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Glosario de oposiciones

Municipio

Definición rápida

El municipio es la entidad local básica de la organización territorial del Estado, con personalidad jurídica propia para gestionar sus intereses.

El municipio es la entidad local básica de la organización territorial del Estado. Tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, que se resumen en la gestión de los intereses de la comunidad vecinal. Es, junto a la provincia y la isla, una de las entidades locales que reconoce la Constitución.

Se compone de tres elementos: el territorio (el término municipal), la población (el conjunto de vecinos, que se acredita con el padrón) y la organización (el Ayuntamiento, formado por el alcalde y los concejales, o el régimen de concejo abierto en los municipios pequeños). Sin esos tres elementos no hay municipio.

Su gobierno y administración corresponden al Ayuntamiento, salvo en aquellos municipios que funcionan en régimen de concejo abierto. El alcalde preside la corporación y los concejales se eligen por sufragio universal en las elecciones municipales.

Puntos clave

  • Elementos: territorio, población y organización
  • Es la entidad local básica, con personalidad jurídica propia
  • Se gobierna por el Ayuntamiento (alcalde y concejales)

Dónde cae

Tema de régimen local, presente en Auxiliar y Administrativo (estatal, autonómico y local), Policía Local, subalterno y prácticamente todas las oposiciones con destino municipal.

Fundamento legal

Artículos 137 y 140 de la Constitución y Ley 7/1985 reguladora de las Bases del Régimen Local.

Fuente oficial: Ley 7/1985 en el BOE

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