Tema I.7 · Nivel D
La Ley 19/2013, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
«La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.»
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20 min de narración. Es el desarrollo del tema, sin las preguntas de test.
Tema I.7. La Ley 19/2013, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
Bloque I. Organización del Estado y de la Administración pública. Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado (C1).
Enunciado oficial (Anexo III, BOE-A-2025-26262): «La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.»
| Autoría | Equipo de contenidos TestMiOpo |
|---|---|
| Revisión jurídica | Pendiente de revisor colegiado |
| Última revisión | 2 de septiembre de 2026 |
| Norma de referencia | Ley 19/2013, de 9 de diciembre (BOE-A-2013-12887) |
| Convocatoria de referencia | Resolución de 18 de diciembre de 2025 (BOE-A-2025-26262) |
1. Mapa del tema
LA LEY 19/2013: TRES PATAS
│
├── PUBLICIDAD ACTIVA (5-11)
│ ├── Información institucional, organizativa y de
│ │ planificación
│ ├── Información de relevancia jurídica
│ ├── Información económica: contratos, convenios,
│ │ subvenciones, presupuestos, retribuciones altos
│ │ cargos, bienes inmuebles
│ └── PORTAL DE TRANSPARENCIA
│
├── DERECHO DE ACCESO (12-24)
│ ├── TODAS las personas, SIN motivar
│ ├── Límites (14) y datos personales (15)
│ ├── Inadmisiones (18); plazo 1 MES + 1
│ ├── SILENCIO NEGATIVO (20.4)
│ └── Reclamación POTESTATIVA ante el CTBG (24)
│
└── BUEN GOBIERNO (25-32): principios y régimen
sancionador de altos cargos (conflicto de intereses,
gestión presupuestaria, infracciones disciplinarias)
2. Introducción y enfoque de estudio
Tema monográfico de una sola ley, con perfil de test (nueve preguntas, ningún supuesto) y un pico histórico (cuatro preguntas en marzo de 2022). Sus preguntas son siempre las mismas cinco fichas: quién puede pedir (todos, sin motivar), qué se publica sin que nadie lo pida (publicidad activa), qué límites e inadmisiones existen, qué plazos y silencio rigen (un mes, negativo), y qué es el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.
Lo que se pregunta. Muy alto: el derecho de acceso (titularidad universal del artículo 12, la no exigencia de motivación, el silencio negativo del 20.4) y la reclamación potestativa ante el CTBG. Alto: las causas de inadmisión del 18 (la información en curso de elaboración, la auxiliar o de apoyo, la reelaboración, el órgano desconocido, la abusiva) y los límites del 14 con su test de daño y proporcionalidad. Medio: el catálogo de publicidad activa y el bloque de buen gobierno.
El consejo de estudio. Cinco fichas y tres números (1 mes más 1 de ampliación; 3 meses de la reclamación; silencio negativo en ambas). La conexión con el II.4 es permanente: el límite de los datos personales del artículo 15 es el RGPD entrando por la puerta de la transparencia.
3. Qué se pregunta de este tema
Frecuencia medida sobre los ocho cuestionarios oficiales del C1 analizados en ANALISIS-FRECUENCIA.md (880 preguntas clasificadas, febrero de 2022 a julio de 2026).
| Examen | Test | Supuestos |
|---|---|---|
| 12 de febrero de 2022 | 1 | 0 |
| Marzo de 2022 (extraordinario) | 4 | 0 |
| Septiembre de 2023 | 0 | 0 |
| Octubre de 2023 (extraordinario) | 0 | 0 |
| Diciembre de 2024 | 1 | 0 |
| Febrero de 2025 (extraordinario) | 1 | 0 |
| 23 de mayo de 2026 | 1 | 0 |
| Julio de 2026 (extraordinario) | 1 | 0 |
| Total | 9 | 0 |
Con la regla de puntuación, 0,80 puntos de 100 por ejercicio, con el pico de marzo de 2022 y regularidad desde 2024.
4. Desarrollo
4.1. Objeto y ámbito
La ley tiene el triple objeto de su título: ampliar y reforzar la transparencia de la actividad pública, garantizar el derecho de acceso a la información y establecer las obligaciones de buen gobierno de los responsables públicos. Su ámbito subjetivo (artículos 2 a 4) es de círculos: todas las Administraciones públicas y su sector institucional; las entidades de derecho público y corporaciones en lo público; la Casa Real, las Cortes, el TC, el CGPJ, el Consejo de Estado, el Defensor del Pueblo, el Tribunal de Cuentas y órganos análogos en sus actividades sujetas a derecho administrativo; los partidos políticos, sindicatos y organizaciones empresariales; y las entidades privadas que perciban durante el año ayudas o subvenciones públicas por más de 100.000 euros o cuando al menos el 40% de sus ingresos anuales (mínimo 5.000 euros) sean ayudas públicas. Más el deber de suministrar información de los contratistas y concesionarios (4).
4.2. La publicidad activa
Las entidades publican por su propia iniciativa, de forma periódica y actualizada, la información cuyo conocimiento sea relevante para garantizar la transparencia, en sus sedes o páginas web y de manera clara, estructurada y entendible, con los principios de accesibilidad, interoperabilidad y reutilización. Los tres bloques: institucional, organizativa y de planificación (funciones, normativa, estructura con organigrama y responsables, planes y programas anuales con sus indicadores); de relevancia jurídica (directrices e instrucciones con interpretación de alcance, anteproyectos, proyectos de reglamentos, memorias e informes de los expedientes normativos); y económica, presupuestaria y estadística, la lista que cae: contratos (con objeto, importe, procedimiento, licitadores y modificaciones, y los menores al menos trimestralmente), convenios y encomiendas, subvenciones, presupuestos con su ejecución, cuentas anuales e informes de auditoría, retribuciones de altos cargos, indemnizaciones por abandono del cargo, resoluciones de compatibilidad, declaraciones de bienes de altos cargos en los términos legales, e información estadística y el inventario de bienes inmuebles. El instrumento estatal: el Portal de la Transparencia de la AGE. El incumplimiento reiterado es infracción grave a efectos disciplinarios (9.3).
4.3. El derecho de acceso: titularidad, límites e inadmisiones
La regla (12 y 17): todas las personas tienen derecho a acceder a la información pública (los contenidos o documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, que obren en poder de los sujetos obligados y hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones); el solicitante no está obligado a motivar su solicitud (puede exponer motivos, y su ausencia no es por sí causa de rechazo). Los límites (14), aplicables con test de daño y de interés público, justificada, proporcionada y no genéricamente: seguridad nacional, defensa, relaciones exteriores, seguridad pública, prevención e investigación de ilícitos, igualdad de las partes en los procesos, funciones de vigilancia e inspección, intereses económicos y comerciales, política económica y monetaria, secreto profesional y propiedad intelectual, garantía de confidencialidad en los procesos de toma de decisión, y protección del medio ambiente. Los datos personales (15): la bisagra con el II.4: acceso solo con consentimiento o ponderación reglada (los meramente identificativos relacionados con la organización o actividad pública del órgano se conceden con carácter general, salvo prevalencia de la protección de datos en el caso); los especialmente protegidos, con consentimiento expreso o habilitación legal; y siempre queda la disociación. El acceso parcial (16): cuando un límite no afecte a toda la información, se concede lo demás indicando lo omitido. Las causas de inadmisión (18), mediante resolución motivada: información en curso de elaboración o publicación general; información auxiliar o de apoyo (notas, borradores, opiniones, resúmenes, comunicaciones e informes internos); la que exija una acción previa de reelaboración; la dirigida a órgano que no posee la información desconociéndose el competente; y las solicitudes manifiestamente repetitivas o abusivas no justificadas con la finalidad de la ley.
4.4. El procedimiento y las garantías
Solicitud por cualquier medio con identidad, información solicitada, dirección de contacto y, en su caso, modalidad de acceso; si la información puede afectar a derechos o intereses de terceros, se les da traslado por quince días para alegaciones, suspendiendo el plazo. Resolución (20): en el plazo máximo de un mes desde la recepción por el órgano competente, ampliable por otro mes si el volumen o complejidad lo exigen (con notificación al solicitante); las resoluciones que denieguen, concedan parcialmente o pese a la oposición de terceros, se motivan. El silencio (20.4): transcurrido el plazo máximo sin resolución expresa, la solicitud se entiende desestimada: el silencio negativo que la STC 104/2018 respaldó como pieza del procedimiento común (una Comunidad no puede volverlo positivo contra la base estatal). El acceso (22): preferentemente electrónico, gratuito (las copias y transposiciones pueden devengar exacciones), y si ya está publicada, basta indicar dónde. La reclamación (24): frente a toda resolución expresa o presunta, reclamación potestativa ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, sustitutiva de los recursos administrativos, en el plazo de un mes; se resuelve en tres meses, con silencio desestimatorio, y contra su resolución queda el contencioso. El CTBG: autoridad independiente estatal (con sus homólogos autonómicos) que promueve la transparencia, controla la publicidad activa, resuelve reclamaciones e informa; sus resoluciones se publican.
4.5. El buen gobierno
El título II se aplica a los altos cargos (Gobierno, secretarios de Estado y resto de altos cargos de la AGE y entes, y sus equivalentes autonómicos y locales). Principios: generales (transparencia, dedicación al servicio público, imparcialidad, trato igual, buena fe, no implicarse en causas de conflicto de intereses) y de actuación (plena dedicación, reserva, uso adecuado de los recursos). Infracciones: en materia de conflicto de intereses (incompatibilidades), en materia de gestión económico-presupuestaria (la lista que remite a la LGP: compromisos sin crédito, pagos indebidos, incumplimientos de estabilidad: la costura con el bloque V) y disciplinarias (muy graves, graves y leves: el abuso de la condición, la discriminación, el acoso). Sanciones: desde la amonestación hasta la declaración del incumplimiento y su publicación, la destitución, la no percepción de indemnización al cese y la inhabilitación para altos cargos entre cinco y diez años en las muy graves de gestión presupuestaria; con sus plazos de prescripción. El mensaje del bloque: la transparencia mira hacia fuera; el buen gobierno, hacia dentro.
5. Jurisprudencia esencial
Cuatro sentencias del Tribunal Constitucional comprobadas contra su publicación oficial, verificadas para este manual.
STC 161/1988, de 20 de septiembre (BOE núm. 247, de 14 de octubre de 1988). El derecho a obtener información de los poderes públicos como instrumento de participación: el fundamento remoto de todo el edificio de la transparencia.
STC 254/1993, de 20 de julio (BOE núm. 197, de 18 de agosto de 1993). El acceso a los datos propios en poder de la Administración: cuando lo pedido son datos del solicitante, el habeas data refuerza el título de acceso.
STC 292/2000, de 30 de noviembre (BOE núm. 4, de 4 de enero de 2001). La protección de datos como derecho fundamental: el contrapeso permanente del artículo 15 de la ley: el acceso de unos termina donde empiezan los datos de otros, con la ponderación y la disociación como técnicas.
STC 104/2018, de 4 de octubre (BOE-A-2018-15008). El silencio desestimatorio del artículo 20.4 forma parte del procedimiento administrativo común: una ley autonómica no puede convertirlo en estimatorio. La sentencia propia del tema.
6. Tabla resumen
| Cuestión | Regla exacta | Artículo |
|---|---|---|
| Entidades privadas obligadas | ayudas públicas > 100.000 €/año, o ≥ 40% de ingresos (mínimo 5.000 €) | 3.b |
| Publicidad activa | institucional, jurídica y económica; clara, estructurada, entendible; Portal de la Transparencia | 5 a 11 |
| Contratos menores | publicación al menos trimestral | 8.1.a |
| Titularidad del acceso | todas las personas | 12 |
| Motivación de la solicitud | no exigible; su ausencia no funda el rechazo | 17.3 |
| Información pública | contenidos o documentos en poder de los obligados, elaborados o adquiridos en sus funciones | 13 |
| Límites | lista del 14, con daño concreto y proporcionalidad | 14 |
| Datos meramente identificativos | acceso general si se refieren a la organización o actividad pública | 15.2 |
| Acceso parcial | concesión con indicación de lo omitido | 16 |
| Inadmisiones | en elaboración, auxiliar o de apoyo, reelaboración, órgano no competente desconocido, abusivas | 18 |
| Terceros afectados | traslado de 15 días con suspensión del plazo | 19.3 |
| Plazo de resolución | 1 mes, ampliable otro por volumen o complejidad | 20.1 |
| Silencio | desestimatorio | 20.4 |
| Forma de acceso | preferentemente electrónico y gratuito; exacciones por copias | 22 |
| Reclamación | potestativa ante el CTBG, sustitutiva de los recursos, en 1 mes | 24 |
| Resolución de la reclamación | 3 meses; silencio desestimatorio; después, contencioso | 24 |
| CTBG | autoridad independiente; controla, resuelve, informa; resoluciones publicadas | 33 y ss. |
| Buen gobierno | principios y sanciones de altos cargos; inhabilitación de 5 a 10 años en las muy graves presupuestarias | 25 a 31 |
7. Trampas de examen
1. «Solo los interesados pueden pedir información pública». TODAS LAS PERSONAS (12), sin acreditar interés NI MOTIVAR (17.3). La universalidad es la esencia del sistema, frente a la información particular del II.1.
2. «Hay que explicar para qué se quiere la información». Puede exponerse el motivo, pero NO es obligatorio y su ausencia no justifica el rechazo; eso sí, los motivos pueden ponderarse al aplicar límites.
3. «Los partidos políticos quedan fuera de la ley». Están DENTRO del ámbito (3.a), junto a sindicatos y organizaciones empresariales, y también las entidades privadas con ayudas sobre los umbrales (100.000 € o el 40%).
4. «Los borradores e informes internos son accesibles como todo lo demás». La información AUXILIAR O DE APOYO (notas, borradores, opiniones, comunicaciones internas) es causa de INADMISIÓN (18.1.b): la más preguntada de las cinco.
5. «La inadmisión no necesita explicación». Toda inadmisión exige resolución MOTIVADA (18.1), y la de reelaboración no equivale a «me da trabajo»: exige una verdadera acción previa de reelaboración.
6. «El plazo para resolver es de tres meses». UN MES desde la recepción por el órgano competente, ampliable POR OTRO ante volumen o complejidad, con aviso al solicitante (20.1). Los tres meses son de la reclamación ante el CTBG.
7. «El silencio en transparencia es positivo». DESESTIMATORIO (20.4), y la STC 104/2018 anuló el intento autonómico de volverlo positivo: es procedimiento común. El distractor está servido con la excepción inversa.
8. «Contra la denegación cabe alzada obligatoria». Cabe la RECLAMACIÓN POTESTATIVA ante el CTBG, que SUSTITUYE a los recursos administrativos (24.1), en UN MES; o directamente el contencioso. Alzada, no.
9. «El CTBG resuelve en un mes». En TRES MESES, con silencio DESESTIMATORIO; sus resoluciones se publican y contra ellas cabe el contencioso.
10. «Los límites del 14 se aplican en bloque». Exigen daño CONCRETO al bien protegido, proporcionalidad y ponderación con el interés público en la divulgación, caso a caso; y si el límite es parcial, ACCESO PARCIAL con indicación de lo omitido (16).
11. «Cualquier dato personal bloquea el acceso». Los datos MERAMENTE IDENTIFICATIVOS de la organización o actividad pública se conceden con carácter general (15.2); el resto se pondera, y la DISOCIACIÓN salva el documento: el eco de la STC 292/2000.
12. «El acceso cuesta una tasa». El acceso es GRATUITO; solo las copias y la transposición a otros formatos pueden devengar exacciones (22.4).
13. «La publicidad activa se hace cuando alguien la pide». Se publica POR PROPIA INICIATIVA, periódica y actualizada: esa es la diferencia estructural con el derecho de acceso; y su incumplimiento reiterado es infracción grave.
14. «El buen gobierno sanciona a todos los funcionarios». El título II se dirige a los ALTOS CARGOS; el régimen disciplinario general de los empleados públicos es el del IV.6. Con la inhabilitación de CINCO A DIEZ años como sanción estrella de las muy graves presupuestarias.
8. Reglas mnemotécnicas
«Publico sin que pidas, te doy si me pides, me porto mientras tanto»: las tres patas de la ley (publicidad activa, acceso, buen gobierno).
«Todos, sin porqués»: la titularidad universal y la no motivación del acceso.
«100.000 o el 40»: los umbrales de las entidades privadas obligadas.
«ECARA» para las inadmisiones: en Elaboración, de apoyo (auxiliar), Competencia ajena desconocida, Abusivas, Reelaboración.
«1+1, y 3 para reclamar»: un mes ampliable a otro para resolver; tres meses del CTBG.
«En transparencia, quien calla niega»: el silencio desestimatorio de las dos fases (20.4 y 24), con la STC 104/2018 de guardián.
«El identificativo pasa, lo íntimo se pondera, lo especial exige permiso»: la escalera del artículo 15.
«El límite recorta, no cierra»: test de daño, proporcionalidad y acceso parcial.
«La reclamación sustituye, no suma»: el CTBG en lugar de los recursos administrativos, nunca además.
9. Aplicación práctica
Caso 1. La solicitud del periodista
Un periodista pide «todos los contratos menores del organismo de los últimos dos años, los borradores internos del último pliego y el motivo de la subida retributiva del director». No explica para qué. La unidad quiere inadmitir todo «por abusiva y porque no motiva».
Resolución. Trocear, que es el método del tema. La falta de motivación es irrelevante (17.3): no funda inadmisión. Los contratos menores son además objeto de publicidad activa trimestral (8.1.a): la respuesta correcta es facilitar el acceso o indicar el lugar de publicación (22.3); pedir dos años no es abusivo por sí (la inadmisión por abusiva exige carácter manifiesto y no justificado). Los borradores internos encajan en la inadmisión de información auxiliar o de apoyo (18.1.b), con resolución motivada. Las retribuciones del director (alto cargo) son publicidad activa (8.1.f), y los datos implicados son meramente identificativos de la actividad pública (15.2). Resultado: se concede casi todo, se inadmite lo auxiliar motivadamente, y nada se despacha en bloque. Plazo: un mes, ampliable otro si el volumen lo justifica, con aviso.
Caso 2. El expediente con terceros dentro
Se solicita el expediente completo de una subvención concedida a una empresa, incluyendo el informe técnico de valoración y los datos bancarios y de salud de un socio que constan por error. La empresa se opone a todo.
Resolución. La solicitud afecta a terceros: traslado a la empresa por quince días, con suspensión del plazo (19.3); su oposición no veta: obliga a resolver motivadamente ponderando (20.2). El informe de valoración no es información auxiliar (es determinante de la decisión: la doctrina consolidada distingue lo auxiliar de lo relevante): accesible, con los límites del 14 en lo que dañe intereses comerciales concretos (test de daño, no invocación genérica). Los datos bancarios se disocian (15.4); los de salud son especialmente protegidos: sin consentimiento expreso, fuera. El resultado es el acceso parcial del 16 con indicación de lo omitido. La subvención en sí, además, es publicidad activa (8.1.c). El caso entero es el artículo 15 funcionando como bisagra entre este tema y el II.4.
Caso 3. El mes que pasó en blanco
Una asociación pide información el 1 de marzo; el 20 de abril no ha recibido respuesta alguna. Pregunta qué valor tiene el silencio, qué puede hacer y con qué plazos, y si le conviene la reclamación o el contencioso directo.
Resolución. El plazo de un mes venció (sin constar ampliación notificada): la solicitud está desestimada por silencio (20.4: negativo, y de configuración estatal común conforme a la STC 104/2018). Opciones: la reclamación potestativa ante el CTBG en el plazo de un mes (frente a resolución presunta, la doctrina administrativa flexibiliza el cómputo en favor del reclamante), gratuita y sustitutiva de los recursos administrativos, que se resuelve en tres meses (nuevo silencio: desestimatorio, y quedaría el contencioso); o el contencioso directo contra la desestimación presunta. La recomendación práctica que el examen espera: el CTBG, por gratuito, rápido en la práctica y con doctrina favorable a la transparencia; y recordar que la estimación del Consejo obliga al órgano a facilitar la información. La tira de números del caso: 1+1, 1, 3: los cuatro plazos del tema en una sola historia.
Caso 4. El alto cargo que gastó sin crédito
Un director general compromete gastos sin crédito presupuestario y, descubierto, alega que «eso será cosa del Tribunal de Cuentas». Paralelamente, el organismo lleva un año sin actualizar su portal de transparencia pese a los requerimientos.
Resolución. El compromiso de gastos sin crédito es infracción muy grave en materia de gestión económico-presupuestaria del título II (la lista del artículo 28, cosida a la LGP y al tema V.2: el eco del 46 LGP, la nulidad sin crédito). Consecuencias posibles: declaración del incumplimiento y publicación, destitución, no percepción de indemnización al cese e inhabilitación de cinco a diez años para altos cargos, sin perjuicio de la responsabilidad contable ante el Tribunal de Cuentas (que es compatible, no sustitutiva: tema V.3) y de la penal en su caso. La desactualización reiterada del portal pese a requerimientos es infracción grave a efectos disciplinarios en el marco de la publicidad activa (9.3), imputable a su responsable. El caso enseña el cierre del sistema: la transparencia tiene dientes en las dos patas: hacia el ciudadano (acceso y portal) y hacia dentro (el buen gobierno).
10. Preguntas de test
Treinta preguntas de redacción propia, con respuesta y explicación. Ninguna reproduce enunciados de cuestionarios oficiales.
1. El objeto de la Ley 19/2013 es:
a) Solo el acceso a archivos.
b) Ampliar y reforzar la transparencia, garantizar el derecho de acceso y establecer las obligaciones de buen gobierno.
c) Regular la prensa.
d) Crear el BOE electrónico.
Respuesta: b. Las tres patas del artículo 1.
2. Están sujetos a la ley, entre otros:
a) Solo los ministerios.
b) Las Administraciones, los órganos constitucionales en sus actividades administrativas, y los partidos, sindicatos y organizaciones empresariales.
c) Solo las empresas públicas.
d) Los medios de comunicación.
Respuesta: b. El ámbito por círculos de los artículos 2 y 3.
3. Las entidades privadas quedan obligadas cuando reciben ayudas públicas anuales:
a) De cualquier importe.
b) Superiores a 100.000 euros, o al menos el 40% de sus ingresos (mínimo 5.000 euros).
c) Superiores a un millón.
d) Nunca.
Respuesta: b. Los dos umbrales del 3.b.
4. La publicidad activa consiste en:
a) Responder solicitudes.
b) Publicar por propia iniciativa, de forma periódica y actualizada, la información relevante.
c) Publicidad institucional en televisión.
d) Notificar a los interesados.
Respuesta: b. Artículo 5, con el Portal de la Transparencia como escaparate.
5. Los contratos menores se publican:
a) Nunca.
b) Al menos trimestralmente.
c) Solo si superan 40.000 euros.
d) Cada cinco años.
Respuesta: b. Artículo 8.1.a.
6. Entre la información económica de publicidad activa está:
a) El historial médico de los funcionarios.
b) Las retribuciones de los altos cargos y las indemnizaciones por abandono del cargo.
c) Las nóminas de todo el personal con nombre.
d) Los borradores de contratos.
Respuesta: b. Artículo 8.1.f.
7. El derecho de acceso corresponde a:
a) Los interesados.
b) Todas las personas.
c) Los mayores de edad españoles.
d) Los periodistas acreditados.
Respuesta: b. Artículo 12.
8. La solicitud de acceso:
a) Debe motivarse siempre.
b) No exige motivación, y su ausencia no es causa de rechazo.
c) Requiere abogado.
d) Solo cabe presencial.
Respuesta: b. Artículo 17.3.
9. Es información pública:
a) Solo la publicada en el BOE.
b) Los contenidos o documentos que obren en poder de los sujetos obligados, elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones.
c) Solo la de más de cinco años.
d) La de las empresas privadas.
Respuesta: b. Artículo 13.
10. Los límites del artículo 14:
a) Se aplican automáticamente.
b) Exigen daño concreto al bien protegido y ponderación proporcionada con el interés en la divulgación.
c) No existen.
d) Son secretos.
Respuesta: b. El test de daño y de interés público.
11. Los datos meramente identificativos relacionados con la organización o actividad pública:
a) Se deniegan siempre.
b) Se conceden con carácter general, salvo prevalencia de la protección de datos en el caso concreto.
c) Exigen consentimiento notarial.
d) Se disocian siempre.
Respuesta: b. Artículo 15.2.
12. Cuando un límite afecta solo a parte de la información:
a) Se deniega todo.
b) Se concede el acceso parcial, indicando lo omitido.
c) Se archiva.
d) Se consulta al ministro.
Respuesta: b. Artículo 16.
13. Es causa de inadmisión la solicitud de información:
a) Voluminosa.
b) De carácter auxiliar o de apoyo, como notas, borradores, opiniones e informes internos.
c) Antigua.
d) Económica.
Respuesta: b. Artículo 18.1.b, siempre con resolución motivada.
14. La inadmisión por reelaboración procede cuando:
a) La información requiere una verdadera acción previa de reelaboración.
b) Buscar la información da trabajo.
c) Hay que fotocopiar mucho.
d) El funcionario está de vacaciones.
Respuesta: a. No equivale a mera molestia o volumen.
15. Si la información puede afectar a derechos de terceros:
a) Se deniega.
b) Se les da traslado por quince días para alegaciones, con suspensión del plazo.
c) Se les oculta la solicitud.
d) Deciden ellos.
Respuesta: b. Artículo 19.3; su oposición no veta, se pondera.
16. El plazo máximo para resolver es de:
a) Tres meses.
b) Un mes desde la recepción por el órgano competente, ampliable por otro mes por volumen o complejidad.
c) Diez días.
d) Seis meses.
Respuesta: b. Artículo 20.1.
17. Transcurrido el plazo sin resolución expresa:
a) La solicitud se entiende estimada.
b) Se entiende desestimada.
c) Se archiva sin efectos.
d) Se duplica el plazo.
Respuesta: b. Artículo 20.4: silencio negativo.
18. Según la STC 104/2018, el silencio del 20.4:
a) Puede volverse positivo por ley autonómica.
b) Integra el procedimiento administrativo común: las Comunidades no pueden convertirlo en estimatorio.
c) Es inconstitucional.
d) No existe.
Respuesta: b. La sentencia propia del tema.
19. El acceso se realiza:
a) Solo en papel.
b) Preferentemente por vía electrónica y de forma gratuita, con posibles exacciones por copias o transposición de formato.
c) Previo pago de tasa general.
d) En la sede del CTBG.
Respuesta: b. Artículo 22.
20. Si la información ya está publicada:
a) Se reenvía completa igualmente.
b) La resolución puede limitarse a indicar al solicitante el lugar donde se encuentra.
c) Se deniega el acceso.
d) Se cobra doble.
Respuesta: b. Artículo 22.3.
21. La reclamación ante el CTBG es:
a) Obligatoria antes del contencioso.
b) Potestativa y sustitutiva de los recursos administrativos, en el plazo de un mes.
c) Un recurso de alzada.
d) Judicial.
Respuesta: b. Artículo 24.
22. El CTBG resuelve la reclamación en:
a) Un mes.
b) Tres meses, con silencio desestimatorio.
c) Un año.
d) Quince días.
Respuesta: b. Y sus resoluciones se publican.
23. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno es:
a) Una dirección general.
b) Una autoridad independiente que promueve la transparencia, controla la publicidad activa y resuelve reclamaciones.
c) Un tribunal.
d) Una ONG.
Respuesta: b. Con homólogos autonómicos.
24. El título de buen gobierno se aplica a:
a) Todos los empleados públicos.
b) Los altos cargos de las distintas Administraciones.
c) Los ciudadanos.
d) Los contratistas.
Respuesta: b. El régimen disciplinario general va por el IV.6.
25. Comprometer gastos sin crédito suficiente es, para un alto cargo:
a) Una irregularidad menor.
b) Infracción muy grave en materia de gestión económico-presupuestaria.
c) Una práctica habitual admitida.
d) Solo un problema contable.
Respuesta: b. La lista del artículo 28, cosida a la LGP.
26. Entre las sanciones a altos cargos por infracciones muy graves presupuestarias está:
a) Una multa de tráfico.
b) La inhabilitación para ocupar altos cargos entre cinco y diez años.
c) El traslado forzoso.
d) La pérdida de vacaciones.
Respuesta: b. Junto a la destitución y la publicación del incumplimiento.
27. El incumplimiento reiterado de la publicidad activa:
a) No tiene consecuencias.
b) Tiene la consideración de infracción grave a efectos disciplinarios.
c) Es delito siempre.
d) Se sanciona con multa al ciudadano.
Respuesta: b. Artículo 9.3.
28. La diferencia entre publicidad activa y derecho de acceso es:
a) Ninguna.
b) La primera se publica por iniciativa propia; el segundo responde a solicitud de cualquier persona.
c) La primera es de pago.
d) El segundo es solo para funcionarios.
Respuesta: b. Las dos patas informativas de la ley.
29. Frente a la información particular del RD 208/1996, el acceso de la Ley 19/2013:
a) Exige ser interesado.
b) Es universal: no requiere condición de interesado ni motivación, con sus límites propios.
c) Es más restrictivo.
d) Solo cubre expedientes en trámite.
Respuesta: b. El deslinde con el tema II.1.
30. La síntesis del tema es:
a) Una ley de archivos.
b) Tres patas: publicar sin que pidan (portal), dar si piden (todos, sin motivar, 1+1 meses, silencio negativo, CTBG en 3), y portarse por dentro (buen gobierno de altos cargos con inhabilitaciones de 5 a 10).
c) Un código penal.
d) Una carta de servicios.
Respuesta: b. El tema entero en sus números.
11. Preguntas de estilo examen
Serie encadenada sobre una misma solicitud, el formato con que el tema asoma.
Supuesto de contexto. Un ciudadano solicita el 10 de enero: el informe jurídico que fundó una resolución, las notas internas intercambiadas por los funcionarios, y el listado de subvenciones del año con beneficiarios. El 25 de febrero no tiene respuesta.
31. El informe jurídico determinante de la resolución:
a) Es información auxiliar inadmisible.
b) Es accesible: lo relevante para la decisión no es auxiliar, sin perjuicio de los límites del 14 en su caso.
c) Es secreto profesional siempre.
d) Solo lo ve un juez.
Respuesta: b. La frontera fina del 18.1.b.
32. Las notas internas:
a) Se entregan siempre.
b) Encajan en la inadmisión de información auxiliar o de apoyo, con resolución motivada.
c) Se destruyen.
d) Se publican en el portal.
Respuesta: b. El corazón de la causa b.
33. El listado de subvenciones con beneficiarios:
a) Está vedado por protección de datos.
b) Es objeto de publicidad activa y su acceso procede, con disociación solo donde la ponderación lo exija.
c) Solo lo ve el Tribunal de Cuentas.
d) Exige consentimiento de cada beneficiario.
Respuesta: b. Artículos 8.1.c y 15.
34. El 25 de febrero, la situación jurídica es:
a) Sigue pendiente sin más.
b) Desestimación presunta por silencio negativo: el mes venció sin resolución ni ampliación notificada.
c) Estimación por silencio.
d) Caducidad del derecho.
Respuesta: b. Artículo 20.
35. Frente a esa desestimación presunta cabe:
a) Solo esperar.
b) Reclamación potestativa ante el CTBG (resuelta en tres meses, silencio negativo) o contencioso directo.
c) Recurso de alzada obligatorio.
d) Queja al Defensor con efectos anulatorios.
Respuesta: b. Artículo 24, con la queja al Defensor como vía complementaria no sustitutiva.
12. Fuentes oficiales citadas
| Fuente | Referencia | Enlace |
|---|---|---|
| Transparencia, acceso y buen gobierno | Ley 19/2013, de 9 de diciembre, BOE-A-2013-12887 | https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2013-12887 |
| Portal de la Transparencia | Administración General del Estado | https://transparencia.gob.es |
| Derecho a obtener información | STC 161/1988, de 20 de septiembre, BOE núm. 247 de 14/10/1988 | https://hj.tribunalconstitucional.es/es-ES/Resolucion/Show/1102 |
| Habeas data | STC 254/1993, de 20 de julio, BOE núm. 197 de 18/08/1993 | https://hj.tribunalconstitucional.es/es-ES/Resolucion/Show/2383 |
| Protección de datos | STC 292/2000, de 30 de noviembre, BOE núm. 4 de 04/01/2001 | https://hj.tribunalconstitucional.es/es-ES/Resolucion/Show/4276 |
| Silencio en transparencia | STC 104/2018, de 4 de octubre, BOE-A-2018-15008 | https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2018-15008 |
| Convocatoria vigente del Cuerpo General Administrativo | Resolución de 18 de diciembre de 2025, BOE-A-2025-26262 | https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2025-26262 |
| Cuestionarios oficiales usados en el análisis de frecuencia | Comisión Permanente de Selección, INAP | https://www.inap.es/es/seleccion/procesos-selectivos-de-cuerposescalas-generales/cuerpo-general-administrativo-de-la-administracion-del-estado |
13. Control de calidad de este tema
- [x] Enunciado oficial del Anexo III reproducido literalmente en la cabecera.
- [x] Ley 19/2013 verificada por su BOE-id con curl contra el título oficial; artículos citados con su número exacto.
- [x] Frecuencia medida tomada de
ANALISIS-FRECUENCIA.md: 9 preguntas de test y 0 de supuesto, 0,80 puntos, con el pico de marzo de 2022. - [x] Cuatro sentencias del Tribunal Constitucional citadas, todas previamente verificadas en este manual (161/1988, 254/1993, 292/2000 y 104/2018), con la 104/2018 como sentencia propia del tema.
- [x] 30 preguntas de test más 5 de estilo examen, con respuesta explicada.
- [x] 14 trampas de examen.
- [x] Cuatro casos de aplicación práctica, con la solicitud del periodista como retrato del tema.
- [x] Ninguna pregunta reproduce enunciados de cuestionarios oficiales; redacción íntegramente propia.
- [x] Sin rayas tipográficas; comprobado con grep.
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Las preguntas son de práctica y orientación. No garantizamos que aparezcan en el examen oficial.