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Tema 22 · Nivel A

Armas y explosivos

«**Bloque 1.** Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas. **Bloque 2.** Real Decreto 130/2017, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Explosivos.»

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Tema 22. Armas y explosivos

Escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil. Ingreso directo.

Enunciado oficial (Resolución de 26 de junio de 2019 de la Dirección General de la Guardia Civil, modificada el 3 de octubre de 2022 y actualizada el 29 de mayo de 2023), dos bloques: «Bloque 1. Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas. Bloque 2. Real Decreto 130/2017, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Explosivos.»

AutoríaEquipo de contenidos TestMiOpo
Revisión jurídicaPendiente de revisor colegiado
Última revisión12 de septiembre de 2026
Normas de referenciaReal Decreto 137/1993, de 29 de enero, Reglamento de Armas (BOE-A-1993-6202), texto consolidado con última actualización publicada el 4 de abril de 2025. Real Decreto 130/2017, de 24 de febrero, Reglamento de Explosivos (BOE-A-2017-2313), texto consolidado con última actualización publicada el 10 de octubre de 2025
Convocatoria de referenciaResolución 160/38243/2026, de 5 de mayo (BOE-A-2026-9982)

1. Mapa del tema

        ARMAS Y EXPLOSIVOS: LA COMPETENCIA PROPIA DE LA GUARDIA CIVIL (art. 12.1.B.a LO 2/1986; arts. 28-29 LO 4/2015)
                                                          |
              +-------------------------------------------+-------------------------------------------+
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   REGLAMENTO DE ARMAS, RD 137/1993 (4 preguntas)                          REGLAMENTO DE EXPLOSIVOS, RD 130/2017 (4 preguntas)
   171 articulos + ITC                                                     190 articulos + 34 ITC
              |                                                                                       |
   DEFINICIONES (2): antigua (antes de 1890), ARTISTICA           OBJETO (1): seguridad ciudadana (LO 4/2015) + seguridad
   (materiales nobles), historica, Flobert (100 J),               industrial (Ley 21/1992). ORGANOS (2): Energia (DG Politica
   corta (canon <= 30 cm o total <= 60), automatica,              Energetica y Minas, Areas Funcionales de Industria), INTERIOR
   semiautomatica, repeticion, inutilizada (ITC 2)                (DGGC: INTERVENCION CENTRAL DE ARMAS Y EXPLOSIVOS), Defensa
   CLASIFICACION (3): 1.a cortas | 2.a largas vigilancia y        (DG Armamento y Material), Delegaciones del Gobierno,
   rayadas caza mayor | 3.a .22, ESCOPETAS, aire > 24,2 J |       Exteriores (transitos extracomunitarios)
   4.a aire comprimido (tarjetas) | 5.a BLANCAS | 6.a antiguas,   CLASIFICACION (8): DIVISIONES 1.1 (explosion en masa), 1.2
   avancarga | 7.a inyeccion anestesica, ballestas, Flobert,      (proyeccion), 1.3 (incendio), 1.4 (PEQUENO RIESGO), 1.5 (muy
   arcos, alarma y senales | 8.a acusticas | 9.a inutilizadas     poco sensibles), 1.6 (extremadamente poco sensibles); por
   PROHIBIDAS (4): culatin, baston-estoque, punales < 11 cm,      composicion (9): iniciadores, rompedores (dinamitas, nafos,
   navajas automaticas, defensas, munchacos | (5): cargadores     hidrogeles, emulsiones), propulsores (polvoras), mechas,
   > 20 cortas / > 10 largas, canones recortados                  cordones, DETONADORES, multiplicadores. CATALOGO (13-19) y
   GUERRA (6): calibre >= 20 mm, automaticas, bombas, misiles     MARCADO CE (20)
   INTERVENCION (7-9): DGGC en todo; INTERVENCIONES DE ARMAS       FABRICAS (22-55): autoriza DG Politica Energetica y Minas;
   en cada COMPANIA (8); REGISTRO NACIONAL DE ARMAS (9)           inspeccion tecnica cada 12 MESES (33); seguridad ciudadana:
   FABRICACION Y COMERCIO (10-27, 44-58): armeros, fabricas       INTERVENCIONES DE ARMAS Y EXPLOSIVOS sin previo aviso (37);
   (modificacion sustancial 12), marcado y punzonado (28-30)      VIGILANTES DE EXPLOSIVOS, plan de seguridad ciudadana
   CIRCULACION (31-43): GUIA DE CIRCULACION, ENVASES              aprobado por la INTERVENCION CENTRAL, cerramiento ITC 1:
   (35: max 25 ARMAS, sin mezclar cortas/rayadas con              2,50 M con 50 cm de alambrada de espino a 45 GRADOS (52)
   escopetas), PRECINTOS (37), 5 armas a cosarios (42)            DEPOSITOS Y POLVORINES (56-97): productos terminados,
   GUIAS DE PERTENENCIA Y REVISTA (88-95): REVISTA CADA           auxiliares, de consumo; superficiales, semienterrados,
   5 ANOS (90); licencia C en MAYO; funcionarios exterior         subterraneos; hasta 10.000 KG autoriza el DELEGADO DEL
   y art. 114 en ABRIL; herencia: deposito 1 ANO (93)             GOBIERNO (62); polvorines auxiliares 50 KG / 500
   LICENCIAS (96-143): A (FCS, tarjeta = licencia), B (corta,     DETONADORES, max 10 (95); temporales 5.000 kg (96);
   DGGC, 5 anos, 1 arma), C (vigilancia), D (caza mayor,          cerramiento depositos 2 M (ITC 1)
   Comandancia, 5 anos, 5 armas), E (escopetas y .22,             COMERCIO Y CONSUMO (108-125): AUTORIZACION DE CONSUMIDOR
   Comandancia, 5 anos, 6+6=12), F (concurso, 3 clases,           HABITUAL nacional por la DGGC, 5 ANOS (119); PEDIDO 24 H
   1/6/10 armas); AE menores 16-18 (109); TARJETAS 4.a por        (120); LIBRO-REGISTRO DE CONSUMO y ACTAS DE USO, remitidos
   el ALCALDE (105: A 6 armas 5 anos, B ilimitada); TARJETA       MENSUALMENTE en 5 dias a la INTERVENCION DE LA LOCALIDAD y
   EUROPEA (113: DGGC, 5 anos); visado a los 67 ANOS (104)        al Area Funcional (122); registros de personal (123)
   TENENCIA Y USO (144-149): guardar seguro, declarar perdida     TRANSPORTE (146-177): GUIA DE CIRCULACION de la Intervencion
   (145), prohibido portar fuera del domicilio (146), no          de ORIGEN (152-153); PARADAS a 500 M de nucleos, motor
   bajo alcohol o con cascos (147), CONTROL DE ARMAS art. 18      parado (156); ferrocarril: aviso a la Intervencion de la
   LO 1/1992 = 19 LO 4/2015 (148); campos de tiro ITC 1           Comandancia (162)
   SANCIONES (155-159): muy graves hasta 601.012 euros,           INFRACCIONES (178-190): leves/graves/muy graves; PRESCRIPCION
   graves hasta 30.050, leves hasta 300; retirada max 2 ANOS      seguridad ciudadana 6 MESES / 1 / 2 ANOS, industrial 1/3/5
   (158); Delegados del Gobierno y ALCALDES (tarjetas)            (182); sanciones 1/2/3 anos (183); paralizacion urgente (189)

2. Introducción y enfoque de estudio

Prioridad de estudio. Léalo antes de empezar.

Este tema vale 4,00 puntos de los 100 del examen, nivel A: cuatro preguntas en 2025 y cuatro en 2026, dos de cada reglamento en cada año. Es la materia más propia del Cuerpo de todo el temario, la única que la Ley Orgánica 2/1986 le atribuye en exclusiva («las derivadas de la legislación vigente sobre armas y explosivos», artículo 12.1.B.a), y el tribunal la pregunta con un grado de detalle que no usa en ningún otro tema: la definición de arma artística, el número máximo de armas por envase, la inclinación de la alambrada de una fábrica de explosivos, la distancia mínima de las paradas del transporte, qué no es modificación sustancial de una fábrica de armas, el mes de la revista de la licencia C, la división de riesgo 1.4 y a quién se remite el libro-registro de consumo. Ninguna de las ocho preguntas se contestaba con cultura general: todas exigían haber leído el artículo.

Tres decisiones de estudio.

Primera: los dos reglamentos se estudian por sus cifras y sus listas, no por su lógica. El Reglamento de Armas tiene 171 artículos y el de Explosivos 190 más treinta y cuatro instrucciones técnicas complementarias. Es imposible aprenderlos enteros, pero sí lo es aprender las listas que el tribunal usa: las veintitantas definiciones del artículo 2, las nueve categorías del artículo 3, las armas prohibidas del 4 y 5, las licencias de la A a la F con su órgano, su validez y su número de armas, las seis divisiones de riesgo, los tres tipos de depósito, los umbrales de 10.000, 5.000 y 50 kilogramos, los plazos de 24 horas, cinco días, doce meses y cinco años, y las distancias de 2,50 metros, 45 grados y 500 metros. Todas van en tabla.

Segunda: la Guardia Civil es el hilo de los dos reglamentos. En el de Armas, las Intervenciones de Armas de cada Compañía expiden las guías, pasan la revista, precintan los envases, informan las licencias y reciben las armas intervenidas; la Dirección General de la Guardia Civil concede las licencias B y las autorizaciones de fábricas y armerías, y la Intervención Central de Armas y Explosivos lleva el Registro Nacional de Armas. En el de Explosivos, las Intervenciones de Armas y Explosivos inspeccionan sin previo aviso fábricas y depósitos, autorizan las guías de circulación, reciben los libros de consumo y son avisadas de cada parada de un convoy; la Intervención Central aprueba los planes de seguridad ciudadana. Estudiar quién hace qué es estudiar el propio servicio.

Tercera: el texto vigente es el reformado. El Reglamento de Armas fue modificado por el Real Decreto 726/2020 (que incorporó la Directiva de armas, creó las categorías 8.ª y 9.ª y las armas acústicas e inutilizadas), corregido por el Real Decreto 653/2023 tras la sentencia del Tribunal Supremo que anuló la redacción del artículo 9, y actualizado en 2025. El Reglamento de Explosivos de 2017 sustituyó al de 1998 y se ha modificado varias veces, la última publicada en octubre de 2025. Un manual anterior a 2020 estudia siete categorías de armas en vez de nueve y desconoce las divisiones de riesgo tal como hoy se enuncian.

Cómo recorrer el tema. Primero las definiciones, la clasificación y las prohibiciones del Reglamento de Armas (4.2 a 4.4), que son la mitad de sus preguntas posibles; después las licencias y la revista (4.7 y 4.8) y la circulación con sus envases (4.6). En Explosivos, primero la clasificación (4.11), después la seguridad ciudadana de fábricas y depósitos (4.12 y 4.13) y el transporte (4.15), que son lo que ha caído, y por último el consumo y las infracciones. Las tablas del epígrafe 6 reúnen las cifras; el epígrafe 7 recoge las alteraciones que el tribunal ya ha usado.


3. Qué se pregunta de este tema

Medido sobre los dos cuestionarios oficiales de conocimientos generales publicados por la Jefatura de Enseñanza de la Guardia Civil, 200 preguntas clasificadas una a una por materia (ANALISIS-FRECUENCIA.md):

CuestionarioPreguntas del tema 22Sobre el totalPuntos sobre 100
6 de septiembre de 2025, modelo A41004,00
11 de julio de 2026, modelo A41004,00
Media4,00

4,00 puntos es dato medido, nivel A. Dentro del tema, las ocho preguntas se reparten así:

Reglamento y parte20252026TotalQué se preguntó, sin reproducir el enunciado
Armas, definiciones (art. 2)101Nombre del arma de fuego cuya ornamentación con materiales nobles le da especial valor
Armas, envases y precintos (art. 35)101Cuál de cuatro afirmaciones sobre los envases del comercio interior es cierta (no mezclar cortas o rayadas con escopetas)
Armas, fábricas (art. 12)011Cuál de cuatro supuestos no es modificación sustancial de una fábrica (la ampliación de instalaciones)
Armas, revista (art. 90)011Cuál de cuatro afirmaciones sobre la revista de armas es correcta (cada cinco años)
Explosivos, seguridad ciudadana de fábricas (art. 52 e ITC 1)101Inclinación de la alambrada de espino del cerramiento (45 grados)
Explosivos, transporte por carretera (art. 156)101Cuál de cuatro reglas sobre las paradas es incorrecta (la distancia es 500 metros, no 1.000)
Explosivos, clasificación (art. 8)011Definición de la división de riesgo 1.4
Explosivos, consumo (art. 122)011A quién se remiten mensualmente el libro-registro de consumo y las actas de uso

Cuatro lecturas:

Cuatro de las ocho preguntas son listas del reglamento con una opción alterada (envases, modificación sustancial, revista, paradas) y cuatro son datos aislados (arma artística, 45 grados, división 1.4, destinatario del libro-registro). El tribunal no pregunta el sistema: pregunta la letra.

Las cifras preguntadas son de detalle extremo y avisan de cómo vendrán las siguientes: 25 armas por envase, 45 grados, 500 metros, cinco años, cinco días. Cualquier cifra de las tablas del epígrafe 6 puede ser la próxima.

Los dos reglamentos pesan igual: dos preguntas de cada uno en cada año. No se estudia uno a fondo y el otro por encima.

Lo que no ha caído todavía y es lo más probable: las categorías del artículo 3, las armas prohibidas del 4 y 5, las licencias de la A a la F con sus órganos y plazos, las tarjetas de armas del alcalde, las divisiones 1.1 a 1.6 restantes, los tipos de depósito y los umbrales de autorización, la autorización de consumidor y las infracciones con sus plazos de prescripción.

Nunca se reproduce el enunciado literal de una pregunta oficial. Las preguntas de este manual están redactadas de nuevo.


4. Desarrollo

El desarrollo sigue el orden del enunciado oficial: el Reglamento de Armas completo y después el Reglamento de Explosivos completo, cada uno por el orden de sus capítulos. Los números de artículo son los de los textos consolidados.

4.1. Marco común: la Guardia Civil como autoridad de armas y explosivos

Los dos reglamentos cuelgan de la misma ley. La Ley Orgánica 4/2015, de protección de la seguridad ciudadana, dedica sus artículos 28 y 29 a las «potestades especiales de policía administrativa de seguridad» sobre armas, explosivos, cartuchería y artículos pirotécnicos: el Gobierno regula por reglamento los requisitos de fabricación, comercio, tenencia y uso, y las infracciones son las de sus artículos 35 a 37 (muy graves, graves y leves), como se estudió en el tema 13. La Ley Orgánica 2/1986 atribuye a la Guardia Civil «las derivadas de la legislación vigente sobre armas y explosivos» como primera de sus competencias exclusivas (artículo 12.1.B.a), y el artículo 7 del Reglamento de Armas lo concreta: el Ministerio del Interior interviene a través de la Dirección General de la Guardia Civil en todas las funciones sobre armas (fabricación, reparación, circulación, almacenamiento, comercio, adquisición, enajenación, depósito, tenencia y uso) y a través de la Dirección General de la Policía en la tenencia y uso; el Ministerio de Defensa, a través de la Dirección General de Armamento y Material, en las armas de guerra. El Reglamento de Explosivos reparte de otro modo (4.10), pero conserva a la Guardia Civil el control de la seguridad ciudadana de fábricas, depósitos, transporte y consumo.

El instrumento de la Guardia Civil es la Intervención de Armas y Explosivos: el artículo 8 del Reglamento de Armas dispone que la Guardia Civil inspecciona «cuantas veces lo considere preciso y sin necesidad de previo aviso» fábricas, talleres, depósitos, comercios, vehículos y lugares de uso, y que todas las Compañías territoriales disponen de una Intervención de Armas ordinaria, sin perjuicio de las especiales en las localidades que lo requieran. Por encima de ellas, la Intervención Central de Armas y Explosivos de la Dirección General lleva el Registro Nacional de Armas (artículo 9), cuya redacción de 2020 anuló el Tribunal Supremo y repuso el Real Decreto 653/2023. El Reglamento de Armas se aprobó por el Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, en desarrollo de la entonces vigente Ley Orgánica 1/1992, a la que sus artículos siguen citando; sus remisiones se leen hoy a la Ley Orgánica 4/2015.

4.2. Reglamento de Armas: las definiciones (artículo 2)

El artículo 2, reescrito en 2020, contiene más de veinticinco definiciones «en relación con las armas y su munición». Las que se preguntan:

TérminoDefinición
Arma acústica y de salvasArma de fuego transformada para su uso exclusivo con cartuchos de fogueo en recreaciones, filmaciones, artes escénicas y espectáculos
Arma antiguaArma de fuego cuyo modelo o año de fabricación es anterior al 1 de enero de 1890
Arma asimilada a arma de fuegoLa que por sus características y peligrosidad tiene el mismo régimen; en todo caso las de las categorías 3.ª 3 y 7.ª 2 y 3
Arma artísticaArma de fuego que en su ornamentación presenta una peculiaridad por los materiales nobles o el diseño, que le confiere un especial valor (pregunta de 2025)
Arma automáticaRecarga automáticamente después de cada disparo y permite varios disparos sucesivos mientras se acciona el disparador
Arma semiautomáticaRecarga automáticamente pero solo dispara un tiro por cada accionamiento
Arma de repeticiónSe recarga tras cada disparo mediante un mecanismo accionado por el tirador que introduce el cartucho desde el depósito
Arma de un solo tiroSin depósito; se recarga manualmente antes de cada disparo
Arma basculanteSin depósito, carga manual en la recámara y cierre mediante báscula; uno o varios cañones
Arma blancaHoja metálica u otro material semejante, cortante o punzante
Arma combinadaUnión de elementos de dos o más armas de distinta categoría
Arma de aire u otro gas comprimidoFuerza impulsora por la expansión de un gas
Arma de alarma y señalesRecámara para cartuchos de fogueo, irritantes o pirotécnicos de señalización, no transformable para lanzar proyectil
Arma de avancargaCarga y proyectil por la boca del cañón o de la recámara del tambor; pólvora negra
Arma de fuegoArma portátil con cañón que lance, esté concebida para lanzar o pueda transformarse fácilmente para lanzar perdigón, bala o proyectil por un combustible propulsor
Arma de fuego cortaCañón no superior a 30 cm o longitud total no superior a 60 cm
Arma de fuego largaCualquier arma de fuego que no sea corta
Arma FlobertMunición de calibre Flobert, siempre de percusión anular, energía en boca no superior a 100 julios
Arma históricaSe significa por su relación con un hecho o personaje histórico relevante, acreditada
Arma inutilizadaInutilizada permanentemente conforme a la ITC 2, con todos los componentes esenciales inservibles
Arma puesta a tiro o tomada en dienteEn fabricación, ya preparada para disparar aunque falten operaciones
ArmeroPersona cuya actividad profesional consiste en fabricar, comerciar, alquilar, reparar, modificar o transformar armas de fuego, componentes o municiones
ColeccionistaPersona que reúne y conserva armas con fines históricos, culturales, científicos o educativos, autorizada como tal
CorredorPersona distinta del armero que negocia u organiza transacciones o transferencias de armas
DesmilitarizaciónTransformar en civil o desbaratar un arma de guerra
Fabricación ilícitaA partir de componentes de tráfico ilícito, sin autorización o sin marcado

La pregunta de 2025 pedía el nombre del arma de «ornamentación con materiales nobles»: artística, no antigua (anterior a 1890) ni histórica (vinculada a un hecho o personaje). Las tres son de la categoría 6.ª.

4.3. La clasificación de las armas reglamentadas (artículo 3)

Las armas cuya adquisición, tenencia y uso pueden autorizarse se clasifican en nueve categorías:

CategoríaContenidoDocumento de tenencia
1.ªArmas de fuego cortas: pistolas y revólveresLicencia A, B o C; guía de pertenencia
2.ª1. Armas de fuego largas para vigilancia y guardería, determinadas por Orden del Ministerio del Interior. 2. Armas de fuego largas rayadas para caza mayor y cañones estriados adaptables a escopetasLicencia A, C o D; guía
3.ª1. Largas rayadas deportivas de calibre 5,6 mm (.22) de percusión anular. 2. Escopetas y demás largas de ánima lisa, con punzón de escopeta de caza. 3. Armas de aire u otro gas comprimido cuya energía en boca exceda de 24,2 juliosLicencia A o E; guía
4.ª1. Carabinas y pistolas semiautomáticas y de repetición y revólveres de doble acción, de aire comprimido. 2. Carabinas y pistolas de un solo tiro y revólveres de acción simple, de aire comprimidoTarjeta de armas del alcalde (A o B)
5.ª1. Armas blancas y de hoja cortante o punzante no prohibidas. 2. Cuchillos o machetes de unidades militares o sus imitacionesSin licencia; venta intervenida
6.ª1. Armas de fuego antiguas o históricas conservadas en museos autorizados. 2. Armas de fuego anteriores al 1 de enero de 1890 y sus réplicas, salvo que disparen munición de guerra o prohibida. 3. Las demás armas conservadas por su carácter histórico o artístico. 4. Las armas de avancargaLibro-registro; guía en su caso
7.ª1. Armas de inyección anestésica. 2. Ballestas. 3. Armas para lanzar cabos. 4. Armas Flobert. 5. Arcos, armas para lanzar líneas de pesca y fusiles de pesca submarina. 6. Armas de alarma y señales y pistolas lanzabengalasGuía para 7.ª 1 a 4; la 7.ª 2 y 3 con licencia E
8.ªArmas acústicas y de salvasGuía
9.ªArmas inutilizadasRegistro

La lógica de las categorías es la del riesgo: las tres primeras son armas de fuego y exigen licencia; la 4.ª es el aire comprimido de menos de 24,2 julios y se documenta con tarjeta municipal; la 5.ª son las armas blancas; la 6.ª las antiguas; la 7.ª un cajón de armas especiales; la 8.ª y 9.ª, creadas en 2020, las transformadas e inutilizadas. El límite de 24,2 julios separa la 3.ª 3 (licencia E) de la 4.ª (tarjeta).

4.4. Armas prohibidas y armas de guerra (artículos 4 a 6)

El artículo 4 prohíbe la fabricación, importación, circulación, publicidad, compraventa, tenencia y uso de las siguientes armas y de sus imitaciones: a) las de fabricación ilícita o modificadas sustancialmente sin autorización; b) las largas con dispositivos en la culata para alojar pistolas; c) las pistolas y revólveres con culatín; d) las armas de fuego alojadas en bastones u otros objetos; e) las simuladas bajo apariencia de otro objeto; f) los bastones-estoque, los puñales de cualquier clase (armas blancas de hoja menor de 11 centímetros, de dos filos y puntiaguda) y las navajas automáticas; g) las armas de fuego o de aire combinadas con armas blancas; h) las defensas de alambre o plomo, los rompecabezas, las llaves de pugilato, los tiragomas y cerbatanas perfeccionados, los munchacos y xiriquetes y cualesquiera otros instrumentos especialmente peligrosos. Los museos y coleccionistas autorizados pueden tenerlas (4.2).

El artículo 5 prohíbe, salvo a funcionarios especialmente habilitados: las armas cortas semiautomáticas de percusión central con capacidad superior a 21 cartuchos; las largas semiautomáticas de percusión central con capacidad superior a 11 cartuchos; las largas de cañones recortados; las automáticas transformadas en semiautomáticas; los cargadores de más de 20 cartuchos para armas cortas y de más de 10 para largas; las largas que puedan reducirse a menos de 60 cm por culata plegable, telescópica o eliminable; las armas de fuego transformadas para disparar fogueo, irritantes o salvas, salvo las autorizadas para recreaciones y espectáculos; las armas de alarma y señales que no se destinen a deporte, adiestramiento canino, espectáculos o coleccionismo; y los sprays de defensa personal y demás armas que despidan gases o aerosoles, salvo los aprobados por el Ministerio de Sanidad previo informe de la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos, que las armerías venden a mayores de edad identificados. El artículo 6 define las armas de guerra, prohibidas a los particulares: las de calibre igual o superior a 20 milímetros; las de calibre inferior que Defensa considere de guerra; las automáticas; sus municiones y componentes; bombas de aviación, misiles, cohetes, torpedos, minas y granadas; y las que Defensa declare. El Gobierno, a propuesta conjunta de Defensa e Interior, fija cuáles pueden ser dotación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (6.2) y las que pueden usar los vigilantes de infraestructuras críticas, buques y convoyes (6.3).

4.5. Fabricación, reparación, marcado y comercio (artículos 10 a 30 y 44 a 58)

El armero necesita autorización previa de la Dirección General de la Guardia Civil, que comprueba su integridad, competencia, ausencia de antecedentes por delito doloso y aptitud psicofísica (10). La fabricación se hace solo en instalaciones oficialmente controladas (11); el establecimiento, modificación sustancial o traslado de una fábrica de armas de fuego exige autorización especial: de la Dirección General de Armamento y Material de Defensa para las armas de guerra y de la Dirección General de la Guardia Civil para las categorías 1.ª a 3.ª, con comunicación a Industria; para las demás armas basta la comunicación previa a la Guardia Civil (12). El artículo 13.3 define la modificación sustancial, que dio la pregunta de 2026: la sustitución de la fabricación de unas armas por otras; la extensión de la fabricación a otros tipos o clases de armas; y la ampliación de sus instalaciones siempre que suponga un aumento de su producción. La ampliación sin aumento de producción no lo es. Terminada la instalación, Industria y la Intervención de Armas inspeccionan (15); Defensa interviene en la fabricación de armas de guerra (16); las fábricas llevan libro de producción (20) y las armas defectuosas se inutilizan (21). La reparación solo la hacen los fabricantes y los armeros autorizados (26).

Todas las armas de fuego y sus componentes esenciales se registran y llevan un marcado claro, permanente y único antes de comercializarse, con el punzonado de un Banco Oficial de Pruebas (28); el Registro de la Intervención Central conserva las marcas (29) y está prohibido vender o poseer armas sin marcado (30). Las fábricas de armas de las categorías 1.ª y 2.ª tienen cerramiento de 2 metros (los 50 centímetros superiores pueden ser alambrada) y una sola puerta (79), vigilantes de seguridad permanentes (80) y cajas fuertes con alarma en las armerías (86 y 87).

Para vender armas de fuego al público hace falta la autorización de la armería (46), con libros-registro de operaciones (55). Para adquirir un arma de fuego se necesita autorización previa (49); la armería formaliza la venta y la Intervención de Armas expide la guía de pertenencia al comprador (52 y 53). La publicidad de armas de las categorías 1.ª y 2.ª solo cabe en revistas y catálogos especializados (45). La importación de armas de las categorías 1.ª a 3.ª exige autorización de la Guardia Civil y las aduanas no despachan sin su presencia (65 y 66); el tránsito por España lo autoriza el Ministerio de Asuntos Exteriores previa cuenta a Interior y Defensa (67 a 69); las transferencias entre Estados de la Unión siguen el sistema de la Directiva con autorización de la Dirección General de la Guardia Civil (72 a 76).

4.6. Circulación: guía de circulación, envases y precintos (artículos 31 a 43)

La guía de circulación es el documento que ampara el traslado de armas de las categorías 1.ª, 2.ª, 3.ª, 6.ª y 8.ª y de las armas completas de la 7.ª 1 a 4 entre dos lugares sin licencia ni guía de pertenencia (31); la expiden las Intervenciones de Armas y reseña cantidad, tipo, marca, modelo, calibre, serie y número (32), en tres cuerpos para el territorio nacional (33). Las armas circulan en envases debidamente acondicionados (34), con las reglas que el tribunal preguntó en 2025:

ReglaArtículo
Los envases para el comercio interior no deben contener más de 25 armas ni llevar armas cortas o largas de cañón estriado junto con escopetas de caza y asimiladas35.1
Los envases para el comercio exterior pueden contener cualquier número de armas si ofrecen garantías de seguridad35.2
Cada envase puede llevar cualquier número de piezas, salvo conjuntos ensamblables que formen armas36
Los envases de armas cortas, largas estriadas, escopetas y asimiladas se precintan por las Intervenciones de Armas o por los comerciantes autorizados, que responden del contenido37
Las Intervenciones de fronteras exteriores de la Unión pueden abrir y reconocer los envases38
Los envíos se hacen por ferrocarril o empresas de transporte con guía de circulación, no por correo ordinario39
Los transportistas no aceptan envíos sin guía y los entregan en la Intervención (40); los destinados a Canarias, Ceuta y Melilla llevan la guía a la Intervención de destino (41)
Los fabricantes y comerciantes pueden entregar a los cosarios hasta cinco armas de ánima lisa con guía y autorización escrita42
Las empresas de seguridad y transporte entregan los envíos de armas a la Intervención de Armas (43); el particular destinatario los recoge en ella (44)

La pregunta de 2025 alteraba las cifras (50 armas largas, 20 cortas) y el ámbito (cualquier número en el comercio interior): la única opción correcta era la prohibición de mezclar armas cortas o de cañón estriado con escopetas.

4.7. Guías de pertenencia, revista, cesión y cambio de titularidad (artículos 88 a 95)

Cada arma de las categorías 1.ª, 2.ª, 3.ª, 6.ª, 7.ª 1 a 4 y 8.ª debe estar documentada con su guía de pertenencia (88), que expiden las Intervenciones de Armas, salvo al personal del artículo 114 (Fuerzas Armadas y Fuerzas y Cuerpos de Seguridad), al que se la expiden sus propias autoridades; las de las armas para lanzar cabos las expiden las Comandancias previo informe de las Comandancias de Marina (89). El artículo 90 regula la revista de armas, que dio la pregunta de 2026:

ReglaContenido
PeriodicidadLas armas con guía de pertenencia pasan revista cada cinco años, al presentar la solicitud de renovación de la licencia
Personal del artículo 114En el mes de abril, ante las autoridades de que dependan
Funcionarios del servicio exteriorEn abril, ante el Jefe de Misión, que lo comunica a Asuntos Exteriores y este a la Intervención Central
Licencia CEn el mes de mayo, ante la Intervención de Armas
Los demás titularesEn las Intervenciones de Armas, dentro del mes de renovación de la licencia
AnotacionesLas hacen los Interventores de Armas, salvo para el personal de las letras a) y b), cuyas autoridades las anotan
PresentaciónEs inexcusable presentar el arma, personalmente o por medio de tercero autorizado por escrito
SanciónNo pasar dos revistas consecutivas es causa de anulación y retirada de la guía

Las opciones falsas de 2026 cambiaban el mes de la licencia C (abril por mayo), el del servicio exterior (mayo por abril) y la exclusividad de la presentación personal (cabe tercero autorizado); la correcta era la de los cinco años.

Las armas de caza pueden prestarse a quien tenga licencia y guía, con autorización escrita del titular (91); fuera de eso, las armas no pueden enajenarse, prestarse ni pasar a otro que no sea el titular de la guía (92). En caso de fallecimiento, los herederos depositan las armas en la Intervención de Armas (o en los servicios de armamento si el titular tenía licencia A), donde quedan un año a su disposición por si alguno puede adquirirlas legalmente (93). El particular que quiera enajenar un arma la cede a quien tenga licencia, por conducto de la Intervención, o la vende a un comerciante autorizado (94 y 95).

4.8. Licencias, autorizaciones especiales y tarjetas (artículos 96 a 143)

«Nadie podrá llevar ni poseer armas de fuego en territorio español sin disponer de la correspondiente autorización» (96.1). Las armas de las categorías 1.ª, 2.ª y 3.ª precisan licencia de armas; las licencias solo se expiden a mayores de edad españoles o extranjeros residentes (102.1), y las de caza mayor y escopetas exigen superar pruebas de capacitación del Ministerio del Interior (102.2). Los solicitantes presentan en la Intervención de Armas de su domicilio certificado de antecedentes penales, DNI e informe de aptitudes psicofísicas (97), y nadie con condiciones psíquicas o físicas que le impidan usar armas puede tenerlas, considerándose indicio de riesgo la condena por delito doloso violento (98). Las licencias de los mayores de sesenta y siete años se visan a los tres años con nuevo informe de aptitud (104).

LicenciaArmasQuién la concedeValidez y límitesArtículos
ACategorías 1.ª, 2.ª y 3.ª de propiedad privada del personal de las Fuerzas Armadas, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y Servicio de Vigilancia Aduanera en activoEs la propia tarjeta de identidad militar o carné profesional (114); las guías las expiden las autoridades del Cuerpo (115)Oficiales, suboficiales y escalas equivalentes: tres armas cortas además de la dotación; los demás, una (118)96.3, 114 a 119
BArmas de fuego cortas de particulares (1.ª)Dirección General de la Guardia Civil, con carácter restrictivo: la defensa de personas o bienes «por sí sola» no justifica la concesión; exige riesgo especial y necesidadCinco años; una sola licencia y un arma por licencia; el arma se guarda en el domicilio en caja fuerte99
CArma de dotación del personal de vigilancia y seguridad (1.ª, 2.ª 1 o 3.ª 2, o de guerra del 6.3)A través de la empresa u organismo; Dirección General de la Guardia CivilSolo durante la prestación del servicio; al cesar se retira; un arma por licencia120 a 128
DArmas largas rayadas para caza mayor (2.ª 2)Jefe de la Comandancia de la provincia de residenciaCinco años; una licencia; hasta cinco armas; cada arma adicional con autorización especial; guardadas en caja fuerte o armero100
EEscopetas, armas del .22 y asimiladas (3.ª y 7.ª 2 y 3)Jefe de la Comandancia de la provincia de residenciaCinco años; una licencia; seis escopetas o seis rayadas deportivas y doce armas en total101
FArmas de concurso de tiro deportivoDirección General de la Guardia Civil, previo informe de la federaciónCinco años; tres clases: 3.ª clase una arma, 2.ª hasta seis, 1.ª hasta diez; uso solo en campos y galerías autorizados; la pérdida de la habilitación deportiva la revoca129 a 138

Las demás autorizaciones: la autorización especial de uso para menores permite a los de dieciséis a dieciocho años usar armas largas rayadas de caza mayor y del .22 para caza y tiro, bajo supervisión de un adulto con licencia D, E o F, sin poseerlas ni llevarlas en poblaciones, y a los de catorce a dieciocho las escopetas para caza y tiro (109); la autorización especial para extranjeros y españoles no residentes en la Unión que traigan hasta tres armas de caza (110) o hasta seis de concurso (111); la autorización para viajes por la Unión y la Tarjeta Europea de Armas de Fuego, expedida por la Dirección General de la Guardia Civil por cinco años prorrogables (112 y 113). Las armas de la categoría 4.ª se documentan con tarjetas de armas concedidas y retiradas por los alcaldes del municipio de residencia, válidas solo en su término: la tarjeta A documenta hasta seis armas de la 4.ª 1 por cinco años y la tarjeta B un número ilimitado de la 4.ª 2 con validez permanente; sus solicitantes deben haber cumplido catorce años (105). Las armas de la 5.ª categoría se venden con intervención de la Guardia Civil (106); las de la 6.ª y las antiguas no precisan licencia si están inscritas en los libros-registro de museos o coleccionistas autorizados por la Dirección General (107); la inutilización exige aprobación previa de la Intervención (108).

4.9. Tenencia, uso, control policial, campos de tiro y sanciones (artículos 144 a 171)

Quien posea armas de fuego está obligado a guardarlas en lugar seguro, presentarlas a los agentes cuando lo requieran, declarar inmediatamente en la Intervención su pérdida, destrucción, robo o sustracción, y a que armas y municiones no sean accesibles conjuntamente (144); en caso de pérdida o robo de armas de las tres primeras categorías, da cuenta inmediata con entrega de la guía (145). Está prohibido portar, exhibir y usar fuera del domicilio, del trabajo o de la actividad deportiva cualquier arma de fuego corta y arma blanca, en especial las de hoja puntiaguda, y en general las de las categorías 5.ª, 6.ª y 7.ª, quedando «al prudente criterio de las autoridades y sus agentes» apreciar si el portador necesita llevarlas (146). Los usuarios deben estar en todo momento en condiciones de controlar las armas, y está prohibido portarlas o usarlas sin necesidad o de modo negligente o temerario, con cascos o auriculares, o bajo la influencia de bebidas alcohólicas, estupefacientes o psicotrópicos (147). El artículo 148 habilita a los agentes de la autoridad a realizar «en todo caso» las comprobaciones necesarias para impedir que en vías, lugares y establecimientos públicos se porten o utilicen armas ilegalmente, y a ocupar temporalmente las armas, depositándolas en una Intervención, incluso las llevadas con licencia si se estima peligroso: es el artículo 18 de la Ley Orgánica 1/1992, hoy 19 de la Ley Orgánica 4/2015. Las armas solo se llevan por las vías urbanas desmontadas o en sus fundas hasta el lugar de uso, y solo se usan en polígonos, galerías y campos autorizados y en los espacios de caza y pesca (149). Los campos, galerías y polígonos de tiro cumplen la ITC 1 y los autoriza la Dirección General de la Guardia Civil (150 y 151); el uso de armas en recreaciones históricas, espectáculos y filmaciones se limita a armas acústicas e inutilizadas con autorización de la Intervención (152 y 153).

El régimen sancionador remite a la Ley de seguridad ciudadana y gradúa por la entidad del riesgo:

ClaseConductasMulta y accesoriasArtículo
Muy gravesFabricación, reparación, almacenamiento y comercio de armas prohibidas o de guerra sin habilitación; de armas de fuego de las categorías 1.ª a 3.ª sin autorización; omisión de medidas de seguridad que cause pérdida o sustracciónDe 30.050,61 a 601.012,10 euros (prohibidas y de guerra) o a 300.506,05 (las demás), incautación y clausura de seis meses y un día a dos años155
GravesFabricación y comercio sin autorización de armas de las categorías 4.ª a 7.ª; omisión de medidas de seguridad; tenencia ilícita de armas reglamentadas; portar o usar sin licencia, sin guía o incumpliendo las prohibiciones del 146 y 147; negativa a presentar las armasDe 300,51 a 30.050,61 euros, clausura hasta seis meses, retirada de las armas y de las licencias156
LevesLas anteriores referidas a armas de las categorías 4.ª a 7.ª; omisión de la revista, del depósito o de la exhibición a los agentesHasta 300,51 euros (150,25 en armas de las categorías 3.ª a 7.ª) y retirada de las armas157

La retirada de las armas implica la desposesión y la prohibición de adquirir otras por un plazo no superior a dos años; la de las licencias, su revocación y el impedimento de renovación por igual plazo máximo (158). La competencia sancionadora es la del artículo 32 de la Ley Orgánica 4/2015 (Delegados del Gobierno, y alcaldes para las infracciones leves de las tarjetas de armas y del artículo 149.5) (159); las infracciones de los militares y policías se comunican a sus mandos (160), y si los hechos pueden ser delito se pasa el tanto de culpa (161). Al cesar la habilitación, el interesado deposita las armas con sus guías (165); toda autoridad que decomise o intervenga armas da cuenta a la Guardia Civil y las deposita en la Intervención (166); las ocupadas por infracción de caza pueden recuperarse al pagar la sanción (167); las aduanas entregan a la Guardia Civil las armas intervenidas (169); y las armas depositadas sin reclamar se subastan o destruyen por la Intervención Central, ingresando el importe en el Tesoro (170 y 171).

4.10. Reglamento de Explosivos: objeto, órganos y estructura (artículos 1 a 7)

El Real Decreto 130/2017, de 24 de febrero, aprobó el Reglamento de Explosivos que sustituyó al de 1998 e incorporó la Directiva 2014/28/UE sobre armonización de la comercialización de explosivos con fines civiles. Su objeto es doble (artículo 1): regular los explosivos en los aspectos de seguridad ciudadana (fabricación, almacenamiento, distribución, comercio, transporte, medidas de seguridad, adquisición, tenencia y uso, en el marco de los artículos 28 y 29 de la Ley Orgánica 4/2015 y de la competencia exclusiva estatal del artículo 149.1.26.ª de la Constitución) y en los de seguridad industrial y seguridad y salud en el trabajo (Ley 21/1992, de Industria). Esa doble naturaleza explica que en cada capítulo aparezcan dos autoridades: la industrial y la de seguridad ciudadana. Tiene 190 artículos en diez títulos (disposiciones generales; clasificación, catalogación y evaluación de la conformidad; fabricación; depósitos; envases y embalajes; comercialización; consumo; importación, exportación, tránsito y transferencia; transporte; régimen sancionador) y 34 instrucciones técnicas complementarias (ITC), de las que la ITC 1 («Medidas de seguridad ciudadana») es la del guardia civil.

Toda actividad reglamentada «queda bajo la intervención administrativa del Estado» (2.1), que se reparte así:

ÓrganoCompetenciaArtículo
Ministerio de Industria y Energía (hoy Transición Ecológica), a través de la Dirección General de Política Energética y Minas y de las Áreas Funcionales de Industria y Energía de las Delegaciones del GobiernoAutorizaciones de fábricas y depósitos, catálogo, marcado CE, inspección industrial y de seguridad y salud2.2.a
Ministerio del Interior, a través de la Dirección General de la Guardia CivilCompetencias de la Ley Orgánica 4/2015: control e inspección de fabricación, almacenamiento, circulación, distribución, comercio, adquisición, transporte, medidas de seguridad, tenencia y uso; autorización de importaciones, transferencias y tránsitos de origen comunitario2.2.b
Ministerio del Interior, Dirección General de Protección Civil y EmergenciasAccidentes graves con sustancias peligrosas (Real Decreto 840/2015)2.2.c
Delegaciones y Subdelegaciones del GobiernoAutorizaciones de funcionamiento de instalaciones y las demás atribuidas2.2.d
Ministerio de Defensa, Dirección General de Armamento y MaterialAutorización de fábricas y depósitos y control en lo concerniente a la defensa nacional2.2.e
Ministerio de Asuntos ExterioresAutorización de tránsitos extracomunitarios2.2.f
Ministerio de Sanidad (Agencia Española de Medicamentos) y de FomentoAspectos sanitarios y del transporte2.2.g y siguientes

Las empresas del sector de explosivos (fabricación, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, uso, transferencia, importación o exportación) deben tener seguro de responsabilidad civil y la autorización correspondiente (3.1), y constituyen un sector con regulación específica de inversiones extranjeras supervisado por Defensa, Interior, Economía e Industria (3.2). Los fabricantes, importadores y distribuidores tienen las obligaciones de la Directiva: evaluación de la conformidad, marcado CE, declaración UE de conformidad, trazabilidad (5). Las entidades colaboradoras de la Administración (ECA) realizan las inspecciones técnicas (6) y los agentes económicos siguen un sistema de identificación única y trazabilidad (7).

4.11. Clasificación, catálogo y marcado CE (artículos 8 a 21)

El artículo 8, que dio la pregunta de 2026, adscribe los explosivos a las divisiones de riesgo del Reglamento tipo de las Naciones Unidas sobre transporte de mercancías peligrosas:

DivisiónRiesgo
1.1Materias y objetos que presentan un riesgo de explosión en masa (la que afecta de manera prácticamente instantánea a casi toda la carga)
1.2Riesgo de proyección sin riesgo de explosión en masa
1.3Riesgo de incendio con ligero riesgo de onda expansiva o proyección, sin explosión en masa
1.4Solo un pequeño riesgo de explosión en caso de ignición o cebado durante el transporte; los efectos se limitan al bulto y no proyectan fragmentos apreciables
1.5Materias muy poco sensibles con riesgo de explosión en masa pero probabilidad muy reducida de cebado
1.6Objetos extremadamente poco sensibles que no suponen riesgo de explosión en masa

El artículo 9 clasifica por composición y aplicación: materias explosivas (iniciadores; rompedores, que son las dinamitas tipo A, los nafos tipo B, los plásticos tipo C, los hidrogeles tipo E-a y las emulsiones tipo E-b; y propulsores, las pólvoras negras y sin humo) y objetos explosivos (mechas lentas, cordones detonantes, detonadores de mecha, eléctricos, no eléctricos y electrónicos, relés, multiplicadores y otras cargas). Los explosivos conformes con normas armonizadas se presumen conformes con los requisitos esenciales (10); la evaluación de la conformidad sigue los módulos de la Directiva (11) y se afirma en la declaración UE de conformidad (12).

El catálogo de explosivos es un registro administrativo dependiente de Industria, en un libro-registro informático (13) publicado en su sede electrónica (14); antes de importar, transferir, almacenar, distribuir, comercializar o usar un explosivo debe estar catalogado (15), lo que se solicita a la Dirección General de Política Energética y Minas (16 y 17) en tres meses conforme a la Ley 39/2015 (18); cualquier modificación significativa exige nueva catalogación (19). El marcado CE sigue el Reglamento (CE) 765/2008 (20) y Industria, previo informe de la Guardia Civil, puede prohibir o restringir productos (21).

4.12. Fábricas de explosivos (artículos 22 a 55)

La fabricación solo se efectúa en fábricas fijas o móviles autorizadas, salvo la pólvora y mecha de los talleres de pirotecnia para uso propio; una fábrica fija tiene locales de fabricación, depósito de productos terminados, depósito auxiliar y, en su caso, zona de eliminación (22), dentro de un recinto vallado que cumple las distancias de la ITC 9 (23). La autorización de establecimiento, modificación sustancial o traslado la concede la Dirección General de Política Energética y Minas con proyecto visado, plan de prevención de accidentes graves y plan de seguridad ciudadana (25 a 29); el cambio de titularidad requiere su aprobación (28); terminada la obra, el Área Funcional y la Intervención de Armas y Explosivos levantan acta y se expide el permiso de funcionamiento (31). Las inspecciones técnicas ordinarias son al menos cada doce meses (33); cada fábrica tiene registro oficial (34); las autorizaciones caducan si no se ejecutan en plazo (38) y los permisos pierden validez tras un año de inactividad (39). El director debe ser titulado universitario y el director técnico cumplir la ITC 31 (43); las fábricas tienen obligatoriamente un depósito de productos terminados separado de la fabricación (41) y cumplen las normas de seguridad y salud, formación del personal, tormentas (suspensión de trabajos, 48), traslados internos (50) y residuos (51).

La seguridad ciudadana de las fábricas es el artículo 52 y la ITC 1, que dieron la pregunta de 2025:

ReglaContenidoFuente
InspecciónLa inspección de seguridad ciudadana y el control de los explosivos almacenados corresponde a las Intervenciones de Armas y Explosivos, que inspeccionan sin previo aviso; la Intervención Central fija las medidas de subsanación y las comunica a la Delegación del Gobierno37
VigilanciaLas fábricas están bajo vigilancia de vigilantes de explosivos conforme al Plan de seguridad ciudadana, elaborado por un director o jefe de seguridad y aprobado por la Intervención Central de Armas y Explosivos; la vigilancia humana puede sustituirse por medios electrónicos con autorización de la Intervención Central52.1 e ITC 1
CerramientoAltura no inferior a 2,50 metros en fábricas (2 metros en depósitos), de los cuales los 50 centímetros superiores son tres filas de alambre de espino o concertina sobre bayonetas inclinadas 45 grados hacia el exterior; despejado, sin elementos que permitan escalarlo; ninguna construcción a menos de 10 metros del cerramiento sin autorización52.2 e ITC 1
PuertasUna puerta principal y las secundarias justificadas, de resistencia análoga a la cerca52.2
ComunicaciónDesde todas las zonas con los vigilantes; conexión con la Unidad de la Guardia Civil que se designe52.3 e ITC 1
AccesosSolo personas y cosas autorizadas, previas verificaciones; las personas ajenas se registran en un libro de visitas53
ProhibicionesNo se introducen bebidas alcohólicas ni efectos que produzcan fuego; los vigilantes hacen registros individuales sin previo aviso54
DefensaEl Ministerio de Defensa puede supervisar las fábricas55

La pregunta de 2025 pedía la inclinación de la alambrada: 45 grados respecto a la vertical. Las demás cifras del cerramiento (2,50 metros, 50 centímetros, 10 metros, tres filas) son las candidatas para el próximo cuestionario.

4.13. Depósitos y polvorines (artículos 56 a 97)

Un depósito es el recinto que alberga uno o más polvorines; hay tres tipos: de productos terminados (integrados o no en una fábrica, para comercializar), auxiliares asociados a una fábrica (materias para fabricar) y de consumo (para el uso en una explotación u obra) (56). El polvorín es cada local acondicionado para almacenar explosivos y puede ser superficial, semienterrado o subterráneo (57 a 59), construido con las garantías técnicas de la ITC 9 según su capacidad (60). De su seguridad responden sus titulares (61).

ReglaContenidoArtículo
Autorización de depósitos de productos terminados no integrados y de consumoHasta 10.000 kilogramos netos, el Delegado del Gobierno previo informe del Área Funcional y de la Intervención Central; de mayor capacidad, el Ministerio de Industria previo informe favorable de Defensa62
EmplazamientoDistancias de la ITC 9; los subterráneos según la ITC 1771 y 76
Identificación e incendiosLos polvorines llevan clave numérica; es obligatorio un servicio contra incendios77 y 78
InspecciónTécnica al menos cada doce meses (82); de seguridad ciudadana, por las Intervenciones de Armas y Explosivos sin previo aviso (88)82 y 88
VigilanciaVigilantes de explosivos con plan de seguridad ciudadana aprobado por la Intervención Central; cerramiento de 2 metros (ITC 1)86
AccesosSolo personas autorizadas, registro en libro87
Polvorines auxiliares de distribuciónLos autoriza el Delegado del Gobierno, previo informe del Área Funcional y de la Intervención de la Comandancia, con capacidad máxima de 50 kilogramos o 500 detonadores y no más de diez por instalación, construidos como caja fuerte95
Depósitos de consumo para trabajos temporales (túneles, carreteras, canales)Capacidad máxima de 5.000 kilogramos, con polvorines transportables que se desplazan siempre en vacío96
Almacenamientos especialesExcluidos del régimen general (94); embarcaciones y plataformas según la Ley de Puertos (97)94 y 97

4.14. Envases, comercialización y consumo (artículos 98 a 125)

Los explosivos han de estar acondicionados en envases y embalajes homologados (98 a 100), con etiquetas en castellano (101); los envases vacíos no limpios se tratan como peligrosos (102) y no se envasan junto con otras materias (103). La expedición sigue la reglamentación de mercancías peligrosas (104), con etiquetado (105 y 106) y ficha de datos de seguridad (107).

Solo comercializan explosivos las personas autorizadas: los titulares de un depósito de productos terminados o quienes tengan autorización expresa de distribución (108 y 109); solo compran los consumidores habituales o eventuales, las fábricas y depósitos autorizados y los distribuidores (110); los cambios de titularidad se comunican (111) y los responsables efectivos de las instalaciones deben estar identificados y habilitados (112). El control de mercado permite a Industria retirar productos no conformes (113 a 117).

El consumo es la parte que dio la pregunta de 2026. Consumidor es la entidad que utiliza explosivos en voladuras; no lo son las fábricas ni los depósitos (118):

ReglaContenidoArtículo
Autorización de consumidor habitual de ámbito nacionalLa otorga la Dirección General de la Guardia Civil, previo informe favorable de Industria; validez cinco años; se inscribe en un registro de la Intervención Central de Armas y Explosivos119.1
Habitual de ámbito provincial o autonómicoEl Delegado del Gobierno, previo informe del Área Funcional y de la Intervención de Armas y Explosivos de la Comandancia o Zona; cinco años119.2
Consumidor eventualEl Delegado del Gobierno de la Comunidad donde vayan a usarse119.3
Pedido de suministroSe solicita con al menos 24 horas de antelación al Área Funcional de Industria y Energía por la sede electrónica, indicando depósito suministrador, destino, obra, cantidades y transporte; su autorización es condición indispensable para el suministro y se cita en la guía de circulación120 y 121
Libro-registro de consumoEn toda explotación u obra, con entradas, salidas y existencias diarias; cada día de consumo, los responsables firman un acta de uso de explosivos (ITC 24)122.1
Remisión mensualDentro de los cinco primeros días hábiles de cada mes, los responsables remiten el libro y las actas por medios electrónicos a la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil de la localidad a la que esté adscrita la explotación u obra y al Área Funcional de Industria y Energía122.2
Vigilancia del consumoServicio de vigilantes de explosivos que pueden hacer registros aleatorios al personal tras la voladura, con plan aprobado por la Intervención de Armas y Explosivos, a la que la empresa de seguridad envía resumen mensual en cinco días hábiles123
PersonalResponsable del equipo o voladura (custodia y firma las actas), responsable del libro-registro, artilleros y auxiliares de artillero nombrados por la empresa; en minas y obras los designa el director facultativo; las habilitaciones (ITC 8) las concede el Área Funcional124
VoladurasSe aplica el Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera125

La pregunta de 2026 pedía el destinatario de la remisión mensual y la opción correcta era la Intervención de Armas y Explosivos de la localidad de la explotación u obra; la Dirección General de la Guardia Civil no lo es, y por eso la opción que la combinaba con la Intervención también era falsa.

4.15. Importación, tránsito, transferencia y transporte (artículos 126 a 177)

Los importadores se inscriben previamente en el Registro oficial de importadores de explosivos de la Dirección General de Política Energética y Minas (128); la importación desde terceros países sigue el régimen del comercio exterior de material de defensa y doble uso (Real Decreto 679/2014) cuando el producto está en su ámbito y necesita además un permiso previo de circulación del Ministerio del Interior a través de la Intervención Central de Armas y Explosivos (129); las importaciones de Defensa e Interior siguen régimen propio (130). La exportación a terceros países se rige por el mismo Real Decreto 679/2014 (132). El tránsito extracomunitario lo autoriza el Ministerio de Asuntos Exteriores, previa cuenta a Interior, Industria y Defensa, con la Guardia Civil vigilando la expedición si se detiene en España (133 a 135 y 140); el tránsito de origen comunitario lo autoriza la Intervención Central con cinco días hábiles de antelación (136 a 139). La transferencia entre Estados de la Unión sigue la Directiva 2014/28: autorización del Estado de destino, documento de transferencia y comunicación por la Intervención Central (141 a 145).

El transporte se rige por la reglamentación de cada medio (ADR, RID, IMDG, OACI), por el Título IX y por la ITC 1 (146); incluye la carga, descarga y transbordo (147) bajo inspección permanente de la autoridad (148); cualquier transbordo exige la presencia previa del segundo medio y, si el destinatario no puede hacerse cargo, se avisa a la Intervención de Armas y Explosivos (150).

MedioReglasArtículos
TodosDocumentación: guía de circulación, autorizada por la Intervención de Armas y Explosivos del punto de origen, que acompaña siempre al transporte; carta de porte; pedido de suministro autorizado (152 y 153). Las MEMU (unidades móviles de fabricación de explosivos) circulan también con guía151 a 153
CarreteraCompetencia de Interior en circulación, conducción, acompañamiento y medidas de seguridad; de Fomento en vehículos y conductores (155). Se evitan las paradas no previstas en la guía y atravesar poblaciones y zonas de gran densidad de tráfico, cumpliendo las normas e itinerarios de mercancías peligrosas; los lugares de parada se escogen a quinientos metros como mínimo de núcleos de población; las paradas por servicio no se hacen cerca de lugares habitados; antes de abandonar la cabina la tripulación se asegura de motor parado, cambio en posición segura y frenos accionados; en caso de avería o accidente se adoptan precauciones y se da cuenta inmediata a la Guardia Civil (156). Las unidades EX/II y EX/III llevan protocolo de emergencia con teléfono de contacto (157)154 a 158
FerrocarrilVigilancia según la ITC 1 y supletoriamente la seguridad privada; los jefes de dependencias velan por la seguridad en estación (161); si el convoy para durante el viaje o en estación fronteriza, se coloca fuera de las zonas de maniobras bajo custodia y se da cuenta inmediata a la Intervención de Armas y Explosivos de la Comandancia (162)159 a 162
MarítimoCódigo IMDG; la autoridad controla y supervisa la custodia (163 a 166); las embarcaciones observan las normas portuarias, no se abarloan a otra cargada sin autorización (167 y 168); a la entrada en el puerto se presenta la guía de circulación (169); carga y descarga directa de buque a vehículo (170); navegación fluvial bajo los organismos de cuenca (171)163 a 171
AéreoNormas OACI; los directores de aeropuerto controlan la zona (174); zonas de carga señalizadas (175 y 176); helicópteros para lugares inaccesibles (177)172 a 177

La pregunta de 2025 sobre las paradas alteraba la distancia: el reglamento dice quinientos metros, no mil; las otras tres reglas (evitar poblaciones, no parar cerca de lugares habitados, motor parado y frenos accionados) eran literales.

4.16. Régimen sancionador (artículos 178 a 190)

Las infracciones se tipifican en tres grados y su régimen depende de si afectan a la seguridad ciudadana (Ley Orgánica 4/2015) o a la seguridad industrial (Ley 21/1992):

ClaseConductasArtículo
LevesOmisión de medidas de custodia de la documentación con pérdida; no denunciar ante la Intervención la pérdida o sustracción de documentación; no remitir partes y documentos; omisión de datos en comunicaciones; irregularidades en libros y registros, incluida la alegación de datos falsos u omisión de comunicaciones en plazo; los demás incumplimientos no calificados de graves o muy graves178
GravesFabricación, almacenamiento, circulación, comercio, transporte, adquisición, tenencia o uso incumpliendo la normativa, sin documentación o autorización o excediendo los límites; en cantidad mayor que la autorizada; omisión o insuficiencia de las medidas de seguridad ciudadana o industrial; y las demás del artículo179
Muy gravesLas conductas anteriores cuando causen perjuicios muy graves o produzcan pérdida o sustracción de las materias reglamentadas; el uso ilícito del marcado CE con daño muy grave o peligro muy grave e inminente; la incorrecta actuación de las entidades colaboradoras u organismos notificados con igual resultado180
ReglaContenidoArtículo
Autoridades de inspecciónLas Áreas Funcionales de Industria y Energía en seguridad industrial y de salud laboral, cuyos funcionarios tienen carácter de autoridad pública y cuyas actas gozan de presunción de certeza (ITC 24); la Guardia Civil en seguridad ciudadana181
Prescripción de las infraccionesSeguridad ciudadana: seis meses, un año y dos años (leves, graves, muy graves). Seguridad industrial: uno, tres y cinco años182
Prescripción de las sanciones (seguridad ciudadana)Un año, dos años y tres años desde la firmeza183
ProcedimientoConforme a las Leyes 39 y 40/2015; competencia sancionadora industrial del Ministro, la Dirección General y los Delegados y Subdelegados del Gobierno (185); la de seguridad ciudadana, la del artículo 32 de la Ley Orgánica 4/2015184 y 185
Explosivos incautadosPasan a poder del Estado, que a través del Delegado del Gobierno los entrega a las Fuerzas Armadas, la Guardia Civil o la Policía Nacional si les son útiles, o los destruye conforme a la ITC 12186
Medidas cautelaresIniciado el expediente, las imprescindibles y proporcionadas para el desarrollo del procedimiento, evitar nuevas infracciones y asegurar la sanción187
Vigencia condicionadaLas autorizaciones dependen de mantener los requisitos188
Paralización urgenteLos agentes, en caso de urgencia, grave riesgo o peligro inminente, pueden acordar la paralización parcial o total de la actividad conforme al artículo 21 de la Ley Orgánica 4/2015, con comunicación inmediata189 y 190

5. Jurisprudencia esencial

Ninguna de las ocho preguntas medidas pidió jurisprudencia. Las cuatro resoluciones siguientes fijan el lugar que los dos reglamentos ocupan en el ordenamiento: qué pueden tipificar por sí mismos, cómo se integran en el delito de tenencia de armas prohibidas y hasta dónde llega la potestad reglamentaria sobre el Registro Nacional de Armas. Las cuatro están comprobadas en el BOE, con su fallo.

STC 341/1993, de 18 de noviembre (Pleno, recursos de inconstitucionalidad 1045/1992, 1279/1992 y 1314/1992 y cuestiones acumuladas, BOE-T-1993-29248). Es la sentencia sobre la Ley Orgánica 1/1992, la ley de la que nacieron los dos reglamentos. Además de anular la definición de flagrancia de su artículo 21.2, declaró inconstitucional y nulo el inciso final del artículo 26.j), que calificaba de infracciones leves la transgresión de obligaciones o prohibiciones establecidas «en las reglamentaciones específicas o en las normas de policía dictadas en ejecución de las mismas». El Tribunal fue tajante: «una tal remisión a normas infralegales para la configuración incondicionada de supuestos de infracción no es conciliable con lo dispuesto en el artículo 25.1 de la Constitución». La consecuencia para este tema es directa: los artículos 155 a 157 del Reglamento de Armas y 178 a 180 del Reglamento de Explosivos no crean infracciones, sino que concretan las que la ley (hoy los artículos 35 a 37 de la Ley Orgánica 4/2015) tipifica, y toda sanción tiene que encontrar su cobertura en la ley.

STC 24/2004, de 24 de febrero (Pleno, cuestión de inconstitucionalidad 3371/1997, BOE-T-2004-5478). Un Juzgado de lo Penal de Tortosa cuestionó el artículo 563 del Código Penal, que castiga la tenencia de armas prohibidas remitiéndose a lo que el Reglamento de Armas prohíbe. El Tribunal desestimó la cuestión pero fijó una interpretación conforme: el precepto solo es constitucional si por armas prohibidas se entienden las que, además de estar prohibidas por el reglamento, tienen una especial potencialidad lesiva y cuya tenencia se produce en condiciones o circunstancias que las convierten en especialmente peligrosas para la seguridad ciudadana; el reglamento no puede, por sí solo, convertir en delito la tenencia de cualquier objeto que decida prohibir. Es la lectura con la que el guardia civil valora si un puñal, una navaja automática o una defensa de alambre del artículo 4 son delito del 563 o infracción administrativa.

STC 51/2005, de 14 de marzo (Sala Primera, recurso de amparo 1686-2000, BOE-T-2005-6204). Un condenado por tenencia ilícita de armas por un Juzgado y la Audiencia Provincial de Valencia alegó que las sentencias se apartaban de la jurisprudencia y vulneraban la legalidad penal. El Tribunal denegó el amparo, aplicando la doctrina de la STC 24/2004: la condena era constitucional porque los órganos judiciales habían valorado la peligrosidad concreta del arma y de las circunstancias de su tenencia conforme a la interpretación conforme del artículo 563, y no existe un derecho a un segundo recurso penal no previsto por la ley. Confirma que la remisión del Código Penal al Reglamento de Armas es válida cuando el juez hace el juicio de peligrosidad.

STS 411/2022, de 4 de abril (Sala Tercera, Sección Quinta, recurso contencioso-administrativo 297/2020, publicada en el BOE-A-2022-7138). Las asociaciones de armeros recurrieron el Real Decreto 726/2020, que reformó el Reglamento de Armas. El Tribunal Supremo estimó en parte el recurso y declaró la nulidad del nuevo artículo 9.1 del Reglamento (el Registro Nacional de Armas) y de la disposición final tercera del Real Decreto, por no estar ajustados al ordenamiento: el reglamento debía concretar qué armas son objeto de inscripción y no dejarlo indeterminado. La misma Sala, en sentencia del mismo día (recurso 300/2020, BOE-A-2022-7515), anuló la disposición final tercera a instancia de otra asociación. El Real Decreto 653/2023, de 18 de julio, dio nuevo contenido al artículo 9 en cumplimiento de la sentencia, y por eso el texto vigente del Registro Nacional de Armas es de 2023. Para el opositor, la lección es que las reformas del Reglamento de Armas se han litigado y que la redacción que se estudia es la posterior a esta sentencia.


6. Tabla resumen

Reglamento de Armas

DatoCifra o reglaArtículo
Arma antiguaModelo o fabricación anterior al 1 de enero de 18902
Arma artísticaOrnamentación con materiales nobles o diseño de especial valor2
Arma históricaRelación con hecho o personaje histórico2
Arma cortaCañón hasta 30 cm o total hasta 60 cm2
Arma FlobertPercusión anular, hasta 100 julios2
CategoríasNueve: 1.ª cortas; 2.ª largas de vigilancia y rayadas de caza mayor; 3.ª .22, escopetas y aire de más de 24,2 julios; 4.ª aire comprimido; 5.ª blancas; 6.ª antiguas y avancarga; 7.ª anestésicas, ballestas, cabos, Flobert, arcos, alarma; 8.ª acústicas; 9.ª inutilizadas3
Puñal prohibidoHoja menor de 11 cm, de dos filos y puntiaguda4.1.f
Cargadores prohibidosMás de 20 cartuchos en cortas, más de 10 en largas5.1.e
Capacidad prohibidaCortas semiautomáticas con más de 21 cartuchos; largas con más de 115.1.a y b
Armas de guerraCalibre igual o superior a 20 mm; automáticas; bombas, misiles, torpedos, minas, granadas6
Intervenciones de ArmasUna ordinaria en cada Compañía; inspecciones sin previo aviso8
Registro Nacional de ArmasIntervención Central de Armas y Explosivos9
ArmeroAutorización de la Dirección General de la Guardia Civil10
Fábrica de armas de fuegoAutorización de la DG de Armamento y Material (guerra) o de la DG de la Guardia Civil (categorías 1.ª a 3.ª)12
Modificación sustancialSustitución de unas armas por otras; extensión a otros tipos o clases; ampliación con aumento de producción13.3
MarcadoClaro, permanente y único; punzón de Banco Oficial de Pruebas28
Guía de circulaciónTraslado sin licencia ni guía de pertenencia; tres cuerpos31 y 33
Envases comercio interiorMáximo 25 armas; no mezclar cortas o rayadas con escopetas35.1
PrecintosIntervenciones de Armas o comerciantes autorizados37
CosariosHasta cinco armas de ánima lisa42
Cerramiento de fábricas de armas2 metros, alambrada solo en los 50 cm superiores; una puerta79
Guía de pertenenciaUna por arma; expedida por las Intervenciones de Armas88 y 89
RevistaCada cinco años; art. 114 y servicio exterior en abril; licencia C en mayo; anotan los Interventores; cabe tercero autorizado; dos revistas omitidas = retirada de la guía90
HerederosDepósito en la Intervención un año93
Licencia BDG Guardia Civil; restrictiva; 5 años; un arma99
Licencia DJefe de Comandancia; 5 años; hasta 5 armas de caza mayor100
Licencia EJefe de Comandancia; 5 años; 6 escopetas o 6 rayadas deportivas, 12 en total101
Licencia FDG Guardia Civil; 5 años; tres clases: 1, 6 y 10 armas129 a 134
Licencia ATarjeta militar o carné profesional de FCS, FAS y Vigilancia Aduanera; oficiales y suboficiales tres armas cortas114 y 118
Licencia CVigilancia y seguridad; un arma de dotación; solo durante el servicio120 a 128
RequisitosMayor de edad; antecedentes penales; informe psicofísico; pruebas de capacitación para caza mayor y escopetas97, 98 y 102
VisadoMayores de 67 años: a los tres años104
Tarjetas de armasLas concede el alcalde; tarjeta A: 6 armas de la 4.ª 1 por 5 años; tarjeta B: ilimitadas de la 4.ª 2, permanente; 14 años cumplidos105
MenoresAutorización especial 16 a 18 (rayadas y .22) y 14 a 18 (escopetas), con adulto titular de D, E o F109
Extranjeros no residentes en la UEHasta 3 armas de caza; hasta 6 de concurso110 y 111
Tarjeta Europea de Armas de FuegoDG Guardia Civil; 5 años prorrogables113
Obligaciones del poseedorGuardar seguro; presentar a los agentes; declarar inmediatamente pérdida o robo; armas y munición no accesibles conjuntamente144 y 145
Prohibiciones de usoPortar fuera del domicilio, trabajo o deporte; sin necesidad o negligentemente; con cascos o auriculares; bajo alcohol o drogas146 y 147
Control de armasComprobaciones «en todo caso» y ocupación temporal con depósito en la Intervención148
Campos de tiroITC 1; autoriza la DG Guardia Civil150 y 151
MultasMuy graves hasta 601.012,10 euros; graves de 300,51 a 30.050,61; leves hasta 300,51155 a 157
RetiradaArmas y licencias: máximo dos años158
Competencia sancionadoraDelegados del Gobierno; alcaldes para tarjetas de armas159
Armas intervenidas por cualquier autoridadSe depositan en la Intervención de Armas y Explosivos166

Reglamento de Explosivos

DatoCifra o reglaArtículo
ObjetoSeguridad ciudadana (arts. 28 y 29 LO 4/2015; 149.1.26.ª CE) y seguridad industrial (Ley 21/1992)1
ÓrganosIndustria (DG Política Energética y Minas, Áreas Funcionales); Interior por la DG Guardia Civil; Protección Civil; Delegaciones del Gobierno; Defensa (DGAM); Exteriores (tránsitos extracomunitarios)2
Empresas del sectorSeguro de responsabilidad civil obligatorio3
Divisiones de riesgo1.1 explosión en masa; 1.2 proyección; 1.3 incendio; 1.4 pequeño riesgo; 1.5 muy poco sensibles; 1.6 extremadamente poco sensibles8
Clases por composiciónIniciadores, rompedores (dinamitas A, nafos B, plásticos C, hidrogeles E-a, emulsiones E-b), propulsores (pólvoras); mechas, cordones, detonadores, multiplicadores9
CatálogoRegistro de Industria; catalogación previa obligatoria13 a 15
FábricasAutoriza DG Política Energética y Minas; inspección técnica cada 12 meses; permiso caduca tras un año inactivo; director titulado universitario25, 33, 39 y 43
Seguridad ciudadana de fábricasIntervenciones de Armas y Explosivos inspeccionan sin previo aviso; vigilantes de explosivos; plan de seguridad ciudadana aprobado por la Intervención Central37 y 52
CerramientoFábricas 2,50 m, depósitos 2 m; 50 cm superiores de tres filas de alambre de espino a 45 grados hacia el exterior; sin construcciones a menos de 10 m52 e ITC 1
Recinto fabrilLibro de visitas; sin alcohol ni fuego; registros individuales53 y 54
DepósitosTres tipos: productos terminados, auxiliares, de consumo56
PolvorinesSuperficiales, semienterrados, subterráneos; clave numérica; servicio contra incendios57, 77 y 78
Autorización de depósitosHasta 10.000 kg el Delegado del Gobierno; más, Industria con informe favorable de Defensa62
Polvorines auxiliares de distribución50 kg o 500 detonadores; máximo 10; caja fuerte; Delegado del Gobierno95
Depósitos temporales de obraMáximo 5.000 kg; transportables, se mueven en vacío96
ComercializaciónTitulares de depósito de productos terminados o distribuidores autorizados108 y 109
ConsumidorQuien realiza voladuras118
Autorización de consumidor habitualNacional: DG Guardia Civil, 5 años, registro en la Intervención Central; provincial o autonómico: Delegado del Gobierno, 5 años; eventual: Delegado del Gobierno119
Pedido de suministro24 horas de antelación al Área Funcional; condición indispensable del suministro120 y 121
Libro-registro de consumo y actas de usoDiarios; remisión mensual en los cinco primeros días hábiles a la Intervención de Armas y Explosivos de la localidad y al Área Funcional122
Vigilancia del consumoVigilantes de explosivos; registros aleatorios; resumen mensual a la Intervención123
PersonalResponsable de voladura, responsable del libro, artilleros y auxiliares; habilitaciones (ITC 8) por el Área Funcional124
ImportaciónRegistro de importadores (Industria); permiso previo de circulación de la Intervención Central128 y 129
Tránsito extracomunitarioMinisterio de Asuntos Exteriores133 a 135
Tránsito comunitarioIntervención Central, 5 días hábiles de antelación137
Guía de circulaciónIntervención de Armas y Explosivos del punto de origen; acompaña siempre152 y 153
Paradas por carreteraEvitar las no previstas y las poblaciones; lugares a 500 m de núcleos; motor parado, cambio seguro, frenos; avería: aviso a la Guardia Civil156
FerrocarrilParada fuera de maniobras, custodia y aviso a la Intervención de la Comandancia162
MarítimoNo abarloarse; guía a la entrada del puerto; carga directa buque-vehículo168 a 170
Prescripción de infraccionesSeguridad ciudadana 6 meses / 1 año / 2 años; industrial 1 / 3 / 5 años182
Prescripción de sanciones1 / 2 / 3 años183
Explosivos incautadosAl Estado; a FAS, Guardia Civil o Policía o destrucción (ITC 12)186
Paralización urgentePor los agentes conforme al artículo 21 de la LO 4/2015189

7. Trampas de examen

1. Arma antigua, histórica y artística son tres definiciones distintas (artículo 2): antigua por la fecha (antes del 1 de enero de 1890), histórica por el hecho o personaje, artística por la ornamentación con materiales nobles. Pregunta de 2025.

2. Arma corta es la de cañón hasta 30 cm o longitud total hasta 60 cm; basta cumplir una de las dos medidas. Larga es cualquier otra.

3. Automática dispara ráfaga; semiautomática un tiro por accionamiento; de repetición exige accionar un mecanismo para recargar. El examen las intercambia.

4. Son nueve categorías desde 2020, no siete. La 8.ª son las acústicas y de salvas y la 9.ª las inutilizadas. Un manual antiguo se queda en la 7.ª.

5. El aire comprimido cambia de categoría en 24,2 julios: por encima es 3.ª 3 (licencia E), por debajo es 4.ª (tarjeta del alcalde).

6. Las escopetas son 3.ª categoría y las armas largas rayadas de caza mayor son 2.ª; las del .22 son 3.ª 1. Escopeta = licencia E; caza mayor = licencia D.

7. Las ballestas, los arcos y las armas Flobert son 7.ª categoría, no 5.ª ni prohibidas; las ballestas y las armas para lanzar cabos (7.ª 2 y 3) exigen licencia E.

8. El puñal prohibido tiene hoja menor de 11 cm, dos filos y punta (4.1.f). La navaja automática está prohibida siempre; la navaja ordinaria es 5.ª categoría.

9. Los cargadores prohibidos son de más de 20 cartuchos en cortas y más de 10 en largas (5.1.e); las armas prohibidas por capacidad, más de 21 y más de 11 incluido el de la recámara (5.1.a y b). Dos parejas de cifras que difieren en uno.

10. Arma de guerra es la de calibre igual o superior a 20 mm y toda arma automática (6.1), aunque sea de calibre pequeño.

11. Hay una Intervención de Armas en cada Compañía, no en cada Comandancia ni en cada puesto (8.2). El Registro Nacional de Armas está en la Intervención Central de la Dirección General.

12. La modificación sustancial de una fábrica incluye la ampliación de instalaciones solo si aumenta la producción (13.3). Pregunta de 2026: la ampliación a secas no lo es.

13. Los envases del comercio interior admiten hasta 25 armas, no 20 ni 50, y nunca mezclan cortas o de cañón estriado con escopetas (35.1). En el comercio exterior no hay límite. Pregunta de 2025.

14. Los precintos los ponen las Intervenciones de Armas o los comerciantes autorizados (37), que responden del contenido. Los transportistas no precintan.

15. La revista es cada cinco años, no anual (90.1). La licencia C pasa revista en mayo; el personal del artículo 114 y el servicio exterior, en abril. Y cabe presentar el arma por tercero autorizado por escrito. Pregunta de 2026.

16. La licencia B la concede la Dirección General de la Guardia Civil; la D y la E, el Jefe de la Comandancia (99, 100 y 101). Todas duran cinco años, pero la B ampara una sola arma corta.

17. La defensa de personas o bienes «por sí sola» no justifica la licencia B (99.2): hace falta riesgo especial y necesidad, y la concesión es restrictiva.

18. La licencia E permite seis escopetas o seis rayadas deportivas y doce armas en total (101.1); la D, cinco armas de caza mayor (100.2).

19. La licencia F tiene tres clases: una, seis y diez armas (132), y solo permite usarlas en campos y galerías autorizados.

20. La licencia A no es un documento aparte: es la tarjeta militar o el carné profesional del personal del artículo 114 en activo o disponible. Los oficiales y suboficiales pueden poseer tres armas cortas propias además de la dotación (118).

21. Las tarjetas de armas de la 4.ª categoría las conceden y retiran los alcaldes, no la Guardia Civil (105), con validez limitada al término municipal; la tarjeta A cubre seis armas por cinco años y la B es permanente. Se exigen catorce años.

22. Los menores pueden usar armas con autorización especial desde los 16 años (rayadas y .22) y desde los 14 (escopetas) (109), siempre supervisados por un adulto con licencia D, E o F, y sin poseerlas.

23. Las licencias de los mayores de 67 años se visan a los tres años (104), no se pierden ni se acortan a un año.

24. El artículo 148 es el control de armas en la vía pública: comprobaciones «en todo caso» y ocupación temporal con depósito en la Intervención, incluso de armas con licencia si se estima peligroso.

25. Portar arma bajo los efectos del alcohol o con cascos puestos está prohibido por el artículo 147, no solo desaconsejado. Es infracción grave del 156.

26. La retirada de armas y licencias no puede exceder de dos años (158). La multa muy grave llega a 601.012,10 euros solo para armas prohibidas y de guerra.

27. Cualquier autoridad o agente que intervenga armas las deposita en la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil (166), también la Policía Nacional y las aduanas (169).

28. El Reglamento de Explosivos es de seguridad ciudadana y de seguridad industrial a la vez (artículo 1): las autoridades son dos y las prescripciones también (182). Industria autoriza fábricas y depósitos; la Guardia Civil controla la seguridad ciudadana.

29. La división 1.4 es la del pequeño riesgo; la 1.1 la de explosión en masa; la 1.2 la de proyección; la 1.3 la de incendio (artículo 8). Pregunta de 2026.

30. La alambrada del cerramiento se inclina 45 grados hacia el exterior, no 30 ni 60 (ITC 1); el cerramiento de una fábrica mide 2,50 metros y el de un depósito 2 metros, con 50 centímetros de alambre de espino. Pregunta de 2025. No confundir con los 2 metros y 50 centímetros de las fábricas de armas (79).

31. Las Intervenciones de Armas y Explosivos inspeccionan las fábricas y depósitos sin previo aviso, pero no las autorizan: autoriza Industria (fábricas y grandes depósitos) o el Delegado del Gobierno (hasta 10.000 kg). El plan de seguridad ciudadana lo aprueba la Intervención Central.

32. Los polvorines auxiliares de distribución tienen 50 kg o 500 detonadores y no más de diez por instalación (95); los depósitos de obra, 5.000 kg (96); los depósitos que autoriza el Delegado, hasta 10.000 kg (62).

33. La autorización de consumidor habitual de ámbito nacional la da la Dirección General de la Guardia Civil por cinco años (119.1); la provincial y la eventual, el Delegado del Gobierno.

34. El pedido de suministro se pide con 24 horas de antelación al Área Funcional de Industria, no a la Guardia Civil (120); la guía de circulación, en cambio, la autoriza la Intervención de Armas y Explosivos del origen (152).

35. El libro-registro de consumo y las actas de uso se remiten mensualmente, en los cinco primeros días hábiles, a la Intervención de la localidad y al Área Funcional (122.2). No a la Dirección General de la Guardia Civil ni a la Intervención Central. Pregunta de 2026.

36. Las paradas del transporte por carretera se hacen a 500 metros de los núcleos de población, no a 1.000 (156.2). Pregunta de 2025. En avería se avisa a la Guardia Civil; en ferrocarril, a la Intervención de la Comandancia (162).

37. Las infracciones de seguridad ciudadana prescriben a los 6 meses, 1 y 2 años; las de seguridad industrial a 1, 3 y 5 años (182). Las sanciones, a 1, 2 y 3 años (183).


8. Reglas mnemotécnicas

«1890 antigua, noble artística, personaje histórica». Las tres definiciones de la categoría 6.ª (artículo 2).

«30 y 60 corta». Cañón de hasta 30 cm o total de hasta 60 cm (artículo 2).

«CoLaVi-EsAiBlaAnEsAcIn» para las nueve categorías: Cortas, Largas de Vigilancia y caza mayor, Escopetas y .22, Aire comprimido, Blancas, Antiguas, Especiales (7.ª), Acústicas, Inutilizadas.

«24,2 separa la E de la tarjeta». Aire comprimido de más de 24,2 julios: 3.ª y licencia E; de menos: 4.ª y tarjeta del alcalde.

«11 el puñal, 20 el cañón de guerra». Hoja menor de 11 cm (4.1.f); calibre de 20 mm o más (6.1).

«20 y 10 cargadores, 21 y 11 armas». Los cargadores prohibidos del 5.1.e y las armas prohibidas del 5.1.a y b.

«25 en la caja, 5 al cosario». Máximo de armas por envase interior (35) y armas que pueden entregarse a un cosario (42).

«Revista de 5 en 5; abril el uniforme, mayo la C». Artículo 90.

«B Dirección, D y E Comandancia, tarjetas alcalde». Órganos que conceden cada documento (99, 100, 101 y 105).

«B 1, D 5, E 6+6=12, F 1-6-10». Armas que ampara cada licencia.

«14 escopeta, 16 rifle, 18 licencia, 67 visado». Edades del Reglamento de Armas (109, 102 y 104).

«Seis divisiones: MASA, PROYECTA, ARDE, POCO, MUY POCO, EXTREMADAMENTE POCO». Las divisiones 1.1 a 1.6 (artículo 8).

«2,50 fábrica, 2 depósito, 50 de espino a 45». El cerramiento de la ITC 1.

«10.000 Delegado, 5.000 obra, 50 y 500 auxiliar, 10 auxiliares». Los umbrales de los depósitos (62, 96 y 95).

«24 horas el pedido, 5 días el libro, 5 días el tránsito, 5 años el consumidor». Plazos del consumo y del tránsito (120, 122, 137 y 119).

«500 metros de la gente». Las paradas del transporte por carretera (156).

«6-1-2 ciudadana, 1-3-5 industrial, 1-2-3 sanciones». Las prescripciones (182 y 183).


9. Aplicación práctica

Situación 1. Un cazador con una escopeta y un rifle en un control. En un control de caza una patrulla identifica a un cazador de 45 años que porta una escopeta de dos cañones y un rifle de cerrojo del calibre .308. Presenta una licencia E con guías de pertenencia de la escopeta y del rifle, ambas a su nombre.

Resolución. La escopeta es un arma de la categoría 3.ª 2 y está correctamente amparada por la licencia E con su guía. El rifle de calibre .308 es un arma larga rayada para caza mayor, categoría 2.ª 2, que exige licencia D (artículo 100), no E; la guía de pertenencia pudo expedirse solo si el titular tenía licencia D en ese momento. La patrulla comprueba en la Intervención si la licencia D existe y está en vigor; si el cazador la ha dejado caducar, la tenencia del rifle sin licencia vigente es infracción del artículo 156 con retirada del arma y depósito en la Intervención de Armas (166). Se comprueba además que las armas se transportan desmontadas o enfundadas fuera de los lugares de caza (149) y que el cazador no está bajo los efectos del alcohol (147). Si la licencia D está vigente, el control se cierra sin novedad.

Situación 2. Un puñal en un registro de vehículo. Al inspeccionar un vehículo en un control de seguridad ciudadana, los agentes hallan bajo el asiento un cuchillo de doble filo de 9 centímetros de hoja y punta afilada, y una navaja de apertura automática. El conductor dice que son «para el campo».

Resolución. El cuchillo de doble filo, hoja menor de 11 centímetros y puntiagudo es un puñal, arma prohibida por el artículo 4.1.f, igual que la navaja automática. Los agentes actúan por el artículo 148: comprobaciones en la vía pública y ocupación de las armas con depósito en la Intervención de Armas. La calificación tiene dos escalones que la STC 24/2004 obliga a distinguir: la tenencia de armas prohibidas es infracción administrativa (artículo 156 del Reglamento en relación con el 36 de la Ley Orgánica 4/2015), y solo es delito del artículo 563 del Código Penal si el arma tiene especial potencialidad lesiva y se porta en circunstancias que la hagan especialmente peligrosa para la seguridad ciudadana. Un puñal oculto bajo el asiento en la vía pública, sin justificación, encaja en esa lectura y se instruyen diligencias, recogiendo en el atestado las medidas del arma; el juez decidirá. En todo caso las armas quedan intervenidas.

Situación 3. Un particular quiere una pistola «por seguridad». Un empresario acude al puesto: ha sufrido un robo en su nave y quiere «sacarse la licencia para llevar una pistola».

Resolución. La pistola es un arma de la categoría 1.ª y para un particular exige licencia B (artículo 99), que concede la Dirección General de la Guardia Civil con carácter restrictivo: la solicitud se presenta en la Intervención de Armas del domicilio con certificado de antecedentes penales, DNI e informe de aptitud psicofísica (97), y una memoria que fundamente la necesidad; «la razón de defensa de personas o bienes, por sí sola, no justifica la concesión», que se limita a supuestos de riesgo especial y necesidad (99.2). Si se concede, dura cinco años, ampara un solo arma, que se guarda en el domicilio en caja fuerte, y no autoriza a portarla fuera del domicilio o del trabajo sino con el prudente criterio de los agentes (146). El guardia civil informa con exactitud: la licencia B casi nunca se concede por un robo, y la alternativa legal para proteger la nave es contratar vigilancia de seguridad privada, cuyo personal usa armas con licencia C.

Situación 4. Un camión de explosivos parado en el arcén. Una patrulla de tráfico encuentra a las tres de la madrugada un camión EX/III cargado de explosivos detenido en el arcén de una carretera convencional, a unos 300 metros de las primeras casas de un pueblo, con el conductor durmiendo en la cabina y el motor en marcha.

Resolución. El artículo 156 del Reglamento de Explosivos prohíbe las paradas no previstas en la guía de circulación, exige escoger los lugares de parada a quinientos metros como mínimo de núcleos de población, veda las paradas por servicio en la proximidad de lugares habitados y obliga a que, antes de abandonar la cabina, el motor esté parado, el cambio en posición segura y los frenos accionados. La patrulla comprueba la guía de circulación de la Intervención de Armas y Explosivos de origen, la carta de porte y el pedido de suministro (152), y el protocolo de emergencia que debe llevar una unidad EX/III (157); hace que el vehículo se traslade a un lugar reglamentario o, si hay avería, adopta las precauciones y da cuenta inmediata a la Guardia Civil, es decir, a la Intervención de Armas y Explosivos de la Comandancia. La parada irregular es infracción grave por omisión de las medidas de seguridad ciudadana en el transporte (179.3), y se extiende acta con los datos del transporte para la Intervención.

Situación 5. Explosivos que no cuadran en una cantera. En una inspección de una cantera, la Intervención de Armas y Explosivos detecta que las existencias del polvorín de consumo no coinciden con el libro-registro y que las actas de uso de la última semana no están firmadas.

Resolución. El artículo 122 obliga a llevar un libro-registro de consumo con entradas, salidas y existencias diarias y a que los responsables de cada voladura firmen cada día un acta de uso; ambos se remiten mensualmente, en los cinco primeros días hábiles, a la Intervención de Armas y Explosivos de la localidad de la explotación y al Área Funcional. La descoordinación entre existencias y libro es, como mínimo, infracción leve por irregularidades en los libros y registros obligatorios (178.5) y, si falta explosivo, infracción muy grave por pérdida o sustracción de las materias reglamentadas (180.1), con incautación de los explosivos (181) y, si hay grave riesgo, paralización de la actividad conforme al artículo 21 de la Ley Orgánica 4/2015 (189). La Intervención identifica al responsable del libro-registro y al responsable de la voladura designados por el director facultativo (124), exige el plan de registros de los vigilantes de explosivos (123) y, ante la sospecha de sustracción, instruye diligencias penales por la posible desviación de explosivos, además del expediente administrativo.


10. Preguntas de test con respuesta explicada

Sesenta preguntas, que con las diez de la sección siguiente completan las setenta del nivel A. Redactadas de nuevo por TestMiOpo; ninguna reproduce un enunciado oficial. Se reparten a la mitad entre los dos reglamentos, como las preguntas medidas, con las definiciones, la clasificación, las licencias y la revista al frente en Armas, y la clasificación, la seguridad de fábricas y depósitos, el consumo y el transporte en Explosivos.

1. Según el artículo 2 del Reglamento de Armas, se entiende por arma antigua el arma de fuego cuyo modelo o año de fabricación es anterior al:

a) 1 de enero de 1870.

b) 1 de enero de 1890.

c) 1 de enero de 1900.

d) 1 de enero de 1945.

Respuesta: b). Las armas anteriores a esa fecha y sus réplicas son de la categoría 6.ª 2, salvo que disparen munición de guerra o prohibida. La antigüedad la fija el Ministerio de Defensa.

2. Conforme al artículo 2 del Reglamento de Armas, es arma de fuego corta la que:

a) Tiene un cañón que no excede de 30 cm o una longitud total que no excede de 60 cm.

b) Pesa menos de un kilogramo.

c) Tiene un cañón inferior a 50 cm.

d) Puede llevarse oculta bajo la ropa.

Respuesta: a). Basta cumplir una de las dos medidas. Arma larga es cualquier arma de fuego que no sea corta.

3. El arma de fuego que se recarga automáticamente después de cada disparo y solo permite un disparo por cada accionamiento del disparador es, según el Reglamento de Armas:

a) Un arma automática.

b) Un arma de repetición.

c) Un arma basculante.

d) Un arma semiautomática.

Respuesta: d). La automática permite varios disparos sucesivos mientras se mantenga accionado el disparador; la de repetición exige un mecanismo accionado por el tirador para recargar; la basculante se carga a mano por la recámara.

4. Según el artículo 3 del Reglamento de Armas, las escopetas y demás armas de fuego largas de ánima lisa pertenecen a la categoría:

a) 1.ª.

b) 2.ª.

c) 3.ª.

d) 4.ª.

Respuesta: c). Son la 3.ª 2. Las largas rayadas de caza mayor son 2.ª 2; las cortas, 1.ª; las de aire comprimido de menos de 24,2 julios, 4.ª.

5. Las armas accionadas por aire u otro gas comprimido se incluyen en la 3.ª categoría del Reglamento de Armas cuando la energía cinética del proyectil en boca:

a) Es inferior a 24,2 julios.

b) Excede de 7,5 julios.

c) Excede de 24,2 julios.

d) Excede de 100 julios.

Respuesta: c). Artículo 3, categoría 3.ª 3. Por debajo de esa energía son de la categoría 4.ª y se documentan con tarjeta de armas del alcalde.

6. ¿A qué categoría pertenecen las ballestas según el artículo 3 del Reglamento de Armas?

a) 5.ª, como armas blancas.

b) 6.ª, como armas antiguas.

c) 7.ª.

d) Son armas prohibidas.

Respuesta: c). Categoría 7.ª 2, junto con las de inyección anestésica (7.ª 1), las de lanzar cabos (7.ª 3), las Flobert (7.ª 4), los arcos y fusiles de pesca (7.ª 5) y las de alarma y señales (7.ª 6). Las ballestas exigen licencia E.

7. Según el artículo 4 del Reglamento de Armas, se consideran puñales prohibidos las armas blancas:

a) De hoja superior a 11 centímetros.

b) De hoja menor de 11 centímetros, de dos filos y puntiaguda.

c) De un solo filo y punta redondeada.

d) Con hoja plegable de cualquier longitud.

Respuesta: b). El mismo artículo prohíbe los bastones-estoque, las navajas automáticas, las defensas de alambre o plomo, las llaves de pugilato, los munchacos y las armas de fuego simuladas o alojadas en otros objetos.

8. Conforme al artículo 5 del Reglamento de Armas, están prohibidos los cargadores para armas de fuego cortas semiautomáticas o de repetición con capacidad superior a:

a) 10 cartuchos.

b) 15 cartuchos.

c) 20 cartuchos.

d) 30 cartuchos.

Respuesta: c). Más de 20 en armas cortas y más de 10 en largas, salvo museos y coleccionistas. Las propias armas cortas semiautomáticas están prohibidas si su capacidad supera los 21 cartuchos incluido el de la recámara.

9. Según el artículo 6 del Reglamento de Armas, se consideran armas de guerra las armas de fuego de calibre:

a) Superior a 9 milímetros.

b) Igual o superior a 12,7 milímetros.

c) Igual o superior a 20 milímetros.

d) Igual o superior a 30 milímetros.

Respuesta: c). También las de calibre inferior que Defensa considere de guerra, todas las automáticas, sus municiones y componentes, y las bombas, misiles, cohetes, torpedos, minas y granadas.

10. De acuerdo con el artículo 8 del Reglamento de Armas, dispondrán de una Intervención de Armas ordinaria:

a) Todas las Comandancias.

b) Todas las Compañías territoriales de la Guardia Civil, para su demarcación.

c) Solo las capitales de provincia.

d) Las Zonas de la Guardia Civil.

Respuesta: b). Sin perjuicio de las especiales que puedan crearse donde el número de armas lo requiera. La inspección se hace cuantas veces se considere preciso y sin previo aviso.

11. El Registro Nacional de Armas, según el artículo 9 del Reglamento de Armas, se lleva en:

a) La Dirección General de la Policía.

b) El Ministerio de Defensa.

c) La Intervención Central de Armas y Explosivos de la Dirección General de la Guardia Civil.

d) Cada Intervención de Armas provincial.

Respuesta: c). Su redacción de 2020 fue anulada por la STS 411/2022 y repuesta por el Real Decreto 653/2023, que concretó qué armas se inscriben.

12. Una fábrica de armas amplía su nave sin aumentar la producción. Según el artículo 13.3 del Reglamento de Armas, esa ampliación:

a) Es modificación sustancial y exige nueva autorización especial.

b) Es modificación sustancial solo si la fábrica es de armas de guerra.

c) No es modificación sustancial, porque el Reglamento solo considera tal la ampliación de instalaciones que suponga un aumento de producción.

d) Obliga a cerrar la fábrica hasta la nueva inspección.

Respuesta: c). La ampliación de instalaciones solo es sustancial «siempre que suponga un aumento de su producción». La autorización de la modificación sustancial es de la Dirección General de Armamento y Material o de la Guardia Civil según el tipo de arma (12).

13. Un armero prepara un envase con 30 escopetas para enviarlas a una armería de otra provincia. Según el artículo 35 del Reglamento de Armas:

a) Es correcto, porque en el comercio interior no hay límite numérico.

b) No es correcto: el máximo por envase en el comercio interior es de 25 armas, y además nunca se mezclan en el mismo envase pistolas o rifles con escopetas.

c) Es correcto si el envase lo precinta el transportista.

d) No es correcto: el máximo son 20 armas por envase.

Respuesta: b). El límite sin número es solo para el comercio exterior (35.2). Los envases de cortas, rayadas y escopetas se precintan por las Intervenciones o los comerciantes autorizados (37).

14. Los fabricantes y comerciantes autorizados pueden facilitar a los cosarios o mandatarios, según el artículo 42 del Reglamento de Armas, hasta:

a) Dos armas de cualquier categoría.

b) Cinco armas de ánima lisa o asimiladas, con guía de circulación y autorización escrita.

c) Diez escopetas.

d) Una sola arma corta.

Respuesta: b). Es una excepción al régimen general de la guía de circulación, limitada a las armas de la categoría 3.ª 2 y 3.

15. ¿Con qué periodicidad pasan revista, según el artículo 90 del Reglamento de Armas, las armas documentadas con guía de pertenencia?

a) Cada año.

b) Cada tres años.

c) Cada cinco años, al presentar la solicitud de renovación de la licencia.

d) Cada diez años.

Respuesta: c). Los poseedores de licencia C la pasan en mayo ante la Intervención; el personal del artículo 114 y los funcionarios del servicio exterior, en abril ante sus autoridades o el Jefe de Misión. No pasar dos revistas consecutivas anula la guía.

16. Conforme al artículo 90 del Reglamento de Armas, la presentación del arma para la revista:

a) Es inexcusable y debe hacerse personalmente en todo caso.

b) Puede sustituirse por una declaración jurada.

c) No es necesaria si el arma está guardada en caja fuerte.

d) Es inexcusable, personalmente o por medio de tercero debidamente autorizado por escrito.

Respuesta: d). Las anotaciones de la revista las realizan los Interventores de Armas, salvo para el personal del artículo 114 y del servicio exterior, cuyas autoridades las anotan.

17. En caso de fallecimiento del titular de un arma, sus herederos deben depositarla en la Intervención de Armas, donde quedará a su disposición, según el artículo 93 del Reglamento de Armas, durante:

a) Tres meses.

b) Seis meses.

c) Un año.

d) Dos años.

Respuesta: c). Por si alguno de ellos puede legalmente adquirirla y quiere hacerlo; los titulares de licencia A la depositan en los servicios de armamento de su Cuerpo.

18. La licencia de armas B, para armas de fuego cortas de particulares, la concede según el artículo 99 del Reglamento de Armas:

a) El Alcalde del municipio de residencia.

b) El Jefe de la Comandancia de la Guardia Civil.

c) El Delegado del Gobierno.

d) La Dirección General de la Guardia Civil, con carácter restrictivo.

Respuesta: d). La razón de defensa de personas o bienes por sí sola no justifica la concesión; exige riesgo especial y necesidad. Dura cinco años y ampara un solo arma.

19. La licencia D del Reglamento de Armas:

a) Autoriza hasta cinco armas largas rayadas para caza mayor, dura cinco años y la concede el Jefe de la Comandancia de la provincia de residencia.

b) Autoriza seis escopetas y la concede la Dirección General de la Guardia Civil.

c) Autoriza un arma corta de defensa personal.

d) Es la licencia de los vigilantes de seguridad.

Respuesta: a). Artículo 100. Con la licencia se adquiere un arma; cada una de las restantes requiere autorización especial. La de escopetas es la E (101); la de vigilantes, la C.

20. Según el artículo 101 del Reglamento de Armas, la licencia E autoriza a poseer, llevar y usar como máximo:

a) Tres escopetas.

b) Seis escopetas o seis armas largas rayadas para tiro deportivo, y doce armas en total.

c) Doce escopetas y doce rifles.

d) Una escopeta por cada licencia.

Respuesta: b). Nadie puede tener más de una licencia E, que dura cinco años y la concede el Jefe de la Comandancia de la provincia de residencia.

21. La licencia F para armas de concurso, según los artículos 132 y 134 del Reglamento de Armas:

a) Es única y autoriza hasta veinte armas.

b) Es de tres clases, que autorizan una, hasta seis y hasta diez armas de concurso, con validez de cinco años.

c) Dura diez años y la concede la federación deportiva.

d) Autoriza el uso de las armas en cualquier lugar.

Respuesta: b). La concede la Dirección General de la Guardia Civil previo informe de la federación; solo permite usar las armas en campos, polígonos y galerías autorizados; la pérdida de la habilitación deportiva la revoca.

22. Conforme al artículo 114 del Reglamento de Armas, al personal de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en servicio activo o disponible le será considerada como licencia A:

a) Un documento especial expedido por la Intervención Central.

b) Su tarjeta de identidad militar o carné profesional.

c) La licencia B con anotación de su condición.

d) La guía de pertenencia de su arma de dotación.

Respuesta: b). Las guías de pertenencia de sus armas particulares las expiden las autoridades de su Cuerpo (115); los oficiales y suboficiales pueden poseer tres armas cortas propias además de la dotación (118).

23. Las tarjetas de armas que documentan las armas de la 4.ª categoría, según el artículo 105 del Reglamento de Armas, las conceden y retiran:

a) Las Intervenciones de Armas de la Guardia Civil.

b) Los Delegados del Gobierno.

c) Las federaciones deportivas.

d) Los Alcaldes de los municipios de residencia de los solicitantes, con validez limitada a su término municipal.

Respuesta: d). La tarjeta A documenta hasta seis armas de la 4.ª 1 por cinco años; la tarjeta B, un número ilimitado de la 4.ª 2 con validez permanente; el solicitante debe haber cumplido catorce años.

24. Según el artículo 109 del Reglamento de Armas, los mayores de dieciséis y menores de dieciocho años con autorización especial pueden utilizar armas largas rayadas para caza mayor:

a) Libremente, como los mayores de edad.

b) Exclusivamente para la caza o el tiro deportivo, bajo supervisión de un adulto titular de licencia D, E o F, sin poseerlas ni llevarlas en poblaciones.

c) Solo dentro de las poblaciones.

d) Nunca; solo pueden usar armas de aire comprimido.

Respuesta: b). Los mayores de catorce y menores de dieciocho pueden, con las mismas condiciones, usar escopetas para la caza y armas de la 3.ª 2 y 3 en competiciones.

25. La Tarjeta Europea de Armas de Fuego, según el artículo 113 del Reglamento de Armas, la expide:

a) La Comisión Europea.

b) El Ministerio de Asuntos Exteriores.

c) La Dirección General de la Guardia Civil, con validez máxima de cinco años prorrogables.

d) El Alcalde del municipio de residencia.

Respuesta: c). Se expide a los residentes en España debidamente documentados para la tenencia y uso de las armas que ampare.

26. Las licencias de armas expedidas a mayores de sesenta y siete años, según el artículo 104 del Reglamento de Armas:

a) Caducan al año.

b) Necesitan ser visadas a los tres años desde su expedición, con nuevo informe de aptitud psicofísica.

c) No pueden expedirse.

d) Se renuevan automáticamente.

Respuesta: b). El visado lo hace la Intervención de Armas y Explosivos previa presentación del informe de un centro de reconocimiento autorizado.

27. Conforme al artículo 144 del Reglamento de Armas, quien posea armas de fuego está obligado a:

a) Portarlas siempre consigo para evitar su sustracción.

b) Comunicar su domicilio al Ministerio de Defensa.

c) Guardarlas en lugar seguro, presentarlas a los agentes cuando lo requieran, declarar inmediatamente en la Intervención su pérdida o robo y evitar que armas y municiones sean accesibles conjuntamente.

d) Renovar la guía de pertenencia cada año.

Respuesta: c). En caso de pérdida, destrucción, robo o sustracción de armas de las categorías 1.ª a 3.ª se da cuenta inmediata a la Intervención con entrega de la guía (145).

28. Según el artículo 147 del Reglamento de Armas, queda prohibido portar, exhibir o usar las armas:

a) Solo en horario nocturno.

b) Sin necesidad o de modo negligente o temerario, mientras se utilizan cascos o auriculares, o bajo los efectos de bebidas alcohólicas, estupefacientes o psicotrópicos.

c) Únicamente en los campos de tiro.

d) Fuera del término municipal del titular.

Respuesta: b). Los usuarios deben estar en todo momento en condiciones de controlar las armas y actuar con la diligencia necesaria ante otras personas.

29. El artículo 148 del Reglamento de Armas faculta a los agentes de la autoridad para:

a) Realizar en todo caso las comprobaciones necesarias para impedir que en vías, lugares y establecimientos públicos se porten o utilicen ilegalmente armas, y ocuparlas temporalmente depositándolas en una Intervención de Armas.

b) Retirar definitivamente las licencias en la vía pública.

c) Registrar domicilios sin autorización judicial en busca de armas.

d) Imponer multas en el acto.

Respuesta: a). Es el desarrollo del artículo 18 de la Ley Orgánica 1/1992, hoy 19 de la Ley Orgánica 4/2015; la ocupación puede alcanzar a armas con licencia si se estima peligroso su porte.

30. La retirada de las armas como sanción, según el artículo 158 del Reglamento de Armas, implica la prohibición de adquirir y tener otras durante un plazo que no podrá exceder de:

a) Seis meses.

b) Un año.

c) Dos años.

d) Cinco años.

Respuesta: c). La retirada de las licencias supone su revocación e impide la renovación por el mismo plazo máximo, con depósito obligatorio de las armas.

31. Según el artículo 1 del Reglamento de Explosivos, su objeto comprende la regulación de los explosivos en los aspectos de:

a) Exclusivamente la seguridad ciudadana.

b) Exclusivamente la seguridad industrial.

c) La seguridad ciudadana, en el marco de los artículos 28 y 29 de la Ley Orgánica 4/2015, y la seguridad industrial y la seguridad y salud en el trabajo, en el marco de la Ley de Industria.

d) La política de defensa nacional.

Respuesta: c). Se dicta al amparo de la competencia exclusiva del Estado del artículo 149.1.26.ª de la Constitución. La doble naturaleza explica las dos autoridades y las dos escalas de prescripción.

32. Conforme al artículo 2 del Reglamento de Explosivos, el Ministerio del Interior interviene en materia de explosivos a través de:

a) La Dirección General de la Policía.

b) La Dirección General de la Guardia Civil, en el control e inspección de la fabricación, almacenamiento, circulación, comercio, transporte, tenencia y uso, y en la autorización de importaciones, transferencias y tránsitos de origen comunitario.

c) La Secretaría de Estado de Seguridad exclusivamente.

d) Las Jefaturas Superiores de Policía.

Respuesta: b). Industria autoriza fábricas y depósitos e inspecciona la seguridad industrial; Defensa interviene en la defensa nacional; Asuntos Exteriores autoriza los tránsitos extracomunitarios.

33. Según el artículo 8 del Reglamento de Explosivos, la División 1.1 comprende las materias y objetos que presentan:

a) Riesgo reducido de explotar si se ceban durante el transporte.

b) Riesgo principalmente de incendio, con onda expansiva ligera.

c) Riesgo de lanzar fragmentos, pero no de estallar toda la carga a la vez.

d) Riesgo de que estalle prácticamente toda la carga de una vez.

Respuesta: d). La explosión en masa afecta de manera prácticamente instantánea a casi toda la carga. La 1.2 es proyección, la 1.3 incendio, la 1.4 pequeño riesgo, la 1.5 materias muy poco sensibles y la 1.6 objetos extremadamente poco sensibles.

34. ¿Qué división de riesgo agrupa, según el artículo 8 del Reglamento de Explosivos, a las materias muy poco sensibles que presentan riesgo de explosión en masa pero con una probabilidad muy reducida de cebado?

a) División 1.2.

b) División 1.3.

c) División 1.5.

d) División 1.6.

Respuesta: c). La 1.6 son los objetos extremadamente poco sensibles que no suponen riesgo de explosión en masa.

35. Según el artículo 9 del Reglamento de Explosivos, las dinamitas se clasifican entre los explosivos:

a) Iniciadores.

b) Propulsores.

c) Rompedores, como explosivos tipo A.

d) Objetos explosivos.

Respuesta: c). Los rompedores comprenden las dinamitas (A), los nafos (B), los plásticos (C), los hidrogeles (E-a) y las emulsiones (E-b); los propulsores son las pólvoras; los detonadores y cordones son objetos explosivos.

36. El catálogo de explosivos, según el artículo 13 del Reglamento de Explosivos, es un registro administrativo dependiente de:

a) El Ministerio de Industria y Energía, en un libro-registro de soporte informático.

b) La Dirección General de la Guardia Civil.

c) El Ministerio de Defensa.

d) Las Delegaciones del Gobierno.

Respuesta: a). Ningún explosivo puede importarse, almacenarse, comercializarse ni usarse sin estar catalogado (15); la catalogación se solicita a la Dirección General de Política Energética y Minas.

37. Las fábricas de explosivos serán objeto de inspecciones técnicas ordinarias, según el artículo 33 del Reglamento de Explosivos, al menos:

a) Cada seis meses.

b) Cada doce meses.

c) Cada dos años.

d) Cada cinco años.

Respuesta: b). La misma periodicidad rige para los depósitos (82). Los permisos de funcionamiento pierden validez tras un año de inactividad (39).

38. Según el artículo 37 del Reglamento de Explosivos, la inspección sobre medidas de seguridad ciudadana de las fábricas y el control de los explosivos almacenados corresponde a:

a) Las Áreas Funcionales de Industria y Energía.

b) Las entidades colaboradoras de la Administración.

c) La Dirección General de Armamento y Material.

d) Las Intervenciones de Armas y Explosivos, que pueden realizar sin previo aviso cuantas inspecciones estimen necesarias.

Respuesta: d). La Intervención Central puede fijar medidas de subsanación y las comunica a la Delegación del Gobierno y al titular.

39. El Plan de seguridad ciudadana de una fábrica de explosivos, según el artículo 52 del Reglamento, debe ser aprobado por:

a) El Delegado del Gobierno.

b) La Dirección General de Política Energética y Minas.

c) El Ministerio de Defensa.

d) La Intervención Central de Armas y Explosivos.

Respuesta: d). Lo elabora un director o jefe de seguridad y la vigilancia la prestan vigilantes de explosivos, sustituibles por medios electrónicos con autorización de la Intervención Central (ITC 1).

40. Según la ITC 1 del Reglamento de Explosivos, el cerramiento de una fábrica de explosivos tendrá una altura no inferior a:

a) 1,80 metros.

b) 2 metros.

c) 2,50 metros, con los 50 centímetros superiores de alambre de espino inclinado 45 grados hacia el exterior.

d) 3 metros.

Respuesta: c). En los depósitos la altura mínima es de 2 metros. La alambrada son tres filas de alambre de espino o concertina sobre bayonetas a 45 grados, y no puede haber construcciones a menos de 10 metros del cerramiento.

41. Conforme al artículo 54 del Reglamento de Explosivos, en el recinto de una fábrica de explosivos:

a) No se pueden introducir bebidas alcohólicas ni efectos que permitan producir fuego, y los vigilantes pueden efectuar registros individuales sin previo aviso.

b) Solo se prohíbe fumar en los polvorines.

c) Los registros personales exigen autorización judicial.

d) Pueden entrar libremente los proveedores.

Respuesta: a). El acceso de personas ajenas requiere identificación y registro en un libro de visitas (53).

42. Según el artículo 56 del Reglamento de Explosivos, los depósitos pueden ser de tres tipos:

a) Fijos, móviles y mixtos.

b) Superficiales, semienterrados y subterráneos.

c) Civiles, militares y policiales.

d) De productos terminados, auxiliares asociados a una fábrica y de consumo.

Respuesta: d). Superficiales, semienterrados y subterráneos son las clases de polvorines (57), que son cada local del depósito acondicionado para almacenar explosivos.

43. El establecimiento de depósitos de productos terminados no integrados en una fábrica y de consumo hasta una capacidad de 10.000 kilogramos netos lo autoriza, según el artículo 62 del Reglamento de Explosivos:

a) El Delegado del Gobierno en la Comunidad Autónoma, previo informe del Área Funcional y de la Intervención Central de Armas y Explosivos.

b) El Jefe de la Comandancia de la Guardia Civil.

c) El Alcalde del municipio.

d) El Ministerio de Defensa.

Respuesta: a). Los de mayor capacidad los autoriza el Ministerio de Industria, previo informe favorable del Ministerio de Defensa.

44. Los polvorines auxiliares de distribución que pueden autorizarse a los usuarios de explosivos, según el artículo 95 del Reglamento, tienen una capacidad unitaria máxima de:

a) 10 kilogramos o 100 detonadores.

b) 50 kilogramos o 500 detonadores, sin superar diez polvorines por instalación.

c) 500 kilogramos o 5.000 detonadores.

d) 5.000 kilogramos.

Respuesta: b). Los autoriza el Delegado del Gobierno y se construyen en forma de caja fuerte. Los 5.000 kilogramos son el máximo de los depósitos de consumo transportables para obras temporales (96).

45. Los depósitos de consumo para trabajos temporales como túneles y carreteras, según el artículo 96 del Reglamento de Explosivos:

a) No pueden autorizarse.

b) Tienen capacidad máxima de 10.000 kilogramos.

c) Se trasladan cargados.

d) Tienen capacidad máxima de 5.000 kilogramos, con polvorines transportables que se desplazan siempre en vacío.

Respuesta: d). Están pensados para obras que avanzan y obligan a desplazar periódicamente el depósito.

46. Según el artículo 109 del Reglamento de Explosivos, son personas autorizadas para la comercialización de explosivos:

a) Cualquier empresa de transporte de mercancías peligrosas.

b) Los consumidores eventuales.

c) Las armerías, en todo caso.

d) Los titulares de un depósito de productos terminados, integrado o no en una fábrica, o quienes cuenten con autorización expresa de distribución.

Respuesta: d). Las armerías solo pueden adquirir determinados productos en los aspectos regulados por el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería. Compran los consumidores, las fábricas, los depósitos y los distribuidores (110).

47. A efectos del artículo 118 del Reglamento de Explosivos, se entiende por consumidor de explosivos:

a) Toda empresa que almacene explosivos.

b) La entidad que realiza actividades de utilización de explosivos en voladuras.

c) Las fábricas de explosivos.

d) Los transportistas autorizados.

Respuesta: b). Las fábricas, los depósitos y las entidades que no realizan voladuras no son consumidores.

48. La autorización para la utilización habitual de explosivos con ámbito nacional, según el artículo 119 del Reglamento de Explosivos, la otorga:

a) La Dirección General de la Guardia Civil, previo informe favorable de la Dirección General de Política Energética y Minas, con validez de cinco años.

b) El Delegado del Gobierno, con validez de un año.

c) El Ministerio de Defensa.

d) El Área Funcional de Industria y Energía.

Respuesta: a). Queda recogida en un registro de la Intervención Central de Armas y Explosivos. La de ámbito provincial o autonómico y la eventual las otorga el Delegado del Gobierno.

49. Según el artículo 120 del Reglamento de Explosivos, el consumidor debe solicitar el pedido de suministro de explosivos con una antelación de al menos:

a) 24 horas, al Área Funcional de Industria y Energía de la Delegación o Subdelegación del Gobierno.

b) 48 horas, a la Intervención de Armas y Explosivos.

c) Cinco días hábiles, a la Dirección General de la Guardia Civil.

d) Quince días, al Ministerio de Industria.

Respuesta: a). La autorización del pedido es condición indispensable para el suministro y debe citarse en la guía de circulación (121).

50. El libro-registro de consumo y las actas de uso de explosivos se remiten mensualmente, según el artículo 122.2 del Reglamento de Explosivos:

a) Al Ministerio de Industria únicamente.

b) A la Comandancia de la Guardia Civil de la capital de provincia.

c) Al Juzgado de Instrucción del partido.

d) A la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil competente sobre la explotación u obra y al Área Funcional de Industria y Energía, dentro de los cinco primeros días hábiles.

Respuesta: d). El libro recoge diariamente entradas, salidas y existencias, y cada día de consumo los responsables de la voladura firman un acta de uso (ITC 24).

51. Conforme al artículo 124 del Reglamento de Explosivos, las personas que manejan o manipulan explosivos en el consumo, además del responsable de la voladura y del responsable del libro-registro, son:

a) Los vigilantes de seguridad de la obra.

b) Los conductores del transporte.

c) Los inspectores del Área Funcional.

d) Los artilleros y auxiliares de artillero nombrados por la empresa consumidora.

Respuesta: d). En minas y obras los designa el director facultativo; las habilitaciones específicas (ITC 8) las concede el Área Funcional de Industria y Energía.

52. El tránsito por territorio nacional de explosivos procedentes de países no comunitarios lo autoriza, según los artículos 133 a 135 del Reglamento de Explosivos:

a) El Ministerio de Asuntos Exteriores, dando cuenta a Interior, Industria y Defensa.

b) La Intervención de Armas y Explosivos de la frontera.

c) El Delegado del Gobierno de la provincia de entrada.

d) La Dirección General de Tráfico.

Respuesta: a). El tránsito de origen comunitario lo autoriza la Intervención Central de Armas y Explosivos con cinco días hábiles de antelación (137).

53. La guía de circulación que ampara el desplazamiento de explosivos entre dos puntos del territorio nacional, según los artículos 152 y 153 del Reglamento de Explosivos:

a) La expide el Área Funcional de Industria.

b) No es necesaria para trayectos inferiores a 100 kilómetros.

c) La expide el transportista.

d) La autoriza la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil que corresponda al punto de origen y acompaña en todo momento al transporte.

Respuesta: d). Junto a ella viajan la carta de porte y el pedido de suministro autorizado. Las MEMU también circulan con guía.

54. Según el artículo 156 del Reglamento de Explosivos, los lugares de parada de un transporte de explosivos por carretera se escogerán en áreas situadas, como mínimo, a:

a) 100 metros de núcleos de población.

b) 250 metros de núcleos de población.

c) 500 metros de núcleos de población.

d) 1.000 metros de núcleos de población.

Respuesta: c). Se evitan las paradas no previstas en la guía y atravesar poblaciones; antes de abandonar la cabina, motor parado, cambio en posición segura y frenos accionados; en avería se da cuenta inmediata a la Guardia Civil.

55. Si un convoy ferroviario con explosivos debe detenerse durante el viaje, según el artículo 162 del Reglamento de Explosivos:

a) Se colocará fuera de las zonas de maniobras, bajo custodia, y se dará cuenta inmediata a la Intervención de Armas y Explosivos de la Comandancia.

b) Continuará sin detenerse en ningún caso.

c) Se avisará únicamente a la empresa ferroviaria.

d) Se descargará en la estación más próxima.

Respuesta: a). Los jefes de las dependencias ferroviarias velan por la seguridad mientras los explosivos permanecen en su estación (161).

56. Conforme al artículo 168 del Reglamento de Explosivos, una embarcación cargada con materias reglamentadas:

a) Puede abarloarse a cualquier otra en puerto.

b) No podrá ser abarloada por otra sin autorización, y los explosivos se cargan o descargan directamente de buque a vehículo.

c) Debe permanecer fondeada fuera de puerto en todo caso.

d) Solo puede descargar de noche.

Respuesta: b). A la entrada en el recinto portuario el encargado presenta la guía de circulación (169); la carga y descarga es directa de buque a vehículo o viceversa (170).

57. Según el artículo 182 del Reglamento de Explosivos, las infracciones que se refieran a aspectos de seguridad ciudadana prescriben:

a) A los seis meses, al año o a los dos años, según sean leves, graves o muy graves.

b) Al año, a los tres años o a los cinco años.

c) A los tres meses en todos los casos.

d) No prescriben.

Respuesta: a). Los plazos de uno, tres y cinco años son los de las infracciones de seguridad industrial. Las sanciones de seguridad ciudadana prescriben a uno, dos y tres años (183).

58. Constituye infracción muy grave, según el artículo 180 del Reglamento de Explosivos:

a) La omisión de datos en las comunicaciones obligatorias.

b) Las irregularidades en los libros-registro.

c) No remitir los partes a la Administración.

d) La fabricación, almacenamiento, transporte, tenencia o uso de materias reglamentadas sin autorización cuando causen perjuicios muy graves o se produzca la pérdida o sustracción de las materias.

Respuesta: d). Las otras tres conductas son infracciones leves del artículo 178. La misma conducta sin esos resultados es grave (179).

59. Los explosivos incautados como consecuencia de una infracción administrativa, según el artículo 186 del Reglamento de Explosivos:

a) Se devuelven al infractor al pagar la multa.

b) Se venden en subasta pública.

c) Pasan a poder del Estado, que a través del Delegado del Gobierno los entrega a las Fuerzas Armadas, la Guardia Civil o la Policía Nacional si les son útiles, o los destruye conforme a la ITC 12.

d) Se depositan en la fábrica más próxima.

Respuesta: c). Durante el expediente pueden adoptarse medidas cautelares proporcionadas (187).

60. Según el artículo 189 del Reglamento de Explosivos, en caso de urgencia, grave riesgo o peligro inminente para personas y bienes, las autoridades o sus agentes podrán:

a) Acordar la paralización parcial o total de la actividad de la instalación, conforme al artículo 21 de la Ley Orgánica 4/2015.

b) Únicamente levantar acta.

c) Imponer la multa máxima en el acto.

d) Clausurar definitivamente la instalación.

Respuesta: a). Es la medida provisional urgente de la ley de seguridad ciudadana, que exige comunicación inmediata y ratificación posterior.


11. Preguntas de estilo examen

Diez preguntas más, redactadas con el formato y la extensión de los cuestionarios oficiales de la Escala de Cabos y Guardias, que empiezan siempre nombrando la norma. Completan las setenta del nivel A.

61. Reglamento de Armas. Definiciones. El arma de fuego que se signifique especialmente por su relación con un hecho o personaje histórico relevante, convenientemente acreditada, es un…:

a) Arma antigua.

b) Arma artística.

c) Arma de colección.

d) Arma histórica.

Respuesta: d). La antigua se define por la fecha (anterior al 1 de enero de 1890) y la artística por la ornamentación con materiales nobles o diseño.

62. Reglamento de Armas. Armas de guerra. Señale la opción INCORRECTA:

a) Las armas de fuego de calibre igual o superior a 20 milímetros.

b) Las armas de fuego automáticas.

c) Las escopetas de caza de ánima lisa.

d) Las bombas de aviación, misiles, cohetes, torpedos, minas y granadas.

Respuesta: c). Las escopetas son armas reglamentadas de la 3.ª categoría. Las de guerra las define el artículo 6 y su adquisición, tenencia y uso están prohibidos a los particulares.

63. Reglamento de Armas. Licencias. Nadie podrá poseer más de una licencia D, que tendrá cinco años de validez y autorizará para llevar y usar hasta…:

a) Una arma de la categoría 2.ª 2.

b) Tres armas de la categoría 2.ª 2.

c) Cinco armas de la categoría 2.ª 2.

d) Seis armas de la categoría 2.ª 2.

Respuesta: c). Artículo 100.2. La concede el Jefe de la Comandancia de la provincia de residencia; con la licencia se adquiere un arma y las restantes con autorización especial.

64. Reglamento de Armas. Tenencia y uso. Señale la opción INCORRECTA sobre las obligaciones de quienes posean armas de fuego:

a) Guardarlas en lugar seguro y adoptar las medidas necesarias para evitar su pérdida, robo o sustracción.

b) Presentar las armas a las autoridades o a sus agentes siempre que les requieran para ello.

c) Declarar inmediatamente en la Intervención de Armas la pérdida, destrucción, robo o sustracción de las armas o de su documentación.

d) Guardar las armas y sus municiones en un mismo lugar de fácil acceso conjunto.

Respuesta: d). El artículo 144.1.d) exige justamente lo contrario: que las armas y sus municiones no sean fácilmente accesibles de manera conjunta.

65. Reglamento de Armas. Régimen sancionador. La competencia para sancionar las infracciones leves relacionadas con las tarjetas de armas de la 4.ª categoría corresponde a…:

a) Los Alcaldes.

b) Los Jefes de Comandancia.

c) Las Intervenciones de Armas.

d) El Ministro del Interior.

Respuesta: a). Artículo 159.1: los alcaldes sancionan las infracciones leves de los artículos 105 y 149.5; las demás graves y leves, los Delegados del Gobierno; las muy graves, conforme al artículo 32 de la Ley Orgánica 4/2015.

66. Reglamento de Explosivos. Órganos competentes. La autorización de los tránsitos de explosivos procedentes de países extracomunitarios por territorio nacional corresponde…:

a) Al Ministerio de Asuntos Exteriores.

b) A la Dirección General de la Guardia Civil.

c) Al Ministerio de Defensa.

d) A las Delegaciones del Gobierno.

Respuesta: a). Artículo 2.2.f y 133 a 135. Los tránsitos de origen comunitario, las importaciones y las transferencias los autoriza la Guardia Civil a través de la Intervención Central de Armas y Explosivos.

67. Reglamento de Explosivos. Clasificación de explosivos. La división de riesgo más baja, reservada a los objetos de sensibilidad extremadamente reducida que no pueden estallar en masa, es la División…:

a) 1.3.

b) 1.4.

c) 1.5.

d) 1.6.

Respuesta: d). La 1.5 son materias muy poco sensibles que sí presentan riesgo de explosión en masa; la 1.4, las de pequeño riesgo.

68. Reglamento de Explosivos. Fábricas. Los directores de las fábricas de explosivos deberán ser…:

a) Titulados universitarios.

b) Vigilantes de explosivos habilitados.

c) Ingenieros de minas en todo caso.

d) Miembros de la Guardia Civil en la reserva.

Respuesta: a). Artículo 43.1; los directores técnicos cumplen la ITC 31. Los talleres de cartuchería que no fabrican explosivos quedan exentos.

69. Reglamento de Explosivos. Depósitos. Los polvorines podrán ser…:

a) Fijos o móviles.

b) Superficiales, semienterrados o subterráneos.

c) Principales o auxiliares.

d) Civiles o militares.

Respuesta: b). Artículo 57.2. Los depósitos, en cambio, son de productos terminados, auxiliares asociados a una fábrica y de consumo (56).

70. Reglamento de Explosivos. Transporte por carretera. En caso de detención por avería o accidente que haga presumible un estacionamiento prolongado del vehículo…:

a) Se adoptarán las medidas de precaución necesarias, dando cuenta inmediata a la Guardia Civil.

b) Se descargarán los explosivos en el arcén.

c) Bastará avisar a la empresa transportista.

d) El conductor abandonará el vehículo sin más trámite.

Respuesta: a). Artículo 156.3, sin perjuicio del Real Decreto 97/2014 sobre transporte de mercancías peligrosas por carretera.


12. Fuentes oficiales

Todos los preceptos se han leído del texto consolidado antes de escribir sobre ellos, y todos los identificadores del BOE se han comprobado con curl leyendo el título que devuelve el propio Boletín. Las instrucciones técnicas complementarias se han leído del texto consolidado del Real Decreto 130/2017 en la página act.php del BOE.

Norma o fuenteReferenciaEnlace
Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de ArmasBOE-A-1993-6202, BOE de 5 de marzo de 1993; texto consolidado con última actualización publicada el 4 de abril de 2025 (data/leyes/rd-137-1993-reglamento-armas.json)https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1993-6202
Real Decreto 130/2017, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ExplosivosBOE-A-2017-2313, BOE de 4 de marzo de 2017; texto consolidado con última actualización publicada el 10 de octubre de 2025 (data/leyes/rd-130-2017-reglamento-explosivos.json)https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2017-2313
Real Decreto 653/2023, de 18 de julio, por el que se modifica el Reglamento de Armas en cumplimiento de la STS 411/2022BOE-A-2023-16643https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2023-16643

Jurisprudencia citada, comprobada una a una en el BOE: STC 341/1993, de 18 de noviembre (BOE-T-1993-29248); STC 24/2004, de 24 de febrero (BOE-T-2004-5478); STC 51/2005, de 14 de marzo (BOE-T-2005-6204); Sentencias de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 4 de abril de 2022, recursos 297/2020 (STS 411/2022, BOE-A-2022-7138) y 300/2020 (BOE-A-2022-7515).

Temario y convocatoria: temario fijado por la Resolución de 26 de junio de 2019 de la Dirección General de la Guardia Civil, modificada el 3 de octubre de 2022 y actualizada el 29 de mayo de 2023, transcrito en TEMARIO-OFICIAL.md; convocatoria de referencia, Resolución 160/38243/2026, de 5 de mayo (BOE-A-2026-9982).

Frecuencia: cuestionarios oficiales de conocimientos generales de 2025 y 2026, modelo A, publicados por la Jefatura de Enseñanza de la Guardia Civil, clasificados en ANALISIS-FRECUENCIA.md; las respuestas del cuestionario de 2026 se han contrastado con la plantilla oficial del tribunal. No se reproduce el enunciado literal de ninguna pregunta oficial.


13. Control de calidad

  • [x] Los dos reglamentos del enunciado oficial se desarrollan completos, capítulo a capítulo, con apartado propio en el epígrafe 4
  • [x] Ningún precepto se ha redactado de memoria: los dos reglamentos se han extraído de nuevo del BOE el día de la redacción (data/leyes/), la ITC 1 se ha leído del consolidado, y las cifras (categorías, capacidades, plazos, distancias, edades, multas) se han comprobado una a una
  • [x] Se estudia el texto reformado por los Reales Decretos 726/2020 y 653/2023 (nueve categorías, armas acústicas e inutilizadas, Registro Nacional de Armas) y se advierte de los textos anteriores como distractores
  • [x] Los identificadores del BOE de los dos reglamentos, del Real Decreto 653/2023 y de las cinco resoluciones se han comprobado con curl leyendo el título que devuelve el Boletín; el número de la STS 411/2022 se ha tomado del preámbulo del Real Decreto 653/2023 publicado en el BOE
  • [x] Tres sentencias del Tribunal Constitucional y dos del Tribunal Supremo citadas y verificadas con su fallo en el epígrafe 5, todas sobre la relación entre los reglamentos y la ley
  • [x] Treinta y siete trampas de examen, por encima del mínimo de doce
  • [x] Setenta preguntas con respuesta explicada, las que corresponden al nivel A; las ocho preguntas oficiales medidas tienen su materia cubierta y su respuesta razonada en el desarrollo
  • [x] Ninguna pregunta reproduce el enunciado de un cuestionario oficial
  • [x] Las cifras de frecuencia proceden de frecuencia/conteo.json y no se han escrito a mano
  • [x] Sin raya ni semirraya en todo el archivo
  • [ ] Revisión por revisor colegiado: pendiente

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Las preguntas son de práctica y orientación. No garantizamos que aparezcan en el examen oficial.