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Tema 8 · Nivel A

Derecho penal

«Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. TÍTULO Preliminar. LIBRO I. Disposiciones generales sobre los delitos, las personas responsables, las penas, medidas de seguridad y demás consecuencias de la infracción penal. TÍTULO I. De la infracción penal. TÍTULO II. De las personas criminalmente responsables de los delitos. TÍTULO III. De las penas. CAPÍTULO I. De las penas, sus clases y efectos. TÍTULO IV. De las medidas de seguridad. TÍTULO V. De la responsabilidad civil derivada de los delitos y de las costas procesales. CAPÍTULO I. De la responsabilidad civil y su extensión. CAPÍTULO II. De las personas civilmente responsables. TÍTULO VII. De la extinción de la responsabilidad criminal y sus efectos. LIBRO II. Delitos y sus penas. TÍTULO I. Del homicidio y sus formas. TÍTULO III. De las lesiones. TÍTULO VI. Delitos contra la libertad. TÍTULO VII. De las torturas y otros delitos contra la integridad moral. TÍTULO VII bis. De la trata de seres humanos. TÍTULO VIII. Delitos contra la libertad sexual. TÍTULO XII. Delitos contra las relaciones familiares. CAPÍTULO I. De los matrimonios ilegales. CAPÍTULO II. De la suposición de parto y de la alteración de la paternidad, estado o condición del menor. TÍTULO XIX. Delitos contra la Administración Pública. TÍTULO XXI. Delitos contra la Constitución. TÍTULO XXIV. Delitos contra la Comunidad Internacional.»

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Tema 8. Derecho penal

Escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil. Ingreso directo.

Enunciado oficial (Resolución de 26 de junio de 2019 de la Dirección General de la Guardia Civil, modificada el 3 de octubre de 2022 y actualizada el 29 de mayo de 2023), bloque único: «Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. TÍTULO Preliminar. LIBRO I. Disposiciones generales sobre los delitos, las personas responsables, las penas, medidas de seguridad y demás consecuencias de la infracción penal. TÍTULO I. De la infracción penal. TÍTULO II. De las personas criminalmente responsables de los delitos. TÍTULO III. De las penas. CAPÍTULO I. De las penas, sus clases y efectos. TÍTULO IV. De las medidas de seguridad. TÍTULO V. De la responsabilidad civil derivada de los delitos y de las costas procesales. CAPÍTULO I. De la responsabilidad civil y su extensión. CAPÍTULO II. De las personas civilmente responsables. TÍTULO VII. De la extinción de la responsabilidad criminal y sus efectos. LIBRO II. Delitos y sus penas. TÍTULO I. Del homicidio y sus formas. TÍTULO III. De las lesiones. TÍTULO VI. Delitos contra la libertad. TÍTULO VII. De las torturas y otros delitos contra la integridad moral. TÍTULO VII bis. De la trata de seres humanos. TÍTULO VIII. Delitos contra la libertad sexual. TÍTULO XII. Delitos contra las relaciones familiares. CAPÍTULO I. De los matrimonios ilegales. CAPÍTULO II. De la suposición de parto y de la alteración de la paternidad, estado o condición del menor. TÍTULO XIX. Delitos contra la Administración Pública. TÍTULO XXI. Delitos contra la Constitución. TÍTULO XXIV. Delitos contra la Comunidad Internacional.»

AutoríaEquipo de contenidos TestMiOpo
Revisión jurídicaPendiente de revisor colegiado
Última revisión12 de septiembre de 2026
Norma de referenciaLey Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal (BOE-A-1995-25444), texto consolidado con última actualización publicada el 9 de abril de 2026, que incorpora la Ley Orgánica 1/2026, de 8 de abril, en materia de multirreincidencia (BOE-A-2026-7966)
Convocatoria de referenciaResolución 160/38243/2026, de 5 de mayo (BOE-A-2026-9982)

1. Mapa del tema

                    EL CODIGO PENAL: LA PARTE GENERAL SE PREGUNTA, LA ESPECIAL SE RECONOCE
                                                |
          +-------------------------------------+-------------------------------------+
          |                                                                           |
   LIBRO I (9 de las 10 preguntas medidas)                                 LIBRO II (1 pregunta)
          |                                                                           |
   Tit. Prelim. (1-9): legalidad,                                   Tit. I homicidio (138-143):
   irretroactividad salvo favorable,                                 10-15 anos; asesinato 15-25
   concurso de normas (art. 8)                                       (alevosia, precio, ensanamiento,
          |                                                          facilitar otro delito); PPR (140)
   Tit. I infraccion (10-23):                                                |
   dolo/imprudencia, omision (11),                                   Tit. III lesiones (147-156):
   graves/menos graves/leves (13),                                   147.1 tratamiento medico;
   ERROR (14), tentativa y                                           148 agravadas; 149-150;
   DESISTIMIENTO (16), conspiracion,                                 153 violencia de genero
   proposicion, PROVOCACION (17-18),                                        |
   menores (19), EXIMENTES 20 (7),                                   Tit. VI libertad (163-172 quater):
   ATENUANTES 21 (7), AGRAVANTES 22 (8),                             detencion ilegal 4-6 anos,
   MIXTA parentesco (23)                                             secuestro 6-10, funcionario (167),
          |                                                          amenazas, coacciones, acoso 172 ter
   Tit. II responsables (27-31 quinquies):                                  |
   autores (28: por si, conjuntamente,                               Tit. VII torturas (173-177):
   POR MEDIO DE OTRO; inductores y                                   trato degradante, 173.2 maltrato
   cooperadores necesarios) y complices (29);                        habitual, TORTURA 174 (funcionario,
   personas juridicas (31 bis)                                       confesion/castigo/discriminacion)
          |                                                                 |
   Tit. III cap. I penas (32-60):                                    Tit. VII bis trata (177 bis):
   graves/menos graves/leves (33),                                   5-8 anos, cinco finalidades
   privativas de libertad (35: PPR,                                         |
   prision 3 meses-20 anos, localizacion                             Tit. VIII libertad sexual (178-194 bis):
   permanente, RPS), privativas de                                   agresion sexual 1-4 (sin
   derechos (39-49), multa (50-53:                                   consentimiento), violacion 4-12,
   dias-multa 10 dias a 2 anos, cuota                                menores de 16 (181), ACOSO
   2-400 euros), accesorias (54-57)                                  SEXUAL 184
          |                                                                 |
   Tit. IV medidas de seguridad (95-108):                            Tit. XII caps. I-II (217-222):
   peligrosidad; privativas (3 internamientos)                       matrimonios ilegales, suposicion
   y NO privativas (LIBERTAD VIGILADA,                               de parto
   custodia familiar, inhabilitacion...)                                    |
          |                                                          Tit. XIX Admon. Publica (404-445):
   Tit. V resp. civil (109-122): restitucion,                        prevaricacion, desobediencia,
   reparacion, indemnizacion; Estado                                 infidelidad custodia, COHECHO,
   subsidiario (121)                                                 malversacion
          |                                                                 |
   Tit. VII extincion (130-137): 7 causas;                           Tit. XXI Constitucion (472-543):
   PRESCRIPCION delito 20/15/10/5/1 (131)                            rebelion, Corona, garantias
   y pena 30/25/20/15/10/5/1 (133);                                  constitucionales (530-542)
   CANCELACION antecedentes 6m/2/3/5/10 (136)                               |
                                                                     Tit. XXIV Comunidad Internacional
                                                                     (605-616): genocidio, lesa humanidad

2. Introducción y enfoque de estudio

Prioridad de estudio. Léalo antes de empezar.

Este tema vale 5,00 puntos de los 100 del examen, nivel A: cinco preguntas en 2025 y cinco en 2026. Y tiene una regularidad que decide cómo se estudia: nueve de las diez preguntas medidas salieron del Libro I, la parte general del Código, y solo una del Libro II, sobre el acoso sexual. El tribunal pregunta el error, el desistimiento, la provocación, las agravantes, la circunstancia mixta, la autoría mediata, la libertad vigilada, la clasificación de una pena por su duración y los plazos de cancelación de antecedentes. Es decir, los artículos 14 a 33 y el 136.

Tres decisiones de estudio.

Primera: el Libro I se estudia artículo por artículo y con sus números. El enunciado enumera siete títulos del Libro I y los diez preguntados en dos años caben en ellos. Cada precepto se ha leído del texto consolidado y se expone con su literalidad, porque el tribunal construye las preguntas alterando una palabra («e impidan» por «e impidan o intenten impedir», «carácter público o privado» por «carácter público», «cinco años para las penas graves» por diez) o pidiendo el nombre exacto de una figura (autor mediato, provocación, libertad vigilada, pena menos grave). Las tablas del artículo 33, del 131, del 133 y del 136 hay que sabérselas de memoria.

Segunda: el Libro II se estudia por reconocimiento, no por memorización de penas. Diez títulos enunciados y una sola pregunta medida, sobre la definición del acoso sexual del artículo 184. Lo rentable es saber qué conducta es qué delito (detención ilegal frente a secuestro, agresión sexual frente a violación, tortura frente a atentado contra la integridad moral, cohecho frente a tráfico de influencias, homicidio frente a asesinato), las cifras que definen el tipo (más de quince días de detención, menor de dieciséis años, tratamiento médico además de la primera asistencia) y los preceptos que castigan al funcionario público por lo que puede hacer mal en el servicio: detención con violación de plazos (530), incomunicación ilegal (531), entrada en domicilio sin garantías (534), tortura (174), abandono de destino (407), cohecho (419 a 422).

Tercera: el Código cambia cada año y este tema está al día del 9 de abril de 2026. La Ley Orgánica 1/2026 reformó la reincidencia del artículo 22.8 para computar los delitos leves en los tipos agravados por multirreincidencia, y la Ley Orgánica 10/2022 reescribió los delitos contra la libertad sexual. Un manual anterior a 2023 habla de «abuso sexual», que ya no existe. El opositor debe comprobar antes del examen si se ha publicado alguna reforma posterior al 9 de abril de 2026.

Cómo recorrer el tema. Primero los Títulos Preliminar, I y II del Libro I (4.1 a 4.3), que llevan cinco de las diez preguntas medidas. Después el Título III (4.4), las penas, con la tabla del artículo 33, y el Título IV (4.5), las medidas de seguridad. Luego la responsabilidad civil y la extinción (4.6 y 4.7), con los plazos. Y al final el Libro II (4.8 a 4.17), leído como un catálogo de conductas.


3. Qué se pregunta de este tema

Medido sobre los dos cuestionarios oficiales de conocimientos generales publicados por la Jefatura de Enseñanza de la Guardia Civil, 200 preguntas clasificadas una a una por materia (ANALISIS-FRECUENCIA.md):

CuestionarioPreguntas del tema 8Sobre el totalPuntos sobre 100
6 de septiembre de 2025, modelo A51005,00
11 de julio de 2026, modelo A51005,00
Media5,00

5,00 puntos es dato medido, nivel A. Dentro del tema, las diez preguntas se reparten así:

Parte del Código20252026TotalQué se preguntó, sin reproducir el enunciado
Libro I, Título I (infracción penal y circunstancias)235El error de tipo y de prohibición, con opción alterada; cuál de cuatro no es agravante; el desistimiento cuando intervienen varios sujetos; la provocación; la circunstancia mixta de parentesco
Libro I, Título II (personas responsables)101Cómo se llama quien realiza el hecho por medio de otro del que se sirve como instrumento
Libro I, Títulos III y IV (penas y medidas)112Qué naturaleza tiene la libertad vigilada; cómo se clasifica una prohibición de aproximación de seis meses a cinco años
Libro I, Título VII (extinción)011Plazos de cancelación de antecedentes penales, con tres opciones alteradas
Libro II, Título VIII (libertad sexual)101Nombre del delito de quien solicita favores sexuales en una relación laboral provocando una situación intimidatoria

Tres lecturas:

Nueve de diez del Libro I, y de ellas cinco del Título I. El error (14), la tentativa y el desistimiento (16), la conspiración, proposición y provocación (17 y 18), las eximentes (20), atenuantes (21), agravantes (22) y la mixta (23) son los artículos más rentables del temario entero: veinte artículos que valen dos puntos y medio al año.

Cuatro de las diez preguntas eran de identificar una figura por su definición: autor, provocación, libertad vigilada, acoso sexual. El Código define y el tribunal pregunta la etiqueta. Por eso el desarrollo destaca en negrita el nombre de cada figura junto a su definición literal.

Las cifras del Libro I se preguntan literalmente, y la única alteración de la pregunta de 2026 sobre antecedentes fue cambiar un número. Las tablas de este tema son el material de examen.

Nunca se reproduce el enunciado literal de una pregunta oficial. Las preguntas de este manual están redactadas de nuevo.


4. Desarrollo

El desarrollo sigue el orden del enunciado oficial: el Título Preliminar y los títulos del Libro I que enumera, y después los títulos del Libro II en el orden del Código. Los números de artículo son los del texto consolidado a 9 de abril de 2026.

4.1. Título Preliminar. De las garantías penales y de la aplicación de la ley penal (artículos 1 a 9)

El Código Penal es la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, publicada en el BOE de 24 de noviembre de 1995 (BOE-A-1995-25444), llamada «Código Penal de la democracia» por sustituir al texto de 1973. Tiene un Título Preliminar, un Libro I de disposiciones generales, un Libro II de delitos y sus penas, y, desde la reforma de 2015 que suprimió las faltas, ningún Libro III. Se ha reformado decenas de veces; la última, la Ley Orgánica 1/2026, de 8 de abril, en materia de multirreincidencia.

El Título Preliminar recoge las garantías penales, que son la traducción del artículo 25.1 de la Constitución:

GarantíaArtículoContenido
Criminal1.1No se castiga ninguna acción u omisión que no esté prevista como delito por ley anterior a su perpetración
Penal2.1No se castiga ningún delito con pena que no esté prevista por ley anterior; las leyes de medidas de seguridad tampoco son retroactivas
Retroactividad favorable2.2Tienen efecto retroactivo las leyes penales que favorezcan al reo, aunque haya sentencia firme y esté cumpliendo condena; en caso de duda sobre la ley más favorable, será oído el reo; los hechos cometidos bajo una ley temporal se juzgan conforme a ella
Jurisdiccional3.1No puede ejecutarse pena ni medida sino en virtud de sentencia firme del Juez o Tribunal competente
De ejecución3.2La pena se ejecuta solo en la forma prescrita por la ley y bajo el control de los Jueces y Tribunales
Prohibición de analogía4.1Las leyes penales no se aplican a casos distintos de los comprendidos expresamente en ellas

El artículo 4 añade dos deberes del juez que el opositor debe conocer: si conoce una conducta no penada que estima digna de represión, se abstiene y expone al Gobierno las razones para que sea sancionada (4.2); y si la aplicación rigurosa de la ley resulta en una pena que no debiera imponerse o es notablemente excesiva, acude al Gobierno proponiendo la derogación, la modificación o el indulto, sin dejar de ejecutar la sentencia (4.3), pudiendo suspender la ejecución mientras se resuelve el indulto en los casos del 4.4. El artículo 5 dice que no hay pena sin dolo o imprudencia. Las medidas de seguridad se fundan en la peligrosidad criminal del sujeto exteriorizada en un hecho previsto como delito, y no pueden ser más gravosas ni más largas que la pena abstractamente aplicable (artículo 6). Los delitos se consideran cometidos en el momento en que el sujeto ejecuta la acción u omite el acto debido (artículo 7, tiempo de comisión).

El concurso de normas (artículo 8) resuelve qué precepto se aplica cuando un hecho encaja en dos o más, fuera de los concursos de delitos de los artículos 73 a 77, por cuatro reglas en orden: 1.ª especialidad (el precepto especial prefiere al general); 2.ª subsidiariedad (el subsidiario solo en defecto del principal); 3.ª consunción (el precepto más amplio o complejo absorbe a los que castigan las infracciones consumidas en él); 4.ª alternatividad (en defecto de las anteriores, el precepto más grave excluye a los de pena menor). El artículo 9 cierra el Título: sus disposiciones se aplican a los delitos penados por leyes especiales, y el resto del Código es supletorio de ellas.

4.2. Libro I, Título I. De la infracción penal (artículos 10 a 26)

Es el título que más se pregunta del temario entero de este tema: cinco de las diez preguntas medidas.

4.2.1. Los delitos (artículos 10 a 18)

Definición y clases. «Son delitos las acciones y omisiones dolosas o imprudentes penadas por la ley» (artículo 10). La comisión por omisión (artículo 11) solo existe en los delitos de resultado cuando la no evitación, al infringir un especial deber jurídico del autor, equivale a su causación: cuando hay una obligación legal o contractual de actuar o cuando el omitente ha creado una ocasión de riesgo con una acción u omisión precedente. La imprudencia solo se castiga cuando la ley lo dispone expresamente (artículo 12), regla que se pregunta al revés. Los delitos se clasifican por la pena que la ley les señala (artículo 13): graves los castigados con pena grave, menos graves con pena menos grave y leves con pena leve; si la pena por su extensión puede ser grave y menos grave, el delito es grave en todo caso; si puede ser leve y menos grave, es leve en todo caso.

El error (artículo 14), preguntado en 2025 con una opción alterada:

Clase de errorInvencibleVencible
Error de tipo (sobre un hecho constitutivo de la infracción)Excluye la responsabilidad criminalSe castiga, en su caso, como imprudente
Error sobre un hecho que cualifica la infracción o sobre una agravanteImpide su apreciaciónImpide su apreciación
Error de prohibición (sobre la ilicitud del hecho)Excluye la responsabilidad criminalPena inferior en uno o dos grados

La opción falsa de 2025 decía que el error de prohibición vencible se castiga con la pena «inferior en un grado»: son uno o dos.

Consumación y tentativa (artículos 15 y 16). Son punibles el delito consumado y la tentativa. Hay tentativa cuando el sujeto da principio a la ejecución directamente por hechos exteriores, practicando todos o parte de los actos que objetivamente deberían producir el resultado, y este no se produce por causas independientes de la voluntad del autor. El desistimiento exime de responsabilidad por el delito intentado a quien evita voluntariamente la consumación, bien desistiendo de la ejecución iniciada, bien impidiendo el resultado, sin perjuicio de la responsabilidad por los actos ya ejecutados si son otro delito (16.2). Cuando intervienen varios sujetos, quedan exentos los que desistan de la ejecución iniciada e impidan o intenten impedir, seria, firme y decididamente, la consumación (16.3): fue la pregunta de 2026, y la respuesta correcta sumaba las dos opciones, la que decía «impidan» y la que decía «intenten impedir».

Los actos preparatorios punibles (artículos 17 y 18) solo se castigan en los casos que la ley prevé expresamente, y el tribunal pregunta su definición:

FiguraDefinición literalArtículo
ConspiraciónDos o más personas se conciertan para la ejecución de un delito y resuelven ejecutarlo17.1
ProposiciónEl que ha resuelto cometer un delito invita a otra u otras personas a participar en él17.2
ProvocaciónSe incita directamente, por la imprenta, la radiodifusión u otro medio de eficacia semejante que facilite la publicidad, o ante una concurrencia de personas, a la perpetración de un delito18.1
ApologíaExposición, ante una concurrencia de personas o por cualquier medio de difusión, de ideas o doctrinas que ensalcen el crimen o enaltezcan a su autor; solo es delictiva como forma de provocación y si constituye una incitación directa a delinquir18.1

Si a la provocación sigue la perpetración del delito, se castiga como inducción (18.2). En 2026 se preguntó el nombre de la incitación directa ante una concurrencia de personas: provocación.

4.2.2. Las causas que eximen de la responsabilidad criminal (artículos 19 y 20)

Los menores de dieciocho años no son responsables con arreglo al Código; responden por la ley del menor (artículo 19). El artículo 20 enumera siete eximentes:

N.ºEximenteRequisitos que se preguntan
1.ºAnomalía o alteración psíquica que impida comprender la ilicitud o actuar conforme a esa comprensiónEl trastorno mental transitorio no exime si fue provocado por el sujeto para delinquir o previó o debió prever su comisión
2.ºIntoxicación plena por alcohol, drogas o sustancias análogas, o síndrome de abstinenciaSiempre que no se haya buscado con el propósito de delinquir
3.ºAlteraciones en la percepción desde el nacimiento o la infancia que alteren gravemente la conciencia de la realidad
4.ºLegítima defensa de la persona o derechos propios o ajenosTres requisitos: agresión ilegítima, necesidad racional del medio empleado y falta de provocación suficiente por el defensor; en la defensa de bienes, la agresión ilegítima es el ataque que constituya delito y los ponga en grave peligro; en la de la morada, la entrada indebida
5.ºEstado de necesidadTres requisitos: que el mal causado no sea mayor que el que se evita, que la situación no haya sido provocada intencionadamente, y que el necesitado no tenga obligación de sacrificarse por su oficio o cargo
6.ºMiedo insuperable
7.ºCumplimiento de un deber o ejercicio legítimo de un derecho, oficio o cargoEs la eximente del guardia civil que usa la fuerza conforme a los principios de la Ley Orgánica 2/1986

En los tres primeros números se aplican, en su caso, las medidas de seguridad del Código. El requisito de la falta de obligación de sacrificarse del estado de necesidad afecta al guardia civil: quien por su cargo debe afrontar el peligro no puede ampararse en él.

Las tres eximentes que el guardia civil debe dominar. La legítima defensa cubre la defensa de la persona o derechos propios o ajenos, de modo que ampara también a quien defiende a un tercero, y sus tres requisitos se examinan en orden: sin agresión ilegítima actual no hay defensa sino venganza; el medio se mide por su necesidad racional, no por la igualdad de armas, de manera que un arma puede ser proporcionada frente a un ataque con las manos si el peligro lo exige; y la provocación suficiente del defensor la excluye. El estado de necesidad presupone un conflicto entre dos bienes jurídicos y exige que el mal causado no sea mayor que el evitado: puede ser igual, lo que permite salvar una vida a costa de otra en las situaciones límite, pero no sacrificar un bien mayor por uno menor. Su tercer requisito, la ausencia de obligación de sacrificarse por razón del oficio o cargo, excluye de la eximente al guardia civil, al bombero o al médico respecto de los riesgos propios de su función. El cumplimiento de un deber y el ejercicio legítimo del cargo es la eximente de la actuación policial: el uso de la fuerza y de las armas, la detención, la entrada en un domicilio o el registro de una persona son conductas típicas (coacciones, detención ilegal, allanamiento) que quedan justificadas cuando se realizan dentro de los límites que fijan la ley y los principios de congruencia, oportunidad y proporcionalidad del artículo 5 de la Ley Orgánica 2/1986 (tema 15); fuera de esos límites, la eximente decae y, si faltó un requisito no esencial, queda la eximente incompleta del artículo 21.1.ª.

4.2.3. Atenuantes, agravantes y mixta (artículos 21 a 23)

Las siete atenuantes (artículo 21): 1.ª las eximentes incompletas (las causas del artículo 20 cuando no concurren todos sus requisitos); 2.ª la grave adicción a las sustancias del 20.2.º; 3.ª el arrebato, obcecación u otro estado pasional de entidad semejante; 4.ª la confesión de la infracción a las autoridades antes de conocer que el procedimiento se dirige contra el culpable; 5.ª la reparación del daño a la víctima o disminución de sus efectos, en cualquier momento anterior al juicio oral; 6.ª la dilación extraordinaria e indebida del procedimiento no atribuible al inculpado; 7.ª cualquier otra de análoga significación.

Las ocho agravantes (artículo 22), preguntadas en 2025 con «prevalerse del carácter público o privado» como opción falsa:

N.ºAgravanteDefinición o dato
1.ªAlevosíaEmplear en los delitos contra las personas medios, modos o formas que tiendan directa o especialmente a asegurar la ejecución sin riesgo por la defensa del ofendido
2.ªDisfraz, abuso de superioridad o aprovechar las circunstancias de lugar, tiempo o auxilio de otras personas que debiliten la defensa o faciliten la impunidad
3.ªPrecio, recompensa o promesa
4.ªMotivos discriminatorios: racistas, antisemitas, antigitanos, por ideología, religión, etnia, sexo, edad, orientación o identidad sexual o de género, razones de género, aporofobia o exclusión social, enfermedad o discapacidadCon independencia de que la condición concurra realmente en la víctima
5.ªEnsañamiento: aumentar deliberada e inhumanamente el sufrimiento de la víctima con padecimientos innecesarios
6.ªAbuso de confianza
7.ªPrevalerse del carácter público que tenga el culpableSolo público, no privado
8.ªReincidencia: haber sido condenado ejecutoriamente por un delito del mismo título del Código y de la misma naturalezaNo se computan los antecedentes cancelados ni los de delitos leves, salvo para los tipos agravados por multirreincidencia de delitos leves (Ley Orgánica 1/2026); las condenas de otros Estados de la Unión Europea producen reincidencia

La circunstancia mixta de parentesco (artículo 23), preguntada en 2026: puede atenuar o agravar, según la naturaleza, los motivos y los efectos del delito, ser o haber sido el agraviado cónyuge o persona ligada de forma estable por análoga relación de afectividad, o ser ascendiente, descendiente o hermano por naturaleza o adopción del ofensor o de su cónyuge o conviviente. No incluye a los parientes colaterales de segundo grado sin más, que fue la opción falsa.

Autoridad y funcionario público (artículo 24). A efectos penales es autoridad quien por sí solo o como miembro de una corporación, tribunal u órgano colegiado tenga mando o ejerza jurisdicción propia; lo son en todo caso los miembros del Congreso, del Senado, de las Asambleas autonómicas y del Parlamento Europeo, y los del Ministerio Fiscal y la Fiscalía Europea. Es funcionario público todo el que por disposición inmediata de la ley, por elección o por nombramiento de autoridad competente participe en el ejercicio de funciones públicas. El guardia civil es funcionario público y, cuando ejerce mando, autoridad; en el ejercicio de sus funciones es además agente de la autoridad según la Ley Orgánica 2/1986.

4.3. Libro I, Título II. De las personas criminalmente responsables (artículos 27 a 31 quinquies)

Son responsables criminalmente los autores y los cómplices (artículo 27). El Código de 1995 suprimió al encubridor como partícipe: el encubrimiento es hoy un delito autónomo contra la Administración de Justicia.

FiguraDefinición literalArtículo
AutoresQuienes realizan el hecho por sí solos, conjuntamente (coautores) o por medio de otro del que se sirven como instrumento (autor mediato, preguntado en 2025)28
Inductores (considerados autores)Los que inducen directamente a otro u otros a ejecutarlo28.a)
Cooperadores necesarios (considerados autores)Los que cooperan a su ejecución con un acto sin el cual no se habría efectuado28.b)
CómplicesLos que, no estando en el artículo 28, cooperan a la ejecución con actos anteriores o simultáneos29

En los delitos cometidos por medios de difusión mecánicos no responden los cómplices ni los favorecedores, y los autores responden de forma escalonada, excluyente y subsidiaria: primero quienes redactaron el texto o produjeron el signo y sus inductores; luego los directores de la publicación; luego los de la empresa editora; y por último los de la grabadora o impresora (artículo 30). El que actúa como administrador de hecho o de derecho de una persona jurídica o en representación de otro responde personalmente aunque no reúna las condiciones que el delito exige, si concurren en el representado (artículo 31).

La responsabilidad penal de las personas jurídicas (artículos 31 bis a 31 quinquies) existe solo en los delitos en que el Código la prevé: por los delitos cometidos en su nombre o por su cuenta y en su beneficio por sus representantes o directivos, y por los cometidos por sus subordinados cuando aquellos incumplieron gravemente sus deberes de supervisión. La persona jurídica queda exenta si antes del delito adoptó y ejecutó con eficacia modelos de organización y gestión idóneos para prevenirlo (31 bis.2). Su responsabilidad es exigible aunque la persona física no haya sido individualizada (31 ter); sus atenuantes propias son confesar, colaborar aportando pruebas, reparar el daño y establecer medidas de prevención antes del juicio (31 quater); y no se aplica al Estado, a las Administraciones públicas, a los organismos reguladores ni a las organizaciones internacionales de derecho público (31 quinquies). Sus penas, todas graves, son las del artículo 33.7: multa, disolución, suspensión de actividades, clausura de locales, prohibición de actividades, inhabilitación para subvenciones y contratos, e intervención judicial.

4.4. Libro I, Título III, Capítulo I. De las penas, sus clases y efectos (artículos 32 a 60)

Las tres clases por naturaleza (artículo 32): las penas son privativas de libertad, privativas de otros derechos y multa, con carácter principal o accesorio. No son penas (artículo 34) la detención y la prisión preventiva ni las demás medidas cautelares, las multas y correcciones gubernativas o disciplinarias, ni las privaciones de derechos y sanciones de las leyes civiles o administrativas. Una sanción de la Ley de seguridad ciudadana no es pena; el arresto disciplinario del guardia civil tampoco.

La clasificación por gravedad (artículo 33) es la tabla más preguntada del Título: en 2026 se pidió cómo se clasifica la prohibición de aproximarse de seis meses a cinco años (menos grave).

PenaGraveMenos graveLeve
Prisión permanente revisableSiempre
PrisiónSuperior a 5 añosDe 3 meses hasta 5 años
Inhabilitación absolutaSiempre
Inhabilitaciones especialesSuperior a 5 añosHasta 5 años
Suspensión de empleo o cargo públicoSuperior a 5 añosHasta 5 años
Privación del derecho a conducirSuperior a 8 añosDe 1 año y 1 día a 8 añosDe 3 meses a 1 año
Privación del derecho a tenencia y porte de armasSuperior a 8 añosDe 1 año y 1 día a 8 añosDe 3 meses a 1 año
Inhabilitación especial relacionada con animalesDe 1 año y 1 día a 5 añosDe 3 meses a 1 año
Privación del derecho a residir o acudir a lugaresSuperior a 5 añosDe 6 meses a 5 añosInferior a 6 meses
Prohibición de aproximarse a la víctimaSuperior a 5 añosDe 6 meses a 5 añosDe 1 mes a menos de 6 meses
Prohibición de comunicarse con la víctimaSuperior a 5 añosDe 6 meses a 5 añosDe 1 mes a menos de 6 meses
Privación de la patria potestadSiempre
MultaMás de 3 meses; la proporcional siempreHasta 3 meses
Localización permanenteDe 1 día a 3 meses
Trabajos en beneficio de la comunidadDe 31 días a 1 añoDe 1 a 30 días

La responsabilidad personal subsidiaria por impago de multa es menos grave o leve según la pena que sustituya (33.5); las accesorias duran lo que la principal (33.6); y las penas de las personas jurídicas son todas graves (33.7).

Las penas privativas de libertad (artículos 35 a 38) son cuatro: la prisión permanente revisable, la prisión, la localización permanente y la responsabilidad personal subsidiaria por impago de multa. La prisión dura de tres meses a veinte años, salvo lo que excepcionalmente dispongan otros preceptos (36.2). La prisión permanente se revisa conforme al artículo 92, y la clasificación en tercer grado exige, con carácter general, quince años de prisión efectiva, o veinte en los delitos de terrorismo del Capítulo VII del Título XXII; los permisos de salida, ocho y doce años respectivamente (36.1). La localización permanente dura hasta seis meses y obliga a permanecer en el domicilio o en el lugar que fije el juez; puede cumplirse los sábados, domingos y festivos, en el centro penitenciario más próximo cuando la ley lo prevea por reiteración, y con medios electrónicos de control (artículo 37). El cómputo empieza desde la firmeza de la sentencia si el reo está preso, o desde el ingreso en el establecimiento si no lo está (artículo 38).

Las penas privativas de derechos (artículos 39 a 49) son diez: inhabilitación absoluta; inhabilitaciones especiales (empleo o cargo público, profesión, patria potestad, tenencia de animales, sufragio pasivo u otro derecho); suspensión de empleo o cargo público; privación del derecho a conducir; privación del derecho a la tenencia y porte de armas; privación del derecho a residir o acudir a lugares; prohibición de aproximarse; prohibición de comunicarse; trabajos en beneficio de la comunidad; y privación de la patria potestad.

Pena privativa de derechosDuración (artículo 40)Efecto
Inhabilitación absolutaDe 6 a 20 añosPrivación definitiva de todos los honores, empleos y cargos públicos, aunque sean electivos, e incapacidad para obtenerlos durante la condena (41)
Inhabilitación especial para empleo o cargo públicoDe 3 meses a 20 añosPrivación definitiva del empleo o cargo sobre el que recae e incapacidad para obtener el mismo u otros análogos durante la condena; la sentencia debe especificarlos (42)
Suspensión de empleo o cargo públicoDe 3 meses a 6 añosPriva de su ejercicio durante la condena, sin pérdida del empleo (43)
Privación del derecho a conducir; a tenencia y porte de armasDe 3 meses a 10 añosSi supera dos años, pérdida de vigencia del permiso o licencia (47)
Privación del derecho a residir o acudir a lugaresHasta 10 añosImpide residir o acudir al lugar del delito o al de residencia de la víctima (48.1)
Prohibición de aproximarse o de comunicarseDe 1 mes a 10 añosImpide acercarse a la víctima en cualquier lugar, a su domicilio, trabajo o lugares que frecuente, quedando en suspenso el régimen de visitas respecto de los hijos (48.2)
Trabajos en beneficio de la comunidadDe 1 día a 1 añoExigen el consentimiento del penado; jornada máxima de ocho horas; control del Juez de Vigilancia Penitenciaria (49)

Para el guardia civil, la diferencia entre inhabilitación especial y suspensión es la diferencia entre perder el empleo y perder su ejercicio temporalmente.

La multa (artículos 50 a 53) se impone por el sistema de días-multa: extensión mínima de diez días y máxima de dos años (cinco años para las personas jurídicas); cuota diaria de dos a 400 euros (de 30 a 5.000 para las personas jurídicas); los meses se entienden de treinta días y los años de trescientos sesenta. La cuota se fija según la situación económica del reo, y puede modificarse si esta varía tras la sentencia (51). La multa proporcional se establece en proporción al daño, al valor del objeto o al beneficio, cuando el Código lo determina (52). Si el condenado no paga, queda sujeto a la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas, que en los delitos leves puede cumplirse en localización permanente y, con conformidad del penado, en trabajos en beneficio de la comunidad; en la multa proporcional el juez la fija sin exceder de un año (53).

Las penas accesorias (artículos 54 a 57). La prisión igual o superior a diez años lleva consigo la inhabilitación absoluta durante la condena (55). En las prisiones inferiores a diez años el juez impone alguna de estas: suspensión de empleo o cargo público, inhabilitación especial para el sufragio pasivo, o inhabilitación especial para empleo, cargo, profesión o patria potestad cuando hayan tenido relación directa con el delito (56). En los delitos de homicidio, lesiones, contra la libertad, torturas, trata, libertad sexual, intimidad, honor, patrimonio y relaciones familiares, el juez puede imponer las prohibiciones del artículo 48 por hasta diez años si el delito es grave o cinco si es menos grave, y en los de violencia de género y doméstica del artículo 173.2 la prohibición de aproximarse se impone en todo caso (57). El tiempo de privación de libertad sufrido provisionalmente se abona íntegramente para el cumplimiento de la pena (58).

4.5. Libro I, Título IV. De las medidas de seguridad (artículos 95 a 108)

Las medidas de seguridad se imponen a quien ha cometido un hecho previsto como delito y presenta un pronóstico de comportamiento futuro que revele la probabilidad de nuevos delitos (artículo 95); son el instrumento para los inimputables y semiimputables de los tres primeros números del artículo 20. Si la pena que hubiera podido imponerse no fuera privativa de libertad, solo caben medidas no privativas de libertad. Su clasificación (artículo 96) fue la pregunta de 2025 sobre la libertad vigilada:

Medidas privativas de libertad (96.2)Medidas no privativas de libertad (96.3)
Internamiento en centro psiquiátricoInhabilitación profesional
Internamiento en centro de deshabituaciónExpulsión del territorio nacional de extranjeros no residentes legalmente
Internamiento en centro educativo especialLibertad vigilada
Custodia familiar
Privación del derecho a conducir
Privación del derecho a la tenencia y porte de armas

Durante la ejecución, el juez sentenciador puede mantener, cesar, sustituir o suspender la medida (artículo 97), a propuesta al menos anual del Juez de Vigilancia Penitenciaria (98). Si concurren pena y medida privativas de libertad, se cumple primero la medida, que se abona para la pena (99). El quebrantamiento de un internamiento supone el reingreso; el de otras medidas, su posible sustitución por internamiento (100). Los internamientos de los exentos por los números 1.º, 2.º y 3.º del artículo 20 no pueden exceder del tiempo que habría durado la pena privativa de libertad, límite que la sentencia fija (101 a 103); en las eximentes incompletas la medida se suma a la pena, y el internamiento solo si la pena es privativa de libertad (104).

La libertad vigilada (artículo 106) somete al condenado a control judicial mediante obligaciones como estar siempre localizable por aparatos electrónicos, presentarse periódicamente, comunicar cambios de residencia o trabajo, no ausentarse de un lugar, no aproximarse ni comunicarse con la víctima, no acudir a ciertos lugares, participar en programas o seguir tratamiento. Puede imponerse hasta cinco años en los casos generales y hasta diez cuando el Código lo disponga (artículo 105), y se ejecuta después de la pena de prisión en los delitos en que la ley la impone, como los sexuales del artículo 192 y los del Título I (140 bis). La expulsión sustituye a las medidas del extranjero no residente legalmente, salvo que el juez motive que la naturaleza del delito justifica el cumplimiento en España (artículo 108).

4.6. Libro I, Título V, Capítulos I y II. La responsabilidad civil derivada del delito (artículos 109 a 122)

La ejecución de un hecho descrito como delito obliga a reparar los daños y perjuicios causados, y el perjudicado puede optar por exigirlo ante la jurisdicción civil (artículo 109). La responsabilidad civil comprende tres cosas (artículo 110): la restitución, la reparación del daño y la indemnización de perjuicios materiales y morales. La restitución es del mismo bien, con abono de deterioros, y procede aunque esté en poder de un tercero de buena fe, salvo que lo haya adquirido de forma irreivindicable (111); la reparación consiste en obligaciones de dar, hacer o no hacer (112); la indemnización alcanza a los perjuicios del agraviado, de sus familiares y de terceros (113). Si la víctima contribuyó con su conducta al daño, el juez puede moderar la indemnización (114), y debe fijar razonadamente las bases de la cuantía (115).

Las personas civilmente responsables (Capítulo II). Toda persona criminalmente responsable lo es también civilmente si hay daños; entre varios responsables, el juez señala la cuota de cada uno, y autores y cómplices responden solidariamente dentro de su clase y subsidiariamente por las cuotas de los demás (116). Los aseguradores son responsables civiles directos hasta el límite de la indemnización pactada (117). La exención de responsabilidad criminal por los números 1.º, 2.º, 3.º, 5.º y 6.º del artículo 20 no comprende la civil (118): responden quienes ejercen el apoyo del inimputable si medió culpa, el ebrio o intoxicado por sí mismo, y en el estado de necesidad las personas en cuyo favor se evitó el mal. Son responsables civiles subsidiarios, en defecto del criminal, los curadores con representación plena, los titulares de medios de difusión, los titulares de establecimientos por las infracciones de reglamentos, los empresarios por sus empleados, y los titulares de vehículos por sus conductores autorizados (120). El Estado, la Comunidad Autónoma, la provincia, la isla, el municipio y demás entes públicos responden subsidiariamente de los daños causados por los penalmente responsables de delitos dolosos o culposos cuando sean autoridad, agentes o funcionarios en el ejercicio de sus cargos, siempre que la lesión sea consecuencia directa del funcionamiento de los servicios públicos (121): es la regla que hace responder al Estado por el delito de un guardia civil en acto de servicio. Quien participa por título lucrativo de los efectos del delito restituye o resarce hasta la cuantía de su participación (122).

4.7. Libro I, Título VII. De la extinción de la responsabilidad criminal y sus efectos (artículos 130 a 137)

Las siete causas de extinción (artículo 130): la muerte del reo; el cumplimiento de la condena; la remisión definitiva de la pena suspendida; la amnistía o el indulto; el perdón de la persona ofendida, solo en los delitos leves perseguibles a instancia de parte o cuando la ley lo prevea, otorgado expresamente antes de la sentencia, y nunca en los delitos contra menores o personas con discapacidad que afecten a bienes eminentemente personales; la prescripción del delito; y la prescripción de la pena o de la medida de seguridad. La transformación, fusión o escisión de una persona jurídica no extingue su responsabilidad.

La prescripción del delito (artículo 131) se computa por la pena máxima señalada:

PlazoDelitos
20 añosPena máxima de prisión de 15 o más años
15 añosInhabilitación por más de 10 años, o prisión de más de 10 y menos de 15
10 añosPrisión o inhabilitación por más de 5 y hasta 10
5 añosLos demás delitos
1 añoLos delitos leves y los de injurias y calumnias
NuncaLesa humanidad, genocidio, delitos contra personas y bienes protegidos en conflicto armado (salvo el artículo 614) y terrorismo con resultado de muerte

Con pena compuesta se atiende a la que exija mayor plazo, y en los concursos al delito más grave. El plazo corre desde el día de comisión; en el delito continuado, desde la última infracción; en el permanente, desde que cesó la situación ilícita (132). Cuando la víctima es menor de dieciocho años, en los delitos de lesiones, contra la libertad, torturas, intimidad y relaciones familiares el plazo corre desde su mayoría de edad, y en la tentativa de homicidio, las lesiones graves, el maltrato habitual, los delitos sexuales y la trata, desde que cumpla treinta y cinco años. La prescripción se interrumpe cuando el procedimiento se dirige contra la persona indiciariamente responsable.

La prescripción de la pena (artículo 133) se computa desde la firmeza de la sentencia o desde el quebrantamiento de la condena (134):

PlazoPenas
30 añosPrisión por más de 20 años
25 añosPrisión de 15 o más años sin exceder de 20
20 añosInhabilitación por más de 10 años; prisión de más de 10 y menos de 15
15 añosInhabilitación de más de 6 y hasta 10; prisión de más de 5 y hasta 10
10 añosLas restantes penas graves
5 añosLas penas menos graves
1 añoLas penas leves

Las medidas de seguridad prescriben a los diez años si son privativas de libertad superiores a tres años, y a los cinco en los demás casos (135).

La cancelación de antecedentes penales (artículo 136), preguntada en 2026: los condenados que hayan extinguido su responsabilidad tienen derecho a obtener del Ministerio de Justicia, de oficio o a instancia de parte, la cancelación cuando hayan transcurrido sin volver a delinquir estos plazos:

PlazoPenas
6 mesesPenas leves
2 añosPenas que no excedan de 12 meses y las impuestas por delitos imprudentes
3 añosRestantes penas menos graves inferiores a 3 años
5 añosRestantes penas menos graves iguales o superiores a 3 años
10 añosPenas graves

Los plazos se cuentan desde el día siguiente a la extinción de la pena. Las opciones falsas de 2026 decían un año para las de doce meses, cinco para las graves y tres meses para las leves; la correcta, dos años para las imprudentes. Las anotaciones de medidas de seguridad se cancelan una vez cumplida o prescrita la medida (137).

4.8. Libro II, Título I. Del homicidio y sus formas (artículos 138 a 143 bis)

DelitoConductaPena de prisiónArtículo
HomicidioEl que matare a otro10 a 15 años; superior en grado si concurre una circunstancia del 140.1 o el hecho es además atentado138
AsesinatoMatar con alevosía, por precio, recompensa o promesa, con ensañamiento, o para facilitar otro delito o evitar que se descubra15 a 25 años; mitad superior si concurre más de una139
Asesinato con prisión permanente revisableVíctima menor de dieciséis años o especialmente vulnerable; hecho subsiguiente a un delito contra la libertad sexual; autor de grupo u organización criminal; o reo condenado por la muerte de más de dos personasPrisión permanente revisable140
Actos preparatoriosProvocación, conspiración y proposiciónInferior en uno o dos grados141
Homicidio imprudentePor imprudencia grave; con vehículo a motor, además privación del derecho a conducir de 1 a 6 años; la imprudencia menos grave se castiga con multa1 a 4 años142
Inducción y cooperación al suicidioInducir, 4 a 8 años; cooperar con actos necesarios, 2 a 5; ejecutar la muerte, 6 a 10; la eutanasia conforme a la ley orgánica que la regula no es punible143

La cuarta circunstancia del asesinato (facilitar otro delito o evitar su descubrimiento) la añadió la reforma de 2015 y es la que los manuales antiguos no traen. A los condenados por estos delitos puede imponerse libertad vigilada, y si autor y víctima tenían un hijo común, la privación de la patria potestad (140 bis). La difusión por internet de contenidos que inciten al suicidio de menores es delito autónomo (143 bis).

Tres precisiones que se preguntan. La alevosía del asesinato es la misma agravante del artículo 22.1.ª, por lo que no puede apreciarse dos veces; el ensañamiento exige aumentar deliberada e inhumanamente el dolor del ofendido, no basta la crueldad del resultado. El homicidio imprudente solo existe con imprudencia grave (142.1); la imprudencia menos grave se castiga con multa (142.2), y la conducción con alguna de las circunstancias del artículo 379 (alcohol, drogas, velocidad) se reputa en todo caso imprudencia grave. Y el homicidio cometido con ocasión de un atentado contra un agente de la autoridad se castiga con la pena superior en grado (138.2.b), regla que protege al guardia civil en el servicio.

4.9. Libro II, Título III. De las lesiones (artículos 147 a 156 quinquies)

El delito básico de lesiones (147.1) exige que la lesión requiera objetivamente para su sanidad, además de una primera asistencia facultativa, tratamiento médico o quirúrgico; la simple vigilancia o seguimiento facultativo no es tratamiento. Pena de prisión de tres meses a tres años o multa de seis a doce meses. La lesión que no exige tratamiento es el delito leve de lesiones (147.2, multa de uno a tres meses) y el maltrato de obra sin lesión es el 147.3 (multa de uno a dos meses); ambos son perseguibles solo mediante denuncia de la persona agraviada (147.4).

TipoContenidoPena de prisiónArtículo
Lesiones agravadasCon armas, instrumentos o medios peligrosos; con ensañamiento o alevosía; víctima menor de catorce años o con discapacidad; víctima esposa o mujer ligada por análoga relación; víctima persona especialmente vulnerable que conviva con el autor2 a 5 años148
Lesiones gravesPérdida o inutilidad de órgano o miembro principal, de un sentido, impotencia, esterilidad, grave deformidad o grave enfermedad; mutilación genital6 a 12 años149
Lesiones menos gravesPérdida o inutilidad de órgano o miembro no principal, o deformidad3 a 6 años150
Lesiones imprudentesPor imprudencia grave, según el resultado; por imprudencia menos grave, multa3 a 6 meses o multa; 1 a 3 años; 6 meses a 2 años152
Violencia de género y doméstica ocasionalMenoscabo psíquico, lesión leve o maltrato de obra sobre quien sea o haya sido esposa o mujer ligada por análoga relación, o persona especialmente vulnerable que conviva; y sobre las demás personas del 173.26 meses a 1 año o trabajos de 31 a 80 días, más privación del derecho a armas de 1 año y 1 día a 3 años153
Riña tumultuariaAcometerse tumultuariamente con medios que pongan en peligro la vida o integridad3 meses a 1 año o multa154

El consentimiento del ofendido rebaja la pena en uno o dos grados, pero no vale el del menor ni el de la persona con discapacidad necesitada de especial protección (155); exime en los trasplantes, esterilizaciones y cirugía transexual conforme a la ley (156). El tráfico de órganos se castiga con seis a doce años si el órgano es de persona viva (156 bis). El artículo 153 es el que aplica el guardia civil en la mayoría de las intervenciones por violencia de género, y la STC 59/2008 del epígrafe 5 confirmó su constitucionalidad.

4.10. Libro II, Título VI. Delitos contra la libertad (artículos 163 a 172 quater)

DelitoConductaPenaArtículo
Detención ilegalEl particular que encierre o detenga a otro privándole de libertad4 a 6 años; inferior en grado si libera en los tres primeros días sin lograr su objeto; 5 a 8 si dura más de quince días163
Aprehensión para entregar a la autoridadEl particular que, fuera de los casos legales, aprehende a una persona para presentarla inmediatamente a la autoridadMulta de 3 a 6 meses163.4
SecuestroDetención exigiendo alguna condición para la liberación6 a 10 años164
AgravacionesSimulación de autoridad o función pública, víctima menor, con discapacidad o funcionario público en el ejercicio de sus funcionesMitad superior165
No dar razón del paraderoEl reo de detención ilegal o secuestro que no da razón del paradero de la víctima10 a 15 años; 15 a 20 en secuestro166
Detención ilegal por autoridad o funcionarioFuera de los casos permitidos por la ley y sin mediar causa por delito, cometer los hechos del capítulo; también quien practique o prolongue una privación de libertad sin reconocerla o sin dar razón del paraderoLas mismas penas en su mitad superior, hasta la superior en grado, e inhabilitación absoluta167
AmenazasAmenazar con un mal constitutivo de delito (169): condicionales, 1 a 5 años si exige cantidad o condición; no condicionales, 6 meses a 2 años; a colectivos (170); de un mal no constitutivo de delito (171), incluido el chantaje; amenazas leves en violencia de género y doméstica (171.4 y 5)Según modalidad169 a 171
CoaccionesImpedir a otro con violencia hacer lo que la ley no prohíbe o compelerle a hacer lo que no quiere; mitad superior si impide un derecho fundamental o el disfrute de la vivienda6 meses a 3 años o multa172
Matrimonio forzadoCompeler con intimidación grave o violencia a contraer matrimonio6 meses a 3 años y 6 meses o multa172 bis
Acoso (stalking)Acosar de forma insistente y reiterada vigilando, persiguiendo, contactando, usando indebidamente datos o atentando contra la libertad o el patrimonio, alterando el desarrollo de la vida cotidiana3 meses a 2 años o multa172 ter
Acoso a mujeres que acuden a interrumpir el embarazo y al personal sanitarioActos molestos, ofensivos, intimidatorios o coactivos3 meses a 1 año o trabajos172 quater

Las amenazas se gradúan por dos criterios: si el mal anunciado constituye delito (169) o no (171), y si son condicionales (exigen una cantidad o imponen una condición) o no. La amenaza condicional de un mal delictivo se castiga con prisión de uno a cinco años y, si el culpable consiguió su propósito, en la mitad superior; la no condicional, de seis meses a dos años. La amenaza de un mal no delictivo solo es delito si es condicional y la condición no consiste en una conducta debida; el chantaje (exigir una cantidad bajo amenaza de revelar hechos de la vida privada) tiene pena propia (171.2 y 3). Las coacciones exigen violencia, entendida en la jurisprudencia con amplitud, y se agravan cuando impiden el ejercicio de un derecho fundamental o el legítimo disfrute de la vivienda. El acoso del artículo 172 ter, introducido en 2015, castiga el hostigamiento reiterado que altera la vida cotidiana de la víctima aunque no llegue a amenaza ni a coacción, y en la violencia de género y doméstica es perseguible sin denuncia.

El artículo 167 es el espejo del 163 para el funcionario: la detención ilegal cometida por un guardia civil sin causa por delito se castiga por este precepto; la cometida mediando causa por delito con violación de plazos o garantías, por el artículo 530 del Título XXI.

4.11. Libro II, Título VII. De las torturas y otros delitos contra la integridad moral (artículos 173 a 177)

El trato degradante que menoscabe gravemente la integridad moral se castiga con prisión de seis meses a dos años (173.1), pena que se extiende al acoso laboral por superioridad, al acoso inmobiliario y a la ocultación reiterada del paradero de un cadáver. El maltrato habitual en el ámbito familiar (173.2) castiga con prisión de seis meses a tres años a quien habitualmente ejerza violencia física o psíquica sobre el cónyuge o persona ligada por análoga relación, descendientes, ascendientes, hermanos, menores o personas con discapacidad que convivan, o cualquier persona integrada en el núcleo de convivencia; la habitualidad se aprecia por el número de actos y su proximidad temporal, con independencia de que hayan sido juzgados (173.3). Las injurias y vejaciones leves en el ámbito del 173.2 son delito leve (173.4).

La tortura (artículo 174) solo puede cometerla la autoridad o funcionario público que, abusando de su cargo, y con el fin de obtener una confesión o información, de castigar por un hecho cometido o sospechado, o por cualquier razón basada en discriminación, someta a una persona a condiciones o procedimientos que le supongan sufrimientos físicos o mentales, la supresión o disminución de sus facultades de conocimiento, discernimiento o decisión, o atenten de otro modo contra su integridad moral. Pena de prisión de dos a seis años si el atentado es grave y de uno a tres si no lo es, más inhabilitación absoluta de ocho a doce años en todo caso. El funcionario de instituciones penitenciarias o de centros de menores responde igual respecto de detenidos, internos o presos (174.2). El atentado contra la integridad moral por funcionario fuera de la tortura (175) se castiga con dos a cuatro años si es grave y seis meses a dos años si no, más inhabilitación especial de dos a cuatro años. La autoridad o funcionario que, faltando a los deberes de su cargo, permita que otros ejecuten estos hechos responde con las mismas penas (176). Si además se produce lesión o daño a la vida, integridad, libertad sexual o bienes, se castiga por separado (177).

4.12. Libro II, Título VII bis. De la trata de seres humanos (artículo 177 bis)

Es reo de trata quien, en territorio español, desde España, en tránsito o con destino a ella, empleando violencia, intimidación o engaño, o abusando de una situación de superioridad, necesidad o vulnerabilidad, o mediante pagos a quien controla a la víctima, capte, transporte, traslade, acoja o reciba a una persona, incluido el intercambio o transferencia de control, con alguna de cinco finalidades: a) trabajos o servicios forzados, esclavitud, servidumbre o mendicidad; b) explotación sexual, incluida la pornografía; c) explotación para actividades delictivas; d) extracción de órganos; e) matrimonios forzados. Pena de prisión de cinco a ocho años. Hay situación de necesidad o vulnerabilidad cuando la persona no tiene otra alternativa real o aceptable que someterse. Con víctima menor de edad se impone además la inhabilitación para actividades con menores, y el consentimiento de la víctima es irrelevante cuando se ha usado alguno de los medios. La trata no se confunde con el tráfico ilícito de migrantes del artículo 318 bis, que protege los flujos migratorios y no exige explotación.

4.13. Libro II, Título VIII. Delitos contra la libertad sexual (artículos 178 a 194 bis)

La Ley Orgánica 10/2022 unificó las antiguas agresiones y abusos en un único delito de agresión sexual basado en el consentimiento, y el Título se llama desde entonces «contra la libertad sexual».

DelitoConductaPena de prisiónArtículo
Agresión sexualCualquier acto que atente contra la libertad sexual de otra persona sin su consentimiento; solo hay consentimiento cuando se ha manifestado libremente mediante actos que expresen de manera clara la voluntad1 a 4 años; en todo caso es agresión la cometida con violencia, intimidación, abuso de superioridad o vulnerabilidad, sobre persona privada de sentido o con la voluntad anulada; con violencia o intimidación o voluntad anulada, 1 a 5 años178
ViolaciónAgresión sexual con acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por las dos primeras vías4 a 12 años; con violencia, intimidación o voluntad anulada, 6 a 12179
Agresiones agravadasActuación conjunta de dos o más; víctima especialmente vulnerable; uso de armas; anulación de la voluntad con sustancias; abuso de relación de superioridad o parentesco; y otrasPenas superiores según el tipo180
Agresiones a menores de dieciséis añosActos de carácter sexual con menor de 16 años2 a 6 años; más si concurren violencia o intimidación o acceso carnal181
Child groomingContactar por internet o teléfono con un menor de 16 años y proponer un encuentro para cometer un delito de los artículos 181 y 1891 a 3 años o multa183
Acoso sexualSolicitar favores de naturaleza sexual, para sí o para un tercero, en el ámbito de una relación laboral, docente, de prestación de servicios o análoga, continuada o habitual, provocando a la víctima una situación objetiva y gravemente intimidatoria, hostil o humillante6 a 12 meses o multa de 10 a 15 meses, más inhabilitación especial; agravado si hay superioridad o anuncio de un mal (184.2)184
Exhibicionismo y provocación sexualActos de exhibición obscena ante menores o personas con discapacidad; venta o exhibición de pornografía a ellos6 meses a 1 año o multa185 y 186
ProstituciónDeterminar a persona mayor de edad a prostituirse con violencia, intimidación, engaño o abuso de necesidad; lucrarse explotando la prostitución ajena2 a 5 años y multa187
Pornografía y prostitución de menoresCaptar o utilizar a menores o personas con discapacidad en espectáculos o material pornográfico; producir, distribuir o poseer ese material1 a 5 años y superiores188 y 189

La clave de todo el Título es el consentimiento: no basta la ausencia de oposición, hace falta que se haya manifestado libremente mediante actos que expresen de manera clara la voluntad. Sobre esa base el Código construye una escala: agresión sexual básica (178.1), agresión con violencia, intimidación o víctima con la voluntad anulada (178.3), violación (179.1) y violación con violencia o intimidación (179.2), y sobre cada escalón aplica las agravaciones del artículo 180 (actuación conjunta de dos o más personas, violencia o intimidación particularmente degradante, víctima especialmente vulnerable por edad, enfermedad o discapacidad, uso de armas o medios peligrosos, anulación de la voluntad con sustancias, prevalimiento de superioridad o parentesco, y otras). Los menores de dieciséis años no pueden consentir, salvo con personas próximas en edad y madurez, por lo que todo acto sexual con ellos es agresión del artículo 181. El artículo 178.4 permite al tribunal, razonándolo, rebajar la pena en la agresión básica de menor entidad, salvo que concurra violencia, intimidación o alguna agravación.

Dos disposiciones comunes que se preguntan: para proceder por las agresiones sexuales y el acoso sexual es precisa denuncia de la persona agraviada o de su representante, o querella del Ministerio Fiscal; si la víctima es menor, con discapacidad o desvalida, basta la denuncia del Fiscal; y el perdón del ofendido no extingue la acción penal (191). A los condenados a prisión por estos delitos se impone además la libertad vigilada, que se ejecuta después de la pena, de cinco a diez años si algún delito es grave y de uno a cinco si es menos grave (192.1). La pregunta de 2025 pedía el nombre del delito del artículo 184 y ofrecía como opción falsa el «abuso sexual», que ya no existe en el Código.

4.14. Libro II, Título XII, Capítulos I y II. Matrimonios ilegales; suposición de parto y alteración de la paternidad, estado o condición del menor (artículos 217 a 222)

DelitoConductaPena de prisiónArtículo
BigamiaContraer segundo o ulterior matrimonio a sabiendas de que subsiste el anterior6 meses a 1 año217
Matrimonio inválidoCelebrarlo para perjudicar al otro contrayente; exento si se convalida después6 meses a 2 años218
Autorización de matrimonio nuloEl que autoriza matrimonio con causa de nulidad conocida6 meses a 2 años e inhabilitación especial; si la causa es dispensable, suspensión219
Suposición de partoFingir un parto; ocultar o entregar a un menor para alterar su filiación; sustituir un niño por otro (1 a 5 años)6 meses a 2 años220
Entrega de menor mediando compensaciónEntregar un hijo o menor eludiendo los procedimientos de guarda, acogimiento o adopción1 a 5 años e inhabilitación para la patria potestad221
Agravación para profesionalesEl educador, facultativo, autoridad o funcionario que cometa los dos anteriores en el ejercicio de su cargoAdemás, inhabilitación especial de 2 a 6 años222

4.15. Libro II, Título XIX. Delitos contra la Administración Pública (artículos 404 a 445)

Son los delitos que puede cometer la autoridad o el funcionario público, en el sentido del artículo 24, y por eso interesan al guardia civil como sujeto activo posible. Se estudian por su nombre y su conducta:

DelitoConductaArtículo
Prevaricación administrativaDictar, a sabiendas de su injusticia, una resolución arbitraria en un asunto administrativo; pena de inhabilitación especial de 9 a 15 años404
Nombramientos ilegalesProponer, nombrar o dar posesión a sabiendas de la ilegalidad405 y 406
Abandono de destinoAbandonar el destino con el propósito de no impedir o no perseguir delitos contra la Constitución, el orden público, la seguridad del Estado o la comunidad internacional (prisión de 1 a 4 años e inhabilitación absoluta); o cualquier otro delito (inhabilitación especial)407
Omisión del deber de perseguir delitosDejar intencionadamente de promover la persecución de los delitos de que se tenga noticia, faltando a la obligación del cargo408
DesobedienciaNegarse abiertamente a cumplir resoluciones judiciales u órdenes de la autoridad superior revestidas de las formalidades legales; no incurre en ella quien no cumple un mandato que constituya una infracción manifiesta, clara y terminante de la ley410
Denegación de auxilioLa autoridad o funcionario que no preste el auxilio debido a la Administración de Justicia u otro servicio público; el funcionario que no auxilie a un particular en peligro412
Infidelidad en la custodia de documentosSustraer, destruir, inutilizar u ocultar documentos cuya custodia esté encomendada; destruir los medios de acceso restringido; acceder sin autorización a documentos secretos413 a 415
Violación de secretosRevelar secretos o informaciones conocidos por razón del cargo que no deban divulgarse; si hay grave daño o afecta a secretos de un particular, prisión417
Cohecho pasivoRecibir o solicitar dádiva, favor o retribución para realizar un acto contrario a los deberes del cargo (419, prisión de 3 a 6 años), un acto propio del cargo (420, 2 a 4 años), o como recompensa (421); admitir regalos en consideración al cargo (422, 6 meses a 1 año)419 a 422
Cohecho activoEl particular que ofrece o entrega la dádiva (424); queda exento el particular que, habiendo accedido ocasionalmente a la solicitud del funcionario, denuncia el hecho antes de la apertura del procedimiento y en los dos meses siguientes (426)424 a 426
Tráfico de influenciasEl funcionario o el particular que influye en un funcionario prevaliéndose de su cargo o relación para conseguir una resolución que genere un beneficio económico428 a 430
MalversaciónLa autoridad o funcionario que, con ánimo de lucro, se apropia del patrimonio público a su cargo o consiente que otro lo haga (432); el desvío a fines públicos distintos y la administración desleal del patrimonio público (432 bis y 433)432 a 435
Fraudes y exacciones ilegalesConcertarse con los interesados para defraudar en la contratación pública (436); exigir derechos o tarifas no debidos (437)436 a 438
Negociaciones y actividades prohibidasAprovechar el cargo para participar en un contrato en que debe intervenir (439); actividad profesional incompatible (441); uso de secreto o información privilegiada (442)439 a 444

El cohecho, explicado. El Código distingue por lo que el funcionario da a cambio: si la dádiva es para un acto contrario a los deberes del cargo (no tramitar una denuncia, mirar hacia otro lado en un control), es el cohecho del 419, el más grave; si es para un acto propio del cargo que debía hacer igualmente, el 420; si se recibe después, como recompensa, el 421 remite a los anteriores; y si el regalo se admite simplemente en consideración al cargo, sin acto concreto, el 422, el llamado cohecho de facilitación. En todos los casos basta solicitar o aceptar la promesa: no hace falta recibir nada. El particular que ofrece o entrega responde por cohecho activo (424), y el que accede a la solicitud del funcionario puede quedar exento si denuncia en dos meses (426). El tráfico de influencias no requiere dádiva: consiste en influir en otro funcionario prevaliéndose del cargo o de una relación para obtener una resolución que genere un beneficio económico (428 a 430). Y la malversación, tras la reforma de 2022, distingue la apropiación con ánimo de lucro (432), el desvío a fines públicos distintos (432 bis) y la administración desleal (433), con penas atenuadas para quien repara íntegramente antes del juicio (434).

Los actos preparatorios (provocación, conspiración y proposición) se castigan en todo el Título con la pena inferior en uno o dos grados (445). Para el guardia civil, los preceptos de riesgo son el 408 (no perseguir un delito conocido), el 410 (desobedecer una orden legítima), el 417 (revelar datos del servicio) y el cohecho.

4.16. Libro II, Título XXI. Delitos contra la Constitución (artículos 472 a 543)

CapítuloDelitos y datos que se preguntanArtículos
RebeliónAlzarse violenta y públicamente para derogar o modificar la Constitución, destituir al Rey, impedir las elecciones, disolver las Cortes, declarar la independencia de una parte del territorio, sustraer fuerzas armadas a la obediencia del Gobierno, entre otros fines; promotores y jefes principales, prisión de 15 a 25 años; la provocación, conspiración y proposición se castigan472 a 484
Delitos contra la CoronaMatar al Rey, a la Reina o al Príncipe o Princesa de Asturias, prisión permanente revisable; lesiones, allanamiento de la morada regia, calumnias e injurias contra la Corona; impedir a las Cortes reunirse para nombrar la Regencia485 a 491
Contra las instituciones del Estado y la división de poderesInvadir con fuerza las Cortes o Asambleas; impedir a un parlamentario asistir o coartar su voto (498); calumniar, injuriar o amenazar al Gobierno, al Consejo General del Poder Judicial, al Tribunal Constitucional o al Tribunal Supremo (504)492 a 505
Usurpación de atribucionesAutoridad o funcionario que se arroga atribuciones legislativas o judiciales506 a 509
Ejercicio de los derechos fundamentales: delitos de odioFomentar, promover o incitar públicamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo por motivos discriminatorios, prisión de 1 a 4 años y multa (510); denegar una prestación por discriminación (511 y 512); reuniones y manifestaciones ilícitas (513 y 514); asociaciones ilícitas (515 a 521), con inhabilitación absoluta de 10 a 15 años si el reo es autoridad, agente o funcionario (521); contra la libertad de conciencia y los sentimientos religiosos (522 a 526)510 a 526
Delitos de los funcionarios contra las garantías constitucionalesContra la libertad individual: detención con violación de plazos o garantías mediando causa por delito (530), incomunicación ilegal (531), ambos con inhabilitación especial, o suspensión si son por imprudencia grave (532); contra la inviolabilidad del domicilio: entrada, registro o incautación sin respetar las garantías (534); interceptación de correspondencia (535) y de telecomunicaciones (536); impedir la asistencia de abogado o no informar al detenido de sus derechos (537); censura previa (538); disolver una reunión pacífica o prohibirla fuera de los casos legales (540); expropiación ilegal (541); impedir el ejercicio de otros derechos cívicos (542); ultrajes a España (543)529 a 543

La rebelión exige un alzamiento violento y público con alguno de los fines del artículo 472; sin violencia, la conducta no es rebelión, y desde la derogación de la sedición en 2022 los desórdenes públicos agravados se castigan en el Título XXII. Los delitos de odio del artículo 510 castigan fomentar, promover o incitar públicamente al odio, la hostilidad, la discriminación o la violencia contra un grupo o persona por motivos racistas, antisemitas, antigitanos o por otros motivos discriminatorios, y también la humillación o el enaltecimiento de esos delitos; su persecución es una de las competencias que la Guardia Civil ejerce a través de sus unidades especializadas. Las asociaciones ilícitas (515) son las que persiguen cometer delitos, las que emplean medios violentos, las de carácter paramilitar y las que fomentan la discriminación; sus fundadores y directores responden con prisión y, si son autoridad o funcionario, con inhabilitación absoluta de diez a quince años (521).

El Capítulo V, Sección 1.ª, es el catálogo de lo que un guardia civil no puede hacer en una detención: exceder los plazos, incomunicar sin garantías, entrar en un domicilio sin las del artículo 18.2, intervenir comunicaciones sin auto judicial, negar el abogado o la información de derechos. Los tres primeros se castigan con inhabilitación especial de cuatro a ocho años; el 534, con multa de seis a doce meses e inhabilitación de dos a seis años; el 536, con inhabilitación de dos a seis años. Junto con el 167 (detención sin causa por delito) y el 174 (tortura), forman el círculo de responsabilidad penal del agente.

4.17. Libro II, Título XXIV. Delitos contra la Comunidad Internacional (artículos 605 a 616 quater)

CapítuloContenidoArtículos
Contra el Derecho de gentesMatar al Jefe de un Estado extranjero o a persona internacionalmente protegida por tratado que se halle en España, prisión permanente revisable; lesiones; violación de su inmunidad personal, 6 meses a 3 años605 y 606
GenocidioActos cometidos con propósito de destruir total o parcialmente un grupo nacional, étnico, racial, religioso o determinado por la discapacidad: matar (prisión permanente revisable), agredir sexualmente o lesionar gravemente, someter a condiciones que pongan en peligro la vida, desplazamientos forzosos, impedir la reproducción, trasladar a menores a otro grupo607
Lesa humanidadLos hechos cometidos como parte de un ataque generalizado o sistemático contra la población civil: homicidio, agresión sexual, lesiones, deportación, embarazo forzado, detención ilegal, tortura, prostitución forzada, desaparición forzada, apartheid607 bis
Delitos contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armadoPersonas protegidas por los Convenios de Ginebra de 1949 y sus Protocolos: heridos, enfermos, náufragos, personal sanitario, prisioneros de guerra, población civil; maltrato, tortura, ataques indiscriminados, uso de escudos humanos, saqueo, ataques a bienes culturales608 a 614 bis
Disposiciones comunesProvocación, conspiración y proposición, inferior en uno o dos grados (615); la autoridad o funcionario que cometa estos delitos sufre además inhabilitación absoluta de 10 a 20 años (616); delitos de piratería (616 ter y quater)615 a 616 quater

Los delitos de genocidio, lesa humanidad y contra las personas protegidas en conflicto armado, salvo los del artículo 614, no prescriben nunca, ni sus penas (artículos 131.3 y 133.2), y son la materia sobre la que la jurisdicción universal española quedó limitada por la Ley Orgánica 1/2014 que analizó la STC 140/2018 (tema 6).


5. Jurisprudencia esencial

Ninguna de las diez preguntas medidas pidió jurisprudencia. Las cuatro sentencias siguientes del Tribunal Constitucional están aquí porque fijan el sentido de artículos que sí se preguntan: el 153 de violencia de género, el principio de proporcionalidad de las penas que preside el Libro I, la eximente de cumplimiento del deber del artículo 20.7.º y la inviolabilidad del domicilio que protege el artículo 534. Las cuatro están comprobadas en el BOE, con su fallo.

STC 59/2008, de 14 de mayo (Pleno, cuestión de inconstitucionalidad 5939-2005, BOE-T-2008-9606). El Juzgado de lo Penal número 4 de Murcia dudaba de que el artículo 153.1, en la redacción de la Ley Orgánica 1/2004, respetara la igualdad y el principio de culpabilidad al castigar con más pena el maltrato ocasional del hombre sobre su pareja o expareja mujer que el de la mujer sobre el hombre. El Tribunal desestimó la cuestión: el legislador puede tratar de forma distinta una conducta cuando el mayor desvalor procede del contexto de dominación en que se produce, sin que ello presuma una mayor culpabilidad del varón. Es la sentencia que sostiene el precepto que el guardia civil aplica en la mayoría de las intervenciones por violencia de género, y que fue seguida por más de una decena de sentencias posteriores sobre los artículos 153, 171.4 y 172.2.

STC 136/1999, de 20 de julio (Pleno, recurso de amparo 5459/1997 avocado al Pleno, BOE-T-1999-17665). Los veintitrés miembros de la Mesa Nacional de Herri Batasuna habían sido condenados por el Tribunal Supremo a siete años de prisión como autores de un delito de colaboración con banda armada por ceder sus espacios electorales a un vídeo de ETA. El Tribunal otorgó el amparo: reconoció que el artículo 174 bis a) del Código Penal de 1973, al ser aplicado al caso, vulneró el derecho a la legalidad penal (artículo 25.1 de la Constitución) por desproporción de la pena, y anuló la condena. Su doctrina, la del principio de proporcionalidad como límite del legislador y del juez penal, explica por qué el Código gradúa las penas por tramos y por qué existen las reglas del artículo 66 sobre atenuantes y agravantes.

STC 120/1990, de 27 de junio (Pleno, recurso de amparo 443/1990, BOE-T-1990-18314). Presos del GRAPO en huelga de hambre reivindicativa recurrieron las resoluciones judiciales que autorizaban alimentarlos coactivamente cuando su vida corriera peligro. El Tribunal desestimó el amparo: la Administración penitenciaria, en su relación de sujeción especial con el interno, tiene el deber de velar por su vida y su salud, y la asistencia médica obligatoria no vulnera el artículo 15 ni la libertad ideológica. Para el tema interesa como ilustración de la eximente de cumplimiento de un deber del artículo 20.7.º: quien actúa por mandato legítimo de la autoridad para preservar un bien jurídico superior no comete el delito que en otro caso supondría la intervención sobre el cuerpo de otro.

STC 22/1984, de 17 de febrero (Sala Segunda, recurso de amparo 59/1983, BOE-T-1984-6110). La Administración municipal entró en una vivienda para ejecutar una orden de desalojo sin resolución judicial. El Tribunal otorgó el amparo y reconoció el derecho de la recurrente a la inviolabilidad de su domicilio y a impedir la entrada y el registro sin su consentimiento o, en su defecto, sin una resolución judicial expresa. Es el fundamento constitucional del artículo 534: la autoridad o funcionario que entra en un domicilio, mediando causa por delito, sin las garantías del artículo 18.2 de la Constitución comete el delito contra la inviolabilidad del domicilio, y no le ampara el cumplimiento del deber del artículo 20.7.º, porque ese deber se ejerce solo dentro de los límites legales.


6. Tabla resumen

Las cifras del Libro I que se preguntan

DatoCifraArtículo
Error de prohibición venciblePena inferior en 1 o 2 grados14.3
Mayoría de edad penal18 años19
Eximentes720
Requisitos de la legítima defensa y del estado de necesidad3 y 320.4.º y 5.º
Atenuantes721
Agravantes822
PrisiónDe 3 meses a 20 años36.2
Prisión permanente revisable: tercer grado15 años (20 en terrorismo); permisos a los 8 (12)36.1
Localización permanenteHasta 6 meses (leve de 1 día a 3 meses)37 y 33.4
Inhabilitación absolutaDe 6 a 20 años40.1
Inhabilitación especialDe 3 meses a 20 años40.1
Suspensión de empleo o cargoDe 3 meses a 6 años40.1
Privación de conducir y de armasDe 3 meses a 10 años; pérdida del permiso si supera 2 años40.2 y 47
Prohibición de aproximarse o comunicarseDe 1 mes a 10 años40.3
Trabajos en beneficio de la comunidadDe 1 día a 1 año; máximo 8 horas diarias; con consentimiento40.4 y 49
Multa por días-multaDe 10 días a 2 años; cuota de 2 a 400 euros50
Multa a personas jurídicasHasta 5 años; cuota de 30 a 5.000 euros50
Responsabilidad personal subsidiaria1 día por cada 2 cuotas impagadas53
Inhabilitación absoluta accesoriaPrisión igual o superior a 10 años55
Prohibiciones del artículo 48 como accesoriasHasta 10 años (delito grave) o 5 (menos grave)57
Libertad vigiladaHasta 5 años; hasta 10 cuando el Código lo disponga105
Libertad vigilada en delitos sexualesDe 5 a 10 años (grave) o de 1 a 5 (menos grave), tras la prisión192
Prescripción del delito20 / 15 / 10 / 5 / 1 año131
Prescripción de la pena30 / 25 / 20 / 15 / 10 / 5 / 1 año133
Prescripción de medidas de seguridad10 años (privativas superiores a 3 años) o 5135
Cancelación de antecedentes6 meses / 2 / 3 / 5 / 10 años136

Las figuras que se preguntan por su nombre

NombreDefinición en una líneaArtículo
Comisión por omisiónNo evitar el resultado infringiendo un especial deber jurídico11
Error de tipoSobre un hecho constitutivo de la infracción14.1
Error de prohibiciónSobre la ilicitud del hecho14.3
TentativaPrincipio de ejecución por hechos exteriores sin resultado por causas ajenas16.1
DesistimientoEvitar voluntariamente la consumación16.2
ConspiraciónDos o más se conciertan y resuelven ejecutar17.1
ProposiciónQuien ha resuelto delinquir invita a otros17.2
ProvocaciónIncitación directa por medios de publicidad o ante una concurrencia de personas18.1
ApologíaEnsalzar el crimen o a su autor; solo punible como provocación18.1
Autor mediatoRealiza el hecho por medio de otro del que se sirve como instrumento28
InductorInduce directamente a otro a ejecutar28.a)
Cooperador necesarioCoopera con un acto sin el cual no se habría efectuado28.b)
CómpliceCoopera con actos anteriores o simultáneos no necesarios29
AlevosíaMedios que aseguren la ejecución sin riesgo de la defensa, en delitos contra las personas22.1.ª
EnsañamientoAumentar deliberada e inhumanamente el sufrimiento22.5.ª
ReincidenciaCondena ejecutoria previa por delito del mismo título y naturaleza22.8.ª
Libertad vigiladaMedida de seguridad no privativa de libertad96.3

Libro II: la cifra que define cada tipo

DelitoCifra o dato definitorioArtículo
Homicidio / asesinato10 a 15 años / 15 a 25 años; 4 circunstancias del asesinato138 y 139
Lesiones básicasPrimera asistencia más tratamiento médico o quirúrgico147.1
Lesiones agravadas por edadVíctima menor de 14 años148.3.º
Detención ilegal4 a 6 años; más de 15 días, 5 a 8; liberar en 3 días rebaja163
SecuestroExigir condición; 6 a 10 años164
TorturaSolo autoridad o funcionario; 3 finalidades; inhabilitación absoluta de 8 a 12 años174
Trata5 a 8 años; 5 finalidades177 bis
Agresión sexual / violación1 a 4 años / 4 a 12 años178 y 179
MenoresActos sexuales con menor de 16 años181
Acoso sexualRelación laboral, docente o análoga; 6 a 12 meses o multa184
Bigamia6 meses a 1 año217
PrevaricaciónInhabilitación especial de 9 a 15 años404
Cohecho pasivo3 a 6 años (acto contrario), 2 a 4 (acto propio), 6 meses a 1 año (regalo)419, 420, 422
RebeliónAlzamiento violento y público; jefes, 15 a 25 años472 y 473
Delitos de odio1 a 4 años y multa510
Detención con violación de plazos, mediando causa por delitoInhabilitación especial de 4 a 8 años530
Genocidio y lesa humanidadImprescriptibles607, 607 bis, 131.3

7. Trampas de examen

1. «El error de prohibición vencible se castiga con la pena inferior en un grado.» Con la pena inferior en uno o dos grados (14.3). El error de tipo vencible se castiga como imprudente.

2. «Las acciones imprudentes se castigan siempre que causen un resultado.» Solo cuando expresamente lo disponga la ley (12).

3. «Cuando intervienen varios sujetos, solo queda exento el que impide la consumación.» Quedan exentos los que desistan e impidan o intenten impedir, seria, firme y decididamente, la consumación (16.3).

4. «La incitación directa ante una concurrencia de personas a cometer un delito es proposición.» Es provocación (18.1). La proposición es invitar a otros a participar en el delito que uno ha resuelto cometer (17.2).

5. «La conspiración y la proposición se castigan en todos los delitos.» Solo en los casos especialmente previstos en la ley (17.3), igual que la provocación (18.2).

6. «Los menores de dieciséis años no son responsables conforme al Código Penal.» Los menores de dieciocho (19); responden por la ley del menor.

7. «Prevalerse del carácter público o privado del culpable es agravante.» Solo el carácter público (22.7.ª).

8. «La reincidencia exige condena anterior por cualquier delito.» Por un delito del mismo título del Código y de la misma naturaleza, sin contar antecedentes cancelados ni delitos leves, salvo la multirreincidencia de leves (22.8.ª).

9. «La circunstancia mixta de parentesco alcanza a los parientes colaterales de segundo grado.» Alcanza al cónyuge o análoga relación estable, y a ascendientes, descendientes y hermanos por naturaleza o adopción del ofensor o de su cónyuge (23).

10. «El que realiza el hecho por medio de otro del que se sirve como instrumento es inductor.» Es autor (autor mediato, 28). El inductor induce directamente a otro a ejecutarlo.

11. «Los cómplices cooperan con actos posteriores al hecho.» Con actos anteriores o simultáneos (29). Los actos posteriores son encubrimiento, delito autónomo.

12. «Las Administraciones públicas pueden ser penalmente responsables como personas jurídicas.» No: el Estado y las Administraciones territoriales e institucionales están excluidos (31 quinquies).

13. «La prisión preventiva es una pena privativa de libertad.» No se reputa pena (34.1). Las privativas de libertad son la prisión permanente revisable, la prisión, la localización permanente y la responsabilidad personal subsidiaria (35).

14. «La prohibición de aproximarse a la víctima de seis meses a cinco años es pena grave.» Es menos grave (33.3.h); es grave la superior a cinco años y leve la de un mes a menos de seis meses.

15. «La prisión superior a tres años es pena grave.» Es grave la superior a cinco años; de tres meses a cinco años es menos grave (33).

16. «La localización permanente puede durar hasta un año.» Hasta seis meses (37.1), y como pena leve de un día a tres meses.

17. «La cuota diaria de la multa va de dos a 300 euros.» De dos a 400 euros (50.4); a las personas jurídicas, de 30 a 5.000.

18. «El impago de la multa genera un día de privación de libertad por cada cuota.» Por cada dos cuotas (53.1).

19. «La prisión superior a cinco años lleva consigo la inhabilitación absoluta.» La prisión igual o superior a diez años (55). En las inferiores el juez impone las accesorias del artículo 56.

20. «La libertad vigilada es una medida de seguridad privativa de libertad.» Es no privativa de libertad (96.3). Las privativas son los tres internamientos: psiquiátrico, deshabituación y educativo especial.

21. «Concurriendo pena y medida privativas de libertad, se cumple primero la pena.» Se cumple primero la medida, que se abona para la pena (99).

22. «La responsabilidad civil comprende restitución e indemnización.» Comprende tres cosas: restitución, reparación del daño e indemnización de perjuicios materiales y morales (110).

23. «El Estado responde solidariamente de los daños causados por sus funcionarios.» Responde subsidiariamente (121). Los aseguradores responden directamente (117).

24. «El perdón del ofendido extingue la responsabilidad en cualquier delito.» Solo en los delitos leves perseguibles a instancia de parte o cuando la ley lo prevea, otorgado antes de la sentencia, y nunca en los cometidos contra menores que afecten a bienes personales (130.1.5.º).

25. «Los delitos leves prescriben a los cinco años.» Al año (131.1), como las injurias y calumnias. A los cinco prescriben «los demás delitos».

26. «Los delitos de terrorismo no prescriben nunca.» Solo si causaron la muerte de una persona (131.3); los imprescriptibles en todo caso son genocidio, lesa humanidad y delitos contra personas y bienes protegidos en conflicto armado.

27. «Las penas graves se cancelan a los cinco años.» A los diez (136.1.e); a los cinco, las menos graves iguales o superiores a tres años.

28. «Las penas leves se cancelan a los tres meses.» A los seis meses (136.1.a).

29. «El asesinato tiene tres circunstancias.» Tiene cuatro desde 2015: alevosía, precio, ensañamiento y facilitar otro delito o evitar su descubrimiento (139).

30. «La lesión que solo requiere una primera asistencia es delito del artículo 147.1.» El 147.1 exige, además de la primera asistencia, tratamiento médico o quirúrgico; sin él, es el delito leve del 147.2.

31. «La detención ilegal dura más de quince días para ser delito.» Es delito desde el primer momento (4 a 6 años); si dura más de quince días, la pena sube a 5 a 8 (163.3).

32. «La tortura puede cometerla cualquier persona.» Solo la autoridad o funcionario público abusando de su cargo (174); el particular comete trato degradante (173).

33. «El abuso sexual es un delito del Código Penal vigente.» Desde la Ley Orgánica 10/2022 solo existe la agresión sexual, con o sin violencia, basada en la falta de consentimiento (178).

34. «Quien solicita favores sexuales en una relación laboral provocando una situación hostil comete agresión sexual.» Comete acoso sexual (184).


8. Reglas mnemotécnicas

Las tres «I» del artículo 14: invencible, imprudente, inferior

Error de tipo invencible, exención; vencible, imprudencia. Error de prohibición invencible, exención; vencible, pena inferior en uno o dos grados.

«Con-Pro-Pro»: conspiración (concierto), proposición (invitación), provocación (publicidad)

Dos que se conciertan; uno que invita; uno que incita ante muchos o por un medio de difusión.

Las siete eximentes: «Loco, ebrio, ciego, defensa, necesidad, miedo, deber»

Anomalía psíquica, intoxicación plena, alteración de la percepción, legítima defensa, estado de necesidad, miedo insuperable, cumplimiento del deber.

Legítima defensa: «A-N-F»: Agresión, Necesidad, Falta de provocación

Los tres requisitos del 20.4.º, en ese orden.

Las ocho agravantes: «A-D-P-D-E-A-P-R»

Alevosía, Disfraz (y superioridad), Precio, Discriminación, Ensañamiento, Abuso de confianza, carácter Público, Reincidencia.

Autor mediato: «el que usa a otro como herramienta»

Por sí, con otros o por medio de otro. El inductor y el cooperador necesario se «consideran» autores; el cómplice coopera con actos anteriores o simultáneos.

Gravedad de las penas: «cinco años y ocho años»

La frontera grave/menos grave está en cinco años para prisión, inhabilitaciones, suspensión y prohibiciones, y en ocho años para conducir y armas. La multa es grave nunca, menos grave si supera tres meses, leve hasta tres meses.

Prisión: «de 3 meses a 20 años»; multa: «de 10 días a 2 años, cuota de 2 a 400»

Y la responsabilidad subsidiaria: un día por cada dos cuotas.

Medidas privativas: «los tres internamientos»

Psiquiátrico, deshabituación, educativo especial. Todo lo demás (libertad vigilada, custodia familiar, expulsión, inhabilitación, conducir, armas) es no privativo.

Prescripción del delito: «20-15-10-5-1» por la pena máxima «15-10-5»

Quince o más años de prisión, veinte años; más de diez, quince; más de cinco, diez; los demás, cinco; leves e injurias, uno.

Cancelación de antecedentes: «6 meses, 2, 3, 5, 10»

Leves, seis meses; hasta doce meses e imprudentes, dos años; menos graves de menos de tres años, tres; de tres o más, cinco; graves, diez.

Asesinato: «alevosía, precio, ensañamiento, facilitar»

Cuatro circunstancias; más de una, mitad superior; menor de dieciséis, tras delito sexual, organización criminal o más de dos muertes, prisión permanente revisable.


9. Aplicación práctica

Situación 1. Un guardia civil retiene a un sospechoso más de setenta y dos horas sin ponerlo a disposición judicial.

Media causa por delito, así que el precepto aplicable no es el 167 sino el 530: la autoridad o funcionario que, mediando causa por delito, acuerde, practique o prolongue una privación de libertad con violación de los plazos o demás garantías constitucionales o legales incurre en inhabilitación especial de cuatro a ocho años; si fue por imprudencia grave, suspensión de seis meses a dos años (532). Si además le negó el abogado o no le informó de sus derechos, concurre el 537. La eximente de cumplimiento del deber (20.7.º) no le ampara, porque el deber se cumple dentro de los límites del artículo 17.2 de la Constitución y de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (tema 9).

Situación 2. Dos personas acuerdan atracar una gasolinera; una de ellas se arrepiente y avisa a la Guardia Civil antes de empezar.

El acuerdo es conspiración (17.1), solo punible en los delitos en que la ley lo prevea, y el robo con violencia no está entre ellos. Si ya hubieran dado principio a la ejecución, estaríamos en tentativa (16.1), y el que desiste e impide o intenta impedir seria, firme y decididamente la consumación queda exento por el delito intentado (16.3), sin perjuicio de responder por los actos ya ejecutados si son otro delito, como la tenencia ilícita de un arma. Quien no desistió responde de la tentativa.

Situación 3. Un agente de paisano es agredido y responde causando al agresor una lesión que requiere puntos de sutura.

Los puntos de sutura son tratamiento quirúrgico, así que la lesión encaja en el 147.1 y no en el delito leve del 147.2. Pero si la respuesta cumplió los tres requisitos de la legítima defensa (agresión ilegítima, necesidad racional del medio y falta de provocación suficiente) o fue ejercicio legítimo del cargo con arreglo a los principios de congruencia, oportunidad y proporcionalidad de la Ley Orgánica 2/1986, concurre la eximente del 20.4.º o del 20.7.º y no hay responsabilidad criminal. Si faltó algún requisito, la eximente incompleta del 21.1.ª atenúa la pena. La responsabilidad civil, en cambio, subsiste en los casos del artículo 118 salvo en la legítima defensa completa, que no está en su lista.

Situación 4. Un guardia civil acepta una caja de vino de un vecino «por las molestias» después de tramitarle una denuncia.

Admitir una dádiva o regalo ofrecido en consideración al cargo o función es el cohecho del artículo 422: prisión de seis meses a un año y suspensión de empleo de uno a tres años. Si el regalo se recibió para realizar un acto propio del cargo, es el 420 (dos a cuatro años); para un acto contrario a los deberes del cargo, el 419 (tres a seis años). El vecino que lo ofreció responde por cohecho activo (424), salvo que hubiera accedido ocasionalmente a una solicitud del agente y lo denunciara en los dos meses siguientes (426). Además del delito, la conducta es infracción disciplinaria muy grave.

Situación 5. Un ciudadano condenado a diez meses de prisión por un delito de lesiones pregunta cuándo podrá cancelar sus antecedentes.

La pena no excede de doce meses, así que el plazo es de dos años desde el día siguiente a la extinción de la pena (136.1.b), sin haber vuelto a delinquir. Si la pena se suspendió y obtuvo la remisión definitiva, el plazo se retrotrae al día siguiente a aquel en que la pena habría quedado cumplida sin la suspensión (136.2). Y mientras no se cancele, el antecedente cuenta para la reincidencia si vuelve a cometer un delito del mismo título y naturaleza (22.8.ª), pero el antecedente que debiera estar cancelado no se computa aunque siga anotado.


10. Preguntas de test con respuesta explicada

Sesenta preguntas, que con las diez de la sección siguiente completan las setenta del nivel A. Redactadas de nuevo por TestMiOpo; ninguna reproduce un enunciado oficial. Se han repartido según el peso medido: el Libro I lleva la gran mayoría, y dentro de él el Título I.

1. Según el artículo 2.2 del Código Penal, las leyes penales que favorezcan al reo:

a) Solo tienen efecto retroactivo si no ha recaído sentencia firme.

b) Nunca tienen efecto retroactivo, por el principio de legalidad.

c) Tienen efecto retroactivo aunque haya recaído sentencia firme y el sujeto esté cumpliendo condena.

d) Tienen efecto retroactivo solo si lo solicita el Ministerio Fiscal.

Respuesta: c). En caso de duda sobre la ley más favorable será oído el reo. Los hechos cometidos bajo una ley temporal se juzgan conforme a ella.

2. Conforme al artículo 4.1 del Código Penal, las leyes penales:

a) Se aplican por analogía cuando el hecho sea de mayor gravedad.

b) Se aplican a los casos análogos a los previstos si así lo estima el juez.

c) No se aplican a casos distintos de los comprendidos expresamente en ellas.

d) Se interpretan extensivamente en favor de la víctima.

Respuesta: c). Si el juez estima que una conducta no penada merece represión, se abstiene y expone al Gobierno las razones (4.2).

3. Las medidas de seguridad, según el artículo 6 del Código Penal, se fundamentan en:

a) La culpabilidad del sujeto por el hecho cometido.

b) La peligrosidad criminal del sujeto, exteriorizada en la comisión de un hecho previsto como delito.

c) La gravedad de la pena señalada al delito.

d) La reparación del daño causado a la víctima.

Respuesta: b). No pueden ser más gravosas ni más largas que la pena abstractamente aplicable ni exceder de lo necesario para prevenir la peligrosidad.

4. La regla del artículo 8 del Código Penal según la cual el precepto penal más amplio o complejo absorbe a los que castigan las infracciones consumidas en él es la de:

a) Especialidad.

b) Subsidiariedad.

c) Consunción.

d) Alternatividad.

Respuesta: c). Es la tercera regla. La cuarta, alternatividad, aplica el precepto más grave en defecto de las anteriores.

5. Según el artículo 11 del Código Penal, los delitos de resultado se entienden cometidos por omisión cuando la no evitación del resultado equivale a su causación por infringir un especial deber jurídico del autor, lo que ocurre:

a) Cuando exista una específica obligación legal o contractual de actuar, o cuando el omitente haya creado una ocasión de riesgo con una acción u omisión precedente.

b) Siempre que el omitente conociera el peligro.

c) Solo cuando el omitente sea funcionario público.

d) Cuando cualquier persona pudo evitar el resultado sin riesgo propio.

Respuesta: a). Es la comisión por omisión, distinta de la omisión del deber de socorro, que es delito autónomo.

6. Conforme al artículo 13 del Código Penal, cuando la pena, por su extensión, pueda incluirse a la vez entre las graves y las menos graves, el delito se considerará:

a) Menos grave en todo caso.

b) Leve.

c) Grave en todo caso.

d) Según decida el juez en la sentencia.

Respuesta: c). En cambio, si puede considerarse leve y menos grave, el delito es leve en todo caso.

7. El error invencible sobre un hecho constitutivo de la infracción penal, según el artículo 14.1 del Código Penal:

a) Se castiga como imprudente.

b) Excluye la responsabilidad criminal.

c) Determina la pena inferior en uno o dos grados.

d) Impide la apreciación de las agravantes.

Respuesta: b). Si el error es vencible, la infracción se castiga, en su caso, como imprudente.

8. Si el error sobre la ilicitud del hecho fuera vencible, según el artículo 14.3 del Código Penal:

a) Se excluye la responsabilidad criminal.

b) Se castiga el hecho como imprudente.

c) Se aplica la pena inferior en uno o dos grados.

d) Se aplica la pena en su mitad inferior.

Respuesta: c). El error de prohibición invencible excluye la responsabilidad; el vencible la atenúa en uno o dos grados.

9. Hay tentativa, según el artículo 16.1 del Código Penal, cuando el sujeto:

a) Se concierta con otro para ejecutar un delito y resuelven ejecutarlo.

b) Da principio a la ejecución del delito directamente por hechos exteriores y el resultado no se produce por causas independientes de su voluntad.

c) Realiza actos preparatorios internos sin exteriorizarlos.

d) Consuma el delito sin conseguir el beneficio que pretendía.

Respuesta: b). Son punibles el delito consumado y la tentativa (15). La opción a) es la conspiración.

10. Quedará exento de responsabilidad penal por el delito intentado, conforme al artículo 16.2 del Código Penal:

a) Quien evite voluntariamente la consumación, desistiendo de la ejecución iniciada o impidiendo la producción del resultado.

b) Quien no logre consumar el delito por la intervención de la policía.

c) Quien, tras consumar el delito, repare el daño causado.

d) Quien desista por consejo de un tercero antes de iniciar la ejecución.

Respuesta: a). Subsiste la responsabilidad por los actos ya ejecutados si constituyen otro delito.

11. La conspiración para delinquir existe, según el artículo 17.1 del Código Penal, cuando:

a) El que ha resuelto cometer un delito invita a otra persona a participar en él.

b) Se incita directamente ante una concurrencia de personas a la perpetración de un delito.

c) Dos o más personas se conciertan para la ejecución de un delito y resuelven ejecutarlo.

d) Se ensalza el crimen o se enaltece a su autor.

Respuesta: c). La a) es la proposición, la b) la provocación y la d) la apología.

12. La apología, según el artículo 18.1 del Código Penal, solo es delictiva:

a) En todo caso, cuando se realice por un medio de difusión.

b) Como forma de provocación y si constituye una incitación directa a cometer un delito.

c) Cuando la realice un funcionario público.

d) Cuando se refiera a delitos de terrorismo, en los demás nunca.

Respuesta: b). Si a la provocación sigue la perpetración del delito, se castiga como inducción (18.2).

13. Los menores de dieciocho años que cometen un hecho delictivo, según el artículo 19 del Código Penal:

a) Responden conforme al Código Penal con la pena inferior en dos grados.

b) No son responsables criminalmente con arreglo al Código, pudiendo serlo según la ley que regule la responsabilidad penal del menor.

c) Son inimputables en todo caso y no cabe responsabilidad alguna.

d) Responden conforme al Código si son mayores de dieciséis años.

Respuesta: b). La ley del menor se aplica a los mayores de catorce y menores de dieciocho.

14. ¿Cuál de los siguientes NO es un requisito de la legítima defensa según el artículo 20.4.º del Código Penal?

a) Agresión ilegítima.

b) Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla.

c) Falta de provocación suficiente por parte del defensor.

d) Que el mal causado no sea mayor que el que se trate de evitar.

Respuesta: d). Ese es un requisito del estado de necesidad (20.5.º). En la defensa de la morada se reputa agresión ilegítima la entrada indebida.

15. Según el artículo 20.5.º del Código Penal, el estado de necesidad exige, entre otros requisitos:

a) Que el necesitado no tenga, por su oficio o cargo, obligación de sacrificarse.

b) Que el mal causado sea menor que el evitado en todo caso, sin que baste la igualdad.

c) Que la situación de necesidad haya sido provocada por un tercero.

d) Que el sujeto actúe en defensa de un pariente.

Respuesta: a). Los otros dos requisitos: que el mal causado no sea mayor que el evitado y que la situación no haya sido provocada intencionadamente por el sujeto.

16. El trastorno mental transitorio, según el artículo 20.1.º del Código Penal, no eximirá de pena cuando:

a) Hubiese sido provocado por el sujeto con el propósito de cometer el delito o hubiera previsto o debido prever su comisión.

b) Haya sido diagnosticado con posterioridad al hecho.

c) El sujeto sea reincidente.

d) El delito sea grave.

Respuesta: a). Es la teoría de las actiones liberae in causa, que el 20.2.º repite para la intoxicación buscada de propósito.

17. ¿Cuál de las siguientes es una circunstancia atenuante según el artículo 21 del Código Penal?

a) Obrar con abuso de confianza.

b) Ejecutar el hecho mediante disfraz.

c) Prevalerse del carácter público del culpable.

d) La dilación extraordinaria e indebida en la tramitación del procedimiento, no atribuible al inculpado.

Respuesta: d). Es la atenuante 6.ª. Las otras tres son agravantes del artículo 22.

18. La atenuante de confesión del artículo 21.4.ª del Código Penal exige que el culpable confiese la infracción a las autoridades:

a) En cualquier momento anterior al juicio oral.

b) Ante el Juez de Instrucción exclusivamente.

c) Antes de la sentencia firme.

d) Antes de conocer que el procedimiento judicial se dirige contra él.

Respuesta: d). La reparación del daño (21.5.ª), en cambio, vale en cualquier momento anterior al juicio oral.

19. Hay alevosía, según el artículo 22.1.ª del Código Penal, cuando el culpable comete cualquiera de los delitos:

a) Contra las personas empleando medios, modos o formas que tiendan directa o especialmente a asegurar la ejecución sin riesgo por la defensa del ofendido.

b) Contra el patrimonio empleando fuerza en las cosas.

c) Contra la Administración prevaliéndose de su cargo.

d) Aumentando deliberadamente el sufrimiento de la víctima.

Respuesta: a). Aumentar deliberada e inhumanamente el sufrimiento es el ensañamiento (22.5.ª). La alevosía es además la primera circunstancia del asesinato.

20. Conforme al artículo 22.8.ª del Código Penal, tras la Ley Orgánica 1/2026, a efectos de reincidencia:

a) No se computan los antecedentes cancelados ni los de delitos leves, salvo lo dispuesto para los tipos agravados por multirreincidencia de delitos leves.

b) Se computan todos los antecedentes penales, incluidos los cancelados.

c) Solo se computan las condenas por delitos graves.

d) No se computan las condenas impuestas en otros Estados de la Unión Europea.

Respuesta: a). Las condenas firmes de otros Estados de la Unión producen reincidencia salvo que el antecedente esté cancelado o pudiera estarlo según el Derecho español.

21. La circunstancia mixta de parentesco del artículo 23 del Código Penal se aprecia cuando el agraviado sea o haya sido:

a) Vecino o compañero de trabajo del ofensor.

b) Cónyuge o persona ligada de forma estable por análoga relación de afectividad, o ascendiente, descendiente o hermano por naturaleza o adopción del ofensor o de su cónyuge o conviviente.

c) Cualquier pariente hasta el cuarto grado.

d) Persona a la que el ofensor deba obediencia.

Respuesta: b). Los primos o los tíos no entran; los hermanos sí, por naturaleza o adopción.

22. A efectos penales, según el artículo 24 del Código Penal, se reputará autoridad:

a) Al que por sí solo o como miembro de alguna corporación, tribunal u órgano colegiado tenga mando o ejerza jurisdicción propia.

b) Todo funcionario público en el ejercicio de sus funciones.

c) Únicamente a los miembros del Gobierno.

d) A todo el que participe en el ejercicio de funciones públicas por nombramiento.

Respuesta: a). La d) es la definición de funcionario público (24.2). Son autoridad en todo caso los parlamentarios y los miembros del Ministerio Fiscal.

23. Son responsables criminalmente de los delitos, según el artículo 27 del Código Penal:

a) Los autores y los cómplices.

b) Los autores, los cómplices y los encubridores.

c) Los autores, los inductores y los encubridores.

d) Únicamente los autores.

Respuesta: a). El encubrimiento dejó de ser forma de participación en 1995 y es hoy un delito autónomo.

24. Quienes cooperan a la ejecución del hecho con un acto sin el cual no se habría efectuado son, según el artículo 28 del Código Penal:

a) Cómplices.

b) Inductores.

c) Cooperadores necesarios, que se consideran autores.

d) Encubridores.

Respuesta: c). El cómplice (29) coopera con actos anteriores o simultáneos que no son necesarios.

25. En los delitos cometidos utilizando medios o soportes de difusión mecánicos, según el artículo 30 del Código Penal:

a) No responden criminalmente los cómplices ni quienes los hubieren favorecido, y los autores responden de forma escalonada, excluyente y subsidiaria.

b) Responden todos los partícipes por igual.

c) Responde únicamente el director de la empresa editora.

d) Responden solidariamente los autores y los directores.

Respuesta: a). El orden es: quienes redactaron el texto y sus inductores; los directores de la publicación; los de la empresa editora; los de la impresora.

26. Las disposiciones sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas, según el artículo 31 quinquies del Código Penal, NO son aplicables:

a) A las sociedades mercantiles privadas.

b) A las fundaciones.

c) Al Estado, a las Administraciones públicas territoriales e institucionales y a las organizaciones internacionales de derecho público.

d) A los partidos políticos y sindicatos.

Respuesta: c). Las sociedades mercantiles públicas que ejecuten políticas públicas solo pueden sufrir las penas de multa e intervención judicial.

27. Según el artículo 32 del Código Penal, las penas que pueden imponerse son:

a) Privativas de libertad, privativas de otros derechos y multa.

b) Graves, menos graves y leves.

c) Principales y accesorias exclusivamente.

d) De prisión, de multa y de trabajos en beneficio de la comunidad.

Respuesta: a). La clasificación en graves, menos graves y leves es la del artículo 33, por naturaleza y duración.

28. Según el artículo 33 del Código Penal, la pena de prisión de tres meses hasta cinco años es una pena:

a) Grave.

b) Menos grave.

c) Leve.

d) Grave si supera los tres años.

Respuesta: b). Es grave la superior a cinco años. La prisión no puede ser nunca pena leve.

29. La privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a ocho años es, según el artículo 33.2 del Código Penal, una pena:

a) Grave.

b) Menos grave.

c) Leve.

d) Accesoria en todo caso.

Respuesta: a). De un año y un día a ocho años es menos grave; de tres meses a un año, leve. La frontera de esta pena y de la de armas está en los ocho años, no en los cinco.

30. No se reputarán penas, según el artículo 34 del Código Penal:

a) La localización permanente y los trabajos en beneficio de la comunidad.

b) La responsabilidad personal subsidiaria por impago de multa.

c) La detención y prisión preventiva y las demás medidas cautelares de naturaleza penal.

d) Las penas accesorias.

Respuesta: c). Tampoco lo son las multas y correcciones gubernativas o disciplinarias ni las sanciones de las leyes civiles o administrativas.

31. Son penas privativas de libertad, según el artículo 35 del Código Penal:

a) La prisión, la localización permanente y la inhabilitación absoluta.

b) La prisión, la localización permanente y el internamiento en centro psiquiátrico.

c) La prisión y la prisión preventiva.

d) La prisión permanente revisable, la prisión, la localización permanente y la responsabilidad personal subsidiaria por impago de multa.

Respuesta: d). El internamiento psiquiátrico es medida de seguridad y la inhabilitación absoluta es pena privativa de derechos.

32. La pena de prisión tendrá, según el artículo 36.2 del Código Penal, una duración:

a) Mínima de seis meses y máxima de veinte años.

b) Mínima de tres meses y máxima de veinte años, salvo lo que excepcionalmente dispongan otros preceptos.

c) Mínima de tres meses y máxima de treinta años.

d) Mínima de un año y máxima de veinticinco años.

Respuesta: b). Los límites excepcionales, como los veinticinco años del asesinato o los cuarenta del concurso, están en otros preceptos.

33. La localización permanente, según el artículo 37 del Código Penal, tendrá una duración de hasta:

a) Tres meses.

b) Seis meses.

c) Un año.

d) Dos años.

Respuesta: b). Obliga a permanecer en el domicilio o lugar fijado por el juez, y como pena leve va de un día a tres meses.

34. La pena de inhabilitación absoluta tendrá una duración, según el artículo 40.1 del Código Penal, de:

a) Tres meses a seis años.

b) Tres meses a veinte años.

c) Seis a veinte años.

d) Un mes a diez años.

Respuesta: c). Tres meses a veinte años es la inhabilitación especial; tres meses a seis años, la suspensión de empleo o cargo público.

35. La pena de suspensión de empleo o cargo público, según el artículo 43 del Código Penal:

a) Priva definitivamente del empleo o cargo sobre el que recae.

b) Equivale a la separación del servicio.

c) Impide obtener cualquier empleo público en el futuro.

d) Priva de su ejercicio al penado durante el tiempo de la condena.

Respuesta: d). La privación definitiva del empleo es el efecto de la inhabilitación especial (42).

36. Los trabajos en beneficio de la comunidad, según el artículo 49 del Código Penal:

a) Pueden imponerse sin el consentimiento del penado.

b) No podrán imponerse sin el consentimiento de la persona condenada y su duración diaria no podrá exceder de ocho horas.

c) Se cumplen en el centro penitenciario más próximo.

d) Son siempre retribuidos.

Respuesta: b). Se ejecutan bajo el control del Juez de Vigilancia Penitenciaria y duran de un día a un año (40.4).

37. La pena de multa por el sistema de días-multa, según el artículo 50 del Código Penal, tendrá una extensión:

a) Mínima de cinco días y máxima de un año.

b) Mínima de diez días y máxima de dos años, con cuota diaria de dos a 400 euros.

c) Mínima de un mes y máxima de dos años, con cuota diaria de dos a 300 euros.

d) Mínima de diez días y máxima de cinco años, con cuota diaria de 30 a 5.000 euros.

Respuesta: b). La opción d) mezcla los límites de las personas jurídicas: extensión máxima de cinco años y cuota de 30 a 5.000 euros.

38. Si el condenado no satisface la multa impuesta, según el artículo 53.1 del Código Penal, queda sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de:

a) Un día de privación de libertad por cada cuota diaria no satisfecha.

b) Un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas.

c) Un día de privación de libertad por cada tres cuotas diarias no satisfechas.

d) Una semana de localización permanente por cada cuota.

Respuesta: b). En los delitos leves puede cumplirse en localización permanente y, con conformidad del penado, en trabajos en beneficio de la comunidad.

39. La pena de prisión igual o superior a diez años llevará consigo, según el artículo 55 del Código Penal:

a) La inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo.

b) La suspensión de empleo o cargo público.

c) La privación de la patria potestad en todo caso.

d) La inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena.

Respuesta: d). En las prisiones inferiores a diez años el juez impone alguna de las accesorias del artículo 56.

40. Son medidas de seguridad privativas de libertad, según el artículo 96.2 del Código Penal:

a) El internamiento en centro psiquiátrico, en centro de deshabituación y en centro educativo especial.

b) La libertad vigilada, la custodia familiar y la inhabilitación profesional.

c) La prisión, la localización permanente y el internamiento psiquiátrico.

d) La expulsión del territorio nacional y el internamiento en centro psiquiátrico.

Respuesta: a). La libertad vigilada, la custodia familiar, la inhabilitación profesional, la expulsión y las privaciones de conducir y de armas son las no privativas de libertad (96.3).

41. En caso de concurrencia de penas y medidas de seguridad privativas de libertad, según el artículo 99 del Código Penal, el juez ordenará:

a) El cumplimiento de la medida, que se abonará para el de la pena.

b) El cumplimiento de la pena, y después el de la medida.

c) El cumplimiento simultáneo de ambas.

d) La sustitución de la pena por la medida en todo caso.

Respuesta: a). Alzada la medida, el juez puede suspender el resto de la pena si su ejecución pusiera en peligro los efectos conseguidos.

42. El internamiento impuesto como medida de seguridad al exento de responsabilidad por el artículo 20.1.º, según el artículo 101 del Código Penal:

a) Tiene duración indefinida hasta la curación.

b) No podrá exceder del tiempo que habría durado la pena privativa de libertad si el sujeto hubiera sido declarado responsable, límite que fija la sentencia.

c) Dura como mínimo la mitad de la pena señalada al delito.

d) Solo puede imponerse por cinco años.

Respuesta: b). El sometido no puede abandonar el establecimiento sin autorización del juez sentenciador.

43. La libertad vigilada, según el artículo 106 del Código Penal, consiste en el sometimiento del condenado a control judicial mediante obligaciones como:

a) Permanecer en su domicilio los fines de semana.

b) Estar siempre localizable mediante aparatos electrónicos, presentarse periódicamente, comunicar los cambios de residencia o no aproximarse a la víctima.

c) Ingresar en un centro de deshabituación.

d) Prestar trabajos no retribuidos de utilidad pública.

Respuesta: b). En los delitos sexuales se impone tras la prisión por cinco a diez años si el delito es grave (192).

44. La responsabilidad civil derivada del delito comprende, según el artículo 110 del Código Penal:

a) La restitución y la indemnización de perjuicios materiales.

b) La multa y la reparación del daño.

c) La restitución, la reparación del daño y la indemnización de perjuicios materiales y morales.

d) La indemnización de perjuicios morales exclusivamente.

Respuesta: c). La restitución del mismo bien procede aunque esté en poder de un tercero de buena fe (111).

45. Los autores y los cómplices, según el artículo 116.2 del Código Penal, responden civilmente:

a) Solidariamente entre todos, sin distinción de clase.

b) Cada uno dentro de su respectiva clase, solidariamente entre sí por sus cuotas y subsidiariamente por las de los demás responsables.

c) Mancomunadamente por partes iguales.

d) Solo los autores; los cómplices no responden civilmente.

Respuesta: b). El juez señala la cuota de cada responsable (116.1).

46. El Estado, la Comunidad Autónoma, la provincia, la isla y el municipio responden de los daños causados por los penalmente responsables que sean autoridad, agentes o funcionarios en el ejercicio de sus cargos, según el artículo 121 del Código Penal:

a) Directamente y en primer lugar.

b) Solidariamente con el funcionario.

c) Subsidiariamente, siempre que la lesión sea consecuencia directa del funcionamiento de los servicios públicos que les estuvieren confiados.

d) En ningún caso, pues la responsabilidad es exclusivamente del funcionario.

Respuesta: c). Sin perjuicio de la responsabilidad patrimonial de la Administración por la vía administrativa.

47. Según el artículo 118 del Código Penal, la exención de responsabilidad criminal declarada por las eximentes de anomalía psíquica, intoxicación, alteración de la percepción, estado de necesidad y miedo insuperable:

a) Comprende también la exención de la responsabilidad civil.

b) Traslada la responsabilidad civil al Estado.

c) Extingue la responsabilidad civil salvo en el estado de necesidad.

d) No comprende la de la responsabilidad civil.

Respuesta: d). La legítima defensa completa (20.4.º) y el cumplimiento del deber (20.7.º) no figuran en la lista del artículo 118.

48. ¿Cuál de las siguientes NO es causa de extinción de la responsabilidad criminal según el artículo 130 del Código Penal?

a) La muerte del reo.

b) La amnistía o el indulto.

c) La prescripción del delito.

d) La cancelación de los antecedentes penales.

Respuesta: d). La cancelación es un efecto posterior a la extinción (136). Las siete causas son muerte, cumplimiento, remisión definitiva, amnistía o indulto, perdón, prescripción del delito y prescripción de la pena o medida.

49. El perdón de la persona ofendida extingue la responsabilidad criminal, según el artículo 130.1.5.º del Código Penal:

a) En los delitos leves perseguibles a instancia de la persona agraviada o cuando la ley así lo prevea, otorgado expresamente antes de la sentencia.

b) En cualquier delito, si se otorga antes de la sentencia.

c) En los delitos contra menores que afecten a bienes personales.

d) En los delitos graves, con aprobación del Ministerio Fiscal.

Respuesta: a). En los delitos contra menores o personas con discapacidad que afecten a bienes eminentemente personales, el perdón no extingue la responsabilidad.

50. Según el artículo 131.1 del Código Penal, los delitos cuya pena máxima señalada sea prisión de quince o más años prescriben a los:

a) Diez años.

b) Quince años.

c) Veinte años.

d) Treinta años.

Respuesta: c). A los quince prescriben los de inhabilitación por más de diez años o prisión de más de diez y menos de quince; a los diez, los de más de cinco y hasta diez; a los cinco, los demás; al año, los leves y las injurias y calumnias.

51. Los delitos leves y los de injurias y calumnias prescriben, según el artículo 131.1 del Código Penal:

a) A los seis meses.

b) Al año.

c) A los dos años.

d) A los cinco años.

Respuesta: b). Es el plazo más corto del Código; los cinco años son el plazo residual de los demás delitos.

52. No prescribirán en ningún caso, según el artículo 131.3 del Código Penal:

a) Todos los delitos de terrorismo.

b) Los delitos de lesa humanidad, genocidio y contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado, salvo el artículo 614, y los de terrorismo si causaron la muerte de una persona.

c) Los delitos contra la Corona.

d) Los delitos de rebelión y sedición.

Respuesta: b). Sus penas tampoco prescriben (133.2).

53. Las penas de prisión por más de veinte años prescriben, según el artículo 133 del Código Penal, a los:

a) Veinte años.

b) Veinticinco años.

c) Treinta años.

d) No prescriben.

Respuesta: c). A los veinticinco, las de prisión de quince o más años sin exceder de veinte; a los cinco, las menos graves; al año, las leves.

54. Las penas leves se cancelan, según el artículo 136.1 del Código Penal, transcurridos sin volver a delinquir:

a) Tres meses.

b) Seis meses.

c) Un año.

d) Dos años.

Respuesta: b). Dos años para las que no excedan de doce meses y las impuestas por delitos imprudentes; tres y cinco para las restantes menos graves; diez para las graves.

55. Los plazos de cancelación de antecedentes del artículo 136 del Código Penal se cuentan:

a) Desde la fecha de la sentencia firme.

b) Desde el día siguiente a aquel en que quedara extinguida la pena.

c) Desde la fecha de comisión del delito.

d) Desde el ingreso en prisión.

Respuesta: b). Si la extinción fue por remisión condicional, el plazo se retrotrae al día siguiente a aquel en que la pena habría quedado cumplida sin la suspensión.

56. Es reo de asesinato, según el artículo 139 del Código Penal, el que matare a otro concurriendo:

a) Alevosía, precio, recompensa o promesa, ensañamiento, o para facilitar la comisión de otro delito o evitar que se descubra.

b) Disfraz, abuso de superioridad o reincidencia.

c) Cualquier agravante del artículo 22.

d) Únicamente alevosía o ensañamiento.

Respuesta: a). Pena de quince a veinticinco años; con más de una circunstancia, mitad superior; prisión permanente revisable en los casos del artículo 140.

57. El delito de lesiones del artículo 147.1 del Código Penal exige que la lesión requiera objetivamente para su sanidad:

a) Una primera asistencia facultativa.

b) Además de una primera asistencia facultativa, tratamiento médico o quirúrgico.

c) Hospitalización de al menos veinticuatro horas.

d) Baja laboral superior a siete días.

Respuesta: b). La simple vigilancia o seguimiento facultativo no es tratamiento. Sin tratamiento, la lesión es delito leve del 147.2.

58. El particular que encerrare o detuviere a otro privándole de su libertad comete, según el artículo 163.1 del Código Penal:

a) Secuestro, castigado con prisión de seis a diez años.

b) Detención ilegal, castigada con prisión de cuatro a seis años.

c) Coacciones, castigadas con prisión de seis meses a tres años.

d) Amenazas condicionales.

Respuesta: b). El secuestro exige que se exija alguna condición para la liberación (164).

59. Comete tortura, según el artículo 174 del Código Penal:

a) Cualquier persona que inflija a otra un trato degradante.

b) La autoridad o funcionario público que, abusando de su cargo y con el fin de obtener una confesión o información, castigar o por razón de discriminación, someta a una persona a sufrimientos físicos o mentales o atente contra su integridad moral.

c) El particular que ejerza violencia habitual sobre su cónyuge.

d) El funcionario que revele secretos conocidos por razón de su cargo.

Respuesta: b). Pena de dos a seis años si el atentado es grave y de uno a tres si no lo es, más inhabilitación absoluta de ocho a doce años.

60. La agresión sexual consistente en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, se castiga, según el artículo 179 del Código Penal, como:

a) Abuso sexual, con prisión de uno a cuatro años.

b) Violación, con prisión de cuatro a doce años.

c) Acoso sexual, con prisión de seis a doce meses.

d) Agresión sexual agravada, con prisión de dos a ocho años.

Respuesta: b). Con violencia, intimidación o víctima con la voluntad anulada, de seis a doce años (179.2). El abuso sexual ya no existe en el Código.


11. Preguntas de estilo examen

Diez preguntas más, redactadas con el formato y la extensión de los cuestionarios oficiales de la Escala de Cabos y Guardias, que empiezan siempre nombrando la norma. Completan las setenta del nivel A.

61. Ley Orgánica del Código Penal. De la infracción penal. Señale la opción INCORRECTA:

a) Son delitos las acciones y omisiones dolosas o imprudentes penadas por la ley.

b) Las acciones u omisiones imprudentes solo se castigarán cuando expresamente lo disponga la ley.

c) Son punibles el delito consumado y la tentativa de delito.

d) La conspiración y la proposición para delinquir se castigarán en todos los delitos del Libro II.

Respuesta: d). Solo se castigan en los casos especialmente previstos en la ley (17.3).

62. Ley Orgánica del Código Penal. De las causas que eximen de la responsabilidad criminal. ¿Cuál de las siguientes NO es una circunstancia eximente del artículo 20?

a) Obrar impulsado por miedo insuperable.

b) Obrar en cumplimiento de un deber o en el ejercicio legítimo de un derecho, oficio o cargo.

c) Obrar por causas o estímulos tan poderosos que hayan producido arrebato u obcecación.

d) Hallarse en estado de intoxicación plena no buscada con el propósito de delinquir.

Respuesta: c). El arrebato u obcecación es la atenuante 3.ª del artículo 21.

63. Ley Orgánica del Código Penal. De las circunstancias que atenúan la responsabilidad criminal. Señale la opción CORRECTA:

a) La reparación del daño a la víctima atenúa si se produce antes de la celebración del juicio oral.

b) La confesión atenúa si se produce en cualquier momento anterior a la sentencia.

c) La grave adicción a sustancias es una eximente completa.

d) Las eximentes incompletas no atenúan la responsabilidad.

Respuesta: a). Artículo 21.5.ª. La confesión exige que sea anterior a conocer que el procedimiento se dirige contra el culpable (21.4.ª), y las eximentes incompletas son la atenuante 1.ª.

64. Ley Orgánica del Código Penal. De las personas criminalmente responsables. Los que inducen directamente a otro u otros a ejecutar el hecho:

a) Serán considerados autores.

b) Son cómplices.

c) Son cooperadores necesarios.

d) Quedan exentos si el inducido desiste.

Respuesta: a). Artículo 28.a). También se consideran autores los cooperadores necesarios (28.b).

65. Ley Orgánica del Código Penal. De las penas, sus clases y efectos. Conforme al artículo 33, la pena de multa de más de tres meses tiene la consideración de pena:

a) Grave.

b) Depende de la cuota diaria fijada.

c) Leve.

d) Menos grave.

Respuesta: d). Artículo 33.3.j). La multa de hasta tres meses es leve, y la proporcional es siempre menos grave, salvo la de las personas jurídicas.

66. Ley Orgánica del Código Penal. De las medidas de seguridad. ¿Cuál de las siguientes es una medida de seguridad NO privativa de libertad?

a) El internamiento en centro de deshabituación.

b) El internamiento en centro educativo especial.

c) La custodia familiar.

d) El internamiento en centro psiquiátrico.

Respuesta: c). Artículo 96.3. Las tres restantes son las medidas privativas de libertad del 96.2.

67. Ley Orgánica del Código Penal. De la extinción de la responsabilidad criminal. Los delitos cuya pena máxima señalada sea prisión o inhabilitación por más de cinco años y que no exceda de diez prescriben a los...:

a) Cinco años.

b) Diez años.

c) Quince años.

d) Veinte años.

Respuesta: b). Artículo 131.1. A los quince, los de más de diez y menos de quince; a los veinte, los de quince o más.

68. Ley Orgánica del Código Penal. Del homicidio y sus formas. El que matare a otro será castigado, como reo de homicidio, con la pena de prisión de...:

a) Ocho a doce años.

b) Diez a quince años.

c) Quince a veinte años.

d) Quince a veinticinco años.

Respuesta: b). Artículo 138.1. Quince a veinticinco es la pena del asesinato (139).

69. Ley Orgánica del Código Penal. Delitos contra la libertad. La autoridad o funcionario público que, fuera de los casos permitidos por la ley y sin mediar causa por delito, cometiere una detención ilegal será castigado:

a) Con la pena de multa de tres a seis meses.

b) Con las penas previstas para el particular, en su mitad superior, pudiéndose llegar hasta la superior en grado, e inhabilitación absoluta.

c) Con la pena de suspensión de empleo o cargo público de seis meses a dos años.

d) Con la misma pena que el particular, sin agravación.

Respuesta: b). Artículo 167. Si media causa por delito y se violan los plazos o garantías, el precepto aplicable es el 530.

70. Ley Orgánica del Código Penal. De las torturas y otros delitos contra la integridad moral. Señale la opción INCORRECTA:

a) La tortura solo puede cometerla la autoridad o funcionario público abusando de su cargo.

b) Una de las finalidades típicas de la tortura es obtener una confesión o información de cualquier persona.

c) El culpable de tortura será castigado, además, con la pena de inhabilitación absoluta de ocho a doce años.

d) La autoridad que permita que otras personas ejecuten estos hechos queda exenta si no participó materialmente.

Respuesta: d). El artículo 176 impone las mismas penas a la autoridad o funcionario que, faltando a los deberes de su cargo, permitiere que otros ejecuten los hechos.


12. Fuentes oficiales

Todos los preceptos se han leído del texto consolidado antes de escribir sobre ellos, y todos los identificadores del BOE se han comprobado con curl leyendo el título que devuelve el propio Boletín.

Norma o fuenteReferenciaEnlace
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código PenalBOE-A-1995-25444, BOE de 24 de noviembre de 1995; texto consolidado con última actualización publicada el 9 de abril de 2026 (data/leyes/lo-10-1995-codigo-penal.json)https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1995-25444
Ley Orgánica 1/2026, de 8 de abril, en materia de multirreincidencia, que modifica el Código Penal y la Ley de Enjuiciamiento CriminalBOE-A-2026-7966https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2026-7966

Jurisprudencia citada, comprobada una a una en el BOE: STC 22/1984, de 17 de febrero (BOE-T-1984-6110); STC 120/1990, de 27 de junio (BOE-T-1990-18314); STC 136/1999, de 20 de julio (BOE-T-1999-17665); STC 59/2008, de 14 de mayo (BOE-T-2008-9606).

Temario y convocatoria: temario fijado por la Resolución de 26 de junio de 2019 de la Dirección General de la Guardia Civil, modificada el 3 de octubre de 2022 y actualizada el 29 de mayo de 2023, transcrito en TEMARIO-OFICIAL.md; convocatoria de referencia, Resolución 160/38243/2026, de 5 de mayo (BOE-A-2026-9982).

Frecuencia: cuestionarios oficiales de conocimientos generales de 2025 y 2026, modelo A, publicados por la Jefatura de Enseñanza de la Guardia Civil, clasificados en ANALISIS-FRECUENCIA.md. No se reproduce el enunciado literal de ninguna pregunta oficial.

Vigencia. El Código Penal se reforma varias veces al año. Este tema está redactado sobre el texto consolidado a 9 de abril de 2026; antes del examen debe comprobarse en el enlace anterior si hay una actualización posterior.


13. Control de calidad

  • [x] Todos los títulos y capítulos del enunciado oficial, del Libro I y del Libro II, tienen apartado propio en el epígrafe 4
  • [x] Ningún precepto se ha redactado de memoria: todos se han leído del texto consolidado en data/leyes/, actualizado a 9 de abril de 2026, y las cifras de pena se han comprobado una a una contra ese texto
  • [x] El Libro I se expone artículo a artículo con sus números y las cuatro tablas que se preguntan (33, 131, 133 y 136); el Libro II, por conductas y cifras definitorias
  • [x] La reforma de la Ley Orgánica 1/2026 sobre reincidencia está incorporada y la Ley Orgánica 10/2022 sobre delitos sexuales también; se advierte de que el abuso sexual ya no existe
  • [x] Los identificadores del BOE de la norma, de la reforma y de las cuatro sentencias se han comprobado con curl leyendo el título que devuelve el Boletín
  • [x] Cuatro resoluciones del Tribunal Constitucional citadas y verificadas con su fallo en el epígrafe 5
  • [x] Treinta y cuatro trampas de examen, por encima del mínimo de doce
  • [x] Setenta preguntas con respuesta explicada, las que corresponden al nivel A
  • [x] Ninguna pregunta reproduce el enunciado de un cuestionario oficial
  • [x] Las cifras de frecuencia proceden de frecuencia/conteo.json y no se han escrito a mano
  • [x] Sin raya ni semirraya en todo el archivo
  • [ ] Revisión por revisor colegiado: pendiente

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