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Tema 24 · Nivel C

Delitos contra la Administración pública

«Delitos contra la Administración pública: Prevaricación del personal funcionario público. Abandono de destino y omisión del deber de perseguir delitos. Desobediencia y denegación de auxilio. Infidelidad en la custodia de documentos y violación de secretos. Cohecho. Tráfico de influencias. Malversación. Fraudes y exacciones ilegales. Negociaciones y actividades prohibidas a los funcionarios públicos y abusos en el ejercicio de su función.»

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Tema 24. Delitos contra la Administración pública

Categoría de Policía, Escala Básica, Cuerpos de la Policía Local de Andalucía. Turno libre.

Enunciado oficial (Anexo III, apartado I.A.1, del Decreto 8/2026, de 28 de enero, BOJA núm. 22, de 3 de febrero de 2026): «Delitos contra la Administración pública: Prevaricación del personal funcionario público. Abandono de destino y omisión del deber de perseguir delitos. Desobediencia y denegación de auxilio. Infidelidad en la custodia de documentos y violación de secretos. Cohecho. Tráfico de influencias. Malversación. Fraudes y exacciones ilegales. Negociaciones y actividades prohibidas a los funcionarios públicos y abusos en el ejercicio de su función.»

AutoríaEquipo de contenidos TestMiOpo
Revisión jurídicaPendiente de revisor colegiado
Última revisión15 de septiembre de 2026
Normas de referenciaLey Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal (BOE-A-1995-25444), texto consolidado a 9 de abril de 2026: artículo 24 y Título XIX del Libro II, artículos 404 a 445
Norma del temarioDecreto 8/2026, de 28 de enero (BOJA núm. 22, de 3 de febrero de 2026), Anexo III, apartado I.A.1, tema 24
Convocatoria de referenciaNo hay convocatoria unificada todavía; cada ayuntamiento publica sus bases. Comprobación sobre la convocatoria de Gádor, BOJA núm. 132, de 10 de julio de 2026

1. Mapa del tema

                       DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACION PUBLICA: CP 24 y 404 a 445 (Titulo XIX, nueve capitulos)   (1,56 puntos, 21 preguntas medidas)
                                                          |
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 PREVARICACION (4 preg.)     ABANDONO, OMISION,          DOCUMENTOS Y SECRETOS      COHECHO Y TRAFICO DE       MALVERSACION, FRAUDES,
 Y DESOBEDIENCIA (1 preg.)   DESOBEDIENCIA (4 preg.)     (4 preg.)                  INFLUENCIAS (6 preg.)      NEGOCIACIONES (2 preg.)
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 24: autoridad = mando o     407 abandono de destino     413 sustraer, destruir     419 cohecho pasivo propio  432 malversacion: apro-
 jurisdiccion propia; fun-   para no perseguir delitos   u ocultar documentos       (acto contrario al cargo   piarse o consentir, 2 a 6
 cionario = participa en     de los Titulos XXI a XXIV:  custodiados: 1 a 4 años,   o no realizarlo): 3 a 6    años; agravada 4 a 8 (daño
 funciones publicas; 404:    1 a 4 años e inhabilita-    multa 7 a 24 e inhabili-   años, multa 12 a 24, in-   grave, mas de 50.000,
 resolucion arbitraria a     cion absoluta 6 a 10; otro  tacion 3 a 6; 414 destruir habilitacion 9 a 12; 420   valor cultural), mas de
 sabiendas: inhabilitacion   delito, inhabilitacion es-  medios de acceso restrin-  impropio (acto propio):    250.000 mitad superior;
 9 a 15 años; 405 y 406      pecial 1 a 3; 408 omitir    gido: 6 meses a 1 año o    2 a 4 años; 421 recompen-  menos de 4.000: 1 a 2 y
 nombramientos ilegales:     la persecucion de delitos:  multa 6 a 24; 415 acceder  sa; 422 regalo por el      multa; 432 bis uso pri-
 multa 3 a 8 y suspension    inhabilitacion especial 6   a documentos secretos:     cargo: 6 meses a 1 año;    vado sin apropiacion: 6
 1 a 3; 410 desobediencia    meses a 2 años; 409 aban-   multa 6 a 12; 417 revelar  424 cohecho activo del     meses a 3 años, reintegro
 abierta a resoluciones u    dono colectivo: multa 8 a   secretos: multa 12 a 18,   particular: mismas penas;  en 10 dias; 433 aplicacion
 ordenes legales: multa 3    12 y suspension 6 meses a   grave daño 1 a 3 años; de  425 soborno por parientes  publica distinta; 433 bis
 a 12 e inhabilitacion 6     2 años; 412 denegacion de   particular 2 a 4; 418 par- en causa criminal: 6 me-   falsedad contable; 434
 meses a 2 años; 410.2: no   auxilio: multa 3 a 12 y     ticular que aprovecha el   ses a 1 año; 426 exencion  reparacion, 1 o 2 grados;
 hay delito si el mandato    suspension; fuerza publi-   secreto: multa del tanto   del particular que denun-  435 extensiones; 436 frau-
 infringe manifiestamente    ca 12 a 18 y 2 a 3 años;    al triplo; 442 uso de in-  cia en 2 meses; 428 y 429  de en contratacion 2 a 6;
 la ley; 411 desobedecer     particular contra la vida:  formacion privilegiada     trafico de influencias:    437 exacciones: multa 6 a
 tras suspension desapro-    multa 18 a 24 e inhabili-   con animo de lucro: multa  6 meses a 2 años y multa   24; 438 bis enriquecimiento
 bada: multa 12 a 24.        tacion 3 a 6 años.          tanto al triplo, benefi-   tanto al duplo; 430 ofre-  ilicito; 439 negociaciones
 STC 77/1983, 234/1991.                                  cio 1 a 3 años.            cerse: 6 meses a 1 año.    prohibidas; 441 asesora-
                                                                                    STC 2/2003, 55/1990.       miento; 443 solicitud
                                                                                                               sexual 1 a 2 años.

2. Introducción y enfoque de estudio

Prioridad de estudio. Léalo antes de empezar.

Este tema vale 1,56 puntos de los 100 del cuestionario, nivel C: 21 preguntas en los 15 cuestionarios de ayuntamientos andaluces de 2025 y 2026, una media de 1,58 por cada cien, con cinco en Roquetas y tres en Málaga y en Rociana. Son los delitos que puede cometer el propio policía, y por eso se preguntan más de lo que su peso en el Código sugiere.

Tres decisiones de estudio.

Primera: el cohecho y la prevaricación son diez de las 21 preguntas. Del cohecho se pregunta la diferencia entre el pasivo propio (419: acto contrario al cargo, tres a seis años), el impropio (420: acto propio, dos a cuatro), el regalo por el cargo (422) y la exención del particular que denuncia en dos meses (426). De la prevaricación, el artículo 404 literal: «a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo», con inhabilitación de nueve a quince años y sin prisión.

Segunda: el policía debe conocer los tipos que le afectan directamente. La omisión del deber de perseguir delitos (408), la desobediencia a la orden legal (410) y su excepción (410.2), la denegación de auxilio requerido por un particular para evitar un delito contra la vida (412.3), la sustracción de documentos y la revelación de secretos del atestado (413 y 417), el regalo (422) y la malversación de los efectos intervenidos (432 y 435.3.º). Se preguntan por su pena, que va en tabla.

Tercera: el concepto de autoridad y funcionario es el artículo 24. Autoridad, quien «tenga mando o ejerza jurisdicción propia»; funcionario, «todo el que por disposición inmediata de la Ley o por elección o por nombramiento de autoridad competente participe en el ejercicio de funciones públicas». El policía local es funcionario a efectos penales y agente de la autoridad; el Alcalde y el Jefe del Cuerpo, autoridad.

Lo que cubren otros temas: el régimen disciplinario de la Policía Local, el tema 17; los delitos de atentado y desobediencia contra la autoridad, el tema 25; la deontología, el tema 44; las penas de inhabilitación y suspensión, el tema 22.


3. Qué se pregunta de este tema

Medido sobre quince cuestionarios de ayuntamientos andaluces de febrero de 2025 a enero de 2026, 1.230 preguntas, clasificadas una a una por materia con frecuencia/reglas.py y reasignadas al temario vigente de 45 temas (ANALISIS-FRECUENCIA.md); el temario derogado tenía un tema de delitos contra la Administración pública con el mismo contenido y el clasificador trae aquí sus preguntas.

CuestionarioFechaPreguntas del tema 24Sobre el totalPor cada cien
La Carolina (Jaén)05/02/20250500,00
Las Gabias (Granada)13/02/202511001,00
Darro (Granada)17/02/202511001,00
Alcalá del Valle (Cádiz)20/02/202521002,00
Olvera (Cádiz)05/03/20250500,00
Huelma (Jaén)14/03/20251502,00
Jerez de la Frontera (Cádiz)22/03/202511001,00
Roquetas de Mar (Almería)20/06/202551005,00
Utrera (Sevilla)01/07/202521002,00
Lucena (Córdoba)08/07/20250500,00
Málaga12/07/20253803,75
Motril (Granada)17/07/202511001,00
Rociana del Condado (Huelva)25/09/202531003,00
Almería22/12/202501000,00
Écija (Sevilla)22/01/20261502,00
Total y media211.2301,58

De la media medida de 1,58 se pasa a 1,56 puntos finales por los dos ajustes de frecuencia/pesos.py comunes a todo el libro: el reparto de la materia del temario derogado que el vigente no tiene, que sube el tema a 1,67, y la reserva de un punto de suelo para cada uno de los ocho temas nuevos del decreto, que lo deja en 1,56. Nivel C.

Dentro del tema, las 21 preguntas se reparten así (clasificación por materia de los enunciados sobre el listado de frecuencia/contar.py --ver PL24):

Bloque del enunciadoPreguntasQué se preguntó, sin reproducir ningún enunciado
Cohecho (419 a 427)6Qué es el cohecho pasivo del 419; qué castiga el 420; los regalos por un acto injusto; cuándo queda exento el particular; una afirmación correcta sobre el cohecho; el soborno de autoridades para obtener ventajas
Prevaricación (404 a 406)4Qué implica el 404 (dos veces); en qué artículo está; cuál es su bien jurídico
Abandono de destino y omisión del deber de perseguir delitos (407 a 409)4La pena de la omisión del 408 (dos veces); qué conducta no está en el Capítulo II (dos veces)
Infidelidad en la custodia de documentos y violación de secretos (413 a 418 y 442)4La pena por destruir los medios de acceso restringido (414); qué hace la autoridad que sustrae documentos (413); el particular que aprovecha el secreto (418); cuándo el uso de información privilegiada es delito (442)
Malversación (432 a 435)2El funcionario que consiente la apropiación por un tercero; a quiénes se extienden las disposiciones de la malversación
Desobediencia y denegación de auxilio (410 a 412)1Qué requisitos debe reunir la orden desobedecida del 410.1
Tráfico de influencias, fraudes y exacciones, negociaciones prohibidas y abusos0Ninguna pregunta en los quince cuestionarios

Una lectura. El artículo 408 (omisión del deber de perseguir delitos, inhabilitación especial de seis meses a dos años) es la pena más preguntada, en Rociana y Écija con el mismo enunciado; el 404 lo formulan de tres maneras Alcalá del Valle, Motril y Rociana. Roquetas dedicó dos preguntas idénticas a lo que no contiene el Capítulo II: hay que saber que el 407 a 409 son abandono de destino, omisión de perseguir delitos y abandono colectivo, y nada más.


4. Desarrollo

El Título XIX del Libro II («Delitos contra la Administración pública», artículos 404 a 445) tiene diez capítulos: prevaricación (I), abandono de destino y omisión del deber de perseguir delitos (II), desobediencia y denegación de auxilio (III), infidelidad en la custodia de documentos y violación de secretos (IV), cohecho (V), tráfico de influencias (VI), malversación (VII), fraudes y exacciones ilegales (VIII), negociaciones y actividades prohibidas y abusos en el ejercicio de la función (IX) y disposición común (X). Casi todos son delitos especiales: solo puede cometerlos quien tenga la condición de autoridad o funcionario público, y su pena característica es la inhabilitación para empleo o cargo público, sola o junto a la prisión. El bien jurídico es el que da nombre al Título: el correcto funcionamiento de la Administración pública al servicio de los intereses generales y con sometimiento a la ley (Constitución, 103.1).

Quién es autoridad y quién funcionario lo dice el artículo 24: «se reputará autoridad al que por sí solo o como miembro de alguna corporación, tribunal u órgano colegiado tenga mando o ejerza jurisdicción propia», y en todo caso los miembros del Congreso, del Senado, de las Asambleas autonómicas y del Parlamento Europeo, los fiscales y los Fiscales de la Fiscalía Europea (24.1); «se considerará funcionario público todo el que por disposición inmediata de la Ley o por elección o por nombramiento de autoridad competente participe en el ejercicio de funciones públicas» (24.2). El concepto penal es más amplio que el administrativo: no exige relación estatutaria, basta participar en la función pública. El Alcalde y los concejales son autoridad; el policía local, funcionario público y, además, agente de la autoridad (tema 25). Los artículos 427, 431 y 435 bis extienden el cohecho, el tráfico de influencias y la malversación a los funcionarios de la Unión Europea y extranjeros.

4.1. Prevaricación del personal funcionario público

«A la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo se le castigará con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de nueve a quince años» (404). Tres notas: exige una resolución (un acto decisorio, no un informe ni una actuación material), arbitraria (no una mera ilegalidad, sino una decisión sin apoyo en el Derecho), y dolo directo («a sabiendas»); la pena es solo inhabilitación, sin prisión, y es la pena que otros artículos toman como base (320, 322 y 329, tema 27). Los nombramientos ilegales (405) castigan a quien, a sabiendas, propone, nombra o da posesión de un cargo a quien no reúne los requisitos legales, con multa de tres a ocho meses y suspensión de uno a tres años; y a quien acepta el nombramiento sabiendo que carece de los requisitos, con la misma multa (406).

4.2. Abandono de destino y omisión del deber de perseguir delitos

Capítulo IIConductaPena
Abandono de destino (407.1)Abandonar el destino «con el propósito de no impedir o no perseguir» los delitos de los Títulos XXI a XXIV (contra la Constitución, el orden público, traición y paz, y contra la comunidad internacional)Prisión de uno a cuatro años e inhabilitación absoluta de seis a diez años; si es para no perseguir cualquier otro delito, inhabilitación especial de uno a tres años
Abandono para no ejecutar penas (407.2)El mismo propósito respecto de las penas impuestas por esos delitosLas mismas penas
Omisión del deber de perseguir delitos (408)«Faltando a la obligación de su cargo, dejare intencionadamente de promover la persecución de los delitos de que tenga noticia o de sus responsables»Inhabilitación especial para empleo o cargo público de seis meses a dos años
Abandono colectivo (409)Promover, dirigir u organizar «el abandono colectivo y manifiestamente ilegal de un servicio público»Multa de ocho a doce meses y suspensión de seis meses a dos años; quien solo toma parte, en servicio esencial y con grave perjuicio, multa de ocho a doce meses

El 408 es el delito propio del policía que mira hacia otro lado: exige noticia del delito, obligación de perseguirlo por razón del cargo y omisión intencionada; la negligencia no es delito, sino falta disciplinaria (Ley 6/2023, tema 17).

4.3. Desobediencia y denegación de auxilio

Capítulo IIIConductaPena
Desobediencia (410.1)Negarse abiertamente a dar cumplimiento a resoluciones judiciales, decisiones u órdenes de la autoridad superior «dictadas dentro del ámbito de su respectiva competencia y revestidas de las formalidades legales»Multa de tres a doce meses e inhabilitación especial de seis meses a dos años
Excepción (410.2)No hay responsabilidad criminal «por no dar cumplimiento a un mandato que constituya una infracción manifiesta, clara y terminante de un precepto de Ley o de cualquier otra disposición general»
Desobediencia tras suspensión (411)Suspender la ejecución de una orden por motivo distinto del 410.2 y desobedecerla después de que el superior desapruebe la suspensiónMulta de doce a veinticuatro meses e inhabilitación de uno a tres años
Denegación de auxilio a la Administración (412.1 y 2)El funcionario que, requerido por autoridad competente, no presta «el auxilio debido para la Administración de Justicia u otro servicio público»Multa de tres a doce meses y suspensión de seis meses a dos años; si el requerido es autoridad, jefe o responsable de una fuerza pública o agente de la autoridad, multa de doce a dieciocho meses y suspensión de dos a tres años
Denegación de auxilio a un particular (412.3)La autoridad o funcionario que, requerido por un particular «a prestar algún auxilio a que venga obligado por razón de su cargo», se abstienePara evitar un delito contra la vida: multa de dieciocho a veinticuatro meses e inhabilitación de tres a seis años; contra la integridad, libertad sexual, salud o libertad: multa de doce a dieciocho y suspensión de uno a tres años; cualquier otro delito o mal: multa de tres a doce y suspensión de seis meses a dos años

La orden del 410 ha de reunir tres requisitos: proceder de la autoridad superior, estar dictada dentro de su competencia y revestida de las formalidades legales; y el policía la desobedece legítimamente solo cuando cumplirla sería una infracción manifiesta de la ley (410.2), regla que coincide con el principio básico de actuación de la Ley Orgánica 2/1986 (5.1.d, tema 14). El 412.3 es el reverso del deber de auxilio del artículo 5.4 de esa ley.

4.4. Infidelidad en la custodia de documentos y violación de secretos

Capítulo IVConductaPena
Infidelidad en la custodia (413)La autoridad o funcionario que, a sabiendas, «sustrajere, destruyere, inutilizare u ocultare, total o parcialmente, documentos cuya custodia le esté encomendada por razón de su cargo»Prisión de uno a cuatro años, multa de siete a veinticuatro meses e inhabilitación especial de tres a seis años
Destrucción de medios de acceso restringido (414.1)Quien custodia documentos de acceso restringido y destruye o inutiliza, o consiente destruir, los medios que impiden el accesoPrisión de seis meses a un año o multa de seis a veinticuatro meses y, en todo caso, inhabilitación de uno a tres años; el particular que los destruye, multa de seis a dieciocho meses (414.2)
Acceso a documentos secretos (415)Acceder o permitir acceder, sin autorización, a documentos secretos custodiados por razón del cargoMulta de seis a doce meses e inhabilitación de uno a tres años
Particulares encargados (416)Los particulares encargados accidentalmente del despacho o custodia de documentos que incurran en las conductas de los 413 a 415Penas de prisión o multa inmediatamente inferiores
Violación de secretos (417.1)Revelar secretos o informaciones conocidos por razón del cargo «y que no deban ser divulgados»Multa de doce a dieciocho meses e inhabilitación de uno a tres años; con grave daño para la causa pública o tercero, prisión de uno a tres años e inhabilitación de tres a cinco
Secretos de un particular (417.2)Prisión de dos a cuatro años, multa de doce a dieciocho meses y suspensión de uno a tres años
Particular que aprovecha el secreto (418)Aprovechar para sí o para un tercero el secreto o la información privilegiada obtenida de un funcionarioMulta del tanto al triplo del beneficio y pérdida de subvenciones y beneficios fiscales de uno a tres años; con grave daño, prisión de uno a seis años

Para el policía, «documentos cuya custodia le esté encomendada» son el atestado, las diligencias, los boletines de denuncia y los efectos documentales intervenidos; y «secretos que no deban ser divulgados», los datos de una investigación, de un detenido o de una víctima. Filtrar el atestado a la prensa o a un investigado es el 417; hacer desaparecer una denuncia, el 413.

4.5. Cohecho

El cohecho es el soborno del funcionario. El Código distingue el pasivo, del funcionario que recibe o solicita, y el activo, del particular que ofrece o entrega, y dentro del pasivo, por la naturaleza del acto que se compra.

Capítulo VConductaPena
Cohecho pasivo propio (419)Recibir o solicitar, por sí o por persona interpuesta, «dádiva, favor o retribución de cualquier clase» o aceptar ofrecimiento o promesa «para realizar en el ejercicio de su cargo un acto contrario a los deberes inherentes al mismo o para no realizar o retrasar injustificadamente el que debiera practicar»Prisión de tres a seis años, multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial de nueve a doce años, sin perjuicio de la pena del acto realizado si es delito
Cohecho pasivo impropio (420)Lo mismo «para realizar un acto propio de su cargo»Prisión de dos a cuatro años, multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación de cinco a nueve años
Recompensa posterior (421)Recibir o solicitar la dádiva «como recompensa» por la conducta ya realizadaLas mismas penas de los artículos anteriores
Regalo en consideración al cargo (422)Admitir «dádiva o regalo que le fueren ofrecidos en consideración a su cargo o función», sin acto concretoPrisión de seis meses a un año y suspensión de uno a tres años
Sujetos asimilados (423)Jurados, árbitros, mediadores, peritos, administradores judiciales y concursales y cualquiera que participe en la función públicaLas mismas penas
Cohecho activo (424)El particular que ofrece o entrega dádiva a la autoridad, funcionario o partícipe en la función pública para cualquiera de las conductas anteriores, o que la entrega atendiendo su solicitud«Las mismas penas de prisión y multa» que el corrompido; si se relaciona con contratación, subvenciones o subastas, además inhabilitación para subvenciones, contratar y beneficios fiscales de cinco a diez años
Soborno en causa criminal por parientes (425)El cónyuge, pareja, ascendiente, descendiente o hermano que soborna a favor del reoPrisión de seis meses a un año
Exención del particular (426)El particular que, «habiendo accedido ocasionalmente a la solicitud de dádiva» del funcionario, denuncia el hecho a la autoridad que deba averiguarlo antes de la apertura del procedimiento y sin que hayan transcurrido más de dos meses desde los hechosExento de pena
Persona jurídica (427 bis)Multa de dos a cinco años (o triple a quíntuple del beneficio) si el delito tiene prisión de más de cinco años; de uno a tres años en delitos de más de dos; de seis meses a dos años en el resto

4.6. Tráfico de influencias

Es influir sobre quien decide, no comprar la decisión. El funcionario que influye en otro funcionario o autoridad «prevaliéndose del ejercicio de las facultades de su cargo o de cualquier otra situación derivada de su relación personal o jerárquica» para conseguir una resolución que le genere un beneficio económico para sí o para un tercero: prisión de seis meses a dos años, multa del tanto al duplo del beneficio e inhabilitación de cinco a nueve años, en su mitad superior si obtiene el beneficio (428). El particular que influye prevaliéndose de su relación personal con el funcionario, con la misma prisión y multa, más prohibición de contratar con el sector público y pérdida de subvenciones (429). Quien se ofrece a influir y solicita o acepta dádivas de terceros: prisión de seis meses a un año, con inhabilitación de uno a cuatro años si es funcionario (430); la persona jurídica, multa de seis meses a dos años.

4.7. Malversación

Desde la Ley Orgánica 14/2022 la malversación vuelve a distinguir tres conductas. La apropiación (432.1): la autoridad o funcionario que, con ánimo de lucro, «se apropiare o consintiere que un tercero, con igual ánimo, se apropie del patrimonio público que tenga a su cargo por razón de sus funciones o con ocasión de las mismas»: prisión de dos a seis años e inhabilitación especial de seis a diez años. Agravada (432.2), prisión de cuatro a ocho años e inhabilitación absoluta de diez a veinte, si hay daño o entorpecimiento graves al servicio, si el perjuicio o lo apropiado excede de 50.000 euros, o si son cosas de valor artístico, histórico, cultural o científico o destinadas a aliviar una calamidad; por encima de 250.000 euros, mitad superior hasta la superior en grado. Atenuada (432.3), prisión de uno a dos años y multa de tres meses y un día a doce meses, más inhabilitación de uno a cinco años, si el valor es inferior a 4.000 euros. El uso privado sin ánimo de apropiación (432 bis): prisión de seis meses a tres años y suspensión de uno a cuatro años; si no reintegra en los diez días siguientes a la incoación del proceso, las penas del 432. La aplicación pública diferente (433): prisión de uno a cuatro años e inhabilitación de dos a seis si hay daño grave al servicio; inhabilitación de uno a tres años y multa de tres a doce meses si no. La falsedad contable (433 bis): inhabilitación de uno a diez años y multa; con perjuicio, prisión de uno a cuatro años. Patrimonio público es «todo el conjunto de bienes y derechos, de contenido económico-patrimonial, pertenecientes a las Administraciones públicas» (433 ter). Quien repara íntegramente antes del juicio oral o colabora eficazmente obtiene la pena inferior en uno o dos grados (434). Las disposiciones del capítulo se extienden (435) a los encargados de fondos públicos por cualquier concepto, a los particulares depositarios de caudales públicos, a los administradores o depositarios de dinero o bienes embargados, secuestrados o depositados por autoridad pública, aunque pertenezcan a particulares, a los administradores concursales y a las personas jurídicas. El policía que se queda con dinero o efectos intervenidos en una diligencia responde por el 432 a través del 435.3.º.

4.8. Fraudes y exacciones ilegales

Capítulo VIIIConductaPena
Fraude (436)La autoridad o funcionario que, interviniendo por razón de su cargo en la contratación pública o en liquidaciones de efectos o haberes públicos, «se concertara con los interesados o usase de cualquier otro artificio para defraudar a cualquier ente público»Prisión de dos a seis años e inhabilitación de seis a diez años; el particular concertado, la misma prisión más inhabilitación para subvenciones y contratos
Exacciones ilegales (437)Exigir «derechos, tarifas por aranceles o minutas que no sean debidos o en cuantía mayor a la legalmente señalada»Multa de seis a veinticuatro meses y suspensión de seis meses a cuatro años, más los reintegros
Estafa o fraude de prestaciones con abuso del cargo (438)Cometer estafa o fraude de prestaciones de la Seguridad Social abusando del cargoLas penas de esos delitos en su mitad superior, hasta la superior en grado, e inhabilitación de tres a nueve años
Enriquecimiento ilícito (438 bis)La autoridad que, en el cargo o hasta cinco años después, obtiene un incremento patrimonial de más de 250.000 euros respecto de sus ingresos acreditados y se niega abiertamente a justificarlo ante los órganos competentesPrisión de seis meses a tres años, multa del tanto al triplo e inhabilitación

4.9. Negociaciones y actividades prohibidas y abusos en el ejercicio de la función

Capítulo IXConductaPena
Negociaciones prohibidas (439)Aprovechar la intervención por razón del cargo en un contrato, asunto u operación para forzar o facilitarse una participación en el negocioPrisión de seis meses a dos años, multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación de dos a siete años
Peritos, árbitros, tutores y administradores (440)La misma conducta sobre los bienes en que intervienenMulta de doce a veinticuatro meses e inhabilitación de tres a seis años
Actividades incompatibles (441)Realizar, fuera de los casos permitidos, actividad profesional o de asesoramiento al servicio de entidades privadas en asuntos en que intervenga por razón del cargo o que se tramiten en su oficinaMulta de seis a doce meses y suspensión de dos a cinco años
Uso de información privilegiada (442)Usar un secreto o información privilegiada conocida por el cargo «con ánimo de obtener un beneficio económico»Multa del tanto al triplo del beneficio e inhabilitación de dos a cuatro años; si obtiene el beneficio, prisión de uno a tres años, multa del tanto al séxtuplo e inhabilitación de cuatro a seis años; con grave daño, prisión de uno a seis años. Información privilegiada: «toda información de carácter concreto que se tenga exclusivamente por razón del oficio o cargo público y que no haya sido notificada, publicada o divulgada»
Solicitud sexual (443)Solicitar sexualmente a quien tiene pretensiones pendientes de resolución o informe del funcionario, o a sus parientesPrisión de uno a dos años e inhabilitación absoluta de seis a doce años; el funcionario de prisiones, centros de menores, de internamiento de extranjeros o de cualquier otro centro de detención o custodia que solicite a persona bajo su guarda, prisión de uno a cuatro años e inhabilitación absoluta de seis a doce (443.2), sin perjuicio del delito sexual cometido (444)
Disposición común (445)Provocación, conspiración y proposiciónPena inferior en uno o dos grados

5. Jurisprudencia esencial

Cinco sentencias, comprobadas en el buscador oficial del Tribunal Constitucional con órgano, recurso y fallo.

STC 77/1983, de 3 de octubre (Sala Segunda, recurso de amparo 368-1982, BOE núm. 266, de 7 de noviembre de 1983). El Gobierno Civil de Cádiz impuso una multa de 500.000 pesetas por unos hechos que un juzgado penal había declarado no probados. El Tribunal estimó el amparo y anuló la sanción: el principio non bis in idem, incluido en el artículo 25 de la Constitución, impide la duplicidad de sanciones administrativas y penales por los mismos hechos y obliga a la Administración a no actuar «mientras no lo hayan hecho» los tribunales y a respetar «el planteamiento fáctico que aquéllos hayan realizado», porque «unos mismos hechos no pueden existir y dejar de existir para los órganos del Estado». Es la regla que ordena el expediente disciplinario del policía y su proceso penal.

STC 234/1991, de 10 de diciembre (Sala Segunda, recurso de amparo 1473-1989, BOE núm. 3, de 3 de enero de 1992). Un policía condenado por delito fue sancionado además con traslado de residencia por falta muy grave del Reglamento de la Policía Gubernativa. El Tribunal denegó el amparo: la doble sanción es admisible si la norma disciplinaria «contempla los mismos hechos desde la perspectiva de un interés jurídicamente protegido que no es el mismo», el del funcionamiento eficaz del servicio, y la sanción es proporcionada; la relación de sujeción especial del funcionario no lo priva de sus derechos fundamentales, pero justifica la sanción disciplinaria añadida a la penal.

STC 2/2003, de 16 de enero (Pleno, recurso de amparo 2468-2000, BOE núm. 43, de 19 de febrero de 2003, con votos particulares). Un conductor sancionado por la Administración y después condenado por conducir bajo la influencia del alcohol alegó doble castigo. El Tribunal desestimó el amparo: no hay reiteración punitiva proscrita si el juez penal descuenta la sanción administrativa ya impuesta de la pena. Complementa la 77/1983 para los casos en que la Administración sancionó primero.

STC 55/1990, de 28 de marzo (Pleno, cuestiones de inconstitucionalidad acumuladas, BOE-T-1990-9176, verificada en el tema 14). Declaró inconstitucional y nulo el artículo 8.1 de la Ley Orgánica 2/1986, que atribuía a la Audiencia la instrucción y el procesamiento de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. El policía que comete un delito del Título XIX es juzgado por el juez ordinario, sin fuero especial.

STC 105/1988, de 8 de junio (Pleno, cuestiones de inconstitucionalidad acumuladas, BOE núm. 152, de 25 de junio de 1988, verificada en el tema 27). Declaró inconstitucional el artículo 509 del Código de 1973 en cuanto presumía el destino delictivo de los útiles para el robo. Su doctrina, la presunción de inocencia prohíbe presumir el elemento subjetivo del delito, vale para todo el Título XIX: el «a sabiendas» de la prevaricación (404), de la infidelidad (413) y de la desobediencia «abierta» (410) ha de probarse, no presumirse del cargo.


6. Tabla resumen

DatoValor
Autoridad (24.1)Mando o jurisdicción propia; parlamentarios, fiscales, Fiscalía Europea
Funcionario público (24.2)Quien por ley, elección o nombramiento participa en el ejercicio de funciones públicas
Prevaricación (404)Resolución arbitraria a sabiendas: inhabilitación especial de 9 a 15 años, sin prisión
Nombramientos ilegales (405 y 406)Multa 3 a 8 meses y suspensión 1 a 3 años; quien acepta, la multa
Abandono de destino (407)Para no perseguir delitos de los Títulos XXI a XXIV: prisión 1 a 4 años e inhabilitación absoluta 6 a 10; otros delitos, inhabilitación especial 1 a 3
Omisión del deber de perseguir delitos (408)Inhabilitación especial 6 meses a 2 años
Abandono colectivo (409)Multa 8 a 12 meses y suspensión 6 meses a 2 años; mero partícipe, multa 8 a 12
Desobediencia (410.1)Negativa abierta a resolución u orden legal de autoridad superior competente y con formalidades: multa 3 a 12 e inhabilitación 6 meses a 2 años
Excepción (410.2)Mandato que sea infracción manifiesta, clara y terminante de la ley
Desobediencia tras suspensión (411)Multa 12 a 24 e inhabilitación 1 a 3 años
Denegación de auxilio (412.1 y 2)Multa 3 a 12 y suspensión 6 meses a 2 años; fuerza pública o agente, multa 12 a 18 y suspensión 2 a 3 años
Denegación a particular (412.3)Contra la vida: multa 18 a 24 e inhabilitación 3 a 6 años; integridad, libertad, salud: multa 12 a 18 y suspensión 1 a 3; otro mal: multa 3 a 12
Infidelidad en la custodia (413)Prisión 1 a 4 años, multa 7 a 24, inhabilitación 3 a 6
Medios de acceso restringido (414)Prisión 6 meses a 1 año o multa 6 a 24; particular, multa 6 a 18
Acceso a documentos secretos (415)Multa 6 a 12 e inhabilitación 1 a 3
Violación de secretos (417)Multa 12 a 18 e inhabilitación 1 a 3; grave daño, prisión 1 a 3; secreto de particular, prisión 2 a 4
Particular que aprovecha el secreto (418)Multa del tanto al triplo; grave daño, prisión 1 a 6
Cohecho pasivo propio (419)Acto contrario o no realizar o retrasar: prisión 3 a 6 años, multa 12 a 24, inhabilitación 9 a 12
Cohecho pasivo impropio (420)Acto propio del cargo: prisión 2 a 4 años, multa 12 a 24, inhabilitación 5 a 9
Recompensa (421)Las mismas penas
Regalo por el cargo (422)Prisión 6 meses a 1 año y suspensión 1 a 3
Cohecho activo (424)Las mismas penas de prisión y multa que el funcionario
Soborno por parientes en causa criminal (425)Prisión 6 meses a 1 año
Exención (426)Particular que accedió ocasionalmente y denuncia antes del procedimiento y en 2 meses
Tráfico de influencias (428 y 429)Prisión 6 meses a 2 años, multa tanto al duplo; funcionario, inhabilitación 5 a 9
Ofrecerse a influir (430)Prisión 6 meses a 1 año
Malversación (432.1)Apropiarse o consentir: prisión 2 a 6 años, inhabilitación 6 a 10
Agravada (432.2)Daño grave, más de 50.000 euros, valor cultural o calamidad: prisión 4 a 8, inhabilitación absoluta 10 a 20; más de 250.000, mitad superior
Atenuada (432.3)Menos de 4.000 euros: prisión 1 a 2 y multa 3 meses y 1 día a 12
Uso privado (432 bis)Prisión 6 meses a 3 años y suspensión 1 a 4; sin reintegro en 10 días, penas del 432
Aplicación pública diferente (433)Con daño grave, prisión 1 a 4; sin daño, inhabilitación 1 a 3 y multa
Reparación o colaboración (434)Pena inferior en 1 o 2 grados
Extensiones (435)Encargados de fondos, depositarios de caudales, depositarios de bienes embargados aunque sean de particulares, administradores concursales, personas jurídicas
Fraude (436)Prisión 2 a 6 años e inhabilitación 6 a 10
Exacciones ilegales (437)Multa 6 a 24 y suspensión 6 meses a 4 años
Enriquecimiento ilícito (438 bis)Más de 250.000 euros sin justificar: prisión 6 meses a 3 años
Negociaciones prohibidas (439)Prisión 6 meses a 2 años, multa 12 a 24, inhabilitación 2 a 7
Actividades incompatibles (441)Multa 6 a 12 y suspensión 2 a 5 años
Información privilegiada (442)Multa tanto al triplo e inhabilitación 2 a 4; con beneficio, prisión 1 a 3; grave daño, 1 a 6
Solicitud sexual (443)Prisión 1 a 2 años; en centros de detención o custodia, 1 a 4; inhabilitación absoluta 6 a 12
Actos preparatorios (445)Provocación, conspiración y proposición: 1 o 2 grados menos

7. Trampas de examen

1. «La prevaricación administrativa se castiga con prisión.» Solo con inhabilitación especial de nueve a quince años (404); la prisión aparece en las prevaricaciones específicas (320, 322, 329).

2. «Cualquier resolución ilegal es prevaricación.» Ha de ser arbitraria y dictada «a sabiendas de su injusticia» (404); el error o la ilegalidad discutible no es delito.

3. «Quien acepta un nombramiento ilegal no responde.» Responde con la multa del 405 si sabe que carece de los requisitos (406).

4. «El abandono de destino se castiga siempre con prisión de uno a cuatro años.» Solo si es para no perseguir los delitos de los Títulos XXI a XXIV; para cualquier otro delito, inhabilitación especial de uno a tres años (407.1).

5. «La omisión del deber de perseguir delitos lleva prisión.» Inhabilitación especial de seis meses a dos años (408), y exige que la omisión sea intencionada.

6. «El funcionario debe cumplir toda orden del superior.» No la que constituya «una infracción manifiesta, clara y terminante de un precepto de Ley» (410.2); en ese caso no hay desobediencia.

7. «La desobediencia del 410 puede ser tácita.» Exige negarse «abiertamente».

8. «La denegación de auxilio a un particular tiene una sola pena. Tiene tres** según el delito que se quería evitar: contra la vida, contra la integridad, libertad sexual, salud o libertad, y cualquier otro (412.3).

9. «Destruir un documento custodiado y destruir el precinto de acceso es lo mismo.» La sustracción o destrucción del documento es el 413 (prisión de uno a cuatro años); destruir los medios de acceso restringido es el 414 (seis meses a un año o multa).

10. «Revelar un secreto del cargo lleva siempre prisión.» Lleva multa de doce a dieciocho meses e inhabilitación; la prisión de uno a tres años exige grave daño (417.1), y la de dos a cuatro, que sea secreto de un particular (417.2).

11. «El cohecho impropio es el del particular.» El impropio es el pasivo por un acto propio del cargo (420); el del particular es el cohecho activo (424).

12. «Recibir un regalo en consideración al cargo no es delito si no se hace nada a cambio.» Es el cohecho del 422: prisión de seis meses a un año y suspensión de uno a tres años.

13. «El particular que pagó al funcionario queda exento si denuncia en cualquier momento.» Solo si accedió ocasionalmente a la solicitud, denuncia antes de la apertura del procedimiento y no han pasado más de dos meses (426).

14. «El tráfico de influencias exige entregar dinero al funcionario.» Exige influir prevaliéndose de una relación para obtener una resolución con beneficio económico (428 y 429); si hay dádiva, es cohecho.

15. «La malversación exige siempre ánimo de lucro.» El 432 sí; el 432 bis castiga el uso privado «sin ánimo de apropiárselo», con reintegro en diez días como frontera.

16. «La malversación solo la comete el funcionario que tiene fondos a su cargo.» Se extiende a los depositarios de bienes embargados o depositados por autoridad pública aunque pertenezcan a particulares (435.3.º) y a los administradores concursales.

17. «Las exacciones ilegales son un delito de prisión.» Multa de seis a veinticuatro meses y suspensión de seis meses a cuatro años (437); la prisión de dos a seis años es el fraude del 436.

18. «El uso de información privilegiada del 442 se castiga igual que la revelación del 417.» El 442 exige ánimo de beneficio económico y lleva multa del tanto al triplo e inhabilitación; el 417 castiga la revelación sin ese ánimo.


8. Reglas mnemotécnicas

«Mando o jurisdicción, autoridad; participar en la función, funcionario»

El artículo 24.

«A sabiendas, arbitraria, resolución: 9 a 15 sin prisión»

La prevaricación (404).

«Abandono, omisión, colectivo»

Los tres delitos del Capítulo II (407 a 409).

«Superior, competente, con formalidades; y nunca lo manifiestamente ilegal»

La orden del 410.1 y la excepción del 410.2.

«Vida 18-24, libertad 12-18, lo demás 3-12»

Las multas de la denegación de auxilio al particular (412.3).

«Sustraer 413, precinto 414, mirar 415, contar 417»

Los cuatro delitos de documentos y secretos.

«Contrario 3-6, propio 2-4, regalo 6 meses»

Las tres penas de prisión del cohecho pasivo (419, 420, 422).

«Ocasional, antes y dos meses»

La exención del particular (426).

«2-6, 4-8 con 50.000, 1-2 bajo 4.000»

Las tres escalas de la malversación (432).

«Diez días para devolver»

El uso privado del 432 bis.


9. Aplicación práctica

Situación 1. El sobre, el amigo y el atestado.

Un policía local instruye el atestado de un accidente con alcoholemia positiva. El conductor le ofrece 300 euros para que «se pierda» la prueba; el agente rechaza el dinero, pero al día siguiente su jefe le pide, por amistad con el conductor, que no remita el atestado al juzgado. Calificaciones: el conductor que ofrece la dádiva para que el policía no realice el acto que debe practicar comete cohecho activo (424.1) con las penas de prisión y multa del 419, tres a seis años; si el policía hubiera aceptado, cohecho pasivo propio (419), y si hubiera hecho desaparecer la prueba, además infidelidad en la custodia de documentos (413). La orden del jefe de no remitir el atestado no es una orden legal: cumplirla sería una infracción manifiesta de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (295) y el agente puede negarse sin incurrir en desobediencia (410.2); el jefe que da la orden y deja intencionadamente de promover la persecución comete omisión del deber de perseguir delitos (408), y si lo hace por la amistad, prevaliéndose de su relación para obtener una decisión que beneficie a un tercero, se examina el tráfico de influencias (428), que exige beneficio económico. El policía documenta el ofrecimiento en el atestado, lo comunica por escrito a su superior inmediato y, si el superior es el implicado, al Alcalde o al Ministerio Fiscal.

Situación 2. Los efectos intervenidos y la cuenta de Instagram.

En un registro autorizado, la patrulla interviene 2.500 euros en efectivo y un reloj; uno de los agentes se guarda 200 euros y otro sube a sus redes una foto del detenido con su nombre. El agente que se queda con el dinero comete malversación (432): el dinero intervenido es un efecto depositado por autoridad pública y la extensión del 435.3.º lo cubre; por ser inferior a 4.000 euros, prisión de uno a dos años y multa (432.3), con inhabilitación especial de uno a cinco años; si devolviera íntegramente antes del juicio oral, pena inferior en uno o dos grados (434). El agente que publica la foto y el nombre comete violación de secretos (417.1): revela información conocida por razón del cargo que no debe divulgarse, con multa de doce a dieciocho meses e inhabilitación de uno a tres años, y prisión de uno a tres si causa grave daño; además responde disciplinariamente por la Ley 6/2023 sin que el non bis in idem lo impida, porque el interés protegido es distinto (STC 234/1991), y la Administración espera al fallo penal y respeta sus hechos probados (STC 77/1983).


10. Preguntas de test con respuesta explicada

Veinticinco preguntas, que con las diez de la sección siguiente completan las treinta y cinco del nivel C. Ninguna reproduce un enunciado de un cuestionario municipal.

1. A efectos penales, según el artículo 24.1 del Código Penal, se reputa autoridad al que por sí solo o como miembro de un órgano colegiado:

a) Tenga mando o ejerza jurisdicción propia.

b) Perciba retribución pública.

c) Sea funcionario de carrera.

d) Porte arma reglamentaria.

Respuesta: a).

2. La prevaricación del artículo 404 exige que la autoridad o funcionario dicte una resolución arbitraria:

a) Por imprudencia.

b) Con ánimo de lucro.

c) Con violencia.

d) A sabiendas de su injusticia.

Respuesta: d).

3. La pena de la prevaricación del artículo 404 es:

a) Prisión de uno a cuatro años.

b) Inhabilitación especial para empleo o cargo público y sufragio pasivo de nueve a quince años.

c) Multa de tres a ocho meses.

d) Suspensión de uno a tres años.

Respuesta: b). No lleva prisión.

4. El abandono de destino para no perseguir delitos contra la Constitución o el orden público se castiga con:

a) Prisión de uno a cuatro años e inhabilitación absoluta de seis a diez años.

b) Multa de ocho a doce meses.

c) Inhabilitación especial de seis meses a dos años.

d) Suspensión de uno a tres años.

Respuesta: a). Artículo 407.1; para otros delitos, inhabilitación especial de uno a tres años.

5. La omisión del deber de perseguir delitos del artículo 408 se sanciona con:

a) Prisión de seis meses a dos años.

b) Multa de tres a doce meses.

c) Inhabilitación absoluta de seis a diez años.

d) Inhabilitación especial para empleo o cargo público de seis meses a dos años.

Respuesta: d).

6. No se regula en el Capítulo II del Título XIX (abandono de destino y omisión del deber de perseguir delitos):

a) El abandono de destino.

b) La denegación de auxilio.

c) La omisión del deber de perseguir delitos.

d) El abandono colectivo de un servicio público.

Respuesta: b). La denegación de auxilio es el Capítulo III (412).

7. Según el artículo 410.1, la desobediencia exige que la orden de la autoridad superior esté dictada:

a) Dentro del ámbito de su competencia y revestida de las formalidades legales.

b) Por escrito en todo caso.

c) Por el Alcalde.

d) Con audiencia del funcionario.

Respuesta: a).

8. Según el artículo 410.2, no incurre en responsabilidad criminal el funcionario que no cumple un mandato que constituya:

a) Una orden verbal.

b) Una orden de un superior de otro cuerpo.

c) Una instrucción de servicio.

d) Una infracción manifiesta, clara y terminante de un precepto de Ley.

Respuesta: d).

9. La autoridad o funcionario que, requerido por un particular, se abstiene de prestar auxilio para evitar un delito contra la vida es castigado con:

a) Multa de tres a doce meses.

b) Multa de dieciocho a veinticuatro meses e inhabilitación especial de tres a seis años.

c) Prisión de uno a cuatro años.

d) Suspensión de seis meses a dos años.

Respuesta: b). Artículo 412.3.

10. La autoridad o funcionario que, a sabiendas, sustrae, destruye u oculta documentos cuya custodia le está encomendada incurre en:

a) Prisión de uno a cuatro años, multa de siete a veinticuatro meses e inhabilitación de tres a seis años.

b) Multa de seis a doce meses.

c) Prisión de seis meses a un año.

d) Inhabilitación absoluta.

Respuesta: a). Artículo 413.

11. Destruir los medios puestos para impedir el acceso a documentos de acceso restringido, por quien tiene su custodia, se castiga con:

a) Prisión de uno a cuatro años.

b) Multa de seis a doce meses.

c) Suspensión de uno a tres años.

d) Prisión de seis meses a un año o multa de seis a veinticuatro meses, e inhabilitación de uno a tres años.

Respuesta: d). Artículo 414.1.

12. La revelación de secretos del cargo que no deban ser divulgados, sin grave daño, se castiga con:

a) Prisión de uno a tres años.

b) Multa de doce a dieciocho meses e inhabilitación especial de uno a tres años.

c) Prisión de dos a cuatro años.

d) Multa del tanto al triplo.

Respuesta: b). Artículo 417.1; con grave daño, prisión de uno a tres años.

13. El particular que aprovecha para sí el secreto o la información privilegiada obtenida de un funcionario es castigado con:

a) Multa del tanto al triplo del beneficio y pérdida de subvenciones y beneficios fiscales de uno a tres años.

b) Prisión de seis meses a un año.

c) Inhabilitación absoluta.

d) Multa de seis a doce meses.

Respuesta: a). Artículo 418.

14. El cohecho pasivo del artículo 419 consiste en recibir o solicitar dádiva para:

a) Realizar un acto propio del cargo.

b) Recibir un regalo en consideración al cargo.

c) Influir en otro funcionario.

d) Realizar un acto contrario a los deberes del cargo o no realizar o retrasar el que debiera practicar.

Respuesta: d). Prisión de tres a seis años.

15. La autoridad o funcionario que solicita dádiva para realizar un acto propio de su cargo (artículo 420) es castigado con prisión de:

a) Seis meses a un año.

b) Uno a tres años.

c) Dos a cuatro años.

d) Tres a seis años.

Respuesta: c). Más multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación de cinco a nueve años.

16. Admitir un regalo ofrecido en consideración al cargo, sin acto concreto a cambio, se castiga (artículo 422) con:

a) Prisión de dos a cuatro años.

b) Prisión de seis meses a un año y suspensión de uno a tres años.

c) Multa de tres a ocho meses.

d) Apercibimiento.

Respuesta: b).

17. El particular que ofrece dádiva a un funcionario para que realice un acto contrario a su cargo es castigado (artículo 424) con:

a) Las mismas penas de prisión y multa que el funcionario corrompido.

b) Multa de seis a doce meses.

c) La mitad de la pena del funcionario.

d) Solo inhabilitación para contratar.

Respuesta: a).

18. El particular que accedió ocasionalmente a la solicitud de dádiva del funcionario queda exento de pena si denuncia el hecho:

a) En cualquier momento.

b) Antes de la sentencia.

c) Dentro del año siguiente.

d) Antes de la apertura del procedimiento y sin que hayan transcurrido más de dos meses desde los hechos.

Respuesta: d). Artículo 426.

19. El tráfico de influencias del funcionario (artículo 428) exige que la influencia busque una resolución que genere:

a) Un ascenso.

b) Un beneficio económico para sí o para un tercero.

c) Un cambio de destino.

d) Una condecoración.

Respuesta: b). Prisión de seis meses a dos años y multa del tanto al duplo.

20. La malversación del artículo 432.1, apropiarse del patrimonio público a cargo del funcionario o consentir que un tercero se apropie, se castiga con prisión de:

a) Seis meses a tres años.

b) Uno a dos años.

c) Dos a seis años.

d) Cuatro a ocho años.

Respuesta: c). Más inhabilitación especial de seis a diez años.

21. La malversación se castiga con prisión de cuatro a ocho años e inhabilitación absoluta cuando el valor del perjuicio o del patrimonio apropiado excede de:

a) 4.000 euros.

b) 25.000 euros.

c) 50.000 euros.

d) 250.000 euros.

Respuesta: c). Artículo 432.2.b); por encima de 250.000, mitad superior.

22. El funcionario que destina a usos privados el patrimonio público sin ánimo de apropiárselo (artículo 432 bis) debe reintegrarlo, para no sufrir las penas del 432, dentro de:

a) Cuarenta y ocho horas.

b) Diez días desde la incoación del proceso.

c) Un mes.

d) Antes del juicio oral.

Respuesta: b).

23. Las disposiciones de la malversación son extensivas (artículo 435), entre otros, a:

a) Los administradores o depositarios de bienes embargados o depositados por autoridad pública, aunque pertenezcan a particulares.

b) Los contribuyentes.

c) Los acreedores de la Administración.

d) Los contratistas.

Respuesta: a).

24. Exigir derechos, tarifas o minutas no debidos o en cuantía mayor a la legal (artículo 437) se castiga con:

a) Prisión de dos a seis años.

b) Inhabilitación absoluta.

c) Prisión de seis meses a dos años.

d) Multa de seis a veinticuatro meses y suspensión de seis meses a cuatro años.

Respuesta: d).

25. Las negociaciones prohibidas a los funcionarios del artículo 439 se castigan con prisión de:

a) Tres meses a un año.

b) Seis meses a dos años.

c) Uno a cuatro años.

d) Dos a seis años.

Respuesta: b). Más multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación de dos a siete años.


11. Preguntas de estilo examen

Diez preguntas más con el formato de los cuestionarios municipales, que citan la norma y el artículo.

26. Según el artículo 24.2 del Código Penal, se considera funcionario público:

a) Todo el que por disposición inmediata de la Ley, por elección o por nombramiento de autoridad competente participe en el ejercicio de funciones públicas.

b) Solo el funcionario de carrera.

c) El personal laboral fijo.

d) Quien perciba salario público.

Respuesta: a).

27. Conforme al artículo 405 del Código Penal, proponer o nombrar a sabiendas para un cargo público a quien no reúne los requisitos legales se castiga con:

a) Prisión de uno a cuatro años.

b) Inhabilitación de nueve a quince años.

c) Multa de doce a veinticuatro meses.

d) Multa de tres a ocho meses y suspensión de empleo o cargo público de uno a tres años.

Respuesta: d).

28. Según el artículo 412.2 del Código Penal, si quien deniega el auxilio requerido por autoridad competente es jefe o responsable de una fuerza pública o agente de la autoridad, la suspensión de empleo o cargo público es de:

a) Seis meses a dos años.

b) Uno a tres años.

c) Dos a tres años.

d) Tres a seis años.

Respuesta: c). Con multa de doce a dieciocho meses.

29. Según el artículo 417.2 del Código Penal, la revelación por el funcionario de secretos de un particular se castiga con prisión de:

a) Seis meses a un año.

b) Uno a tres años.

c) Dos a cuatro años.

d) Tres a seis años.

Respuesta: c). Con multa de doce a dieciocho meses y suspensión de uno a tres años.

30. De acuerdo con el artículo 419 del Código Penal, la inhabilitación especial para empleo o cargo público del cohecho pasivo propio es de:

a) Cinco a nueve años.

b) Seis a diez años.

c) Nueve a doce años.

d) Diez a veinte años.

Respuesta: c). La del 420 es de cinco a nueve.

31. Según el artículo 425 del Código Penal, el soborno en causa criminal a favor del reo por parte de su cónyuge, ascendiente, descendiente o hermano se castiga con:

a) Prisión de seis meses a un año.

b) Prisión de dos a cuatro años.

c) Multa de seis a doce meses.

d) Queda exento de pena.

Respuesta: a).

32. Conforme al artículo 432.3 del Código Penal, la malversación se castiga con prisión de uno a dos años y multa cuando el valor del patrimonio público es inferior a:

a) 400 euros.

b) 4.000 euros.

c) 40.000 euros.

d) 50.000 euros.

Respuesta: b).

33. Según el artículo 434 del Código Penal, quien repara de modo efectivo e íntegro el perjuicio al patrimonio público antes del inicio del juicio oral obtiene la pena:

a) En su mitad inferior.

b) De multa.

c) Inferior en uno o dos grados.

d) Suspendida.

Respuesta: c). También quien colabora eficazmente con las autoridades.

34. Según el artículo 436 del Código Penal, el fraude de la autoridad o funcionario que se concierta con los interesados en la contratación pública para defraudar a un ente público se castiga con prisión de:

a) Seis meses a dos años.

b) Uno a cuatro años.

c) Dos a seis años.

d) Cuatro a ocho años.

Respuesta: c). E inhabilitación especial de seis a diez años.

35. Según el artículo 443.2 del Código Penal, el funcionario de un centro de detención o custodia que solicita sexualmente a una persona sujeta a su guarda es castigado con prisión de:

a) Seis meses a un año.

b) Uno a dos años.

c) Uno a cuatro años.

d) Dos a seis años.

Respuesta: c). E inhabilitación absoluta de seis a doce años; uno a dos años es la solicitud del 443.1.


12. Fuentes oficiales

Todos los textos se han leído de la fuente oficial y el identificador del BOE se ha comprobado con la API de metadatos.

Norma o fuenteReferenciaEnlace
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal (artículos 24 y 404 a 445), texto consolidado a 9 de abril de 2026 en data/leyes/lo-10-1995-codigo-penal.json; versiones de los artículos 432 a 434 (Ley Orgánica 14/2022, en vigor el 12 de enero de 2023) comprobadas en el XML del BOEBOE-A-1995-25444, BOE núm. 281, de 24 de noviembre de 1995https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1995-25444
Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (artículo 5)BOE-A-1986-6859https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1986-6859

Jurisprudencia citada, comprobada en hj.tribunalconstitucional.es con órgano, recurso y fallo: STC 77/1983, de 3 de octubre (BOE núm. 266, de 7 de noviembre de 1983); STC 105/1988, de 8 de junio (BOE núm. 152, de 25 de junio de 1988); STC 55/1990, de 28 de marzo (BOE-T-1990-9176); STC 234/1991, de 10 de diciembre (BOE núm. 3, de 3 de enero de 1992); STC 2/2003, de 16 de enero (BOE núm. 43, de 19 de febrero de 2003).

Temario: Anexo III, apartado I.A.1, del Decreto 8/2026, de 28 de enero (BOJA núm. 22, de 3 de febrero de 2026), transcrito en TEMARIO-OFICIAL.md; comprobado sobre la convocatoria de Gádor, BOJA núm. 132, de 10 de julio de 2026.

Frecuencia: quince cuestionarios de ayuntamientos andaluces de 2025 y 2026, 1.230 preguntas, clasificados en ANALISIS-FRECUENCIA.md con frecuencia/reglas.py; listado del tema con frecuencia/contar.py --ver PL24. No se reproduce ningún enunciado literal.


13. Control de calidad

  • [x] Los nueve bloques del enunciado oficial tienen subapartado propio en el epígrafe 4, en el orden del temario
  • [x] Ningún precepto se ha redactado de memoria: los artículos 24 y 404 a 445 se han leído de data/leyes/lo-10-1995-codigo-penal.json y las penas se transcriben literalmente
  • [x] El identificador BOE-A se ha comprobado con la API de metadatos; las sentencias 77/1983, 234/1991 y 2/2003 se han comprobado en el buscador del Tribunal Constitucional y las otras dos se toman verificadas de los temas 14 y 27
  • [x] Cinco resoluciones del Tribunal Constitucional citadas y verificadas con su fallo en el epígrafe 5
  • [x] Dieciocho trampas de examen, por encima del mínimo de doce
  • [x] Treinta y cinco preguntas con respuesta explicada, las que corresponden al nivel C, con la letra correcta repartida y las opciones numéricas en orden creciente
  • [x] Ninguna pregunta reproduce el enunciado de un cuestionario municipal
  • [x] Las cifras de frecuencia proceden de frecuencia/conteo.json y del listado de contar.py, no se han escrito a mano
  • [x] Sin raya ni semirraya en todo el archivo
  • [ ] Revisión por revisor colegiado: pendiente

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Las preguntas son de práctica y orientación. No garantizamos que aparezcan en el examen oficial.