Tema II.1 · Nivel C
Atención al público. Los servicios de información administrativa. Iniciativas, reclamaciones, quejas y peticiones
«Atención al público. Atención de personas con discapacidad. Los servicios de información administrativa. Información general y particular al ciudadano. Iniciativas. Reclamaciones. Quejas. Peticiones.»
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24 min de narración. Es el desarrollo del tema, sin las preguntas de test.
Tema II.1. Atención al público. Los servicios de información administrativa. Iniciativas, reclamaciones, quejas y peticiones
Bloque II. Actividad administrativa y atención al ciudadano. Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado (C1).
Enunciado oficial (Anexo III, BOE-A-2025-26262): «Atención al público. Atención de personas con discapacidad. Los servicios de información administrativa. Información general y particular al ciudadano. Iniciativas. Reclamaciones. Quejas. Peticiones.»
| Autoría | Equipo de contenidos TestMiOpo |
|---|---|
| Revisión jurídica | Pendiente de revisor colegiado |
| Última revisión | 2 de septiembre de 2026 |
| Norma de referencia | Real Decreto 208/1996, de servicios de información administrativa y atención al ciudadano (BOE-A-1996-4997). Real Decreto 951/2005, marco general de mejora de la calidad en la AGE (BOE-A-2005-14836). Ley Orgánica 4/2001, del Derecho de Petición (BOE-A-2001-21090). Ley 39/2015 (BOE-A-2015-10565). RD Legislativo 1/2013 (BOE-A-2013-12632) y RD 366/2007 (BOE-A-2007-6239) |
| Convocatoria de referencia | Resolución de 18 de diciembre de 2025 (BOE-A-2025-26262) |
1. Mapa del tema
EL CIUDADANO ANTE LA VENTANILLA
│
├── ATENCIÓN AL PÚBLICO
│ ├── Acogida, orientación y asistencia (Ley 39/2015, arts. 12-13)
│ └── Personas con discapacidad: accesibilidad universal
│ (TRLGDPD 1/2013 y RD 366/2007)
│
├── INFORMACIÓN ADMINISTRATIVA (RD 208/1996)
│ ├── GENERAL: para todos, sin acreditar interés
│ ├── PARTICULAR: estado de procedimientos en tramitación,
│ │ solo interesados
│ └── Oficinas y comisiones de información administrativa
│
├── LA VOZ DEL USUARIO (RD 951/2005)
│ ├── Quejas y sugerencias: contestación en 20 días hábiles
│ ├── NO son recurso ni interrumpen plazos
│ └── Cartas de servicios y calidad
│
└── EL DERECHO DE PETICIÓN (art. 29 CE y LO 4/2001)
├── Toda persona, sobre cualquier materia no reglada
├── Inadmisión motivada en 45 días hábiles
└── Contestación en 3 meses
2. Introducción y enfoque de estudio
Este es el tema del mostrador, y para el Cuerpo Administrativo es casi una descripción del puesto: acoger, informar, orientar, recoger la queja y encauzar la petición. Sus normas son pocas y viejas conocidas del temario del C2, pero el C1 las pregunta con más finura: no basta saber que existen quejas y peticiones; hay que distinguirlas entre sí y de los recursos, con sus plazos exactos.
Lo que se pregunta. La pareja información general / información particular con su diferencia de acceso; la naturaleza de las quejas del RD 951/2005 (no son recursos, no interrumpen plazos, se contestan en 20 días hábiles); el derecho de petición con sus dos relojes (45 días para inadmitir, 3 meses para contestar); y la atención a las personas con discapacidad como principio transversal de accesibilidad universal. El clásico del test es el cruce: te dan un escrito de un ciudadano y hay que calificarlo (¿queja, petición, recurso, solicitud de información?), porque de la etiqueta depende el régimen entero.
El dato de la serie que ordena el esfuerzo: trece preguntas de test y solo cuatro de supuesto en ocho exámenes. Es un tema de memoria fina, no de tramitación: se prepara con las cifras en tarjetas (20-10, 10-15-45-3) y los deslindes en pares, porque el test premia la etiqueta exacta y castiga la sinonimia.
El consejo de estudio. Cuatro fichas, una por figura (información, queja, petición, recurso), cada una con su norma, su plazo y su efecto. El tema se domina en dos tardes y rinde 1,79 puntos con la mejor relación esfuerzo-premio del bloque II.
3. Qué se pregunta de este tema
Frecuencia medida sobre los ocho cuestionarios oficiales del C1 analizados en ANALISIS-FRECUENCIA.md (880 preguntas clasificadas, febrero de 2022 a julio de 2026).
| Examen | Test | Supuestos |
|---|---|---|
| 12 de febrero de 2022 | 3 | 1 |
| Marzo de 2022 (extraordinario) | 5 | 2 |
| Septiembre de 2023 | 0 | 0 |
| Octubre de 2023 (extraordinario) | 1 | 0 |
| Diciembre de 2024 | 1 | 0 |
| Febrero de 2025 (extraordinario) | 1 | 0 |
| 23 de mayo de 2026 | 1 | 1 |
| Julio de 2026 (extraordinario) | 1 | 0 |
| Total | 13 | 4 |
Con la regla de puntuación, 1,79 puntos de 100 por ejercicio: el más preguntado del nivel C, con un perfil marcado de test (13 de sus 17 preguntas) y picos en los exámenes de 2022. El reparto interno es inferencia declarada: quejas y sugerencias con sus plazos, muy alto; información general frente a particular, alto; derecho de petición, alto; discapacidad y accesibilidad, medio y creciente en los últimos ejercicios.
4. Desarrollo
4.1. La atención al público: acogida, orientación y asistencia
La atención al público es la función administrativa de recibir, orientar y asistir al ciudadano en sus relaciones con la Administración. Su marco legal moderno está en la Ley 39/2015: el derecho de las personas a ser asistidas en el uso de medios electrónicos (artículo 12), la asistencia en la identificación y firma para quienes no están obligados a relacionarse electrónicamente (con la figura del funcionario habilitado que identifica y firma por el ciudadano que lo consiente expresamente), y el catálogo de derechos del artículo 13: a comunicarse a través del Punto de Acceso General, a ser asistidos, a utilizar las lenguas oficiales, al acceso a la información pública, a ser tratados con respeto y a exigir responsabilidades. El detalle orgánico de la función sigue viviendo en el Real Decreto 208/1996 (BOE-A-1996-4997), que organiza las oficinas de información y atención al ciudadano y distingue las funciones de recepción y acogida (recibir y orientar), información, gestión (recepción de documentos y trámites inmediatos) y recepción de las iniciativas, quejas y sugerencias.
La atención presencial, telefónica y electrónica son hoy canales de una misma función, con la oficina de asistencia en materia de registros de la Ley 39/2015 como heredera de la ventanilla clásica: registra, digitaliza, expide copias auténticas, asiste en la presentación y practica notificaciones por comparecencia. El test pregunta esta transformación con la trampa del nombre viejo: el «registro presencial» ya no es un lugar donde se sella, sino una oficina donde se asiste y digitaliza.
4.2. La atención de las personas con discapacidad
El principio rector es la accesibilidad universal y el diseño para todas las personas, consagrado en el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad (Real Decreto Legislativo 1/2013, BOE-A-2013-12632): igualdad de oportunidades, no discriminación, ajustes razonables cuando el diseño universal no baste, y accesibilidad de entornos, bienes y servicios como condición previa para el ejercicio de los demás derechos. Su traducción administrativa concreta es el Real Decreto 366/2007 (BOE-A-2007-6239), que fija las condiciones de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad en sus relaciones con la Administración General del Estado: accesibilidad de las oficinas (ubicación, itinerarios, señalización, mobiliario de atención con altura adecuada), de los impresos y documentos (lectura fácil, formatos accesibles), de la atención (personal formado, flexibilidad en turnos, permisibilidad del perro de asistencia y del acompañante) y de los medios telefónicos y telemáticos. La Ley 39/2015 remacha con la asistencia especial y la garantía de que los medios electrónicos sean accesibles; y el test reciente pregunta el vocabulario exacto: «ajustes razonables» (modificaciones que no impongan carga desproporcionada) y «diseño universal» son términos legales, no cortesías.
4.3. Los servicios de información administrativa: general y particular
El RD 208/1996 construye la distinción que más veces ha caído de este tema. La información general es la relativa a la identificación, fines, competencias, estructura, funcionamiento y localización de organismos y unidades; a los requisitos de proyectos, actuaciones o solicitudes; a la tramitación de procedimientos en abstracto; y a los servicios públicos y demás datos de interés general. Se facilita a todos, sin exigir acreditación de legitimación alguna, y debe ofrecerse de forma clara y, cuando sea conveniente, mediante publicaciones, sistemas telefónicos y medios telemáticos. La información particular es la concerniente al estado o contenido de los procedimientos en tramitación y a la identificación de las autoridades y personal bajo cuya responsabilidad se tramiten; solo puede facilitarse a los interesados en el sentido de la ley de procedimiento y a sus representantes, y en ella entra en juego la protección de los datos personales (la costura con el tema II.4). La organización: unidades de información en los departamentos, la red de oficinas de información y atención al ciudadano, y la coordinación por las Comisiones Ministeriales y la Comisión Interministerial de Información Administrativa.
La evolución digital de la función culmina en el Punto de Acceso General (administracion.gob.es) del tema II.3, sede de la información general electrónica; pero la pareja general/particular sigue siendo del RD 208/1996 y se pregunta con sus palabras.
4.4. Iniciativas, reclamaciones y quejas: la voz del usuario
El enunciado conserva la terminología clásica del RD 208/1996 (iniciativas, reclamaciones, quejas), pero su régimen vigente está en el Real Decreto 951/2005 (BOE-A-2005-14836), cuyo programa de quejas y sugerencias absorbió expresamente el capítulo del RD 208/1996. Las reglas de examen:
Qué son. Las quejas manifiestan insatisfacción con el funcionamiento de los servicios (tardanzas, desatenciones, deficiencias); las sugerencias (herederas de las «iniciativas») proponen mejoras. Ambas pueden presentarlas los ciudadanos presencialmente, por correo o por medios telemáticos, en las unidades de quejas y sugerencias de cada organismo, y las presenciales se formalizan en el Libro de Quejas y Sugerencias.
Qué efectos tienen, que es la pregunta estrella. Las quejas formuladas no tienen en ningún caso la calificación de recurso administrativo ni su presentación interrumpe los plazos establecidos en la normativa vigente; no condicionan el ejercicio de las restantes acciones o derechos del interesado, y su respuesta no es recurrible. Es la figura de la voz, no la del combate: quien quiere pelear el acto necesita el recurso del tema III.7.
Cómo se tramitan. Recibida la queja o sugerencia, la unidad informa al interesado de las actuaciones realizadas en el plazo de 20 días hábiles; el transcurso del plazo puede suspenderse si debe requerirse al interesado para que en 10 días hábiles formule las aclaraciones necesarias. Si transcurrido el plazo no hay respuesta, el ciudadano puede dirigirse a la Inspección General de Servicios del departamento para conocer los motivos y exigir las oportunas responsabilidades. Las unidades hacen el seguimiento y balance anual, que alimenta los demás programas de calidad del propio RD 951/2005 (cartas de servicios, evaluación, premios: el paisaje del tema II.3 en su vertiente de calidad).
Las «reclamaciones» del enunciado piden un deslinde fino que el test explota: la queja-reclamación del RD 951/2005 (funcionamiento del servicio) no es la reclamación administrativa previa (desaparecida como regla con la Ley 39/2015), ni la reclamación económico-administrativa (tributaria, con sus tribunales propios), ni la reclamación de responsabilidad patrimonial (el procedimiento indemnizatorio del tema III.6). La palabra es la misma; el régimen, cuatro veces distinto.
4.5. El derecho de petición
Cierra el tema el derecho más antiguo y más residual: el derecho de petición del artículo 29 de la Constitución, desarrollado por la Ley Orgánica 4/2001 (BOE-A-2001-21090). Titularidad: toda persona natural o jurídica, con independencia de su nacionalidad, individual o colectivamente; los miembros de las Fuerzas Armadas solo individualmente y con arreglo a su legislación específica. Objeto: cualquier asunto de la competencia del destinatario, por libre determinación del peticionario, con un límite negativo que define la figura: no son objeto del derecho las solicitudes que tengan un procedimiento específico distinto (la petición es el cauce residual: si existe trámite propio, se usa el trámite propio). Forma: escrito, por cualquier medio incluido el electrónico, con identificación del peticionario, destinatario y objeto; la Administración acusa recibo en 10 días.
Los dos relojes que caen en el test. Si el escrito adolece de defectos, se requiere subsanación en 15 días con apercibimiento de desistimiento. La inadmisión ha de ser motivada y declararse en los 45 días hábiles siguientes a la presentación; si trae causa de la existencia de un procedimiento específico, debe indicar expresamente las disposiciones y el cauce procedente; y el silencio juega a favor del ciudadano: no declarada la inadmisión en plazo, la petición se entiende admitida. Admitida la petición, la autoridad debe contestar en 3 meses desde la presentación, y si la estima fundada, atenderla y adoptar las medidas oportunas; puede convocar a los peticionarios en audiencia especial. La garantía jurisdiccional es doble: la vía contencioso-administrativa por el procedimiento especial de protección de derechos fundamentales (tema III.7) y el amparo constitucional, porque el de petición es derecho fundamental de la sección primera.
El deslinde final, que es la pregunta de síntesis: la petición pide lo que no se puede exigir (graciable, residual, sin procedimiento propio); la solicitud de la Ley 39/2015 ejercita un derecho reglado e inicia un procedimiento con obligación de resolver; la queja denuncia el mal funcionamiento sin atacar acto alguno; el recurso ataca un acto; y la denuncia pone en conocimiento hechos ajenos sin convertir en interesado. Cinco etiquetas, cinco regímenes: el supuesto da el escrito y pide la etiqueta.
5. Jurisprudencia esencial
Cuatro sentencias del Tribunal Constitucional comprobadas contra su publicación oficial, verificadas para este manual.
STC 161/1988, de 20 de septiembre (BOE núm. 247, de 14 de octubre de 1988). El derecho a obtener información de los poderes públicos como instrumento de participación: el Tribunal amparó a los diputados de las Cortes de Castilla-La Mancha a quienes la Mesa denegó la solicitud de documentación del Consejo de Gobierno. La doctrina matriz de que quien tiene derecho a la información lo tiene también a los medios para obtenerla.
STC 242/1993, de 14 de julio (BOE núm. 192, de 12 de agosto de 1993). El contenido mínimo del derecho de petición: frente al Parlamento de Canarias, que ni siquiera tramitó la petición de un ciudadano, el Tribunal declaró que el artículo 29 obliga al menos a acusar recibo, tramitar y comunicar lo decidido; no garantiza la obtención de lo pedido, pero sí que la petición no caiga en el vacío.
STC 254/1993, de 20 de julio (BOE núm. 197, de 18 de agosto de 1993). El habeas data original: el ciudadano que pidió al Gobernador Civil y al Ministerio del Interior conocer los datos personales suyos obrantes en ficheros automatizados obtuvo el amparo. La sentencia fundacional del derecho a saber qué sabe de nosotros la Administración, semilla del tema II.4.
STC 292/2000, de 30 de noviembre (BOE núm. 4, de 4 de enero de 2001). La consagración del derecho fundamental autónomo a la protección de datos personales, promovida por el Defensor del Pueblo contra la LOPD de 1999: los poderes de disposición y control sobre los propios datos (consentimiento e información) son su contenido esencial. El marco de toda información particular que la ventanilla facilita.
6. Tabla resumen
| Figura | Norma | Regla de oro | Plazo |
|---|---|---|---|
| Información general | RD 208/1996 | para todos, sin acreditar interés | inmediata o por los canales generales |
| Información particular | RD 208/1996 | estado de procedimientos en tramitación: solo interesados y representantes | la del procedimiento |
| Queja | RD 951/2005 | no es recurso, no interrumpe plazos, su respuesta no es recurrible | contestación en 20 días hábiles; suspensión por aclaraciones de 10 días |
| Sugerencia (iniciativa) | RD 951/2005 | propone mejoras; mismo cauce que la queja | 20 días hábiles |
| Falta de respuesta a la queja | RD 951/2005 | acudir a la Inspección General de Servicios | tras los 20 días |
| Petición | art. 29 CE y LO 4/2001 | residual y graciable; toda persona; FFAA solo individualmente | acuse en 10 días; subsanación 15; inadmisión motivada en 45 días hábiles; contestación en 3 meses |
| Inadmisión no declarada en plazo | LO 4/2001 | la petición se entiende admitida | 45 días hábiles |
| Solicitud | Ley 39/2015 | ejercita un derecho reglado; obligación de resolver | los del procedimiento (6 meses máximo por defecto: 3 meses regla general) |
| Recurso | Ley 39/2015 | ataca un acto administrativo | alzada 1 mes; reposición 1 mes (tema III.7) |
| Asistencia al ciudadano | Ley 39/2015, arts. 12-13 | asistencia electrónica y funcionario habilitado con consentimiento expreso | permanente |
| Discapacidad | TRLGDPD 1/2013 y RD 366/2007 | accesibilidad universal, diseño para todos, ajustes razonables | condición transversal |
| Protección de datos en la información | STC 292/2000 y RGPD | la información particular respeta el control del titular sobre sus datos | transversal |
7. Trampas de examen
1. «La información general exige acreditar un interés». Se facilita A TODOS sin exigir legitimación alguna (RD 208/1996). La que exige condición de interesado es la PARTICULAR: la pareja más preguntada del tema.
2. «El estado de un expediente se informa a cualquiera que llame». Es información PARTICULAR: solo a interesados y representantes, con la protección de datos vigilando. Contarle el expediente al vecino curioso es la infracción de manual.
3. «La queja interrumpe el plazo del recurso». NUNCA: no es recurso, no interrumpe plazos ni condiciona acciones (RD 951/2005). El ciudadano que se queda en la queja pierde el plazo de alzada: el drama favorito del supuesto.
4. «La respuesta a una queja se recurre en alzada». Contra la respuesta a una queja NO cabe recurso: no hay acto administrativo impugnable, hay una contestación de cortesía institucional.
5. «Las quejas se contestan en un mes». En VEINTE DÍAS HÁBILES, con suspensión posible por requerimiento de aclaraciones de DIEZ días (RD 951/2005). Sin respuesta, el camino sigue en la Inspección General de Servicios.
6. «Las quejas del RD 951/2005 se regulan en el RD 208/1996». Se regulaban: el programa de quejas y sugerencias del RD 951/2005 absorbió expresamente aquel capítulo. La norma vieja conserva la información administrativa; la voz del usuario emigró.
7. «El derecho de petición es solo de los españoles». De TODA persona natural o jurídica, con independencia de la nacionalidad (LO 4/2001, artículo 1). El matiz está en las Fuerzas Armadas: solo individualmente.
8. «La petición sirve para todo». Es RESIDUAL: quedan fuera las solicitudes con procedimiento específico propio, y la inadmisión por esta causa debe indicar expresamente el cauce procedente. Pedir por petición lo que tiene trámite es la inadmisión de manual.
9. «La inadmisión de la petición puede declararse en cualquier momento». En los CUARENTA Y CINCO DÍAS HÁBILES siguientes a la presentación, motivada; pasado el plazo sin declaración, la petición SE ENTIENDE ADMITIDA. El silencio favorece al peticionario.
10. «Admitida la petición, no hay plazo para contestar». TRES MESES desde la presentación (LO 4/2001, artículo 11), con la audiencia especial como posibilidad. La petición estimada fundada obliga a atenderla.
11. «La petición desestimada se recurre por el contencioso ordinario». Su garantía natural es el procedimiento especial de PROTECCIÓN DE DERECHOS FUNDAMENTALES y, en su caso, el AMPARO: el artículo 29 es derecho fundamental de la sección primera.
12. «Los ajustes razonables son ilimitados». Son las modificaciones necesarias que NO impongan una carga DESPROPORCIONADA (TRLGDPD 1/2013). El término es legal y el matiz de la proporcionalidad, su esencia.
13. «El funcionario habilitado puede firmar por cualquier ciudadano que lo pida». Solo por el NO OBLIGADO a relacionarse electrónicamente y con su CONSENTIMIENTO EXPRESO, quedando constancia (Ley 39/2015, artículo 12.2). Sin consentimiento no hay habilitación que valga.
14. «Denunciar convierte en interesado». La denuncia pone hechos en conocimiento de la Administración SIN convertir al denunciante en interesado por sí sola: la quinta etiqueta del deslinde, y el cebo clásico junto a queja, petición, solicitud y recurso.
8. Reglas mnemotécnicas
«General para todos, particular para partes»: la pareja del RD 208/1996 en cinco palabras.
«La queja habla, el recurso pelea»: la queja denuncia el funcionamiento sin tocar el acto; quien quiere tumbar el acto necesita el recurso, y la queja no le guarda el plazo.
«20 responde, 10 aclara»: los días hábiles de la queja: veinte para contestar, diez de suspensión para aclaraciones.
«Petición: 10-15-45-3»: acuse en 10 días, subsanación en 15, inadmisión motivada en 45 hábiles, contestación en 3 meses. La escalera completa de la LO 4/2001.
«Lo que tiene cauce no se pide, se tramita»: la residualidad de la petición: existe trámite específico, existe inadmisión.
«El silencio admite la petición»: sin declaración de inadmisión en 45 días, admitida. De los pocos silencios del temario que favorecen sin matices al ciudadano.
«Diseño para todos, ajustes para el resto»: primero la accesibilidad universal; donde no llegue, los ajustes razonables sin carga desproporcionada.
«Cinco etiquetas: pide, solicita, se queja, recurre, denuncia»: petición (graciable), solicitud (reglada), queja (funcionamiento), recurso (contra acto), denuncia (hechos ajenos).
9. Aplicación práctica
Caso 1. El escrito camaleón
Un ciudadano presenta en la oficina de asistencia un escrito: «Manifiesto mi malestar por la tardanza en resolver mi expediente de ayuda, que lleva ocho meses, y pido que me digan cómo va y que me la concedan de una vez». La unidad pregunta cómo calificarlo.
Resolución. El escrito trae tres cosas y cada una sigue su cauce: la manifestación de malestar por la tardanza es una queja del RD 951/2005 (a la unidad de quejas, contestación en 20 días hábiles, sin efecto sobre el procedimiento); la pregunta por el estado del expediente es información particular del RD 208/1996 (procede facilitarla: es interesado); y la pretensión de que «se la concedan» no es petición del 29 CE (el procedimiento existe y está en marcha) sino, en su caso, la vía de reaccionar contra la inactividad: denunciar la mora y, producido el silencio, los recursos del tema III.7. La respuesta profesional del Administrativo desagrega el escrito, tramita cada pieza por su cauce y advierte del deslinde: la queja no le guarda ningún plazo.
Caso 2. La ventanilla accesible
Una persona sorda acude con su acompañante y un perro de asistencia a una oficina de atención; el empleado duda si puede pasar el perro y cómo articular la comunicación. Al día siguiente, una persona ciega solicita presentar una solicitud y firmarla.
Resolución. El perro de asistencia y el acompañante entran: el RD 366/2007 lo garantiza expresamente como condición de accesibilidad de la atención presencial en la AGE, junto a la formación del personal y la flexibilidad en los turnos. La comunicación se articula por los medios de apoyo disponibles (escritura, lengua de signos donde se disponga, formatos accesibles), como concreción de los ajustes razonables del TRLGDPD 1/2013. Para la persona ciega, la oficina de asistencia despliega la Ley 39/2015: asistencia en la presentación y, si no está obligada a relacionarse electrónicamente y lo consiente expresamente, la firma por funcionario habilitado con constancia del consentimiento. El caso remata con la pregunta de principio: la accesibilidad no es un favor del empleado, es una condición legal del servicio.
Caso 3. La petición del vecindario
Una asociación vecinal dirige al ministerio un escrito «en ejercicio del derecho de petición» solicitando que se estudie abrir al público los jardines de un cuartel en desuso. Pasan dos meses sin respuesta alguna, y la asociación pregunta qué puede exigir.
Resolución. La petición es formalmente correcta: persona jurídica, objeto de libre determinación sin procedimiento específico propio, competencia del destinatario. A los dos meses, el reloj dice: el plazo de inadmisión (45 días hábiles) ha pasado sin declaración, luego la petición se entiende admitida; y corre el de contestación (3 meses desde la presentación). La asociación puede exigir la contestación, que debe recoger al menos los términos de la STC 242/1993: tramitación y comunicación de lo decidido, aunque no la apertura de los jardines (el derecho garantiza el cauce, no el resultado). Si el tercer mes vence en silencio, la vía es el procedimiento especial de protección de derechos fundamentales ante el contencioso y, agotado, el amparo. La pregunta trampa del supuesto: ¿pudo el ministerio inadmitir alegando que «existen otros cauces»? Solo en los 45 días, motivadamente y señalando expresamente el cauce; fuera de plazo, ya no.
Caso 4. La queja que quería ser recurso
Un opositor excluido de una lista provisional presenta, dentro del plazo de subsanación, una «queja» en el Libro de Quejas relatando que la exclusión es injusta. Un mes después, firme la lista definitiva, pregunta por qué nadie corrigió su exclusión.
Resolución. El error de etiqueta consumó el daño: la queja del RD 951/2005 no es recurso ni interrumpe plazos, y la unidad de quejas debía contestarle en 20 días hábiles sobre el funcionamiento del servicio, no revisar la exclusión. Lo procedente era la subsanación o alegación en el trámite abierto y, contra la definitiva, el recurso correspondiente (III.7). ¿Tiene algo el opositor? Puede quedar la revisión de oficio si concurre nulidad, y la queja por la eventual falta de información recibida en ventanilla; pero el supuesto enseña la lección con sangre: calificar bien el escrito es la mitad del oficio, y la Administración debe orientar (deber de información del RD 208/1996 y asistencia de la 39/2015), aunque la orientación defectuosa no resucita plazos muertos. La respuesta completa lo dice con sus dos normas y sus dos plazos.
10. Preguntas de test
Treinta preguntas de redacción propia, con respuesta y explicación. Ninguna reproduce enunciados de cuestionarios oficiales.
1. La información general del RD 208/1996 se facilita:
a) Solo a los interesados.
b) A todas las personas, sin exigir acreditación de legitimación alguna.
c) Solo a españoles.
d) Solo por escrito.
Respuesta: b. Es su nota definitoria frente a la particular.
2. La información sobre el estado de un procedimiento en tramitación es:
a) Información general.
b) Información particular, reservada a los interesados y sus representantes.
c) Pública para cualquiera.
d) Secreta siempre.
Respuesta: b. RD 208/1996: y con la protección de datos como telón (STC 292/2000).
3. La información particular comprende también:
a) Los horarios de los museos.
b) La identificación de las autoridades y personal bajo cuya responsabilidad se tramite el procedimiento.
c) La estructura de los ministerios.
d) Los requisitos generales de las solicitudes.
Respuesta: b. El segundo contenido del concepto, que el test olvida.
4. Las quejas del RD 951/2005:
a) Son recursos administrativos.
b) No tienen en ningún caso la calificación de recurso ni interrumpen los plazos.
c) Suspenden el procedimiento.
d) Convierten al quejoso en interesado.
Respuesta: b. La regla de oro de la figura.
5. El plazo para informar al ciudadano de las actuaciones tras su queja es de:
a) 10 días naturales.
b) 20 días hábiles.
c) 3 meses.
d) 45 días.
Respuesta: b. RD 951/2005, con suspensión posible por aclaraciones.
6. Si se requieren aclaraciones al autor de la queja, el plazo del requerimiento es de:
a) 5 días.
b) 10 días hábiles, con suspensión del plazo de contestación.
c) Un mes.
d) 15 días naturales.
Respuesta: b. La pareja 20/10 del RD 951/2005.
7. Sin respuesta a la queja en plazo, el ciudadano puede dirigirse a:
a) El Tribunal Supremo.
b) La Inspección General de Servicios del departamento, para conocer los motivos y exigir responsabilidades.
c) El Consejo de Estado.
d) La Junta Electoral.
Respuesta: b. El escalón siguiente del RD 951/2005.
8. Contra la respuesta a una queja:
a) Cabe alzada.
b) No cabe recurso: no es un acto administrativo impugnable.
c) Cabe reposición.
d) Cabe amparo directo.
Respuesta: b. La queja termina en respuesta, no en acto.
9. Las «iniciativas» del enunciado se corresponden hoy con:
a) Los recursos.
b) Las sugerencias de mejora del programa de quejas y sugerencias del RD 951/2005.
c) Las denuncias.
d) Las peticiones colectivas.
Respuesta: b. La terminología de 1996 leída con la norma de 2005.
10. El derecho de petición corresponde a:
a) Solo los ciudadanos españoles mayores de edad.
b) Toda persona natural o jurídica, con independencia de su nacionalidad.
c) Solo las asociaciones.
d) Solo los interesados en un procedimiento.
Respuesta: b. LO 4/2001, artículo 1; los militares, solo individualmente.
11. Los miembros de las Fuerzas Armadas ejercen el derecho de petición:
a) Colectivamente.
b) Solo individualmente y con arreglo a su legislación específica.
c) A través del mando.
d) No lo tienen.
Respuesta: b. Artículo 29.2 de la Constitución.
12. No son objeto del derecho de petición:
a) Los asuntos graciable.
b) Las solicitudes para cuya satisfacción el ordenamiento establece un procedimiento específico distinto.
c) Las sugerencias.
d) Los asuntos de competencia del destinatario.
Respuesta: b. La residualidad: la esencia de la figura.
13. La declaración de inadmisión de una petición debe producirse en:
a) 10 días.
b) Los 45 días hábiles siguientes a la presentación, motivadamente.
c) 6 meses.
d) Cualquier momento.
Respuesta: b. LO 4/2001, artículo 9.
14. Si no se declara la inadmisión en plazo:
a) La petición caduca.
b) La petición se entiende admitida.
c) Se archiva.
d) Se reitera.
Respuesta: b. El silencio favorece al peticionario.
15. Admitida la petición, la contestación debe notificarse en:
a) 20 días.
b) 3 meses desde la presentación.
c) 1 año.
d) No hay plazo.
Respuesta: b. LO 4/2001, artículo 11, con la audiencia especial como facultad.
16. La inadmisión por existir procedimiento específico debe:
a) Ser verbal.
b) Indicar expresamente las disposiciones y el cauce procedente.
c) Limitarse a inadmitir.
d) Remitir al Defensor del Pueblo.
Respuesta: b. El deber de reconducción del artículo 9.
17. El contenido mínimo del derecho de petición según la STC 242/1993 es:
a) Obtener lo pedido.
b) Que la petición se acuse, se tramite y se comunique lo decidido.
c) Una indemnización.
d) La audiencia especial obligatoria.
Respuesta: b. Garantiza el cauce, no el resultado.
18. La garantía jurisdiccional del derecho de petición es:
a) Solo la alzada.
b) El procedimiento especial de protección de derechos fundamentales y, en su caso, el amparo.
c) La vía civil.
d) El Tribunal de Cuentas.
Respuesta: b. Derecho fundamental de la sección primera.
19. El funcionario habilitado puede identificar y firmar por el ciudadano:
a) Siempre.
b) Cuando el ciudadano no obligado a relacionarse electrónicamente lo consienta expresamente, quedando constancia.
c) Por orden del superior.
d) Solo en el extranjero.
Respuesta: b. Ley 39/2015, artículo 12.2.
20. Los «ajustes razonables» son:
a) Cualquier obra solicitada.
b) Las modificaciones necesarias que no impongan una carga desproporcionada, cuando el diseño universal no baste.
c) Un principio sin contenido.
d) Solo rampas.
Respuesta: b. TRLGDPD 1/2013: término legal con su matiz de proporcionalidad.
21. El RD 366/2007 garantiza en la atención presencial de la AGE:
a) Solo el aparcamiento.
b) La accesibilidad de oficinas, impresos y atención, incluidos el perro de asistencia y el acompañante.
c) Un traductor jurado.
d) La cita previa obligatoria.
Respuesta: b. Las condiciones de accesibilidad y no discriminación.
22. La coordinación de la información administrativa en la AGE corresponde a:
a) El Consejo de Ministros en pleno.
b) Las Comisiones Ministeriales y la Comisión Interministerial de Información Administrativa.
c) Cada funcionario.
d) El Defensor del Pueblo.
Respuesta: b. El entramado orgánico del RD 208/1996.
23. La STC 254/1993 amparó:
a) Un derecho de reunión.
b) El derecho del ciudadano a conocer los datos personales suyos obrantes en ficheros de la Administración.
c) Una expropiación.
d) La libertad de empresa.
Respuesta: b. El habeas data original, semilla del derecho del artículo 18.4.
24. La STC 292/2000 declaró:
a) La nulidad del derecho de petición.
b) El carácter de derecho fundamental autónomo de la protección de datos, con el consentimiento y la información como contenido esencial.
c) La validez de todos los ficheros.
d) La supresión de la LOPD.
Respuesta: b. El marco constitucional de toda información particular.
25. Una denuncia:
a) Convierte al denunciante en interesado.
b) Pone hechos en conocimiento de la Administración sin atribuir por sí sola la condición de interesado.
c) Es un recurso.
d) Interrumpe plazos del denunciante.
Respuesta: b. La quinta etiqueta del deslinde.
26. La diferencia entre solicitud y petición es:
a) Ninguna.
b) La solicitud ejercita un derecho reglado con obligación de resolver; la petición es residual y graciable.
c) La petición es más rápida.
d) La solicitud no se contesta.
Respuesta: b. El deslinde que decide el régimen aplicable.
27. El acuse de recibo de la petición debe producirse en:
a) 45 días.
b) 10 días desde la recepción del escrito.
c) 3 meses.
d) No existe.
Respuesta: b. LO 4/2001, artículo 6.2.
28. El requerimiento de subsanación al peticionario da un plazo de:
a) 5 días.
b) 15 días, con apercibimiento de desistimiento.
c) 45 días.
d) 2 meses.
Respuesta: b. LO 4/2001, artículo 7.
29. Las oficinas de asistencia en materia de registros:
a) Solo sellan documentos.
b) Asisten, digitalizan, expiden copias auténticas y practican notificaciones por comparecencia.
c) Han desaparecido.
d) Solo atienden a empresas.
Respuesta: b. La ventanilla transformada por la Ley 39/2015.
30. La síntesis del tema es:
a) Todos los escritos son iguales.
b) Cinco etiquetas con cinco regímenes: información (general o particular), queja sin efectos sobre plazos, petición residual con sus relojes de 45 días y 3 meses, solicitud reglada y recurso contra actos; y la accesibilidad universal como condición transversal del servicio.
c) La ventanilla es libre.
d) Solo existe el recurso.
Respuesta: b. El mapa completo en una frase.
11. Preguntas de estilo examen
Sobre un supuesto continuo, imitando el encadenado del examen real.
Supuesto de contexto. En la oficina de atención de una Delegación del Gobierno, la misma mañana: (1) una persona pregunta por los requisitos generales para solicitar una subvención; (2) otra exige saber cómo va el expediente sancionador de su vecino; (3) una tercera entrega un escrito de queja por la lentitud de la oficina y pregunta si eso «para el reloj» de su recurso de alzada, que vence en tres días; (4) una asociación presenta una petición del artículo 29 CE; y (5) una persona con discapacidad visual pide ayuda para presentar y firmar una solicitud.
31. La consulta (1) es:
a) Información particular.
b) Información general: requisitos de solicitudes, facilitada a cualquiera sin acreditar interés.
c) Una petición.
d) Materia reservada.
Respuesta: b. RD 208/1996.
32. La exigencia (2):
a) Debe atenderse: la transparencia lo cubre.
b) Debe denegarse como información particular: el estado de un procedimiento solo se facilita a sus interesados, y los datos del vecino están protegidos.
c) Se atiende si insiste.
d) Se deriva al Defensor del Pueblo.
Respuesta: b. La pareja general/particular con la protección de datos detrás.
33. A la persona (3) debe informársele de que:
a) La queja interrumpe el plazo de la alzada.
b) La queja no interrumpe plazo alguno: si quiere combatir el acto, debe interponer la alzada dentro de sus tres días restantes.
c) Puede esperar a la respuesta de la queja.
d) La queja sustituye al recurso.
Respuesta: b. El deber de orientación evita el drama del caso 4.
34. La petición (4) obliga a la Administración a:
a) Concederla.
b) Acusar recibo en 10 días y, de no inadmitirla motivadamente en 45 días hábiles, tramitarla y contestarla en 3 meses.
c) Archivarla si molesta.
d) Elevarla al Consejo de Ministros.
Respuesta: b. La escalera 10-15-45-3 de la LO 4/2001 y el mínimo de la STC 242/1993.
35. La asistencia a la persona (5) incluye:
a) Recomendarle que vuelva con un familiar.
b) La asistencia en la presentación y, si no está obligada a relacionarse electrónicamente y consiente expresamente, la identificación y firma por funcionario habilitado.
c) Rellenar el formulario sin su intervención.
d) Denegar el trámite.
Respuesta: b. Ley 39/2015, artículo 12, con la accesibilidad del RD 366/2007 como marco.
12. Fuentes oficiales citadas
| Fuente | Referencia | Enlace |
|---|---|---|
| Servicios de información administrativa y atención al ciudadano | Real Decreto 208/1996, de 9 de febrero, BOE-A-1996-4997 | https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1996-4997 |
| Quejas y sugerencias; marco de calidad de la AGE | Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, BOE-A-2005-14836 | https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2005-14836 |
| Derecho de petición | Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, BOE-A-2001-21090 | https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2001-21090 |
| Asistencia y derechos ante la Administración | Ley 39/2015, artículos 12 y 13, BOE-A-2015-10565 | https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-10565 |
| Derechos de las personas con discapacidad | Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, BOE-A-2013-12632 | https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2013-12632 |
| Accesibilidad en las relaciones con la AGE | Real Decreto 366/2007, de 16 de marzo, BOE-A-2007-6239 | https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-6239 |
| Información y participación | STC 161/1988, de 20 de septiembre, BOE núm. 247 de 14/10/1988 | https://hj.tribunalconstitucional.es/es-ES/Resolucion/Show/1102 |
| Contenido mínimo de la petición | STC 242/1993, de 14 de julio, BOE núm. 192 de 12/08/1993 | https://hj.tribunalconstitucional.es/es-ES/Resolucion/Show/2371 |
| Habeas data | STC 254/1993, de 20 de julio, BOE núm. 197 de 18/08/1993 | https://hj.tribunalconstitucional.es/es-ES/Resolucion/Show/2383 |
| Protección de datos como derecho autónomo | STC 292/2000, de 30 de noviembre, BOE núm. 4 de 04/01/2001 | https://hj.tribunalconstitucional.es/es-ES/Resolucion/Show/4276 |
| Convocatoria vigente del Cuerpo General Administrativo | Resolución de 18 de diciembre de 2025, BOE-A-2025-26262 | https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2025-26262 |
| Cuestionarios oficiales usados en el análisis de frecuencia | Comisión Permanente de Selección, INAP | https://www.inap.es/es/seleccion/procesos-selectivos-de-cuerposescalas-generales/cuerpo-general-administrativo-de-la-administracion-del-estado |
13. Control de calidad de este tema
- [x] Enunciado oficial del Anexo III reproducido literalmente en la cabecera.
- [x] Todas las normas verificadas por su BOE-id contra el texto consolidado antes de citarlas: RD 208/1996, RD 951/2005 (20 y 10 días leídos del consolidado), LO 4/2001 (45 días hábiles y 3 meses leídos del consolidado), TRLGDPD 1/2013 y RD 366/2007.
- [x] Frecuencia medida tomada de
ANALISIS-FRECUENCIA.md: 13 preguntas de test y 4 de supuesto, 1,79 puntos: el tema más preguntado del nivel C. - [x] Cuatro sentencias del Tribunal Constitucional verificadas una a una en el buscador oficial de jurisprudencia (HJ), con su síntesis comprobada: 161/1988, 242/1993, 254/1993 y 292/2000.
- [x] 30 preguntas de test más 5 de estilo examen, con respuesta explicada.
- [x] 14 trampas de examen.
- [x] Cuatro casos de aplicación práctica, con el escrito camaleón como retrato del tema.
- [x] Ninguna pregunta reproduce enunciados de cuestionarios oficiales; redacción íntegramente propia.
- [x] Sin rayas tipográficas; comprobado con grep.
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