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Volumen I · Tema 5 · Nivel B

La Unión Europea

«La Unión Europea. Competencias de la Unión Europea. Instituciones y órganos de la Unión Europea: el Parlamento Europeo, el Consejo Europeo, el Consejo de la Unión Europea, la Comisión Europea, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y el Tribunal de Cuentas.»

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Tema 5. La Unión Europea

Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia (C2).

Enunciado oficial (Anexo VI.c, Orden PJC/1549/2025): «La Unión Europea. Competencias de la Unión Europea. Instituciones y órganos de la Unión Europea: el Parlamento Europeo, el Consejo Europeo, el Consejo de la Unión Europea, la Comisión Europea, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y el Tribunal de Cuentas.»

AutoríaEquipo de contenidos TestMiOpo
Revisión jurídicaPendiente de revisor colegiado
Última revisión19 de agosto de 2026
Norma de referenciaTratado de la Unión Europea, arts. 2, 5, 6, 13 a 19, 49 y 50, y Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, arts. 2 a 6, 223 a 287, 288 a 299, 300 a 307 y 352, versiones consolidadas del Diario Oficial de la Unión Europea, serie C 202, de 7 de junio de 2016
Normas complementariasConstitución Española, art. 93 (BOE-A-1978-31229); Ley Orgánica 10/1985, de 2 de agosto (BOE-A-1985-16659); Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial (BOE-A-1985-12666)
Convocatoria de referenciaOrden PJC/1549/2025, de 22 de diciembre (BOE-A-2025-27053)
Nivel del temaB. 3,46 puntos de 100

1. Mapa del tema

                        LA UNION EUROPEA
                                |
        +-----------------------+-----------------------+
        |                       |                       |
   ESPANA EN LA UNION      COMPETENCIAS            INSTITUCIONES
   art. 93 CE              art. 5 TUE              art. 13 TUE
   LO 10/1985              arts. 2 a 6 TFUE        siete, no cinco
   adhesion 1-1-1986              |                       |
                                  |                       |
                    +-------------+-------------+         |
                    |             |             |         |
              EXCLUSIVAS     COMPARTIDAS     DE APOYO     |
              art. 3 TFUE    art. 4 TFUE     art. 6 TFUE  |
              solo legisla   los Estados     sin armo-    |
              la Union       si la Union     nizacion     |
                             no ha ejercido               |
                                                          |
        +-------------------+-------------------+---------+---------+
        |          |            |           |            |         |
   PARLAMENTO  CONSEJO      CONSEJO     COMISION    TRIBUNAL DE  TRIBUNAL
   EUROPEO     EUROPEO      art. 16     art. 17     JUSTICIA     DE CUENTAS
   art. 14     art. 15      ministros   propone,    art. 19      arts. 285
   750 + 1     NO legisla   mayoria     vigila y    TJ + TG +    a 287
   5 anos      2,5 anos     cualificada ejecuta     especial.    un nacional
                                                                 por Estado
        |
   BCE y las dos que el enunciado no nombra pero el art. 13 si:
   Banco Central Europeo y el propio Tribunal de Cuentas
        |
   ORGANOS CONSULTIVOS, art. 13.4 TUE y 300 TFUE
   Comite Economico y Social + Comite de las Regiones
   NO son instituciones
        |
   EL DERECHO DE LA UNION EN EL JUZGADO
   art. 288 TFUE: reglamento, directiva, decision, recomendacion, dictamen
   art. 267 TFUE: cuestion prejudicial, facultativa o obligatoria
   primacia: el juez nacional inaplica la norma interna incompatible

2. Introducción y enfoque de estudio

Este es el único tema del programa cuya norma de referencia no está en el Boletín Oficial del Estado. Los preceptos que se preguntan son artículos de los dos Tratados, el de la Unión Europea y el de Funcionamiento, publicados en el Diario Oficial de la Unión Europea. Donde en los demás temas se acude a boe.es, aquí se acude a las versiones consolidadas de la serie C 202, de 7 de junio de 2016, que son las que han servido para redactar cada línea de lo que sigue.

Por qué este tema rinde tanto. El recuento propio le atribuye doce preguntas, más que a ningún tema de organización judicial. Muchos opositores lo despachan como relleno porque no aparece en el ejercicio práctico, y llegan al teórico habiendo regalado una docena de preguntas que se contestan con cifras cerradas.

Lo que se pregunta. Números y atribuciones: cuántas instituciones enumera el artículo 13, cuánto dura el mandato del Presidente del Consejo Europeo, qué porcentajes definen la mayoría cualificada, cuántos escaños tiene como máximo el Parlamento, cuánto dura la Comisión, qué órganos integran el Tribunal de Justicia y cómo se compone el Tribunal de Cuentas. Con las competencias igual: el examen quiere saber si una materia es exclusiva, compartida o de apoyo, y esas listas están cerradas en los artículos 3, 4 y 6 del Tratado de Funcionamiento.

Las cuatro confusiones que hay que deshacer antes de estudiar nada. La primera y más rentable: Consejo Europeo, Consejo de la Unión Europea y Consejo de Europa son tres cosas distintas, y la tercera ni siquiera pertenece a la Unión, sino que es la organización del Convenio Europeo de Derechos Humanos, de la que depende el Tribunal de Estrasburgo. La segunda: el Tribunal de Justicia de la Unión Europea es la institución entera, y el Tribunal de Justicia solo uno de sus órganos. La tercera: el Consejo Europeo no legisla, y el Tratado lo dice con esas palabras. La cuarta: el Tribunal de Cuentas de la Unión nada tiene que ver con el Tribunal de Cuentas español del artículo 136 de la Constitución.

El consejo de estudio. Empiece por la lista de las siete instituciones del artículo 13 en su orden literal, porque de ella cuelga todo lo demás. Siga por los artículos 14 a 19 del Tratado de la Unión Europea y cierre con los artículos 285 a 287 del de Funcionamiento, que son el Tribunal de Cuentas. Las competencias se aprenden aparte y de memoria, porque son listas.

Por qué sirve fuera del examen. El Derecho de la Unión entra en el juzgado a diario: un reglamento se aplica sin norma española que lo reproduzca, una directiva a través de la norma que la transpone, y la duda sobre cómo se interpretan se resuelve por la cuestión prejudicial del artículo 267, que se tramita en el propio órgano judicial. El epígrafe 4.10 desarrolla esa parte.

Lo que este tema no desarrolla. Las políticas materiales de la Unión, el mercado interior y las libertades de circulación quedan fuera del enunciado oficial. La cooperación jurídica internacional y las comisiones rogatorias son del tema 23, y la protección de datos, del tema 10.


3. Qué se pregunta de este tema

De dónde salen estas cifras. De ANALISIS-FRECUENCIA.md, recuento propio sobre los dos cuestionarios oficiales del primer ejercicio disponibles para este cuerpo, con sus 208 preguntas clasificadas una a una por materia. Es medición, no impresión, y no se reproduce el enunciado literal de ninguna pregunta oficial.

Lo que mide el recuento. Doce preguntas sobre 208, equivalentes a 3,46 puntos de 100 en la escala del examen completo, lo que sitúa el tema en el nivel B. Es el décimo del programa por peso y el primero de los no procesales. Todas están en el ejercicio teórico: el práctico se construye sobre dos casos de procedimiento y esta materia no aparece en él.

El dato que reordena el estudio. Con doce preguntas medidas, la Unión Europea rinde más que el Poder Judicial y el Ministerio Fiscal, que rinden ocho, y más que el Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional y las Audiencias Provinciales, que rinden siete. Tratarlo como accesorio es un error de asignación de tiempo.

Dónde se concentran las preguntas. El reparto que sigue es inferencia declarada, no medición: doce preguntas son muestra corta para desagregarla con rigor.

Bloque del temaPeso estimadoEtiqueta
Identificación de las instituciones y de sus funciones básicasaltoinferido
Composición, mandatos y mayorías, con sus cifrasaltoinferido
Distinción entre Consejo Europeo, Consejo y Consejo de Europamedio altoinferido
Categorías de competencias, artículos 2 a 6 del Tratado de Funcionamientomedio altoinferido
Fuentes del Derecho de la Unión, artículo 288medioinferido
Tribunal de Justicia, recursos y cuestión prejudicialmedioinferido
Tribunal de Cuentasmedio bajoinferido
Procedimiento legislativo ordinariobajoinferido

4. Desarrollo

4.1. Qué es la Unión Europea y cómo entró España en ella

La puerta constitucional. El artículo 93 de la Constitución es el precepto que hace posible que normas aprobadas en Bruselas se apliquen en un juzgado español. Dispone que mediante ley orgánica se podrá autorizar la celebración de tratados por los que se atribuya a una organización o institución internacional el ejercicio de competencias derivadas de la Constitución, y encomienda a las Cortes Generales o al Gobierno la garantía del cumplimiento de esos tratados y de las resoluciones de los organismos titulares de la cesión.

Conviene no confundirlo con sus vecinos, porque el examen los mezcla: el 94 exige autorización previa de las Cortes para determinadas clases de tratados, el 95 impone revisión constitucional previa cuando el tratado contenga estipulaciones contrarias a la Constitución, y el 96 dispone que los tratados válidamente celebrados, una vez publicados oficialmente, forman parte del ordenamiento interno. El artículo 93 es la cesión de competencias; los otros tres, el régimen general de los tratados.

Los documentos de la adhesión. La ley orgánica que exige el artículo 93 es la Ley Orgánica 10/1985, de 2 de agosto, de Autorización para la adhesión de España a las Comunidades Europeas (BOE-A-1985-16659). El Tratado de adhesión se firmó en Lisboa y Madrid el 12 de junio de 1985 y España quedó incorporada con efectos de 1 de enero de 1986. Repare en el nombre: habla de Comunidades Europeas porque la Unión no existía en 1985 y nace con el Tratado de Maastricht de 1992.

Cuántos Estados hay ahora. Veintisiete. La cifra no la fija ningún artículo del Tratado: se comprueba en el reparto de escaños del Parlamento, que los enumera uno a uno en el artículo 3 de la Decisión (UE) 2023/2061 del Consejo Europeo, de 22 de septiembre de 2023. De ese veintisiete dependen el número de comisarios, el de jueces del Tribunal de Justicia, el de miembros del Tribunal de Cuentas y el umbral de quince de la mayoría cualificada.

Los valores y la Carta. El artículo 2 del Tratado de la Unión Europea fundamenta la Unión en el respeto de la dignidad humana, la libertad, la democracia, la igualdad, el Estado de Derecho y el respeto de los derechos humanos, incluidos los de las personas pertenecientes a minorías. El artículo 6.1 reconoce los derechos, libertades y principios de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, de 7 de diciembre de 2000, adaptada el 12 de diciembre de 2007 en Estrasburgo, y le atribuye el mismo valor jurídico que los Tratados, precisando que sus disposiciones no amplían en modo alguno las competencias de la Unión.

Entrada y salida. El artículo 49 regula la adhesión y el 50 la retirada. Son artículos cortos y muy preguntados, y sus mayorías no coinciden.

CuestiónRegla exacta
Quién puede solicitar la adhesión, art. 49 TUECualquier Estado europeo que respete los valores del art. 2 y se comprometa a promoverlos
A quién se dirige la solicitudAl Consejo, informando de ella al Parlamento Europeo y a los Parlamentos nacionales
Cómo se decide la adhesiónEl Consejo se pronuncia por unanimidad, previa consulta a la Comisión y previa aprobación del Parlamento Europeo, que decide por mayoría de los miembros que lo componen
Qué ocurre despuésAcuerdo entre los Estados miembros y el solicitante, sometido a ratificación de todos conforme a sus normas constitucionales
Cómo se retira un Estado, art. 50 TUEDecisión conforme a sus normas constitucionales, notificada al Consejo Europeo
Efecto de la retiradaLos Tratados dejan de aplicarse al entrar en vigor el acuerdo de retirada o, en su defecto, a los dos años de la notificación, salvo prórroga acordada por unanimidad del Consejo Europeo con ese Estado
Voto del Estado que se retiraNo participa ni en las deliberaciones ni en las decisiones que le afecten
ReingresoSi vuelve a solicitar la adhesión, se le aplica el procedimiento del art. 49

4.2. Las competencias de la Unión Europea

El enunciado oficial pone las competencias antes de las instituciones, y el orden no es casual: la Unión no tiene un poder general, sino los poderes que los Estados le han atribuido.

Los tres principios del artículo 5 del Tratado de la Unión Europea. Uno delimita y dos ordenan el ejercicio.

  • Atribución. Delimita. La Unión actúa dentro de los límites de las competencias que le atribuyen los Estados en los Tratados para lograr los objetivos que estos determinan, y el apartado 2 cierra con la frase que hay que retener literalmente: toda competencia no atribuida a la Unión en los Tratados corresponde a los Estados miembros.
  • Subsidiariedad. Rige el ejercicio. En los ámbitos que no sean de su competencia exclusiva, la Unión interviene solo en caso de que, y en la medida en que, los objetivos de la acción pretendida no puedan ser alcanzados de manera suficiente por los Estados miembros, ni a nivel central ni a nivel regional y local, sino mejor a escala de la Unión por su dimensión o efectos. Velan por él los Parlamentos nacionales.
  • Proporcionalidad. También rige el ejercicio: el contenido y la forma de la acción de la Unión no excederán de lo necesario para alcanzar los objetivos de los Tratados.

Reténgalo así: la atribución dice si la Unión puede actuar; la subsidiariedad y la proporcionalidad, cuándo y hasta dónde.

Las categorías del artículo 2 del Tratado de Funcionamiento. El precepto define qué significa cada etiqueta antes de repartir materias, y las definiciones son lo que el examen manipula:

CategoríaQué significa exactamente
Exclusiva, art. 2.1Solo la Unión puede legislar y adoptar actos jurídicamente vinculantes; los Estados solo pueden hacerlo si son facultados por la Unión o para aplicar actos de la Unión
Compartida, art. 2.2Ambos pueden legislar; los Estados ejercen su competencia en la medida en que la Unión no haya ejercido la suya, y vuelven a ejercerla en la medida en que la Unión decida dejar de ejercer la suya
Coordinación de políticas económicas y de empleo, art. 2.3Los Estados coordinan; la Unión dispone de competencia para definir las modalidades
Política exterior y de seguridad común, art. 2.4Competencia propia de la Unión conforme al Tratado de la Unión Europea, incluida la definición progresiva de una política común de defensa
De apoyo, coordinación o complemento, art. 2.5La Unión apoya, coordina o complementa sin sustituir la competencia de los Estados, y sus actos no pueden conllevar armonización alguna de las disposiciones legales y reglamentarias nacionales

Las competencias exclusivas, artículo 3. Son cinco y están cerradas: la unión aduanera; el establecimiento de las normas sobre competencia necesarias para el funcionamiento del mercado interior; la política monetaria de los Estados miembros cuya moneda es el euro; la conservación de los recursos biológicos marinos dentro de la política pesquera común; y la política comercial común. El apartado 2 añade una exclusividad de origen externo: la celebración de un acuerdo internacional cuando esté prevista en un acto legislativo de la Unión, cuando sea necesaria para permitirle ejercer su competencia interna o en la medida en que pueda afectar a normas comunes o alterar su alcance.

Dos matices que el examen explota: la política monetaria es exclusiva solo respecto de los Estados cuya moneda es el euro, no de los veintisiete, y la pesca aparece partida, porque la conservación de los recursos biológicos marinos es exclusiva y el resto de agricultura y pesca es compartido.

Las competencias compartidas, artículo 4. El apartado 1 contiene la regla de cierre: la competencia es compartida cuando los Tratados atribuyan a la Unión una competencia que no corresponda a los ámbitos mencionados en los artículos 3 y 6. Dicho de otro modo, lo compartido es la categoría residual, y esa es la razón de que sea la lista más larga. El apartado 2 enumera los ámbitos principales: mercado interior; política social en los aspectos definidos en el Tratado; cohesión económica, social y territorial; agricultura y pesca, con exclusión de la conservación de los recursos biológicos marinos; medio ambiente; protección de los consumidores; transportes; redes transeuropeas; energía; espacio de libertad, seguridad y justicia; y asuntos comunes de seguridad en materia de salud pública, en los aspectos definidos en el Tratado.

Los apartados 3 y 4 recogen dos ámbitos de régimen singular, llamados competencias compartidas paralelas: investigación, desarrollo tecnológico y espacio, y cooperación para el desarrollo y ayuda humanitaria. En ambos la Unión puede llevar a cabo acciones, pero su ejercicio no puede impedir a los Estados ejercer la suya: no opera aquí el desplazamiento del artículo 2.2.

Un dato de la lista conviene subrayarlo: el espacio de libertad, seguridad y justicia es competencia compartida, y de ahí salen los reglamentos y directivas de cooperación judicial que se manejan en el juzgado.

Las competencias de apoyo, coordinación o complemento, artículo 6. Siete ámbitos cerrados, «en su finalidad europea»: protección y mejora de la salud humana; industria; cultura; turismo; educación, formación profesional, juventud y deporte; protección civil; y cooperación administrativa. Aquí la Unión no puede armonizar, y el examen lo pregunta en negativo.

La cláusula de flexibilidad, artículo 352. Es la válvula del sistema y contradice en apariencia el principio de atribución. Cuando se considere necesaria una acción de la Unión para alcanzar uno de los objetivos de los Tratados sin que se hayan previsto en ellos los poderes de actuación necesarios, el Consejo adopta las disposiciones adecuadas por unanimidad, a propuesta de la Comisión y previa aprobación del Parlamento Europeo. Las medidas no pueden armonizar cuando los Tratados lo excluyan, y el precepto no sirve para objetivos de política exterior y de seguridad común.

4.3. El marco institucional: siete instituciones, no cinco ni nueve

El artículo 13.1 del Tratado de la Unión Europea abre el marco institucional atribuyéndole la finalidad de promover los valores de la Unión, perseguir sus objetivos, defender sus intereses y los de sus ciudadanos y Estados miembros, y garantizar la coherencia, eficacia y continuidad de sus políticas. A continuación enumera las instituciones, y esa lista, en ese orden, es lo primero que hay que saberse de memoria:

Parlamento Europeo, Consejo Europeo, Consejo, Comisión Europea, Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Banco Central Europeo y Tribunal de Cuentas.

Son siete. El enunciado oficial de este tema nombra seis, porque deja fuera al Banco Central Europeo, pero el examen pregunta por la lista completa del artículo 13 y no por la selección del programa.

El resto del artículo 13 añade tres reglas que se preguntan sueltas. Cada institución actúa dentro de los límites de las atribuciones que le confieren los Tratados, y todas mantienen entre sí una cooperación leal. Las disposiciones sobre el Banco Central Europeo y el Tribunal de Cuentas, y las detalladas sobre las demás instituciones, figuran en el Tratado de Funcionamiento, y de ahí que el tema obligue a manejar los dos textos. Y el apartado 4 dispone que el Parlamento, el Consejo y la Comisión están asistidos por un Comité Económico y Social y un Comité de las Regiones, que ejercen funciones consultivas.

Los órganos consultivos. El artículo 300 del Tratado de Funcionamiento los desarrolla. El Comité Económico y Social lo componen representantes de las organizaciones de empresarios, de trabajadores y de otros sectores representativos de la sociedad civil. El Comité de las Regiones lo integran representantes de los entes regionales y locales titulares de un mandato electoral o con responsabilidad política ante una asamblea elegida. Los miembros de ambos no están vinculados por ningún mandato imperativo y actúan con plena independencia, en interés general de la Unión. Los artículos 301, 302 y 305 fijan para los dos el mismo techo, trescientos cincuenta miembros, y el mismo mandato de cinco años, renovable.

La trampa es clásica y se repite en todos los cuerpos: ni el Comité Económico y Social ni el Comité de las Regiones son instituciones. Son órganos consultivos, y quien los cuele en la lista del artículo 13 ha fallado la pregunta.

4.4. El Parlamento Europeo

Qué hace, artículo 14.1 del Tratado de la Unión Europea. Ejerce conjuntamente con el Consejo la función legislativa y la presupuestaria, más funciones de control político y consultivas, y elige al Presidente de la Comisión. Esa última competencia se confunde a diario con la de proponerlo, que es del Consejo Europeo.

Composición y elección. El artículo 14.2 fija los límites y la Decisión (UE) 2023/2061 el reparto vigente:

DatoValor exacto
Número máximo de diputados750, más el Presidente
Mínimo por Estado miembro6
Máximo por Estado miembro96
Criterio de repartoRepresentación decrecientemente proporcional
Quién fija la composiciónEl Consejo Europeo, por unanimidad, a iniciativa del Parlamento Europeo y con su aprobación
Escaños de la legislatura 2024 a 2029720 en total; España elige 61
MandatoCinco años, por sufragio universal directo, libre y secreto
Presidente y MesaElegidos por el propio Parlamento de entre sus diputados

La proporcionalidad decreciente significa que cada diputado de un Estado más poblado representa a más ciudadanos que el de uno menos poblado. No es proporcionalidad pura, y por eso Alemania tiene 96 escaños mientras Malta, Luxemburgo y Chipre tienen 6 cada uno.

Reglas de funcionamiento, en el Tratado de Funcionamiento. Estas cuatro salen con frecuencia y sus mayorías no coinciden entre sí:

ReglaPrecepto y contenido
Petición de propuesta a la ComisiónArt. 225. Por decisión de la mayoría de los miembros que lo componen; si la Comisión no presenta propuesta, comunicará las razones
Comisión temporal de investigaciónArt. 226. A petición de la cuarta parte de los miembros que lo componen, sobre alegaciones de infracción o mala administración en la aplicación del Derecho de la Unión, salvo que del hecho esté conociendo un órgano jurisdiccional; se extingue con la presentación de su informe
Período de sesionesArt. 229. Celebra cada año un período de sesiones y se reúne sin previa convocatoria el segundo martes de marzo
Regla general de votoArt. 231. Salvo disposición en contrario de los Tratados, decide por mayoría de los votos emitidos; el reglamento interno fija el quórum

El derecho de petición y el Defensor del Pueblo Europeo. El artículo 227 reconoce a cualquier ciudadano de la Unión, y a cualquier persona física o jurídica que resida o tenga su domicilio social en un Estado miembro, el derecho a presentar al Parlamento una petición sobre un asunto de los ámbitos de actuación de la Unión que le afecte directamente. El artículo 228 regula el Defensor del Pueblo Europeo:

  • Lo elige el Parlamento Europeo, después de cada elección y para toda la legislatura, con mandato renovable.
  • Conoce de casos de mala administración en la acción de las instituciones, órganos u organismos de la Unión, con exclusión expresa del Tribunal de Justicia en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales.
  • Investiga de oficio o por reclamación, salvo que los hechos sean o hayan sido objeto de un procedimiento jurisdiccional.
  • Comprobada la mala administración, la institución afectada dispone de tres meses para exponer su posición.
  • Puede ser destituido por el Tribunal de Justicia a petición del Parlamento, si deja de cumplir las condiciones necesarias o comete falta grave.
  • Ejerce con total independencia y sin ninguna otra actividad profesional, retribuida o no.

No es, ni de lejos, el Defensor del Pueblo español del artículo 54 de la Constitución, que es alto comisionado de las Cortes Generales para la defensa de los derechos del Título I y supervisa a la Administración española.

La moción de censura, artículo 234. Se dirige contra la gestión de la Comisión, no contra un comisario. El Parlamento solo puede pronunciarse transcurridos tres días como mínimo desde su presentación, y la votación es pública. Se aprueba por mayoría de dos tercios de los votos emitidos que representen, a su vez, la mayoría de los diputados que componen el Parlamento: es una doble mayoría, y omitir la segunda mitad es el fallo típico. Aprobada, los miembros de la Comisión dimiten colectivamente y el Alto Representante dimite del cargo que ejerce en la Comisión, si bien permanecen despachando los asuntos de administración ordinaria hasta ser sustituidos.

4.5. El Consejo Europeo

Qué hace, artículo 15.1. El precepto se pregunta casi literalmente: el Consejo Europeo dará a la Unión los impulsos necesarios para su desarrollo y definirá sus orientaciones y prioridades políticas generales, y acto seguido, no ejercerá función legislativa alguna. Si un enunciado le atribuye aprobar un reglamento o una directiva, es falso por esa sola razón, sin necesidad de mirar las demás opciones.

Composición. Lo integran los Jefes de Estado o de Gobierno de los Estados miembros, su Presidente y el Presidente de la Comisión. El Alto Representante participa en sus trabajos, y la diferencia de verbo es deliberada: participa, pero no es miembro. Cuando el orden del día lo exija, cada miembro puede contar con la asistencia de un ministro y el Presidente de la Comisión con la de un comisario.

Funcionamiento. Se reúne dos veces por semestre por convocatoria de su Presidente, que además convoca reunión extraordinaria cuando la situación lo exija, y se pronuncia por consenso, excepto cuando los Tratados dispongan otra cosa. El artículo 235 del Tratado de Funcionamiento añade cuatro reglas de voto y organización:

Regla del art. 235 TFUEContenido
RepresentaciónEn caso de votación, cada miembro puede actuar en representación de uno solo de los demás
Quiénes no votanEl Presidente del Consejo Europeo y el Presidente de la Comisión no participan en las votaciones
AbstenciónNo obsta a la adopción de los acuerdos que requieran unanimidad
Mayoría simpleBasta en las cuestiones de procedimiento y para aprobar el reglamento interno
AsistenciaLe asiste la Secretaría General del Consejo
ComparecenciaPuede invitar al Presidente del Parlamento Europeo a comparecer ante él

Su Presidente, artículo 15.5 y 15.6. Lo elige el propio Consejo Europeo por mayoría cualificada, para un mandato de dos años y medio, renovable una sola vez, y por el mismo procedimiento puede cesarle en caso de impedimento o falta grave. Preside e impulsa los trabajos, vela por su preparación y continuidad sobre la base de los trabajos del Consejo de Asuntos Generales, facilita la cohesión y el consenso, y al término de cada reunión presenta un informe al Parlamento Europeo. Asume la representación exterior de la Unión en política exterior y de seguridad común, sin perjuicio de las atribuciones del Alto Representante, y no puede ejercer mandato nacional alguno.

El artículo 236 del Tratado de Funcionamiento le atribuye adoptar por mayoría cualificada dos decisiones concretas: la que establece la lista de las formaciones del Consejo distintas de Asuntos Generales y Asuntos Exteriores, y la relativa a la presidencia de esas formaciones.

4.6. El Consejo de la Unión Europea

Qué hace y quién lo compone, artículo 16.1 y 16.2. Ejerce conjuntamente con el Parlamento Europeo la función legislativa y la presupuestaria, más funciones de definición de políticas y de coordinación. Lo integra un representante de cada Estado miembro, de rango ministerial, facultado para comprometer a su Gobierno y para ejercer el derecho de voto. No hay un ministro fijo: acude el titular del ramo según la materia, y por eso se reúne en formaciones. Es el mismo Consejo con distinta composición ministerial, no varios consejos.

Cómo decide. La regla general del artículo 16.3 es la mayoría cualificada, salvo que los Tratados dispongan otra cosa. Sus cifras son el dato estrella del tema:

MayoríaUmbral exacto
Cualificada, regla general, art. 16.4 TUE, desde el 1 de noviembre de 2014Mínimo del 55 % de los miembros del Consejo, que incluya al menos a quince de ellos, y que represente a Estados que reúnan como mínimo el 65 % de la población de la Unión
Minoría de bloqueoAl menos cuatro miembros del Consejo; a falta de ese número la mayoría cualificada se considera alcanzada
Cualificada reforzada, art. 238.2 TFUE72 % de los miembros y 65 % de la población, cuando el Consejo no actúa a propuesta de la Comisión o del Alto Representante
Cualificada con miembros que no votan, art. 238.3 TFUE55 % de los miembros que represente al 65 % de la población de los Estados participantes; la minoría de bloqueo es el número mínimo que represente más del 35 % de esa población, más un miembro
Simple, art. 238.1 TFUEMayoría de los miembros que componen el Consejo, no de los votos emitidos
Unanimidad, art. 238.4 TFUELas abstenciones de los presentes o representados no impiden adoptarla

Dos avisos. El 55 y el 72 por ciento se refieren a miembros del Consejo y el 65 por ciento a población: intercambiar los sustantivos es la manipulación más frecuente. Y la mayoría simple del Consejo se cuenta sobre los miembros que lo componen mientras la del Parlamento se cuenta sobre los votos emitidos, de modo que dos instituciones que legislan juntas cuentan distinto.

Formaciones, preparación y publicidad, artículo 16.6 a 16.9. El Consejo se reúne en formaciones cuya lista se adopta conforme al artículo 236 del Tratado de Funcionamiento, pero dos vienen nombradas en el propio Tratado: el Consejo de Asuntos Generales, que vela por la coherencia de los trabajos de las demás formaciones y prepara las reuniones del Consejo Europeo; y el Consejo de Asuntos Exteriores, que elabora la acción exterior atendiendo a las líneas estratégicas del Consejo Europeo. Los trabajos los prepara el Comité de Representantes Permanentes, y el artículo 240 añade que al Consejo le asiste una Secretaría General bajo la responsabilidad de un Secretario General nombrado por él.

Un dato muy preguntado: el Consejo se reúne en público cuando delibera y vota sobre un proyecto de acto legislativo, y a tal fin cada sesión se divide en dos partes, la legislativa y la no legislativa. No es público siempre, solo en esa parte.

Quién lo preside, artículo 16.9. La presidencia de las formaciones, con excepción de la de Asuntos Exteriores, la desempeñan los representantes de los Estados miembros mediante un sistema de rotación igual, en las condiciones del artículo 236. La formación de Asuntos Exteriores la preside el Alto Representante, por mandato del artículo 18.3 del Tratado de la Unión Europea. El turno se organiza por semestres y en grupos de tres Estados, y España ejerció la Presidencia de julio a diciembre de 2023.

4.7. La Comisión Europea

Qué hace, artículo 17.1. Una lista de verbos de la que salen preguntas directas: promueve el interés general de la Unión; vela por que se apliquen los Tratados; supervisa la aplicación del Derecho de la Unión bajo el control del Tribunal de Justicia; ejecuta el presupuesto y gestiona los programas; ejerce funciones de coordinación, ejecución y gestión; y, con excepción de la política exterior y de seguridad común, asume la representación exterior de la Unión. Adopta además las iniciativas de la programación anual y plurianual.

El monopolio de iniciativa, artículo 17.2. Los actos legislativos solo pueden adoptarse a propuesta de la Comisión, salvo que los Tratados dispongan otra cosa. De ahí que el Parlamento y el Consejo tengan que pedirle que proponga, por los artículos 225 y 241 del Tratado de Funcionamiento, en lugar de proponer ellos.

Mandato e independencia, artículo 17.3. El mandato es de cinco años. Sus miembros se eligen en razón de su competencia general y de su compromiso europeo, entre personalidades que ofrezcan plenas garantías de independencia, y no solicitan ni aceptan instrucciones de ningún gobierno, institución, órgano u organismo. El artículo 245 del Tratado de Funcionamiento les prohíbe además cualquier otra actividad profesional, retribuida o no.

El número de miembros, que es la trampa mayor del tema. El artículo 17.5 dispone que, desde el 1 de noviembre de 2014, la Comisión se compone de los dos tercios del número de Estados miembros, incluidos su Presidente y el Alto Representante, y añade la salvedad: «a menos que el Consejo Europeo decida por unanimidad modificar dicho número». Lo decidió. La Decisión 2013/272/UE, de 22 de mayo de 2013, dispone que la Comisión estará compuesta por un número de miembros igual al número de Estados miembros, que incluirá a su Presidente y al Alto Representante. Lo escrito en el Tratado son los dos tercios; lo vigente, un comisario por Estado.

Cómo se nombra, artículo 17.7. Cinco pasos, en este orden y con estas mayorías:

PasoQuién actúa y con qué mayoría
1. Propuesta de candidato a PresidenteEl Consejo Europeo, por mayoría cualificada, teniendo en cuenta el resultado de las elecciones al Parlamento y tras las consultas apropiadas
2. Elección del PresidenteEl Parlamento Europeo, por mayoría de los miembros que lo componen; si no se alcanza, el Consejo Europeo propone nuevo candidato en el plazo de un mes
3. Lista de los demás miembrosEl Consejo, de común acuerdo con el Presidente electo, a partir de las propuestas de los Estados
4. Aprobación del colegioEl Parlamento Europeo, en voto colegiado sobre Presidente, Alto Representante y demás miembros
5. NombramientoEl Consejo Europeo, por mayoría cualificada

Resumido en una línea: propone el Consejo Europeo, elige el Parlamento, nombra el Consejo Europeo.

Presidencia, responsabilidad y cese, artículo 17.6 y 17.8. El Presidente define las orientaciones, determina la organización interna velando por la coherencia, la eficacia y la colegialidad, y nombra Vicepresidentes distintos del Alto Representante. Un miembro presenta su dimisión si se lo pide el Presidente. La Comisión tiene responsabilidad colegiada ante el Parlamento Europeo, que puede censurarla por la vía del artículo 234. Individualmente, el artículo 247 del Tratado de Funcionamiento permite que el Tribunal de Justicia cese a un miembro que deje de reunir las condiciones o haya cometido falta grave, a instancia del Consejo por mayoría simple o de la propia Comisión. Y el artículo 250 fija la regla interna: los acuerdos se adoptan por mayoría de sus miembros.

El Alto Representante, artículo 18. Es la bisagra entre el Consejo y la Comisión y su doble condición es lo que se pregunta. Lo nombra el Consejo Europeo por mayoría cualificada, con la aprobación del Presidente de la Comisión, y por el mismo procedimiento puede poner fin a su mandato. Está al frente de la política exterior y de seguridad común, que ejecuta como mandatario del Consejo, preside el Consejo de Asuntos Exteriores y es uno de los Vicepresidentes de la Comisión.

4.8. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Qué comprende, artículo 19.1 del Tratado de la Unión Europea. El precepto es tajante y su literalidad se pregunta: el Tribunal de Justicia de la Unión Europea comprenderá el Tribunal de Justicia, el Tribunal General y los tribunales especializados, y garantizará el respeto del Derecho en la interpretación y aplicación de los Tratados. Añade un mandato dirigido a los Estados que interesa especialmente a quien trabaja en un juzgado: los Estados miembros establecerán las vías de recurso necesarias para garantizar la tutela judicial efectiva en los ámbitos cubiertos por el Derecho de la Unión.

De ahí la advertencia terminológica: la institución es el Tribunal de Justicia de la Unión Europea; el Tribunal de Justicia es uno de sus órganos. Y ninguno es el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que está en Estrasburgo, depende del Consejo de Europa y aplica el Convenio, no los Tratados.

Composición y cifras. El Tratado fija las reglas y las normas de desarrollo los números concretos:

DatoRegla y fuente
Jueces del Tribunal de JusticiaUno por Estado miembro, art. 19.2 TUE
Abogados generalesOcho según el art. 252 TFUE; nueve desde el 1 de julio de 2013 y once desde el 7 de octubre de 2015, Decisión 2013/336/UE
Jueces del Tribunal GeneralAl menos uno por Estado miembro según el art. 19.2 TUE; dos por Estado miembro desde el 1 de septiembre de 2019, Reglamento (UE, Euratom) 2015/2422
NombramientoDe común acuerdo por los Gobiernos de los Estados miembros, por seis años, previa consulta al comité del art. 255 TFUE; cabe nuevo nombramiento
RenovaciónParcial cada tres años
Presidente del Tribunal de JusticiaElegido por los jueces de entre ellos, por tres años, renovable
FormacionesSalas y Gran Sala; Pleno cuando el Estatuto lo disponga, art. 251 TFUE
Comité de idoneidad, art. 255 TFUESiete personalidades, una de ellas propuesta por el Parlamento Europeo

Función del abogado general, artículo 252. Presentar públicamente, con imparcialidad e independencia, conclusiones motivadas sobre los asuntos que, conforme al Estatuto, requieran su intervención. No es fiscal ni parte, y sus conclusiones no vinculan.

Qué asuntos conoce. El artículo 19.3 los agrupa en tres bloques: recursos de Estados, instituciones y particulares; cuestiones prejudiciales a petición de los órganos jurisdiccionales nacionales; y los demás casos previstos por los Tratados. Los cuatro procedimientos que se preguntan:

ProcedimientoDatos que se preguntan
Recurso por incumplimiento, arts. 258 a 260 TFUELa Comisión emite dictamen motivado tras ofrecer al Estado presentar observaciones; si no se atiene en el plazo que ella fije, recurre al Tribunal. Un Estado puede demandar a otro, pero antes debe someter el asunto a la Comisión, que emite dictamen en procedimiento contradictorio; si no lo emite en tres meses, la falta de dictamen no impide recurrir. La inejecución de la sentencia permite imponer suma a tanto alzado o multa coercitiva
Recurso de anulación, art. 263 TFUEMotivos: incompetencia, vicios sustanciales de forma, violación de los Tratados o de cualquier norma jurídica relativa a su ejecución, y desviación de poder. Plazo: dos meses desde la publicación, la notificación o el conocimiento del acto. El particular solo recurre los actos de los que sea destinatario, los que le afecten directa e individualmente y los actos reglamentarios que le afecten directamente y no incluyan medidas de ejecución
Recurso por omisión, art. 265 TFUERequerimiento previo a la institución; si en dos meses no define su posición, hay dos meses más para recurrir
Cuestión prejudicial, art. 267 TFUESobre interpretación de los Tratados y sobre validez e interpretación de los actos de instituciones, órganos u organismos. Facultativa con carácter general; obligatoria cuando las decisiones del órgano nacional no sean susceptibles de ulterior recurso judicial de Derecho interno. Si hay persona privada de libertad, el Tribunal se pronuncia con la mayor brevedad

Dos precisiones. Si el recurso de anulación es fundado, el artículo 264 obliga al Tribunal a declarar el acto nulo y sin valor ni efecto alguno, aunque puede indicar qué efectos se consideran definitivos. Y el artículo 266 impone a la institución de la que emane el acto anulado adoptar las medidas necesarias para la ejecución de la sentencia.

Una novedad reciente. El Reglamento (UE, Euratom) 2024/2019, de 11 de abril de 2024, modificó el Estatuto y transfirió al Tribunal General determinadas cuestiones prejudiciales en seis materias: impuesto sobre el valor añadido, impuestos especiales, código aduanero, clasificación arancelaria en la nomenclatura combinada, compensación y asistencia a los pasajeros, y comercio de derechos de emisión. La petición se sigue presentando ante el Tribunal de Justicia, que verifica la materia antes de remitirla. La base de esa atribución es el artículo 256.3 del Tratado de Funcionamiento.

4.9. El Tribunal de Cuentas

El enunciado lo nombra expresamente y es la parte que más se descuida, porque no aparecía en el programa de otros cuerpos. Está en los artículos 285 a 287 del Tratado de Funcionamiento y su régimen es corto, cerrado y muy preguntable.

Función y composición, artículo 285. La fiscalización, o control de cuentas de la Unión, será efectuada por el Tribunal de Cuentas. Está compuesto por un nacional de cada Estado miembro, y sus miembros ejercen sus funciones con plena independencia, en interés general de la Unión. Repare en la fórmula: no dice un miembro por Estado sino un nacional de cada Estado, que a efectos prácticos son veintisiete.

Estatuto de sus miembros, artículo 286. Se eligen entre personalidades que pertenezcan o hayan pertenecido en sus Estados a las instituciones de control externo o estén especialmente calificadas para esa función, y deben ofrecer absolutas garantías de independencia:

CuestiónRegla exacta
Duración del mandatoSeis años, renovable
Quién los nombraEl Consejo, previa consulta al Parlamento Europeo, adoptando la lista establecida conforme a las propuestas de cada Estado miembro
PresidenteElegido por los propios miembros de entre ellos, por tres años, renovable
IndependenciaNo solicitan ni aceptan instrucciones de ningún Gobierno ni organismo
IncompatibilidadNo pueden ejercer, mientras dure el mandato, ninguna otra actividad profesional, retribuida o no
Cese individualPor dimisión voluntaria o por cese declarado por el Tribunal de Justicia, a instancia del propio Tribunal de Cuentas, si dejan de reunir las condiciones o de cumplir las obligaciones del cargo
SustituciónPor el tiempo que falte para terminar el mandato; salvo cese, permanecen hasta su sustitución

Compare con el Tribunal de Justicia y verá la trampa: a los jueces los designan de común acuerdo los Gobiernos de los Estados miembros; a los miembros del Tribunal de Cuentas los nombra el Consejo previa consulta al Parlamento. Ambos duran seis años y eligen Presidente por tres, pero el órgano que nombra no es el mismo.

Funciones, artículo 287. Examina las cuentas de la totalidad de los ingresos y gastos de la Unión y las de cualquier órgano u organismo creado por ella, salvo que su acto constitutivo excluya ese examen. Presenta al Parlamento y al Consejo una declaración sobre la fiabilidad de las cuentas y la regularidad y legalidad de las operaciones, que se publica en el Diario Oficial. Examina la legalidad y regularidad de ingresos y gastos y garantiza una buena gestión financiera, informando de cualquier irregularidad.

El control se hace sobre la documentación contable y, cuando es necesario, en las dependencias de las demás instituciones, de los órganos que gestionen ingresos o gastos en nombre de la Unión, de los Estados miembros y de cualquier persona que perciba fondos del presupuesto. En los Estados miembros se efectúa en colaboración con las instituciones nacionales de control, con espíritu de confianza y manteniendo cada una su independencia.

Sus productos son tres: un informe anual posterior al cierre de cada ejercicio, transmitido a las instituciones y publicado en el Diario Oficial con las respuestas de estas; informes especiales, que puede presentar en cualquier momento; y dictámenes a instancia de otra institución. Se aprueban por mayoría de los miembros que lo componen, aunque puede crear salas para determinadas categorías. Y asiste al Parlamento y al Consejo en el control de la ejecución del presupuesto.

Dos deslindes finales. El Tribunal de Cuentas de la Unión no es un órgano jurisdiccional: fiscaliza, no juzga. Y no debe confundirse con el Tribunal de Cuentas español del artículo 136 de la Constitución, supremo órgano fiscalizador de las cuentas y de la gestión económica del Estado, dependiente de las Cortes Generales, que sí ejerce función jurisdiccional en materia de responsabilidad contable.

4.10. El Derecho de la Unión dentro del juzgado

Este epígrafe no está en el enunciado con esas palabras, pero explica por qué un cuerpo de la Administración de Justicia estudia la Unión Europea.

Los cinco actos del artículo 288 del Tratado de Funcionamiento. Precepto corto, muy preguntado y de literalidad reproducible:

ActoRégimen literal
ReglamentoAlcance general, obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro
DirectivaObliga al Estado miembro destinatario en cuanto al resultado que deba conseguirse, dejando a las autoridades nacionales la elección de la forma y de los medios
DecisiónObligatoria en todos sus elementos; cuando designe destinatarios, solo obliga a estos
RecomendaciónNo vinculante
DictamenNo vinculante

Actos legislativos, delegados y de ejecución. El artículo 289 llama actos legislativos a los adoptados mediante procedimiento legislativo, ordinario o especial, y define el ordinario como la adopción conjunta por el Parlamento Europeo y el Consejo, a propuesta de la Comisión, de un reglamento, una directiva o una decisión. El artículo 290 permite que un acto legislativo delegue en la Comisión actos no legislativos de alcance general que completen o modifiquen elementos no esenciales, porque los esenciales están reservados al acto legislativo y no pueden delegarse; su título lleva el adjetivo «delegado». El artículo 291 regula los actos de ejecución, cuando se requieran condiciones uniformes, atribuidos a la Comisión o, en casos justificados, al Consejo; su título lleva la expresión «de ejecución», y su apartado 1 impone a los Estados adoptar las medidas internas necesarias para ejecutar los actos vinculantes de la Unión.

Publicación y entrada en vigor, artículo 297. Los actos legislativos del procedimiento ordinario los firman el Presidente del Parlamento Europeo y el Presidente del Consejo; los del especial, el Presidente de la institución que los adopte. Se publican en el Diario Oficial de la Unión Europea y entran en vigor en la fecha que fijen o, a falta de ella, a los veinte días de su publicación. Las directivas que no tengan por destinatarios a todos los Estados y las decisiones que indiquen destinatario se notifican y surten efecto por la notificación.

Un precepto que sí se aplica materialmente en un juzgado, el artículo 299. Los actos del Consejo, de la Comisión o del Banco Central Europeo que impongan una obligación pecuniaria a personas distintas de los Estados son títulos ejecutivos. La ejecución forzosa se rige por las normas de procedimiento civil vigentes en el Estado en cuyo territorio se lleve a cabo, previa consignación de la orden de ejecución por la autoridad nacional designada, sin otro control que el de la comprobación de la autenticidad del título. Solo el Tribunal de Justicia puede suspender la ejecución forzosa, pero el control de la conformidad a Derecho de las medidas de ejecución corresponde a las jurisdicciones nacionales.

Primacía y efecto directo. Ningún artículo de los Tratados declara que el Derecho de la Unión prime sobre el nacional: la primacía es doctrina del Tribunal de Justicia, asumida y reiterada por el Tribunal Constitucional español. Su consecuencia práctica es la que hay que retener: cuando una norma interna es incompatible con el Derecho de la Unión, el juez nacional está obligado a inaplicarla, sea anterior o posterior y cualquiera que sea su rango, sin esperar a su derogación ni plantear cuestión de inconstitucionalidad.

El efecto directo es cosa distinta: significa que una norma de la Unión puede ser invocada por los particulares ante los tribunales nacionales. El reglamento lo tiene por definición, porque el artículo 288 lo declara directamente aplicable; la directiva necesita transposición y solo en determinadas condiciones puede invocarla el particular frente al Estado incumplidor. De ahí las dos ideas útiles en la oficina judicial: un reglamento se aplica aunque ninguna norma española lo reproduzca, y de una directiva lo que se aplica al ciudadano es, por regla general, la norma española que la transpone.


5. Jurisprudencia esencial

Las cuatro resoluciones siguientes son del Tribunal Constitucional español y se han comprobado una a una en el Boletín Oficial del Estado antes de citarlas, con su identificador. Se ha optado por jurisprudencia constitucional, y no por sentencias del Tribunal de Justicia, porque es la que fija cómo opera el Derecho de la Unión dentro del juzgado español.

STC 145/2012, de 2 de julio (Sala Primera, recurso de amparo 273-2011, BOE-A-2012-10258). Es la piedra angular del tema. Anuló una sanción y las resoluciones judiciales que la confirmaron porque aplicaban una norma legal declarada contraria al Derecho de la Unión por el Tribunal de Justicia. Fija que la primacía forma parte del acervo incorporado al ordenamiento español por la Ley Orgánica 10/1985, y que el juez nacional, ante una norma interna incompatible, tiene la obligación de inaplicarla, sea anterior o posterior y cualquiera que sea su rango. Apreció vulneración de los artículos 24.1 y 25.1 de la Constitución.

STC 232/2015, de 5 de noviembre (Pleno, recurso de amparo 1709-2013, BOE-A-2015-13479). Un profesor interino reclamaba sexenios invocando la normativa de la Unión sobre no discriminación de los contratos de duración determinada, y el órgano judicial resolvió sin aplicar la doctrina que el Tribunal de Justicia ya había fijado en un supuesto idéntico. Otorgó el amparo por vulneración del artículo 24.1: prescindir de la interpretación ya establecida por el Tribunal de Justicia, sin motivar la conveniencia de plantear nueva cuestión prejudicial, infringe el principio de primacía.

STC 37/2019, de 26 de marzo (recurso de amparo 593-2017, BOE-A-2019-6193). Es el reverso exacto de la anterior y las dos se estudian juntas. El amparo se otorgó a la Administración General del Estado porque el Tribunal Supremo inaplicó por su propia autoridad una norma nacional sin plantear cuestión prejudicial, invocando el acto aclarado sin que concurrieran sus requisitos. Apreció vulneración del artículo 24.2. Cuenta con voto particular.

STC 26/2014, de 13 de febrero (Pleno, recurso de amparo 6922-2008, BOE-A-2014-2650), caso Melloni. Es la única ocasión en que el Tribunal Constitucional ha planteado cuestión prejudicial, y resolvió tras la respuesta de 26 de febrero de 2013, asunto C-399/11. Denegó el amparo y adaptó su doctrina sobre las condenas en ausencia en el marco de la orden europea de detención y entrega: no vulnera el contenido absoluto del derecho a un proceso con todas las garantías la condena impuesta sin comparecencia cuando esta fue decidida voluntaria e inequívocamente por un acusado debidamente emplazado y defendido por letrado. Tiene votos particulares.

Lo que hay que llevarse. La primacía no la declara ningún artículo del Tratado: la aplican los jueces. Si una norma española choca con el Derecho de la Unión, el juez la inaplica; si duda sobre cómo se interpreta, pregunta por la vía del artículo 267, y está obligado a preguntar cuando su decisión no admite ulterior recurso interno. Ni resolver ignorando al Tribunal de Justicia ni inaplicar la ley sin preguntarle son opciones admisibles.


6. Tabla resumen del tema

ConceptoDato exacto
Instituciones, art. 13.1 TUESiete: Parlamento Europeo, Consejo Europeo, Consejo, Comisión, Tribunal de Justicia de la UE, Banco Central Europeo y Tribunal de Cuentas
Órganos consultivos, art. 13.4 TUE y 300 TFUEComité Económico y Social y Comité de las Regiones. No son instituciones
Miembros de cada Comité consultivoNo excederán de 350; mandato de cinco años renovable
Vía constitucional de la cesiónArtículo 93 de la Constitución, mediante ley orgánica
Ley de la adhesión españolaLey Orgánica 10/1985, de 2 de agosto (BOE-A-1985-16659); adhesión efectiva el 1 de enero de 1986
Estados miembros27
Principios del art. 5 TUEAtribución para delimitar; subsidiariedad y proporcionalidad para ejercer
Regla de cierre de la atribuciónToda competencia no atribuida a la Unión corresponde a los Estados miembros
Competencias exclusivas, art. 3 TFUEUnión aduanera; normas de competencia del mercado interior; política monetaria de los Estados del euro; conservación de recursos biológicos marinos; política comercial común
Competencias compartidas, art. 4 TFUECategoría residual: todo lo que no es del art. 3 ni del art. 6. Incluye el espacio de libertad, seguridad y justicia
Efecto del ejercicio en las compartidasLos Estados legislan en la medida en que la Unión no haya ejercido su competencia
Competencias de apoyo, art. 6 TFUESalud humana; industria; cultura; turismo; educación, formación profesional, juventud y deporte; protección civil; cooperación administrativa. Sin armonización
Cláusula de flexibilidad, art. 352 TFUEConsejo por unanimidad, a propuesta de la Comisión y previa aprobación del Parlamento
Adhesión, art. 49 TUEConsejo por unanimidad, previa consulta a la Comisión y aprobación del Parlamento por mayoría de sus miembros
Retirada, art. 50 TUENotificación al Consejo Europeo; los Tratados dejan de aplicarse al entrar en vigor el acuerdo o a los dos años, salvo prórroga por unanimidad
Parlamento, número máximo750 diputados, más el Presidente
Parlamento, mínimo y máximo por Estado6 y 96, con proporcionalidad decreciente
Parlamento 2024 a 2029720 escaños; España, 61, Decisión (UE) 2023/2061
Mandato de los diputadosCinco años, sufragio universal directo, libre y secreto
Voto general del Parlamento, art. 231 TFUEMayoría de los votos emitidos, salvo disposición en contrario
Comisión de investigación, art. 226 TFUEA petición de la cuarta parte de los miembros que lo componen
Sesión sin convocatoria, art. 229 TFUEEl segundo martes de marzo
Defensor del Pueblo Europeo, art. 228 TFUEElegido por el Parlamento tras cada elección, para toda la legislatura, renovable; la institución afectada tiene tres meses para responder; lo destituye el Tribunal de Justicia a petición del Parlamento
Moción de censura, art. 234 TFUEVotación pública, no antes de tres días; dos tercios de los votos emitidos que representen la mayoría de los diputados que componen el Parlamento
Consejo Europeo, funciónDa impulsos y define orientaciones y prioridades políticas generales. No ejerce función legislativa alguna
Consejo Europeo, composiciónJefes de Estado o de Gobierno, su Presidente y el Presidente de la Comisión; el Alto Representante participa en sus trabajos
Consejo Europeo, reuniones y votoDos veces por semestre; por consenso salvo disposición en contrario; mayoría simple en cuestiones de procedimiento
Presidente del Consejo EuropeoElegido por mayoría cualificada; dos años y medio renovables una sola vez; no puede ejercer mandato nacional
Consejo, composiciónUn representante de cada Estado miembro de rango ministerial con derecho de voto
Mayoría cualificada, art. 16.4 TUE55 % de los miembros, al menos quince, que representen al menos el 65 % de la población
Minoría de bloqueoAl menos cuatro miembros del Consejo
Mayoría cualificada reforzada, art. 238.2 TFUE72 % de los miembros y 65 % de población, cuando no se actúa a propuesta de la Comisión o del Alto Representante
Mayoría simple del Consejo, art. 238.1 TFUEMayoría de los miembros que lo componen
Sesiones públicas del ConsejoCuando delibera y vota sobre un proyecto de acto legislativo; cada sesión se divide en dos partes
Presidencia del ConsejoRotación igual, salvo Asuntos Exteriores, que preside el Alto Representante
Órgano preparatorio del ConsejoComité de Representantes Permanentes
Comisión, mandatoCinco años
Comisión, número según el TratadoDos tercios del número de Estados miembros, salvo decisión unánime en contra del Consejo Europeo
Comisión, número vigenteUno por Estado miembro, Decisión 2013/272/UE
Iniciativa legislativaMonopolio de la Comisión, salvo que los Tratados dispongan otra cosa
Nombramiento de la Comisión, art. 17.7 TUEPropone el Consejo Europeo por mayoría cualificada, elige el Parlamento por mayoría de sus miembros, nombra el Consejo Europeo por mayoría cualificada
Acuerdos de la Comisión, art. 250 TFUEPor mayoría de sus miembros
Cese de un comisario, art. 247 TFUEPor el Tribunal de Justicia, a instancia del Consejo por mayoría simple o de la Comisión
Alto Representante, art. 18 TUENombrado por el Consejo Europeo por mayoría cualificada con la aprobación del Presidente de la Comisión; preside el Consejo de Asuntos Exteriores y es Vicepresidente de la Comisión
Tribunal de Justicia de la UE, art. 19.1 TUEComprende el Tribunal de Justicia, el Tribunal General y los tribunales especializados
Jueces del Tribunal de JusticiaUno por Estado miembro
Abogados generalesOcho según el art. 252 TFUE; once desde el 7 de octubre de 2015, Decisión 2013/336/UE
Jueces del Tribunal GeneralDos por Estado miembro desde el 1 de septiembre de 2019, Reglamento (UE, Euratom) 2015/2422
Mandato de jueces y abogados generalesSeis años, renovable, con renovación parcial cada tres años
Presidente del Tribunal de JusticiaElegido por los jueces de entre ellos, por tres años, renovable
Comité del art. 255 TFUESiete personalidades, una propuesta por el Parlamento Europeo
Recurso de anulación, art. 263 TFUEPlazo de dos meses; motivos: incompetencia, vicios sustanciales de forma, violación de los Tratados o de norma relativa a su ejecución y desviación de poder
Recurso por omisión, art. 265 TFUERequerimiento previo; dos meses para definir posición y otros dos para recurrir
Cuestión prejudicial, art. 267 TFUEFacultativa con carácter general; obligatoria cuando no cabe ulterior recurso judicial interno; con persona privada de libertad se resuelve con la mayor brevedad
Tribunal de Cuentas, art. 285 TFUEEfectúa la fiscalización o control de cuentas de la Unión; un nacional de cada Estado miembro, con plena independencia
Tribunal de Cuentas, mandato y nombramientoSeis años renovables; los nombra el Consejo, previa consulta al Parlamento, sobre las propuestas de los Estados
Presidente del Tribunal de CuentasElegido por los miembros de entre ellos, por tres años, renovable
Cese de un miembro del Tribunal de CuentasLo declara el Tribunal de Justicia, a instancia del Tribunal de Cuentas
Productos del Tribunal de Cuentas, art. 287 TFUEDeclaración de fiabilidad, informe anual, informes especiales y dictámenes; se aprueban por mayoría de los miembros que lo componen
Actos de la Unión, art. 288 TFUEReglamento, directiva, decisión, recomendación y dictamen
ReglamentoAlcance general, obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable
DirectivaObliga en cuanto al resultado, dejando forma y medios al Estado destinatario
Recomendaciones y dictámenesNo vinculantes
Actos delegados, art. 290 TFUESolo elementos no esenciales; los esenciales no son delegables; el título lleva «delegado»
Actos de ejecución, art. 291 TFUECuando se requieren condiciones uniformes; el título lleva «de ejecución»
Entrada en vigor, art. 297 TFUEEn la fecha que fijen o, a falta de ella, a los veinte días de su publicación en el DOUE
Títulos ejecutivos, art. 299 TFUELos actos del Consejo, la Comisión o el BCE que impongan obligación pecuniaria a personas distintas de los Estados

7. Trampas de examen

1. Las instituciones del artículo 13 son siete, no cinco ni seis. El enunciado del tema nombra seis porque omite el Banco Central Europeo, pero el Tratado enumera siete.

2. El Comité Económico y Social y el Comité de las Regiones no son instituciones. Son órganos consultivos del artículo 13.4 y del artículo 300.

3. Consejo Europeo, Consejo de la Unión Europea y Consejo de Europa son tres cosas distintas. El tercero no pertenece a la Unión: es la organización del Convenio Europeo de Derechos Humanos, de la que depende el Tribunal de Estrasburgo.

4. El Consejo Europeo no ejerce función legislativa alguna. El artículo 15.1 lo dice con esas palabras. Quien legisla, con el Parlamento, es el Consejo.

5. El Alto Representante participa en los trabajos del Consejo Europeo, pero no es miembro. Miembros son los Jefes de Estado o de Gobierno, el Presidente del Consejo Europeo y el Presidente de la Comisión.

6. La mayoría cualificada es 55 por ciento de miembros, al menos quince, y 65 por ciento de población. Si el Consejo no actúa a propuesta de la Comisión o del Alto Representante, el umbral de miembros sube al 72 por ciento y el de población sigue en el 65.

7. La minoría de bloqueo exige al menos cuatro miembros del Consejo, y a falta de ese número la mayoría cualificada se considera alcanzada.

8. La mayoría simple no se cuenta igual en las dos cámaras. En el Consejo es la mayoría de los miembros que lo componen; en el Parlamento la regla general es la mayoría de los votos emitidos.

9. El Consejo se reúne en público solo cuando delibera y vota sobre un proyecto de acto legislativo, no en toda su actividad, y a tal fin cada sesión se divide en dos partes.

10. La presidencia rotatoria del Consejo no alcanza a la formación de Asuntos Exteriores, que preside el Alto Representante.

11. El Parlamento elige al Presidente de la Comisión, pero no lo propone. El candidato lo propone el Consejo Europeo por mayoría cualificada, y el nombramiento final de la Comisión también es del Consejo Europeo.

12. La moción de censura exige una doble mayoría: dos tercios de los votos emitidos que representen, además, la mayoría de los diputados que componen el Parlamento. Y no puede votarse hasta pasados tres días.

13. El Tratado dice dos tercios de los Estados miembros, pero la Decisión 2013/272/UE fijó un comisario por Estado. Las dos afirmaciones pueden aparecer en un enunciado y hay que distinguir lo escrito de lo vigente.

14. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea es la institución; el Tribunal de Justicia es uno de sus órganos, junto al Tribunal General y a los tribunales especializados.

15. La cuestión prejudicial es facultativa con carácter general y obligatoria cuando la decisión del órgano nacional no admite ulterior recurso judicial de Derecho interno. Ese es el criterio, no la importancia del asunto.

16. La política monetaria es competencia exclusiva solo respecto de los Estados cuya moneda es el euro, y la pesca aparece partida: la conservación de los recursos biológicos marinos es exclusiva y el resto de la pesca es compartido.

17. Las competencias compartidas son la categoría residual, no una lista cerrada: lo es todo lo que no está en el artículo 3 ni en el artículo 6.

18. En las competencias de apoyo la Unión no puede armonizar las disposiciones legales y reglamentarias de los Estados miembros. El artículo 2.5 lo prohíbe expresamente.

19. A los miembros del Tribunal de Cuentas los nombra el Consejo previa consulta al Parlamento, mientras que a los jueces del Tribunal de Justicia los designan de común acuerdo los Gobiernos de los Estados miembros. Ambos duran seis años, pero el órgano que nombra es distinto.

20. El Tribunal de Cuentas de la Unión no juzga: fiscaliza. No debe confundirse con el Tribunal de Cuentas español del artículo 136 de la Constitución, que sí tiene función jurisdiccional contable.


8. Reglas mnemotécnicas

Para las siete instituciones, en el orden del artículo 13: un Parlamento, dos Consejos, una Comisión, un Tribunal de Justicia, un Banco y un Tribunal de Cuentas.

Para no confundir los dos Consejos: el Europeo lo forman los jefes y no legisla; el otro lo forman los ministros y sí legisla.

Para la mayoría cualificada: cincuenta y cinco de Estados, sesenta y cinco de población, quince países mínimo y cuatro para bloquear; setenta y dos si la propuesta no viene de la Comisión.

Para el Parlamento: setecientos cincuenta más uno, seis el mínimo, noventa y seis el máximo, cinco años de mandato.

Para los mandatos, de menor a mayor: dos años y medio el Presidente del Consejo Europeo; tres los Presidentes del Tribunal de Justicia y del Tribunal de Cuentas; cinco la Comisión, el Parlamento y los comités consultivos; seis los jueces y los miembros del Tribunal de Cuentas.

Para las competencias exclusivas, cinco palabras en orden: aduanas, competencia, euro, mar, comercio.

Para las de apoyo, siete: salud, industria, cultura, turismo, educación, protección civil, cooperación administrativa. Todo lo demás que la Unión tenga atribuido es compartido.

Para el artículo 288: el reglamento se aplica solo, la directiva pide ayuda al Estado, la decisión apunta a alguien y las dos últimas no obligan.

Para el reparto con otros temas: aquí la Unión Europea; en el 23 las comisiones rogatorias; en el 10 la protección de datos.


9. Aplicación práctica

Caso 1. Un ciudadano pregunta en el registro qué ley española desarrolla un reglamento de la Unión del que ha oído hablar.

Puede que no haya ninguna, y esa es la respuesta correcta. El artículo 288 define el reglamento como obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable: se aplica sin necesidad de norma española que lo reproduzca, y la que exista será complementaria, no sustitutiva. Con una directiva la respuesta es la contraria.

Caso 2. Llega un escrito dirigido «al Consejo de Europa» quejándose de la actuación de una institución de la Unión.

Hay que deshacer la confusión antes de orientar, porque el Consejo de Europa no forma parte de la Unión. Para denunciar mala administración de una institución de la Unión, la vía es el Defensor del Pueblo Europeo del artículo 228, con exclusión del Tribunal de Justicia en funciones jurisdiccionales. Para dirigirse al Parlamento sobre un asunto que le afecte directamente, el derecho de petición del artículo 227. Y si la queja se refiere a una Administración española, el Defensor del Pueblo del artículo 54 de la Constitución.

Caso 3. Un compañero sostiene que la Comisión tiene tantos comisarios como dos tercios de Estados miembros, porque lo ha leído en el Tratado.

Ha leído bien y la conclusión es incorrecta. El artículo 17.5 fija los dos tercios, pero termina con la salvedad de que el Consejo Europeo puede decidir por unanimidad modificar dicho número, y lo decidió: la Decisión 2013/272/UE dispone que la Comisión estará compuesta por un número de miembros igual al número de Estados miembros. La regla vigente es un comisario por Estado, y el Tratado sigue diciendo lo que dice.

Caso 4. El juez duda sobre cómo interpretar una directiva y las partes discrepan sobre si debe preguntar al Tribunal de Justicia.

El artículo 267 distingue dos situaciones y solo dos. Si contra la decisión cabe ulterior recurso judicial interno, el órgano puede plantear la cuestión prejudicial si estima necesaria una decisión al respecto para emitir su fallo. Si no cabe, está obligado a plantearla. Las sentencias 232/2015 y 37/2019 delimitan las dos formas de equivocarse: resolver desconociendo la doctrina ya fijada por el Tribunal de Justicia, e inaplicar la norma nacional sin preguntar cuando no concurren los requisitos del acto aclarado. Si en el asunto hay una persona privada de libertad, el Tribunal de Justicia se pronuncia con la mayor brevedad.

Caso 5. Se recibe para ejecución un acto de la Comisión que impone una multa a una empresa domiciliada en el partido judicial.

El artículo 299 resuelve el caso: es título ejecutivo, la ejecución forzosa se rige por las normas de procedimiento civil españolas y la autoridad nacional designada se limita a comprobar la autenticidad del título. Solo el Tribunal de Justicia puede suspender la ejecución forzosa; el control de la conformidad a Derecho de las medidas concretas corresponde a los tribunales españoles.


10. Preguntas de test con respuesta explicada

Las cincuenta preguntas siguientes son de redacción propia de TestMiOpo. No reproducen el enunciado ni las opciones de ningún cuestionario oficial ni de ningún banco ajeno.

1. El artículo 13 del Tratado de la Unión Europea enumera:

a) Cinco instituciones.

b) Seis instituciones.

c) Siete instituciones.

d) Cuatro instituciones y tres órganos.

Respuesta: c). Parlamento Europeo, Consejo Europeo, Consejo, Comisión, Tribunal de Justicia de la UE, Banco Central Europeo y Tribunal de Cuentas.

2. El Comité Económico y Social y el Comité de las Regiones:

a) Son instituciones de la Unión.

b) Ejercen funciones consultivas y asisten al Parlamento, al Consejo y a la Comisión.

c) Sustituyen al Consejo en materia social.

d) Aprueban el presupuesto.

Respuesta: b). Artículos 13.4 del Tratado de la Unión Europea y 300 del de Funcionamiento. No son instituciones.

3. El número de miembros del Comité Económico y Social:

a) No excederá de 250.

b) No excederá de 350.

c) Es igual al de diputados.

d) Lo fija cada Estado.

Respuesta: b). Artículo 301 del Tratado de Funcionamiento. Su mandato es de cinco años, renovable.

4. La delimitación de las competencias de la Unión se rige por el principio de:

a) Subsidiariedad.

b) Proporcionalidad.

c) Atribución.

d) Cooperación leal.

Respuesta: c). El ejercicio se rige por los de subsidiariedad y proporcionalidad, artículo 5 del Tratado de la Unión Europea.

5. Toda competencia no atribuida a la Unión en los Tratados:

a) Corresponde a los Estados miembros.

b) Corresponde a la Comisión.

c) Se entiende compartida.

d) Se ejerce por el Consejo Europeo.

Respuesta: a). Artículo 5.2 del Tratado de la Unión Europea.

6. Del respeto del principio de subsidiariedad velan, conforme al artículo 5.3:

a) Los Parlamentos nacionales.

b) El Tribunal de Cuentas.

c) El Comité de las Regiones en exclusiva.

d) El Consejo Europeo.

Respuesta: a). Con arreglo al procedimiento del Protocolo sobre subsidiariedad y proporcionalidad.

7. No es competencia exclusiva de la Unión:

a) La unión aduanera.

b) La política comercial común.

c) El medio ambiente.

d) La conservación de los recursos biológicos marinos.

Respuesta: c). El medio ambiente es competencia compartida, artículo 4.2 del Tratado de Funcionamiento.

8. La política monetaria es competencia exclusiva de la Unión:

a) Respecto de los veintisiete Estados miembros.

b) Respecto de los Estados miembros cuya moneda es el euro.

c) Solo durante los períodos de crisis.

d) Nunca: es compartida.

Respuesta: b). Artículo 3.1.c) del Tratado de Funcionamiento.

9. En las competencias compartidas, los Estados miembros ejercen la suya:

a) Siempre y sin límite.

b) En la medida en que la Unión no haya ejercido la suya.

c) Solo con autorización de la Comisión.

d) Nunca.

Respuesta: b). Artículo 2.2 del Tratado de Funcionamiento. Vuelven a ejercerla si la Unión deja de ejercer la suya.

10. El espacio de libertad, seguridad y justicia es competencia:

a) Exclusiva.

b) Compartida.

c) De apoyo.

d) De los Estados en exclusiva.

Respuesta: b). Artículo 4.2.j) del Tratado de Funcionamiento.

11. En los ámbitos de apoyo, coordinación o complemento, los actos de la Unión:

a) Pueden armonizar las disposiciones nacionales.

b) No pueden conllevar armonización alguna de las disposiciones legales y reglamentarias nacionales.

c) Sustituyen a la competencia estatal.

d) Requieren unanimidad del Parlamento.

Respuesta: b). Artículo 2.5 del Tratado de Funcionamiento.

12. No figura entre los ámbitos del artículo 6 del Tratado de Funcionamiento:

a) El turismo.

b) La protección civil.

c) La cooperación administrativa.

d) Los transportes.

Respuesta: d). Los transportes son competencia compartida.

13. La cláusula de flexibilidad del artículo 352 exige que el Consejo se pronuncie:

a) Por mayoría cualificada.

b) Por mayoría simple.

c) Por unanimidad, a propuesta de la Comisión y previa aprobación del Parlamento.

d) Por unanimidad, sin intervención del Parlamento.

Respuesta: c). No puede servir para objetivos de política exterior y de seguridad común.

14. La adhesión de un nuevo Estado se decide por:

a) El Consejo, por unanimidad, previa consulta a la Comisión y aprobación del Parlamento.

b) El Consejo Europeo, por consenso.

c) La Comisión, por mayoría de sus miembros.

d) El Parlamento, por dos tercios.

Respuesta: a). Artículo 49 del Tratado de la Unión Europea. El Parlamento aprueba por mayoría de los miembros que lo componen.

15. Notificada la retirada de un Estado, los Tratados dejan de aplicarle:

a) De forma inmediata.

b) Al año.

c) Al entrar en vigor el acuerdo de retirada o, en su defecto, a los dos años, salvo prórroga por unanimidad.

d) A los cinco años en todo caso.

Respuesta: c). Artículo 50.3 del Tratado de la Unión Europea.

16. La ley orgánica que autorizó la adhesión de España fue:

a) La Ley Orgánica 10/1985, de 2 de agosto.

b) La Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio.

c) La Ley Orgánica 2/1979.

d) La Ley 30/1992.

Respuesta: a). BOE-A-1985-16659, por la vía del artículo 93 de la Constitución.

17. El número de diputados al Parlamento Europeo:

a) Es ilimitado.

b) No excederá de 750, más el Presidente.

c) Es de 700 exactos.

d) Lo fija cada Estado libremente.

Respuesta: b). Artículo 14.2 del Tratado de la Unión Europea.

18. El mínimo y el máximo de escaños por Estado miembro son:

a) Cuatro y cien.

b) Seis y noventa y seis.

c) Cinco y noventa.

d) Diez y ochenta.

Respuesta: b). Con representación decrecientemente proporcional.

19. Para la legislatura 2024 a 2029, el total de escaños y los de España son:

a) 705 y 59.

b) 720 y 61.

c) 751 y 54.

d) 750 y 60.

Respuesta: b). Decisión (UE) 2023/2061 del Consejo Europeo, de 22 de septiembre de 2023.

20. La composición del Parlamento Europeo la fija:

a) El propio Parlamento, por mayoría simple.

b) El Consejo Europeo, por unanimidad, a iniciativa del Parlamento y con su aprobación.

c) La Comisión.

d) El Consejo, por mayoría cualificada.

Respuesta: b). Artículo 14.2, párrafo segundo.

21. Salvo disposición en contrario de los Tratados, el Parlamento Europeo decide:

a) Por mayoría de los miembros que lo componen.

b) Por mayoría de los votos emitidos.

c) Por dos tercios.

d) Por consenso.

Respuesta: b). Artículo 231 del Tratado de Funcionamiento.

22. El Parlamento Europeo puede constituir una comisión temporal de investigación a petición de:

a) Un diputado.

b) La cuarta parte de los miembros que lo componen.

c) La mayoría absoluta.

d) Un grupo político.

Respuesta: b). Artículo 226. Se extingue con la presentación de su informe.

23. El Parlamento Europeo se reúne sin necesidad de previa convocatoria:

a) El primer lunes de enero.

b) El segundo martes de marzo.

c) El primer día hábil de septiembre.

d) No existe esa previsión.

Respuesta: b). Artículo 229 del Tratado de Funcionamiento.

24. El Defensor del Pueblo Europeo es elegido por:

a) El Consejo Europeo.

b) El Parlamento Europeo, tras cada elección y para toda la legislatura.

c) La Comisión.

d) El Tribunal de Justicia.

Respuesta: b). Su mandato es renovable, artículo 228.

25. Comprobado un caso de mala administración, la institución afectada dispone de:

a) Un mes.

b) Tres meses.

c) Seis meses.

d) Un año.

Respuesta: b). Plazo para exponer su posición al Defensor del Pueblo Europeo.

26. La moción de censura contra la Comisión se aprueba:

a) Por mayoría simple.

b) Por dos tercios de los votos emitidos que representen, además, la mayoría de los diputados que componen el Parlamento.

c) Por tres quintos de los diputados.

d) Por unanimidad.

Respuesta: b). Artículo 234. No puede votarse hasta transcurridos tres días y la votación es pública.

27. Conforme al artículo 15.1, el Consejo Europeo:

a) Aprueba reglamentos y directivas.

b) Da los impulsos necesarios y define orientaciones y prioridades políticas generales, sin ejercer función legislativa alguna.

c) Ejecuta el presupuesto.

d) Nombra a los jueces del Tribunal de Justicia.

Respuesta: b).

28. El Consejo Europeo está compuesto por:

a) Los ministros del ramo de cada Estado.

b) Los Jefes de Estado o de Gobierno, su Presidente y el Presidente de la Comisión.

c) Solo los Jefes de Estado o de Gobierno.

d) Los Representantes Permanentes.

Respuesta: b). El Alto Representante participa en sus trabajos, pero no es miembro.

29. El Consejo Europeo se reúne con carácter ordinario:

a) Una vez al año.

b) Dos veces por semestre.

c) Una vez al mes.

d) Cada dos años.

Respuesta: b). Artículo 15.3.

30. Con carácter general, el Consejo Europeo se pronuncia:

a) Por mayoría simple.

b) Por consenso, salvo que los Tratados dispongan otra cosa.

c) Por dos tercios.

d) Por unanimidad en todo caso.

Respuesta: b). Artículo 15.4. Decide por mayoría simple en cuestiones de procedimiento.

31. El mandato del Presidente del Consejo Europeo es de:

a) Cinco años.

b) Dos años y medio, renovable una sola vez.

c) Seis años.

d) Cuatro años renovables indefinidamente.

Respuesta: b). Artículo 15.5. No puede ejercer mandato nacional alguno.

32. En las votaciones del Consejo Europeo no participan:

a) Los Jefes de Gobierno de los Estados pequeños.

b) El Presidente del Consejo Europeo y el Presidente de la Comisión.

c) Los ministros acompañantes solamente.

d) Todos participan.

Respuesta: b). Artículo 235.1 del Tratado de Funcionamiento.

33. El Consejo está compuesto por:

a) Un representante de cada Estado miembro de rango ministerial con derecho de voto.

b) Los Jefes de Gobierno.

c) Diputados elegidos por sufragio universal.

d) Funcionarios de la Comisión.

Respuesta: a). Artículo 16.2 del Tratado de la Unión Europea.

34. Desde el 1 de noviembre de 2014, la mayoría cualificada en el Consejo se define como:

a) 50 por ciento de miembros y 50 de población.

b) 55 por ciento de los miembros, al menos quince, y 65 por ciento de población.

c) 72 por ciento en todo caso.

d) Dos tercios de los miembros.

Respuesta: b). Artículo 16.4.

35. La minoría de bloqueo en el Consejo está compuesta por:

a) Dos miembros.

b) Al menos cuatro miembros del Consejo.

c) Un tercio de los miembros.

d) Diez miembros.

Respuesta: b). A falta de ese número, la mayoría cualificada se considera alcanzada.

36. Cuando el Consejo no actúa a propuesta de la Comisión o del Alto Representante, la mayoría cualificada exige:

a) El 55 por ciento de los miembros.

b) Un mínimo del 72 por ciento de los miembros que represente al menos el 65 por ciento de la población.

c) La unanimidad.

d) Dos tercios de la población.

Respuesta: b). Artículo 238.2 del Tratado de Funcionamiento.

37. La mayoría simple en el Consejo se alcanza con:

a) La mayoría de los votos emitidos.

b) La mayoría de los miembros que lo componen.

c) Quince Estados.

d) El 55 por ciento de la población.

Respuesta: b). Artículo 238.1 del Tratado de Funcionamiento.

38. El Consejo se reúne en público:

a) Siempre.

b) Cuando delibera y vota sobre un proyecto de acto legislativo.

c) Nunca.

d) Solo en la formación de Asuntos Exteriores.

Respuesta: b). Artículo 16.8. Cada sesión se divide en dos partes.

39. La presidencia de las formaciones del Consejo se ejerce por rotación igual, con excepción de:

a) Asuntos Generales.

b) Asuntos Exteriores.

c) Agricultura y Pesca.

d) Justicia e Interior.

Respuesta: b). La preside el Alto Representante.

40. Los trabajos del Consejo los prepara:

a) La Secretaría General de la Comisión.

b) El Comité de Representantes Permanentes.

c) El Consejo Europeo.

d) El Tribunal de Cuentas.

Respuesta: b). Artículos 16.7 del Tratado de la Unión Europea y 240 del de Funcionamiento.

41. Conforme al artículo 17.2 del Tratado de la Unión Europea:

a) Cualquier institución puede iniciar el procedimiento legislativo.

b) Los actos legislativos solo pueden adoptarse a propuesta de la Comisión, salvo que los Tratados dispongan otra cosa.

c) La iniciativa corresponde al Consejo Europeo.

d) La iniciativa corresponde a los Parlamentos nacionales.

Respuesta: b).

42. El número de miembros de la Comisión vigente en la actualidad es:

a) Dos tercios del número de Estados miembros.

b) Igual al número de Estados miembros, por la Decisión 2013/272/UE.

c) Veinte, fijado por el Tratado.

d) Lo decide el Parlamento cada legislatura.

Respuesta: b). El artículo 17.5 fija los dos tercios salvo decisión unánime en contra, que se adoptó.

43. El candidato a Presidente de la Comisión:

a) Lo propone el Parlamento y lo elige el Consejo.

b) Lo propone el Consejo Europeo por mayoría cualificada y lo elige el Parlamento por mayoría de sus miembros.

c) Lo designa el Consejo por unanimidad.

d) Lo nombra el Consejo Europeo sin intervención del Parlamento.

Respuesta: b). Artículo 17.7.

44. Los acuerdos de la Comisión se adoptan:

a) Por unanimidad.

b) Por mayoría de sus miembros.

c) Por mayoría de dos tercios.

d) Por decisión de su Presidente.

Respuesta: b). Artículo 250 del Tratado de Funcionamiento; su reglamento interno fija el quórum.

45. El Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad:

a) Lo nombra el Parlamento.

b) Lo nombra el Consejo Europeo por mayoría cualificada con la aprobación del Presidente de la Comisión, preside el Consejo de Asuntos Exteriores y es Vicepresidente de la Comisión.

c) Preside el Consejo Europeo.

d) Es juez del Tribunal de Justicia.

Respuesta: b). Artículo 18 del Tratado de la Unión Europea.

46. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea comprende:

a) Solo el Tribunal de Justicia.

b) El Tribunal de Justicia, el Tribunal General y los tribunales especializados.

c) El Tribunal de Justicia y el Tribunal de Cuentas.

d) El Tribunal General y los tribunales constitucionales nacionales.

Respuesta: b). Artículo 19.1.

47. El plazo para interponer el recurso de anulación del artículo 263 es de:

a) Un mes.

b) Dos meses.

c) Tres meses.

d) Seis meses.

Respuesta: b). Los motivos son incompetencia, vicios sustanciales de forma, violación de los Tratados o de norma relativa a su ejecución y desviación de poder.

48. La cuestión prejudicial del artículo 267 es obligatoria:

a) Siempre.

b) Cuando las decisiones del órgano nacional no son susceptibles de ulterior recurso judicial de Derecho interno.

c) Cuando lo pide una parte.

d) Solo en el orden penal.

Respuesta: b). Con carácter general es facultativa.

49. El Tribunal de Cuentas está compuesto por:

a) Un nacional de cada Estado miembro.

b) Quince miembros.

c) Dos nacionales por Estado miembro.

d) El número que fije el Consejo cada año.

Respuesta: a). Artículo 285 del Tratado de Funcionamiento. Ejercen sus funciones con plena independencia.

50. Los miembros del Tribunal de Cuentas son nombrados:

a) Por el Parlamento Europeo, por cinco años.

b) Por el Consejo, previa consulta al Parlamento Europeo, por seis años renovables.

c) De común acuerdo por los Gobiernos, por seis años.

d) Por el Consejo Europeo, por unanimidad.

Respuesta: b). Artículo 286.2. Eligen a su Presidente de entre ellos por tres años, renovable.


11. Preguntas de estilo examen redactadas por TestMiOpo

Cinco preguntas de mayor dificultad, con enunciado largo y opciones próximas entre sí, que es como se construyen las que deciden el ejercicio.

1. Un enunciado afirma que el Consejo Europeo adoptó un reglamento por mayoría cualificada, con el voto favorable de su Presidente y del Presidente de la Comisión. ¿Cuántos errores contiene?

a) Ninguno.

b) Uno: el Consejo Europeo no legisla.

c) Dos: no ejerce función legislativa alguna y, además, su Presidente y el Presidente de la Comisión no participan en las votaciones.

d) Tres: los anteriores y el hecho de que nunca use la mayoría cualificada.

Respuesta: c). Artículos 15.1 del Tratado de la Unión Europea y 235.1 del de Funcionamiento. La mayoría cualificada sí la usa, por ejemplo para elegir a su Presidente.

2. El Consejo va a adoptar un acto en una materia en la que no actúa a propuesta de la Comisión ni del Alto Representante. Se alcanzan el 60 por ciento de los miembros y el 70 por ciento de la población. El acto:

a) Se adopta, porque supera el 55 y el 65 por ciento.

b) No se adopta, porque el umbral de miembros exigible es del 72 por ciento.

c) Se adopta, porque basta la mayoría simple.

d) No se adopta, porque falta la unanimidad.

Respuesta: b). Artículo 238.2 del Tratado de Funcionamiento: 72 por ciento de miembros y 65 por ciento de población.

3. Un órgano judicial español cuya decisión no admite ulterior recurso interno duda sobre la validez de un reglamento de la Unión y decide inaplicarlo sin consultar al Tribunal de Justicia. Conforme a la doctrina constitucional española, esa actuación:

a) Es correcta, por el principio de primacía.

b) Vulnera el derecho a un proceso con todas las garantías, en la línea de la STC 37/2019.

c) Es indiferente desde el punto de vista constitucional.

d) Solo sería incorrecta si se tratase de una directiva.

Respuesta: b). El artículo 267 impone plantear la cuestión, y la STC 37/2019 (BOE-A-2019-6193) apreció vulneración del artículo 24.2 en un supuesto de inaplicación sin cuestión prejudicial.

4. Señale la afirmación correcta sobre la categoría de las competencias:

a) La agricultura y la pesca son íntegramente competencia exclusiva.

b) El medio ambiente es competencia de apoyo.

c) La conservación de los recursos biológicos marinos es exclusiva y el resto de la pesca, compartida.

d) La cooperación administrativa es competencia compartida.

Respuesta: c). Artículos 3.1.d) y 4.2.d) del Tratado de Funcionamiento. La cooperación administrativa es de apoyo, artículo 6.g).

5. Se afirma que un acto legislativo de la Unión, publicado en el Diario Oficial sin indicar fecha de entrada en vigor, produce efectos desde el día siguiente al de su publicación. La afirmación:

a) Es correcta.

b) Es incorrecta: entra en vigor a los veinte días de su publicación.

c) Es incorrecta: entra en vigor a los tres meses.

d) Es correcta solo para los reglamentos.

Respuesta: b). Artículo 297.1 del Tratado de Funcionamiento.


12. Fuentes oficiales citadas

Los Tratados se han leído en sus versiones consolidadas del «Diario Oficial de la Unión Europea», serie C 202, de 7 de junio de 2016, descargadas de EUR-Lex y volcadas a texto antes de escribir. Las normas españolas se han leído en el «Boletín Oficial del Estado»: el enlace se construye añadiendo el identificador a https://www.boe.es/buscar/act.php?id=, y la ley de la adhesión está en https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1985-16659.

Norma o resoluciónIdentificador o referenciaUso en el tema
Tratado de la Unión Europea, versión consolidadaDOUE C 202, 7-6-2016, CELEX 12016M/TXTarts. 2, 5, 6, 13 a 19, 49 y 50
Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, versión consolidadaDOUE C 202, 7-6-2016, CELEX 12016E/TXTarts. 2 a 6, 225 a 240, 245 a 257, 258 a 267, 285 a 291, 297 a 302 y 352
Constitución EspañolaBOE-A-1978-31229art. 93, con referencia a los arts. 94 a 96 y 136
Ley Orgánica 10/1985, de 2 de agostoBOE-A-1985-16659autorización de la adhesión de España
Ley Orgánica 6/1985, del Poder JudicialBOE-A-1985-12666encuadre del órgano judicial nacional
Orden PJC/1549/2025, de 22 de diciembreBOE-A-2025-27053programa oficial, Anexo VI.c)
Decisión (UE) 2023/2061 del Consejo EuropeoCELEX 32023D2061composición del Parlamento 2024 a 2029 y relación de los 27 Estados
Decisión 2013/272/UE del Consejo EuropeoCELEX 32013D0272número de miembros de la Comisión
Decisión 2013/336/UE del ConsejoCELEX 32013D0336número de abogados generales
Reglamento (UE, Euratom) 2015/2422CELEX 32015R2422dos jueces por Estado en el Tribunal General desde el 1-9-2019
Reglamento (UE, Euratom) 2024/2019CELEX 32024R2019traslado al Tribunal General de determinadas cuestiones prejudiciales
STC 145/2012, de 2 de julioBOE-A-2012-10258obligación de inaplicar la norma nacional incompatible
STC 232/2015, de 5 de noviembreBOE-A-2015-13479prescindir de la doctrina del TJUE sin motivar
STC 37/2019, de 26 de marzoBOE-A-2019-6193inaplicación sin cuestión prejudicial
STC 26/2014, de 13 de febreroBOE-A-2014-2650caso Melloni, única cuestión prejudicial planteada por el TC

13. Control de calidad de este tema

ComprobaciónEstado
Cobertura del enunciado oficialCompleta. Unión Europea, competencias, y las seis instituciones nombradas, más el Banco Central Europeo y los órganos consultivos que el art. 13 añade
Preceptos leídos del texto consolidado antes de escribirSí. Descarga directa de EUR-Lex para los Tratados y del BOE para las normas españolas, sin usar resúmenes automáticos
Sentencias comprobadas una a una4 de 4, con su identificador del BOE y su título verificado
Preguntas de test50, que es el mínimo del nivel B, más 5 de estilo examen
Trampas de examen20, sobre un mínimo de 12
Rayas y semirrayasNinguna. Solo guion ASCII
Reproducción de preguntas oficialesNinguna. Solo estadística agregada
Material de editoriales ajenasNinguno

Lo verificado, precepto a precepto. Los artículos 2, 5, 6, 13 a 19, 49 y 50 del Tratado de la Unión Europea, y los artículos 2 a 6, 225 a 229, 231, 234 a 236, 238, 240, 248 a 267, 285 a 292, 297, 299, 300 a 302 y 352 del de Funcionamiento, leídos íntegros en el volcado de las versiones consolidadas. Los cuatro números que el examen manipula se han contrastado con su norma de desarrollo: los 720 escaños y los 61 de España en la Decisión (UE) 2023/2061; el comisario por Estado en la Decisión 2013/272/UE; los once abogados generales en la Decisión 2013/336/UE; y los dos jueces por Estado del Tribunal General en el Reglamento (UE, Euratom) 2015/2422. Los títulos de las cuatro sentencias se han leído en el BOE.

Lo no verificado, declarado. Tres extremos, ninguno de los cuales afecta a un número que el examen pregunte con esas palabras. Primero: el número de miembros hoy en vigor del Comité Económico y Social y del Comité de las Regiones no se ha contrastado con las decisiones de composición del Consejo; el tema solo afirma el techo de trescientos cincuenta del artículo 301, que sí se ha leído. Segundo: del Reglamento (UE, Euratom) 2024/2019 se ha manejado el objeto y las seis materias transferidas, sin cotejar artículo por artículo el texto resultante del Estatuto. Tercero: la afirmación de que España presidió el Consejo de julio a diciembre de 2023 procede del calendario de la Decisión (UE) 2016/1316, no descargada aquí. Los tres se cierran en la próxima revisión leyendo esas tres fuentes.

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70 preguntas de Unión Europea, con la solución explicada. Leer el tema y no medirse es la forma más común de creer que uno se lo sabe.

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Las preguntas son de práctica y orientación. No garantizamos que aparezcan en el examen oficial.