ley 7/1985.
9. Aplicación práctica
Situación 1. La ordenanza y la ley estatal.
Un Ayuntamiento aprueba una ordenanza que prohíbe circular a los patinetes eléctricos por toda la ciudad y sanciona con 500 euros. La Policía Local debe aplicarla, pero conviene que entienda el reparto: el «tráfico y circulación de vehículos a motor» es competencia exclusiva del Estado (149.1.21.ª), que la ejerce por la Ley de Tráfico; el municipio ordena el tráfico urbano solo en el marco de esa ley (tema 36), y la Comunidad Autónoma no tiene competencia en la materia, aunque sí coordina a las policías locales (148.1.22.ª; Ley 6/2023). Una ordenanza que contradiga la ley estatal es ilegal y el policía que sanciona por ella expone al Ayuntamiento a la anulación de la multa; el cauce es informar a la jefatura y, en su caso, aplicar la ley (149.3: prevalencia del derecho estatal).
Situación 2. El municipio que quiere ser comarca y la aldea que quiere ser entidad.
Cinco municipios de la sierra piden constituir una comarca y una aldea de uno de ellos quiere administrarse sola. La comarca la crea la Comunidad Autónoma por ley, conforme al Estatuto (141.3; LBRL 42), y no puede crearse si se oponen dos quintas partes de los municipios afectados que representen la mitad del censo; la iniciativa puede partir de los propios municipios, pero la decisión es del Parlamento andaluz. La aldea puede constituirse en ente de ámbito inferior al municipio (LBRL 24 bis), sin personalidad jurídica, o en entidad local autónoma conforme a la Ley 5/2010 (tema 8); mientras tanto, la Policía Local del municipio sigue siendo la única en todo el término, porque el municipio es la entidad local básica (LBRL 11) y solo los municipios crean Cuerpos de Policía Local (Ley Orgánica 2/1986, 51; tema 14). Si los cinco municipios quieren un servicio común de policía, la fórmula no es la comarca sino la asociación de municipios limítrofes de la disposición adicional quinta de la Ley Orgánica 2/1986 (tema 14).
10. Preguntas de test con respuesta explicada
Veinticinco preguntas, que con las diez de la sección siguiente completan las treinta y cinco del nivel C. Ninguna reproduce un enunciado de un cuestionario municipal.
1. Según el artículo 137 de la Constitución, el Estado se organiza territorialmente en:
a) Municipios, provincias y Comunidades Autónomas que se constituyan.
b) Municipios, provincias y regiones.
c) Municipios, comarcas, provincias y Comunidades Autónomas.
d) Comunidades Autónomas y ciudades autónomas.
Respuesta: a). Todas gozan de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses.
2. El principio de solidaridad que el Estado garantiza según el artículo 138.1 atiende en particular a:
a) Las Comunidades históricas.
b) Las zonas de montaña.
c) Las circunstancias del hecho insular.
d) Las ciudades autónomas.
Respuesta: c).
3. Según el artículo 139.1 de la Constitución:
a) Las Comunidades pueden limitar la circulación de bienes.
b) Los Estatutos pueden establecer privilegios económicos.
c) La residencia determina los derechos.
d) Todos los españoles tienen los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio del Estado.
Respuesta: d).
4. La Constitución garantiza la autonomía de los municipios en su artículo:
a) 137.
b) 140.
c) 141.
d) 142.
Respuesta: b).
5. Según el artículo 140, los Concejales son elegidos por los vecinos mediante sufragio:
a) Indirecto.
b) Universal, igual, libre, directo y secreto.
c) Censitario.
d) Universal y de segundo grado.
Respuesta: b). Los Alcaldes, por los Concejales o por los vecinos.
6. Cualquier alteración de los límites provinciales habrá de ser aprobada por:
a) Las Cortes Generales mediante ley orgánica.
b) El Consejo de Ministros.
c) La Comunidad Autónoma por ley.
d) Las Diputaciones afectadas.
Respuesta: a). Artículo 141.1.
7. Según el artículo 141.4, en los archipiélagos las islas tendrán su administración propia en forma de:
a) Diputaciones insulares.
b) Mancomunidades.
c) Cabildos o Consejos.
d) Comarcas.
Respuesta: c).
8. Las Haciendas locales se nutrirán fundamentalmente de:
a) Transferencias del Estado.
b) Operaciones de crédito.
c) Fondos europeos.
d) Tributos propios y participación en los del Estado y de las Comunidades Autónomas.
Respuesta: d). Artículo 142.
9. Los requisitos de la iniciativa autonómica del artículo 143.2 deben cumplirse en el plazo de:
a) Tres meses.
b) Seis meses.
c) Un año.
d) Cinco años.
Respuesta: b). Desde el primer acuerdo adoptado; cinco años es el plazo para reiterarla si no prospera.
10. La iniciativa del proceso autonómico corresponde a todas las Diputaciones interesadas y a:
a) La mayoría de los municipios.
b) Las dos terceras partes de los municipios cuya población represente al menos la mayoría del censo electoral de cada provincia.
c) Las tres cuartas partes de los municipios.
d) El Parlamento de la Comunidad.
Respuesta: b). Tres cuartas partes es la vía rápida del 151.
11. Según el artículo 145.1 de la Constitución, la federación de Comunidades Autónomas:
a) No se admite en ningún caso.
b) Requiere ley orgánica.
c) Requiere autorización de las Cortes.
d) Es posible entre Comunidades limítrofes.
Respuesta: a).
12. El artículo 147 define los Estatutos de Autonomía como:
a) Leyes de bases.
b) Reglamentos autonómicos.
c) La norma institucional básica de cada Comunidad Autónoma.
d) Tratados internos.
Respuesta: c). El Estado los reconoce y ampara como parte de su ordenamiento.
13. No es contenido obligatorio de los Estatutos según el artículo 147.2:
a) La denominación de la Comunidad.
b) La delimitación de su territorio.
c) Las competencias asumidas.
d) El régimen electoral de las Cortes Generales.
Respuesta: d). El cuarto contenido es la denominación, organización y sede de las instituciones propias.
14. La reforma de los Estatutos requiere en todo caso:
a) Referéndum estatal.
b) Aprobación por las Cortes Generales mediante ley orgánica.
c) Aprobación por el Gobierno.
d) Informe del Consejo de Estado.
Respuesta: b). Artículo 147.3.
15. Según el artículo 148.1.22.ª, las Comunidades Autónomas podrán asumir:
a) La coordinación y demás facultades en relación con las policías locales.
b) La seguridad pública.
c) El tráfico y la circulación de vehículos a motor.
d) La legislación penal.
Respuesta: a). En los términos que establezca una ley orgánica.
16. La seguridad pública es competencia exclusiva del Estado según el artículo:
a) 148.1.22.ª.
b) 149.1.26.ª.
c) 149.1.29.ª.
d) 150.2.
Respuesta: c). Sin perjuicio de la creación de policías por las Comunidades Autónomas.
17. Según el artículo 149.3, el derecho estatal será, en todo caso:
a) Preferente al autonómico.
b) Inaplicable en las Comunidades.
c) Supletorio del derecho de las Comunidades Autónomas.
d) Derogatorio de los Estatutos.
Respuesta: c). Y prevalece en caso de conflicto en lo que no sea competencia exclusiva autonómica.
18. La apreciación de la necesidad de una ley de armonización corresponde a las Cortes Generales por:
a) Mayoría simple de cada Cámara.
b) Dos tercios del Congreso.
c) Mayoría absoluta del Senado.
d) Mayoría absoluta de cada Cámara.
Respuesta: d). Artículo 150.3.
19. El Estado puede transferir o delegar en las Comunidades Autónomas facultades de titularidad estatal mediante:
a) Real Decreto.
b) Ley orgánica.
c) Ley ordinaria.
d) Convenio.
Respuesta: b). Artículo 150.2.
20. Según el artículo 154, dirige la Administración del Estado en el territorio de cada Comunidad Autónoma:
a) Un Delegado nombrado por el Gobierno.
b) El Presidente de la Comunidad.
c) El Subdelegado del Gobierno.
d) El Gobernador civil.
Respuesta: a).
21. Para adoptar las medidas del artículo 155, el Gobierno necesita, tras el requerimiento al Presidente de la Comunidad, la aprobación por:
a) Mayoría absoluta del Congreso.
b) Mayoría simple de las Cortes.
c) Mayoría absoluta del Senado.
d) El Tribunal Constitucional.
Respuesta: c).
22. El control económico y presupuestario de las Comunidades Autónomas lo ejerce:
a) El Tribunal Constitucional.
b) El Consejo de Estado.
c) La jurisdicción contencioso-administrativa.
d) El Tribunal de Cuentas.
Respuesta: d). Artículo 153.d).
23. El Fondo de Compensación del artículo 158.2 se destina a:
a) Gastos corrientes.
b) Gastos de inversión.
c) Deuda de las Comunidades.
d) Servicios sociales.
Respuesta: b). Lo distribuyen las Cortes Generales entre las Comunidades y provincias.
24. Según el artículo 3.1 de la Ley 7/1985, son entidades locales territoriales:
a) El Municipio, la Provincia y la Isla en los archipiélagos balear y canario.
b) El Municipio, la Provincia y la Comarca.
c) El Municipio y la Mancomunidad.
d) La Provincia y el Área Metropolitana.
Respuesta: a). Comarcas, Áreas Metropolitanas y Mancomunidades tienen la condición de entidad local (3.2).
25. Según el artículo 24 bis de la Ley 7/1985, los entes de ámbito territorial inferior al municipio:
a) Tienen personalidad jurídica propia.
b) Son entidades locales territoriales.
c) Carecen de personalidad jurídica.
d) Se crean por ley orgánica.
Respuesta: c). Como forma de organización desconcentrada del municipio.
11. Preguntas de estilo examen
Diez preguntas más con el formato de los cuestionarios municipales, que citan la norma y el artículo.
26. Según el artículo 2 de la Constitución, esta se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española y reconoce y garantiza:
a) El derecho a la autodeterminación.
b) La federación de regiones.
c) La igualdad de las provincias.
d) El derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones y la solidaridad entre todas ellas.
Respuesta: d).
27. De acuerdo con el artículo 4.2 de la Constitución, las banderas y enseñas propias de las Comunidades Autónomas se utilizarán:
a) En sustitución de la bandera de España.
b) Junto a la bandera de España en sus edificios públicos y actos oficiales.
c) Solo en actos autonómicos.
d) Solo en el interior de los edificios.
Respuesta: b).
28. Según el artículo 152.1 de la Constitución, la organización institucional de las Comunidades de vía rápida se basa en:
a) Una Asamblea Legislativa, un Consejo de Gobierno y un Presidente.
b) Un Parlamento y un Gobernador.
c) Una Diputación General.
d) Un Consejo Ejecutivo y un Tribunal Supremo propio.
Respuesta: a). Y un Tribunal Superior de Justicia culmina la organización judicial.
29. Conforme al artículo 156.1 de la Constitución, la autonomía financiera de las Comunidades Autónomas se ejerce con arreglo a los principios de:
a) Suficiencia y equilibrio presupuestario.
b) Autonomía fiscal plena.
c) Coordinación con la Hacienda estatal y solidaridad entre todos los españoles.
d) Corresponsabilidad y estabilidad.
Respuesta: c).
30. Según el artículo 149.1.6.ª de la Constitución, es competencia exclusiva del Estado:
a) La ordenación del territorio.
b) La asistencia social.
c) El fomento de la cultura.
d) La legislación mercantil, penal y penitenciaria.
Respuesta: d). Y la procesal, sin perjuicio de las especialidades autonómicas.
31. Conforme al artículo 42.2 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, en el ámbito de las competencias exclusivas el derecho andaluz es:
a) De aplicación preferente en su territorio, con el derecho estatal como supletorio.
b) Supletorio del estatal.
c) Aplicable solo si no hay ley estatal.
d) Subordinado a las bases estatales.
Respuesta: a).
32. Según el artículo 2 del Estatuto de Autonomía, el territorio de Andalucía comprende el de los municipios de:
a) Siete provincias.
b) Ocho provincias.
c) Nueve provincias.
d) Diez provincias.
Respuesta: b). Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Málaga y Sevilla.
33. Según el artículo 4 del Estatuto de Autonomía, la sede del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía es:
a) Sevilla.
b) Málaga.
c) Granada.
d) Córdoba.
Respuesta: c). Sevilla es la capital y sede del Parlamento, la Presidencia y el Consejo de Gobierno.
34. Según el artículo 42 de la Ley 7/1985, no podrá crearse una comarca si a ello se oponen expresamente:
a) Un tercio de los municipios.
b) La mayoría de los municipios.
c) La Diputación Provincial.
d) Las dos quintas partes de los municipios que representen al menos la mitad del censo electoral.
Respuesta: d).
35. Según el artículo 11.2 de la Ley 7/1985, son elementos del Municipio:
a) El territorio, la población y la organización.
b) El territorio y la población.
c) El Alcalde y el Pleno.
d) El término y el padrón.
Respuesta: a).
12. Fuentes oficiales
Todos los textos se han leído de la fuente oficial y los identificadores del BOE se han comprobado con la API de metadatos.
| Norma o fuente | Referencia | Enlace |
|---|---|---|
Constitución Española (artículos 2, 4 y 137 a 158; disposición transitoria quinta), consolidado a 20 de mayo de 2026 en data/leyes/constitucion-1978.json y XML del BOE | BOE-A-1978-31229, BOE núm. 311, de 29 de diciembre de 1978 | https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1978-31229 |
| Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía (artículos 1 a 5 y 42) | BOE-A-2007-5825, BOE núm. 68, de 20 de marzo de 2007 | https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-5825 |
| Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (artículos 1, 3, 4, 11, 24 bis, 31 y 40 a 44) | BOE-A-1985-5392, BOE núm. 80, de 3 de abril de 1985 | https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1985-5392 |
| Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local | BOE-A-1986-9865 | https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1986-9865 |
| Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (artículos 72 a 74) | BOE-A-2015-10566 | https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-10566 |
| Leyes Orgánicas 1/1995 y 2/1995, de 13 de marzo, Estatutos de Autonomía de Ceuta y de Melilla | BOE-A-1995-6358 y BOE-A-1995-6359, BOE núm. 62, de 14 de marzo de 1995 | https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1995-6358 |
Jurisprudencia citada, comprobada en hj.tribunalconstitucional.es con órgano, recurso y fallo: STC 4/1981, de 2 de febrero (BOE núm. 47, de 24 de febrero de 1981); STC 32/1981, de 28 de julio (BOE núm. 193, de 13 de agosto de 1981); STC 76/1983, de 5 de agosto (BOE núm. 197, de 18 de agosto de 1983); STC 247/2007, de 12 de diciembre (BOE núm. 13, de 15 de enero de 2008); STC 31/2010, de 28 de junio (BOE núm. 172, de 16 de julio de 2010).
Temario: Anexo III, apartado I.A.1, del Decreto 8/2026, de 28 de enero (BOJA núm. 22, de 3 de febrero de 2026), transcrito en TEMARIO-OFICIAL.md; comprobado sobre la convocatoria de Gádor, BOJA núm. 132, de 10 de julio de 2026.
Frecuencia: quince cuestionarios de ayuntamientos andaluces de 2025 y 2026, 1.230 preguntas, clasificados en ANALISIS-FRECUENCIA.md con frecuencia/reglas.py; listado del tema con frecuencia/contar.py --ver PL04. No se reproduce ningún enunciado literal.
13. Control de calidad
- [x] Los cinco bloques del enunciado oficial tienen subapartado propio en el epígrafe 4, en el orden del temario
- [x] Ningún precepto se ha redactado de memoria: la Constitución, el Estatuto, la Ley 7/1985 y la Ley 40/2015 se han leído de
data/leyes/; los artículos 137 a 145 y las listas del 148.1 y 149.1 se reproducen literalmente; el artículo 45 de la Ley 7/1985 se ha comprobado sin contenido en el XML del BOE - [x] Los identificadores BOE-A se han comprobado con la API de metadatos; las cinco sentencias, en el buscador del Tribunal Constitucional
- [x] Cinco resoluciones del Tribunal Constitucional citadas y verificadas con su fallo en el epígrafe 5
- [x] Diecisiete trampas de examen, por encima del mínimo de doce
- [x] Treinta y cinco preguntas con respuesta explicada, las que corresponden al nivel C, con la letra correcta repartida y las opciones numéricas en orden creciente
- [x] Ninguna pregunta reproduce el enunciado de un cuestionario municipal
- [x] Las cifras de frecuencia proceden de
frecuencia/conteo.jsony del listado decontar.py, no se han escrito a mano - [x] Sin raya ni semirraya en todo el archivo
- [ ] Revisión por revisor colegiado: pendiente
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Las preguntas son de práctica y orientación. No garantizamos que aparezcan en el examen oficial.